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Service charter: chapter I

Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto

La Carta de Servicios del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana tiene por objeto explicitar y difundir los servicios que presta a la ciudadanía, los derechos de las personas usuarias, los principios generales de actuación, los compromisos de calidad asociados a cada servicio, y la tramitación de reclamaciones o sugerencias que se puedan presentar en relación con el propio funcionamiento del Síndic de Greuges.

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Las disposiciones contenidas en esta Carta deberán ser observadas y aplicadas por todas las personas que presten servicios en el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

Artículo 3. Régimen jurídico

La normativa reguladora de los servicios prestados por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana es la siguiente:

  • Art. 38 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril).
  • Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.
  • Reglamento de Organización y Funcionamiento del Síndic de Greuges, aprobado mediante Resolución 126/III, de la Comisión de Peticiones de Les Corts, de 21 de septiembre de 1993.
  • Instrucción de 25 de mayo de 1995, del Síndic de Greuges, por la que se crean y regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal, existentes en la Institución.
© Síndic de Greuges of the Comunidad Valenciana