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Planteamos la homologación del A2 de valenciano para alumnos de la Escuela de Adultos que aprobaron sus estudios antes del 2017

07-03-2019
Planteamos la homologación del A2 de valenciano para alumnos de la Escuela de Adultos que aprobaron sus estudios antes del 2017

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha planteado a la Conselleria de Educación que homologue los estudios de valenciano realizados en los centros formativos para personas adultas con el certificado de nivel A2 de conocimiento de valenciano, siempre que dichos estudios fueran anteriores a la entrada en vigor de la Orden 7/2017/ de 2 de marzo y se hubiera superado la asignatura de lengua valenciana.

Esta es la respuesta del defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por un ciudadano que finalizó sus estudios para la obtención del graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en la escuela de adultos de Catral en el año 2012. El afectado había superado la asignatura de valenciano en el II nivel del 2º Ciclo de Formación Básica Permanente de Adultos y manifestaba sentirse discriminado por no poder obtener ninguna convalidación con los niveles más básicos- A1/A2 de este idioma; una situación que le perjudicaba a la hora de presentarse a los procesos selectivos de empleo público en la Comunitat Valenciana.

Efectivamente, el Síndic considera que el conocimiento y certificación de los niveles de conocimiento del valenciano sirven como méritos en un concurso, así como méritos para valorar las bolsas de empleo temporal de la Generalitat, debiéndose acreditar estos conocimientos lingüísticos mediante certificados o títulos homologados por la Generalitat.

La actual orden de la Conselleria, que entró en vigor en el 2017,  regula los certificados oficiales de conocimiento de valenciano de la Junta Qualificadora, así como la homologación y la validación de títulos y certificados. Sin embargo, no se dice nada sobre la situación de alumnos que cursaron estudios en centros de formación de adultos antes de la entrada en vigor de la citada orden, siendo este el caso del ciudadano que acudió al Síndic. De ahí que Cholbi considere que se ha producido un vacío legal reglamentario que, en su opinión, se debería subsanar.

La Conselleria, por su parte, ha contestado al Síndic y se ha mostrado predispuesta a estudiar la situación e incluirla en una futura actualización normativa.

Accede al contenido íntegro de la resolución.

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