Síndic de Greuges

¿Cuándo puede intervenir el Síndic?

El Síndic de Greuges, como defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana, interviene cuando existe una posible vulneración por parte de la Administración, de los derechos y libertades de las personas reconocidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Nuestras investigaciones pueden tener su origen en una iniciativa propia del Síndic tras tener conocimiento de una posible vulneración (son las llamadas quejas de oficio) o en una queja presentada por la ciudadanía, de forma individual o colectivamente.

Estos son algunos de los ejemplos de las quejas que la ciudadanía nos hace llegar y que tramitamos a diario:

  • «Me han denegado por error las becas de comedor para mi hija».
  • «Me he presentado a unas oposiciones y no se han valorado mis méritos».
  • «Solicité ayudas para la dependencia y no he recibido nada todavía».
  • «Me han dado cita con el traumatólogo para dentro de tres meses».
  • «El bar de debajo de mi casa hace un ruido insoportable y el ayuntamiento no hace nada».
  • «Recurrí una multa en el Ayuntamiento y no me han contestado».
  • «Mi hijo con discapacidad va a un colegio público que carece de personal sanitario que le atienda».

El Síndic, de forma gratuita y confidencial, supervisa y ayuda a mejorar el funcionamiento de la Administración dentro del ámbito de la Comunidad Valenciana (Consellerias, Ayuntamientos, Diputaciones, o incluso servicios gestionados por cualquier persona mediante concesión administrativa).