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Actualidad del Síndic
El Síndic denuncia la falta de regulación de las ayudas directas para vivienda en los presupuestos de 2025
05-09-2025
Luna alerta de que la Generalitat ha suprimido el mecanismo legal que permitía conceder ayudas económicas a personas vulnerables sin vivienda, y exige un desarrollo normativo urgente para evitar que se vulneren derechos
El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha cerrado un expediente de queja por la demora en la concesión de vivienda pública, instando a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda a adoptar medidas inmediatas que den respuesta efectiva a las personas en situación de vulnerabilidad. La institución advierte que los presupuestos de 2025 no contemplan el procedimiento para otorgar ayudas directas, lo que podría poner en riesgo el cumplimiento del derecho a una vivienda digna en la Comunitat Valenciana.
El Síndic subraya que la Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2025 ha suprimido la disposición adicional trigésima sexta que regulaba estas ayudas en ejercicios anteriores, eliminando el procedimiento de concesión. Esta omisión podría impedir que las personas afectadas vean satisfecho su derecho a una vivienda digna, y exige que se apruebe una nueva regulación a la mayor brevedad
La resolución del Síndic parte de la queja de una persona que, tras más de tres años inscrita en el Registro de Demandantes de Vivienda, sigue sin recibir ni una vivienda pública ni una solución alternativa. El defensor del pueblo valenciano considera que esta inacción vulnera el derecho a una buena administración y al acceso a una vivienda digna, especialmente en casos de vulnerabilidad y familias con menores.
En su informe, el Síndic reclama a la Generalitat que dicte sin más demora una resolución expresa que ofrezca una solución real y efectiva a la necesidad de alojamiento, ya sea mediante la adjudicación de vivienda o la concesión de ayudas económicas.
Asimismo, insta también a revertir la situación de ausencia de vivienda pública mediante la ampliación del parque habitacional destinado al alquiler social, y exige que se evalúe la suficiencia de la partida presupuestaria actual para prestaciones de urgencia, que ahora son de 300.000 euros. Además, el defensor recuerda que las ayudas directas previstas en la Ley de Función Social de la Vivienda (LFSV) pueden concederse incluso sin desarrollo reglamentario, cuando se acredite urgencia habitacional, tal y como avala el Consell Jurídic Consultiu en su dictamen 477/2022.
La postura final de la Administración ante las recomendaciones del Síndic ha sido ambigua. Aunque acepta parcialmente algunas de ellas —como la necesidad de dictar resolución expresa y mejorar el parque público de vivienda—, rechaza otras, como la de implementar sin demora las reformas comprometidas por la anterior legislatura. Además, no ha concretado plazos ni ha garantizado que las soluciones propuestas se vayan a aplicar de forma inmediata.
A pesar de a las afirmaciones de aceptación, la persona afectada sigue en la misma situación que cuando presentó su solicitud, lo que impide considerar materialmente cumplidas las recomendaciones.
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