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El Síndic de Greuges requiere al Ayuntamiento de Náquera para que asuma el mantenimiento y las infraestructuras de una urbanización

12-07-2013
El Síndic de Greuges requiere al Ayuntamiento de Náquera para que asuma el mantenimiento y las infraestructuras de una urbanización

El Síndic de Greuges dela Comunitat Valencianaha requerido al Ayuntamiento de Náquera, en la provincia de Valencia, para que proceda a la recepción formal de las obras, y asuma por tanto la conservación y mantenimiento de la infraestructura dela Urbanización «El Paraíso», integrada por más de 150 familias, que llevan 40 años pagando a una entidad no pública, denominada «Cooperativa de Consumo». José Cholbi considera que el Ayuntamiento está obligado a recepcionar las zonas públicas y a declarar finalizado el proceso urbanizador, y, por tanto, a integrar en el municipio a dicha urbanización y a sus residentes. 

El síndic José Cholbi ha tomado en consideración una queja presentada por los representantes de los vecinos dela Urbanización «El Paraíso-Fuente del Oro» de Náquera, denunciando que las zonas públicas de dicha urbanización, tales como jardines, calles, viales, accesos, dotaciones deportivas, recreativas, etcétera, actualmente están siendo gestionadas por un ente denominado «Cooperativa de Consumo», sin que el Ayuntamiento de Náquera, con más de 40 años de existencia de dicha urbanización, haya recepcionado las zonas públicas, ni declarado finalizado el proceso urbanizador y, por tanto, integrado en el municipio a la citada urbanización y a sus residentes. 

En su escrito de queja presentado al síndic, la representación de «El Paraíso» informaba que el Ayuntamiento, a los efectos de otorgar las correspondientes licencias de construcción en la urbanización mencionada, no ha dudado en todos estos años en concederlas sin verificar que el proceso urbanizador haya finalizado con todos los requisitos legales y servicios públicos en condiciones por parte del promotor. Como consecuencia, las 150 familias que allí residen se ven obligadas a pagar a la «Cooperativa de Consumo» unas cuotas urbanísticas adicionales a los impuestos y tasas municipales, concretadas en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto de Actividades Económicas (IAE), Impuesto de Vehículos, Impuesto de Construcciones, Plusvalía Municipal, Tasa de Recogida de Residuos, Tasa de Recogida de Ramaje, Tasa de Reciclaje, etcétera, y todo ello recibiendo exactamente los mismos servicios que cualquier otro vecino de Náquera, y por mantener unas zonas que, por no haber cumplido adecuadamente los deberes urbanísticos por el consistorio, implican una carga de más de 1.400 euros al año, que muchas familias que allí viven no pueden pagar por estar atravesando una dificilísima situación económica.

Después de analizar el primer escrito de los vecinos de «El Paraíso», José Cholbi solicitó más información a los afectados. En concreto, si habían dirigido escrito al Ayuntamiento de Náquera en solicitud de regularizar oficialmente una situación urbanística. Los vecinos respondieron que en agosto del año pasado habían presentado un escrito al Pleno del Ayuntamiento de Náquera en el que solicitaban la recepción de las zonas dotacionales del ámbito de actuación urbanística de «El Paraíso»; la disolución de la «Cooperativa de Consumo» encargada de la gestión de las zonas dotacionales, desvinculando a los vecinos residentes en dicha urbanización y del pago de las cuotas; la devolución de las cuotas de los últimos cuatro ejercicios por considerarse ingresos indebidamente cobrados, y que se efectúen las actuaciones pertinentes por el Ayuntamiento para asegurar a los vecinos que el agua suministrada es apta para el consumo humano.

El pleno del Ayuntamiento, en sesión en septiembre del mismo año, desestimó la propuesta de los residentes en «El Paraíso» al estimar, principalmente, la no recepción de las obras porque los servicios técnicos urbanísticos consideraban que no reunían todos los requisitos necesarios contemplados en las normas urbanísticas, en general, y en los planes parciales, en particular. 

No obstante lo anterior, José Cholbi, en su condición de Defensor del Pueblo valenciano, considera que la conservación de las obras de urbanización es, con arreglo ala Ley, responsabilidad del Ayuntamiento desde su recepción, siendo antes del urbanizador. Carecerá de validez, por consiguiente, todo pacto o disposición que pretenda trasladar esa competencia a personas privadas o asociaciones de propietarios sin colaboración y control público, o sin condiciones, o por tiempo indeterminado. Los administrados no podrán ser obligados por mandato de la Administración a integrarse en esas asociaciones. 

El síndic determina en su resolución que no cabe obligar a los propietarios de una urbanización a constiturse, pertenecer y funcionar en régimen de EUC ( Entidad Urbanística de Conservación), por cuanto, el mantenimiento de la Urbanizacióny la prestación de los servicios públicos urbanísticos debe ser desempeñado de forma obligatoria por el Ayuntamiento de Náquera, con cargo a la hacienda municipal financiada en parte con las aportaciones tributarias de los vecinos de dicha Urbanización. 

En definitiva, José Cholbi se ha dirigido al Ayuntamiento de Náquera requiriéndole para que proceda a tomar en consideración las solicitudes efectuadas por la promotora de la queja y, en su consecuencia, asuma la recepción formal de las obras, haciéndose cargo, asimismo, de toda la conservación y mantenimiento de la infraestructura de la urbanización «El Paraíso», como la prestación de los servicios municipales a la misma.

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