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El Síndic pide actualizar la Ordenanza sobre protección de ruidos de Alicante del año 1991

31-03-2023
El Síndic pide actualizar la Ordenanza sobre protección de ruidos de Alicante del año 1991

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Angel Luna, ha solicitado al Ayuntamiento de Alicante que modifique, con carácter urgente, la Ordenanza Municipal sobre protección de ruidos y vibraciones del año 1991 y la adapte a la actual normativa autonómica sobre contaminación acústica. Además, le apremia a adoptar todas las medidas inspectoras, preventivas y sancionadoras que sean necesarias para eliminar la contaminación acústica existente en la zona del casco antiguo.

Así de contundente ha sido la respuesta del Síndic a la denuncia presentada por una asociación de vecinos, que se quejaban de la falta de respuesta e inactividad del Ayuntamiento ante las molestias que vienen sufriendo como consecuencia del  funcionamiento de los establecimientos de ocio ubicados en su zona.

Precisamente, en la presentación del Informe Anual, Luna fue especialmente duro con la falta de respuesta de las Administraciones, calificándola de «comportamiento inaceptable» y de «ninguneo» a la ciudadanía; una práctica que conduce al descrédito de las instituciones. En este caso, el defensor ha advertido al Ayuntamiento que tiene la obligación legal de dar respuesta a todos los escritos presentados por los ciudadanos con celeridad, agilidad y eficacia, notificándoles las actuaciones realizadas o las que prevea realizar.

En la resolución, el Síndic critica que en el informe municipal no conste la realización de inspecciones efectuadas en los establecimientos para comprobar el cumplimiento de las condiciones de la ambientación musical y que tampoco figure la realización de mediciones sonométricas para comprobar los niveles de ruido procedente de los distintos locales.

Por todo ello, el defensor considera necesario que el ayuntamiento revise las licencias o autorizaciones con las que cuentan los establecimientos de la zona, y que compruebe si corresponden con la actividad que los locales vienen ejerciendo. Insiste en que estas actuaciones deben ir acompañadas de la adopción de medidas preventivas y sancionadoras; lo que implica la realización de inspecciones sobre el  funcionamiento de los establecimientos y la medición de los niveles sonoros de los equipos de sonido, así como el control estricto del cumplimiento de los horarios de cierre de los locales.

El Síndic concluye su resolución proponiendo al consistorio que valore la posibilidad de declarar la zona acústicamente saturada.

Consulta la resolución del Síndic: 11948641.pdf (elsindic.com)

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