La actual ley educativa obliga a las administraciones a asegurar las medidas y recursos necesarios para estimular al máximo el desarrollo personal, intelectual, social y emocional de aquellos alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria.
El espíritu de la ley es atender a aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales ya se por: trastornos de desarrollo del lenguaje o de atención o de aprendizaje; por grave desconocimiento de la lengua de aprendizaje; por haberse incorporado tarde al sistema educativo; por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, y también por sus altas capacidades intelectuales.
Precisamente, este último tipo de alumnado presenta unas características diferenciales asociadas a su nivel de inteligencia, creatividad, personalidad y aptitud ante el hecho académico que precisan de una atención específica y especializada. En su defecto, estos chicos y chicas pueden manifestar falta de motivación, problemas de conducta, inadaptación y fracaso escolar.
Nuestra actuación sobre esta problemática se originó tras la queja que presentó una madre por la no admisión de su hija en un instituto de Alicante. Si bien es cierto que el objeto de la queja era la falta de respuesta a un recurso, lo que subyacía era la falta de reserva de plazas para el alumnado con altas capacidades.
De acuerdo con la información facilitada por la Conselleria de Educación, la reserva de plaza se está aplicando exclusivamente al alumnado con necesidades educativas especiales y con necesidades de compensación educativa, pero no al alumnado con altas capacidades intelectuales.
No obstante, el Síndic de Greuges mantiene que «el hecho de que los alumnos con altas capacidades intelectuales posean aptitudes superiores, no puede llevar a la conclusión de que no presentan ninguna necesidad específica de apoyo educativo que condicione su proceso de aprendizaje». Y en este sentido, considera que este alumnado puede beneficiarse, al igual que el resto del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, de la reserva de plaza en los centros educativos. Por eso, ha solicitado a la Conselleria que valore la modificación de la normativa vigente para amparar dicha reserva.
Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.