El Síndic insta a Benicàssim a incluir una tarifa especial para casos de fugas de agua

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado al Ayuntamiento de Benicàssim que modifique el Reglamento de suministro domiciliario de agua potable para introducir una tarifa especial que minore la facturación en los supuestos de pérdidas, fugas o averías ocultas en las instalaciones interiores.

La intervención del defensor del pueblo valenciano se originó a raíz de la queja presentada por un afectado que denunciaba que, a consecuencia de una fuga de agua que no se había detectado, su factura de agua potable del tercer trimestre de 2023 ascendió a 2.795 euros. Ante esta situación, tanto la empresa suministradora como el Ayuntamiento de Benicàssim se negaron a una minoración en la factura, al no existir ninguna tarifa aplicable en caso de averías en la red.

Efectivamente, el Síndic constató que el Reglamento del suministro domiciliario de agua potable de Benicàssim no contempla una tarifa especial para los casos de fugas ocultas de agua. Una tarifa que, según ha comprobado esta institución, sí que es habitual en los reglamentos de prestación del servicio de suministro de agua potable de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, Luna advierte en su resolución que la competencia para regular el servicio de suministro de agua potable es del Ayuntamiento de Benicàssim: «La Corporación Local, como titular y responsable último del servicio, puede modificar la normativa reguladora para introducir tarifas especiales en caso de fuga oculta en los que no media voluntariedad en el consumo por parte de los abonados, mejorando al máximo posible el servicio que se presta a los ciudadanos».

Finalmente, el Síndic afea la conducta del Ayuntamiento de Benicàsim en la tramitación de este expediente al no facilitar el informe solicitado y le recuerda el deber legal de colaborar con el Síndic, facilitando la información solicitada y contestando a las recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales efectuados.

Consulta el contenido íntegro de esta resolución: 12052550.pdf (elsindic.com)

PAI Benicàssim Golf. Urgimos a anular los recibos del IBI y a devolver como ingresos indebidos los de años anteriores

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Benicàssim para instarle a que anule los recibos del IBI de las parcelas incluidas en el ámbito de actuación del PAI Benicàssim Golf y que devuelva, como ingresos indebidos, los de años anteriores que no hayan prescrito.

La actuación del Síndic en este asunto se inició en agosto de 2017 tras recibir la queja de un ciudadano que planteaba el retraso en la tramitación de la resolución de los PAI y denunciaba el excesivo importe de los recibos del IBI de estas parcelas al ser valoradas como suelo urbano.

En su resolución, el Síndic apela a diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana referidas a dicho programa de actuación integral que vienen a declarar la nulidad de las liquidaciones de IBI practicadas sobre las parcelas, aclarando que éstas deben considerarse como suelo rústico a efectos catastrales.

En el caso concreto del ciudadano que presentó la queja ante el Síndic y que, al parecer, interpuso un recurso de reposición contra las liquidaciones de IBI de 2017, Cholbi considera que el Ayuntamiento de Benicàssim debe resolver dicho recurso y acordar la anulación de los recibos impugnados en base a los fundamentos de las sentencias mencionadas.

Además, el defensor subraya que estos recibos (del año 2017) se giraron tras el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de iniciar los trámites para resolver los programas urbanísticos; razón por la cual, sería imposible atribuir a los terrenos expectativas urbanísticas que hagan posible su valoración como suelo urbano.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto:

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10908312.pdf