En julio de este año, Cáritas presentó una queja ante el Síndic en la que denunciaba las dificultades tecnológicas de jóvenes en situación de vulnerabilidad a la hora de acceder a las ayudas de alquiler. Y es que, en las bases reguladoras de dicho programa de ayudas, se establecía la vía electrónica como única forma de tramitación.
(Base reguladora séptima de la Orden 372021, de 13 de mayo de esta Conselleria)
«La solicitud se realizará exclusivamente mediante formulario cumplimentado electrónicamente que estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat, portal gva.es., no admitiéndose los formularios cumplimentados de otra forma.»
Este requisito, tal y como manifestaba Cáritas, «aboca a las personas más vulnerables que no disponen ni de soportes informáticos, ni de medios electrónicos ni de habilidades informáticas, a la imposibilidad de acceso a la solicitud de las ayudas».
El Síndic solicitó información a la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Entre otras cosas, quería conocer las razones que justificasen la elección de dicho mecanismo electrónico para solicitar las ayudas. Tras agotar el plazo legal de un mes, el defensor no recibió el informe requerido.
En un escenario de incertidumbre económica como el causado por la pandemia del Covid, el defensor valenciano considera prioritario garantizar que las ayudas de acceso a una vivienda digna lleguen a aquellos sectores de la población que más lo necesitan. Partiendo de esa premisa, no parece que la mejor opción para conseguir este objetivo sea establecer una tramitación de ayudas exclusivamente electrónica. Es decir, las ayudas tienen que llegar a quienes de verdad las necesitan y no, necesariamente, a quienes sepan cómo encontrarlas, «porque a menudo a las necesidades de las personas se suma su falta de capacidad para relacionarse con las Administración o con el manejo de las nuevas tecnologías.»
Asimismo, el Síndic sigue insistiendo en que el acceso a una vivienda facilita el disfrute de otros derechos y constituye un factor imprescindible de protección frente a la pobreza. De la misma manera, la pérdida de un alojamiento estable y digno se convierte, en muchas ocasiones, en la puerta de entrada a situaciones de exclusión social que, desgraciadamente, como nos muestra la realidad, son difíciles de revertir.
A la vista de los resultados obtenidos, el Síndic recomienda a la Conselleria, entre otras cosas, que se plantee ampliar los mecanismos de tramitación, especialmente en futuras convocatorias, para que el acceso a estas ayudas no sea únicamente por vía telemática; de manera que se pueda garantizar la participación de los colectivos más desfavorecidos en el proceso de solicitud y concesión de las ayudas convocadas.
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