El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha abierto una queja de oficio para conocer la situación real de la figura del «asistente personal» en el sistema de la Dependencia en la Comunitat Valenciana, así como la perspectiva de futuro de este recurso ante la próxima reforma del Decreto 62/2017, del Consell, que establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema de servicios y prestaciones.
La prestación económica destinada a la contratación de un asistente personal ha sido, sin duda, la de menor implantación de cuantas prevé el sistema de la Dependencia. Según datos facilitados por el CERMI CV, aunque esta prestación ha mejorado cuantitativamente en los dos últimos años, sigue siendo residual pues supone tan solo el 0,07% de las prestaciones y recursos ofrecidos en la Comunitat Valenciana, siendo sensiblemente inferior a la media en España (0,54%).
Al síndic le preocupa que el desconocimiento de la figura de «asistente personal» por parte de la población e incluso por parte de los profesionales de los servicios sociales pueda ser la causa de su mínima demanda u ofrecimiento. Asimismo, los datos evidencian que la demanda de esta figura es mínima dada la complejidad burocrática de la tramitación y su tardanza en concretarse, mientras existen recursos más instaurados como el Centro de Día y Ocupacional, más visibles y tangibles. Luna recuerda que para la prestación de «asistente personal» hay que contratar a una persona de forma privada aportando la documentación pertinente o recurrir a una empresa acreditada, debiendo adelantar una cuantía elevada de dinero durante unos meses mientras no se reconozca la prestación, situación que no es fácil de soportar para muchas personas.
Por ello, el síndic se ha dirigido a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para requerirle información. Uno de los datos que solicita es el número de asistentes personales que hay dentro del sistema de Dependencia en cada provincia de la Comunitat (distinguiendo los que son Personal de Asistencia Terapéutica Infantil). Igualmente, se ha interesado por la cantidad de solicitudes de esta prestación sin atender y si hay solicitudes de cambio desde otras prestaciones hacia la del «asistente personal».
En cuanto al perfil del «asistente personal», esta institución ha pedido información sobre su formación, edad, sexo y relación laboral. También le interesa el cálculo de la prestación económica (importes para Grado II y Grado III de dependencia) y la previsión del régimen de compatibilidades de esta figura de “asistente personal” con otras prestaciones o recursos.
A partir de ahora, la Conselleria debe contestar al síndic en el plazo de un mes, que podría ser ampliado por un mes más, con carácter excepcional y a instancias de la Administración.