El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha solicitado al Ayuntamiento de Xixona que actúe con celeridad en la tramitación de la plaza de aparcamiento solicitada por la madre de un gran dependiente. También le reclama que supervise el cumplimiento de la normativa relativa a accesibilidad y circulación en vía pública y que atienda con rapidez los incumplimientos denunciados.
La actuación del defensor del pueblo valenciano se inició tras la queja presentada por una vecina de Xixona ante la falta de actuación del ayuntamiento a la hora de facilitar el acceso de su hijo desde la furgoneta adaptada a su domicilio. El afectado, que va en silla de ruedas, con un 79% de discapacidad y necesidad de tercera persona, cuenta con la preceptiva tarjeta de estacionamiento acreditativa para personas con discapacidad funcional.
Además, la vecina se quejaba de la pasividad municipal al no sancionar a los que aparcan sin autorización en zonas reservadas para personas con movilidad reducida, así como a los que estacionan inadecuadamente sus vehículos y dificultan el tránsito de personas con sillas de ruedas por las aceras.
Una vez admitida la queja a trámite, el Síndic se dirigió al Ayuntamiento de Xixona para solicitarle información sobre la misma, sin éxito. Una falta de respuesta que no sólo constituye una falta de colaboración con esta institución si no que, además, ignora el problema planteado y las dificultades de accesibilidad denunciadas.
Es evidente que, en las distintas leyes de aplicación detalladas por el Síndic en su resolución, se persiguen estas situaciones estimadas como discriminatorias. Las Administraciones Públicas, en este caso el ayuntamiento, tienen el deber legar de adoptar las medidas necesarias para eliminar los obstáculos y las barreras en materia de accesibilidad. Luna recuerda que «la accesibilidad en todos los ámbitos de la vida, y en especial en el transporte, facilita que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida».
Consulta nuestra actuación: 11934376.pdf (elsindic.com)