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Valencia devolverá 250 euros a una persona con discapacidad multada al aparcar en zona reservada

17-06-2015
Valencia devolverá 250 euros a una persona con discapacidad multada al aparcar en zona reservada

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recibido con satisfacción la respuesta del Ayuntamiento de Valencia en la que acepta la recomendación de esta institución para anular la sanción que injustamente le habían impuesto a un ciudadano por estacionar en una zona reservada para personas con discapacidad.

El defensor del pueblo valenciano inició la investigación a finales de febrero de este año tras recibir la queja del afectado. En ella, manifestaba que tiene reconocida una minusvalía del 46% y es titular de la tarjeta de estacionamiento expedida por el Ayuntamiento de Utiel, ciudad en la que reside. Según su escrito, aparcó el vehículo en la ciudad de Valencia en una plaza reservada para personas con discapacidad con dicha tarjeta en lugar visible. Sin embargo, un agente de la Policía Local le sancionó por considerar que la tarjeta no era la reglamentaria. Cuando recibió la denuncia, interpuso recurso aportando la documentación justificativa pero fue rechazado, y en la actualidad tiene embargada la cuenta de la que es titular su madre de 80 años.

Según el interesado, el Ayuntamiento de Valencia había emitido unas tarjetas con chip que difieren de las de Utiel y ese fue el motivo de la sanción. No obstante, el Ayuntamiento de Valencia mantiene que el agente de la Policía Local multó al interesado por estacionar en zona reservada para personas con discapacidad con una tarjeta que no cumplía con los requisitos mínimos, rellenada a mano, sin cuño, ni holograma.

Por su parte, el interesado aportó un informe de la trabajadora social del Ayuntamiento de Utiel que avalaba que el documento con la que fue multado cumplía todos los requisitos (sellos, cuños y hologramas). Con todo, dicho informe municipal reconoce que, en el momento de la denuncia, la tarjeta estaba deteriorada por el paso del tiempo, y el sello del Ayuntamiento de Utiel apenas se distinguía, pero insistía en la autenticidad de la misma.

De acuerdo con el Síndic, en este caso concreto, queda acreditado que la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad que motivó la sanción sí tenía cuño del Ayuntamiento de Utiel y holograma (tal y como indica el informe del citado ayuntamiento). A lo que añade que es posible que, tal y como indica el citado informe, el policía local no pudiera apreciar con gran claridad los citados elementos, y menos aún desde fuera del vehículo a través del cristal.

Por todo ello, el Síndic instó al Ayuntamiento de Valencia que iniciara un procedimiento de responsabilidad patrimonial de oficio y devolviera al interesado la cantidad detraída de su cuenta (248,55 euros) «al considerar que las alegaciones que se presentaron en su día por el interesado, persona denunciada, deberían haber conllevado la estimación del recurso por parte del Ayuntamiento de Valencia y la anulación de la sanción».

Finalmente, el Ayuntamiento de Valencia ha informado al Síndic que acepta su recomendación y que se van a iniciar las actuaciones procedentes en orden a la devolución del importe indebidamente embargado.

Consulte el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.

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