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Bienestar Social se compromete a revisar y modificar el decreto que regula el precio público de las personas con discapacidad atendidas en residencias

04-03-2014
Bienestar Social se compromete a revisar y modificar el decreto que regula el precio público de las personas con discapacidad atendidas en residencias

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recibido con gran satisfacción la respuesta de la Conselleria de Bienestar Social en la que acepta las recomendaciones del defensor del pueblo valenciano para que, por un lado, revisara con carácter general el contenido del Decreto 113/2012, por el que se establece el régimen y cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los servicios sociales, y por otro, atendiera a la petición de revisión del precio público aplicado a la promotora de la queja.

La investigación del Síndic tiene como origen la queja presentada por una persona con discapacidad, atendida en una residencia, a la que se le había aplicado la nueva normativa de precio público que prevé que la aportación de los beneficiarios sea computada en función de su capacidad económica y devengada en 14 mensualidades.

La aplicación de dicha normativa afecta a los colectivos de la tercera edad y discapacidad, hayan sido reconocidos o no como personas dependientes. No obstante, el Síndic de Greuges presta especial atención a las personas con discapacidad, puesto que este colectivo se encontraba exento de pago desde 1995, y su aplicación agrava la situación ya generada por otras medidas como la eliminación de la gratuidad de los medicamentos y prótesis, entre otros, haciendo muy difícil, en muchos casos, continuar con los proyectos de asistencia e inserción que tenían trazados.

En su escrito de aceptación, la Conselleria de Bienestar Social ha comunicado al Síndic que se procederá por parte de los órganos competentes al análisis de las modificaciones posibles de la normativa vigente a fin de adecuar la participación del usuario en el coste de los servicios sociales a la realidad de su situación económica, (…). De manera que, tal y como recogía la recomendación del Síndic se tenga en cuenta no sólo la capacidad económica sino los gastos que deben afrontar las personas afectadas, a fin de asegurar su autonomía personal e inclusión social, evitando en todo caso procesos de empobrecimiento y pérdida patrimonial.

Ver contenido de la resolución del Síndic

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