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El Síndic reprocha al Ayuntamiento de Valencia su pasividad tras seis años de denuncias vecinales por las molestias de una terraza
14-10-2026
Los informes municipales consideran que la actividad es incompatible con las ordenanzas, pero el expediente sigue sin resolverse. La institución reclama medidas eficaces para proteger el descanso de los vecinos.
El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha reprochado al Ayuntamiento de Valencia su falta de actuación ante las reiteradas denuncias de un vecino por las molestias ocasionadas por la terraza interior de un bar-restaurante situado en el edificio donde vive. Las denuncias se remontan a 2020 y, pese a que los propios informes municipales consideran que la actividad es incompatible con las ordenanzas, el Ayuntamiento todavía no ha resuelto el expediente ni ha adoptado medidas eficaces para garantizar el cumplimiento de la normativa.
Durante la investigación, el Síndic constató que el Ayuntamiento había realizado algunas actuaciones inspectoras, pero estas no habían culminado con una resolución definitiva. Además, aunque la Policía Local inspeccionó el establecimiento y detectó varias irregularidades, no efectuó mediciones acústicas que permitieran comprobar si se superaban los límites de ruido establecidos legalmente.
En su resolución, Luna considera que el Ayuntamiento de Valencia «ha adoptado una actitud pasiva ante el problema reiteradamente denunciado» y advierte de que la distribución de competencias entre los distintos servicios municipales no puede servir de excusa para justificar retrasos o la falta de una respuesta eficaz a las denuncias de los ciudadanos.
La institución concluye que se han vulnerado los derechos del afectado a obtener una respuesta motivada en un plazo razonable, a una buena administración y a la protección de su salud, su descanso y el disfrute de una vivienda libre de contaminación acústica por encima de los límites legales.
Por ello, el Síndic reclama al Ayuntamiento que resuelva el expediente sin más demora y complete las inspecciones pendientes. En particular, recomienda que las comprobaciones se realicen durante los periodos de máxima actividad del establecimiento, cuando las molestias pueden ser mayores, y que se verifique el cumplimiento de las condiciones de la licencia y de la normativa sobre contaminación acústica y lumínica.
Asimismo, pide que, si se confirman incumplimientos, se adopten las medidas correctoras, cautelares o sancionadoras que correspondan para poner fin a las molestias y proteger los derechos de los vecinos.
El Síndic recuerda que los ayuntamientos tienen la obligación de intervenir ante las denuncias por ruido y garantizar el derecho de los ciudadanos al descanso y al disfrute de su vivienda, ya que la exposición prolongada a niveles excesivos de ruido puede afectar a la salud y a la intimidad personal y familiar.
Consulta la resolución de consideraciones del Síndic sobre este asunto.



