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El Síndic de Greuges urge al Ayuntamiento de Alicante a retirar y desmantelar una antena junto a un colegio de Rebolledo

10-08-2016
El Síndic de Greuges urge al Ayuntamiento de Alicante a retirar y desmantelar una antena junto a un colegio de Rebolledo

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al consistorio alicantino para reiterarle que la estructura metálica de 28 metros de altura que forma una torre para soporte de antena de telecomunicaciones carece de licencia municipal de obras, por lo que insta a su retirada y desmantelamiento.

Ya en el año 2010 el Síndic dictó una recomendación en el mismo sentido que fue aceptada por la Administración local. Ante la falta de cumplimiento de la misma, el AMPA del CEIP Los Almendros junto con la Asociación de Vecinos del Rebolledo se volvieron a dirigir a esta institución denunciando la falta de cumplimiento de la misma y manifestando su preocupación por la salud de los vecinos y de los escolares.

Admitida a trámite la queja, el Ayuntamiento de Alicante informó al defensor del pueblo valenciano que la instalación disponía de licencia de 1988 para la construcción de un edificio destinado a central telefónica. Posteriormente, en 1998, se otorgó licencia de obra menor con proyecto para la instalación de un mástil en el patio. Igualmente, advierte que no es competencia del ayuntamiento la autorización de la actividad y funcionamiento de las estaciones base de telefonía móvil, pero que ha estado en contacto con las personas afectadas a fin de buscar una solución satisfactoria.

Sobre la información remitida el Síndic de Greuges matiza en su resolución que “una cosa es la licencia de actividad y funcionamiento de las estaciones base de telefonía móvil, para la cual no tiene competencia el Ayuntamiento, y otra bien distinta es la licencia de obra, que sí que es preceptiva y necesaria para instalar una torre metálica de 28 metros”.

Sin embargo, el Ayuntamiento entiende que dicha torre está amparada por la licencia de obra menor con proyecto otorgada en fecha 27 de febrero de 1998 para un mástil, pero no ha remitido al Síndic una copia de dicha licencia para poder comprobar que, efectivamente, permite expresamente la colocación no de un mástil cualquiera, sino de una torre metálica de grandes dimensiones con 28 metros de altura.

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