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Actualidad del Síndic
El Síndic investiga los efectos de una antena de telefonía móvil en Sant Joan d’Alacant
15-02-2013El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana se ha dirigido al Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant para que le remita toda la información necesaria sobre la instalación de una antena de telefonía móvil en un edificio del céntrico paseo de La Rambla. José Cholbi quiere conocer los efectos de dicha instalación en la comunidad de vecinos, toda vez que sus portavoces han alertado al defensor del pueblo valenciano sobre la posibilidad de que la radiación de la antena sea peligrosa. En el citado edificio han muerto dos vecinos de tumores cerebrales fulminantes, tal y como informan dichos portavoces.
Los autores de la queja se lamentan de que en repetidas ocasiones se han dirigido a la corporación municipal, que preside Manuel Aracil, sin que hasta la fecha hayan recibido respuesta. Solicitaban conocer si la antena de telefonía móvil tiene licencia de obras municipal y de actividad, así como los controles, de existir, que se hayan hecho sobre los niveles de radioactividad de la misma.
En el escrito dirigido por José Cholbi al Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, el síndic pide a la corporación municipal que remita a la institución copia de la Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de las antenas de telefonía móvil; copia de las licencias de obras y actividad otorgadas por el Ayuntamiento a la antena objeto de la alarma entre los vecinos, y un informe técnico sobre si la antena cumple con lo prescrito en el reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, con medidas de funcionamiento que minimicen en la mayor medida posible los niveles de emisión sobre espacios sensibles, tales como escuelas, centros de salud, hospitales o parques públicos.
Finalmente, José Cholbi recuerda al Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant la obligación que tiene de contestar a los escritos de los vecinos que hayan sido registrados en los servicios municipales correspondientes.