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El Síndic pide al Ayuntamiento de Alicante que indemnice a una ciudadana que sufrió un accidente en moto
13-10-2014El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha resuelto la queja presentada por una ciudadana que denunciaba la dilación en resolver un expediente de indemnización por responsabilidad patrimonial, interpuesto hace más de cuatro años ante el Ayuntamiento de Alicante por un accidente en moto en la Avenida de Denia.
Según relataba la afectada, cuando circulaba por dicha vía, a la altura del Complejo Vistahermosa, su ciclomotor se desestabilizó debido a irregularidades en el pavimento y a una trapa de alcantarillado colocada incorrectamente, provocando la caída en la calzada. Al poco tiempo, presentó una reclamación ante el Ayuntamiento.
De acuerdo con la información facilitada, las deficiencias existentes en dicha vía estaban relacionadas con las obras de remodelación en curso, que estaba promoviendo la Conselleria de Infraestructuras y Transporte. Por lo que, en un primer momento, el Consistorio alicantino trasladó el expediente a esta administración.
El síndic fundamenta su resolución en las decisiones de los tribunales de justicia y en el dictamen del Consejo Jurídico Consultivo. Según este último, el Ayuntamiento incumplió con el deber de vigilancia de la vía pública, que aunque estaba de obras, se encontraba abierta al tráfico sin ningún tipo de señalización.
En este sentido, el defensor recuerda en su escrito que los ayuntamientos tiene la obligación inexcusable de mantener las vías públicas locales abiertas a la circulación en tales condiciones que garanticen la seguridad de quienes las utilicen.
En cuanto a la responsabilidad patrimonial, la Constitución española de 1978, en su Art. 106.2, establece el derecho de los particulares a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derecho, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
Por todo ello, el síndic ha recomendado al Ayuntamiento de Alicante que resuelva el expediente dentro de los plazos establecidos y que, teniendo en cuenta el dictamen del Consejo Jurídico Consultivo, estime la responsabilidad patrimonial en este caso concreto.