Pedimos que la desembocadura del Río Girona se mantenga en perfecto estado de limpieza y conservación

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha pedido al Ayuntamiento de Dénia que continúe trabajando en coordinación con la Confederación Hidrográfica del Júcar y el Servicio Provincial de Costas de Alicante para lograr que se adopten todas las medidas que sean necesarias a fin de mantener, en todo momento, la desembocadura del Rio Girona en un óptimo estado de limpieza y conservación.

La actuación del defensor valenciano en este asunto se inició el pasado mes de marzo, tras recibir la queja de una vecina que denunciaba el pésimo estado del Rio Girona debido a la barrera de posidonia que taponaba por completo la desembocadura del mismo.

En el transcurso de la tramitación de la queja, el Ayuntamiento de Dénia remitió un informe al Síndic en el que venía a confirmar el problema y en el que proponía una serie de medidas a adoptar por las distintas administraciones afectadas para solucionar el mismo.  Por su parte, la Confederación Hidrográfica del Júcar comunicó a esta institución que, a principios de  junio, se procedería a los trabajos de dragado del río en su desembocadura, como así fue.

No obstante, el Síndic comparte con la promotora de la queja que esta única medida, adoptada de manera aislada, resultaría ser más bien un parche que una solución a largo plazo. De ahí que el propio informe municipal al que tuvo acceso el Síndic estime oportuno tomar medidas adicionales como la construcción de una barrera sumergida y la modificación del espigón del sur de la zona para evitar nuevamente la entrada de algas al río que provoquen estancamientos.

El Síndic recuerda en su resolución que carece de competencia legal para dirigir recomendaciones a la Confederación Hidrográfica del Júcar y el Servicio Provincial de Costas, por tratarse de la Administración General del Estado. No obstante, considera necesario que los tres departamentos afectados- Ayuntamiento de Dénia, Confederación Hidrográfica del Júcar y Servicio Provincial de Costas- continúen trabajando eficaz y conjuntamente para mantener la desembocadura del Rio Girona en un constante y adecuado estado de limpieza y conservación.

Consulta la resolución del Síndic de Greuges sobre este asunto: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10960189.pdf

Instamos a la Conselleria a que abone a una octogenaria la ayuda para rehabilitar su vivienda reconocida en 2011

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha dictado recientemente una recomendación dirigida a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para que abone, lo antes posible y de forma íntegra, la ayuda para rehabilitar la vivienda (RHB) reconocida a una octogenaria de Almoradí desde hace más de 7 años.

La mujer con 88 años y actualmente enferma, percibe como único ingreso su pensión de apenas 600 €. Según el escrito de queja presentado en el Síndic, la afectada solicitó un préstamo vinculado a dicha ayuda (RHB) para poder cubrir la reforma de su vivienda “pensando que recibiría la subvención concedida en un corto periodo de tiempo”. Ahora se encuentra con serias dificultades para afrontar los gastos de su enfermedad y cumplir con sus obligaciones de pago del préstamo. Todo esto sin haber percibido la subvención que tiene reconocida por la Administración desde 2011.

Ver resolución del Síndic sobre este asunto: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10950504.pdf

La Conselleria nos informa que ha reconocido a un menor de 11 años el grado de discapacidad del 36%, tras reclamar su madre la reducción del grado

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha aceptado nuestra recomendación de que resolviera de manera urgente la reclamación previa administrativa presentada por una madre contra la resolución de reducción de grado de discapacidad de su hijo de 11 años.

El menor nació de forma prematura, lo que le provocó un retraso neuromuscular y una hidrocefalia, razón por la que en 2008 le concedieron una minusvalía del 33%. Tres años más tarde, en 2011, al haber sido diagnosticado además con el síndrome de Asperger, le otorgaron un grado de minusvalía del 37%.

Fue en agosto de 2017 cuando resolvieron de nuevo la minusvalía de su hijo, reduciéndola al 10%. Una situación inexplicable, según la promotora de la queja, puesto que rebajaron el grado de discapacidad en contra de los informes médicos y sin que ningún profesional de la Administración viera a su hijo.

A finales de agosto de 2017, esta madre presentó, en fecha y forma, la reclamación previa contra dicha resolución y en noviembre de ese mismo año presentó queja en el Síndic ante la falta de contestación a su reclamación.

Ver la resolución del Síndic sobre este asunto: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10921372.pdf

Sanidad autoriza el tratamiento para una niña de 5 años con una enfermedad rara degenerativa

A finales de mayo de este año recibimos la queja de una mujer cuya hija, de 5 años, padece una enfermedad rara, genética y degenerativa. Tras ser derivada al Hospital de Barcelona San Juan de Déu para su diagnóstico y tras seis largos meses de espera para determinar el mismo,  a mitad de marzo de 2018 le confirman el diagnóstico y se le indica el tratamiento con Brineura.

A la semana, ya desde su hospital de referencia, solicitan el citado plan de tratamiento para su hija a la Administración sanitaria.

El 31 de mayo, ante la falta de respuesta oficial por parte de la Conselleria (verbalmente les comunicaron que la Comisión de Farmacia iba a informar negativamente) y al ver que a medida que pasaban los días la enfermedad de su hija seguía avanzando, la madre solicitó amparo al Síndic de Greuges.

Tras dirigirnos en dos ocasiones a la Conselleria, el 30 de julio entró al Síndic un escrito de la Dirección General de Farmacia en el que nos comunicaba el informe favorable al inicio de tratamiento de la niña con la medicación antes mencionada.

Proponemos un cambio normativo para agilizar la sustitución de profesionales que atienden alumnos con necesidades educativas especiales

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido a la Conselleria de Educación para pedirle que valore la posibilidad de llevar a cabo una modificación legislativa que permita agilizar los procesos de sustitución y dotación de profesionales que trabajan en el campo de la educación especial atendiendo a niñas y niños con necesidades educativas especiales.

El origen de esta investigación se encuentra en la queja presentada por varios representantes del AMPA del CEIP Jaume Balmes de Valencia en la que se denunciaba que los alumnos con necesidades educativas especiales de este centro habían estado dos meses en aula ordinaria y cuatro meses en aula de Comunicación y Lenguaje sin educador. Una circunstancia que, según los promotores de la queja, perjudicó seriamente a los menores afectados que no pudieron asistir con normalidad a sus clases ni pudieron llevar a cabo los programas de autonomía, perdiendo así oportunidades de aprendizaje.

Desde la institución del defensor del pueblo valenciano se viene insistiendo en numerosas resoluciones en la necesidad de subsanar las deficiencias detectadas en la atención del alumnado con necesidades educativas especiales. De acuerdo con las quejas que llegan al Síndic, los principales problemas que soportan los menores con diversidad funcional o patologías graves y crónicas a la hora de acceder a la escuela están relacionados con las carencias de dotación material y de profesionales de apoyo, sobre todo de: educadores, fisioterapeutas, logopedas, pedagogos, maestros de audición y lenguaje o personal de enfermería que faciliten su integración en el aula y en el colegio.

En esta ocasión, el problema que subyace es el de los largos procesos administrativos que trascurren a la hora de dotar o sustituir al personal que atiende a estos alumnos, generando situaciones que impiden aplicar una verdadera educación inclusiva y de calidad a la que tienen derecho a recibir.

El defensor aclara que “no corresponde a esta institución realizar una suplantación de las responsabilidades que vienen atribuidas a la administración pública valenciana”, sino que sería, en este caso, competencia de la Conselleria de Educación adoptar las medidas organizativas que estime oportunas para paliar las deficiencias detectadas y dotar a los alumnos con necesidades educativas especiales del personal especializado que precisen a lo largo de toda la jornada lectiva y, en caso de producirse una baja, proceder a su sustitución  inmediata para evitar situaciones como la descrita en esta queja.

La resolución del Síndic sobre este asunto está publicada en nuestra web.

Preguntamos por las medidas de protección y conservación de la Torre Ferrer de Alicante, declarado Bien de Interés Cultural

Tras conocer por los medios de comunicación el deficiente estado de conservación de la Torre Ferrer de Alicante, declarada Bien de Interés Cultural (BIC), hemos considerado oportuno abrir una investigación de oficio y solicitarle al Ayuntamiento de Alicante información sobre las medidas adoptadas o que se plantea adoptar en relación con la conservación y protección de este BIC.

Encuentro entre el síndic y la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública

El síndic de greuges, José Cholbi, y los dos adjuntos, Ángel Luna y Carlos Morenilla, han mantenido hoy una reunión con la nueva responsable de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló. La consellera se ha interesado por las quejas que la ciudadanía presenta ante el Síndic en materia sanitaria y ha trasladado su firme compromiso de atender los requerimientos de esta institución.

El Síndic urge a tomar medidas contundentes y efectivas contra los ruidos y el botellón en el centro tradicional de Alicante

)- El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Alicante para solicitarle que adopte todas las medidas necesarias para eliminar las graves molestias acústicas que injustamente están soportando los vecinos de la zona comprendida entre Alfonso X el Sabio y la Explanada y desde la Rambla hasta el Paseo de Soto. Ruidos relacionados principalmente con el ocio nocturno, procedente de bares, terrazas, botellones, pubs, etc.

La investigación del defensor del pueblo valenciano, que tiene su origen en la queja presentada por la Asociación de Vecinos Centro Tradicional de Alicante, concluye con cuatro recomendaciones, una de ellas, la declaración de la zona como acústicamente saturada, evitando conceder nuevas licencias o autorizaciones así como ampliaciones de las ya otorgadas. También exige la adopción de medidas correctoras de aquellos establecimientos molestos para que se respete el límite máximo de decibelios permitido.

El centro tradicional de Alicante no es la única zona que ha sido objeto de investigación por parte del Síndic en los últimos meses. Los ruidos y el botellón también han sido causa de actuación del defensor del pueblo valenciano en la zona del Mercado Central y del barrio de Santa Cruz. En los tres casos, el Síndic ha pedido al consistorio una mayor contundencia e implicación en la lucha contra el ruido, así como incrementar el control y vigilancia policial en estas zonas con el fin de atajar la contaminación acústica, el “botellón” y el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre de los establecimientos. Precisamente, en caso de comprobar este incumplimiento, Cholbi urge a denunciarlo ante la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuestas a las Emergencias.

El dictamen del Síndic está en total sintonía con los pronunciamientos de los tribunales de justicia españoles así como con la última sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo de 16 de enero de 2018. La contaminación acústica por encima de los límites legales incide perniciosamente sobre el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna. Ese ruido no deseado y nocivo, junto con las vibraciones que provoca, puede llegar a perturbar la calidad de vida de las personas afectadas y más cuando ese ruido invade su espacio más íntimo y privado, el domicilio.

Otra advertencia que lanza el defensor del pueblo valenciano en su resolución es que la pasividad municipal ante los efectos perjudiciales para la salud provocados por la contaminación acústica puede generar la responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de la Administración, con la consiguiente obligación de indemnizar los daños y perjuicios (físicos, psicológicos y morales) que se les pudiera causar a los vecinos afectados.

Por último, esta institución también considera imprescindible concienciar a la ciudadanía de su deber de respetar los derechos de las demás personas, entre los que está el derecho al descanso.

Ver el contenido íntegro de la resolución:

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10939473.pdf

EDUCACIÓN- BAJA LABORAL POR MATERNIDAD O EMBARAZO DE RIESGO -El Síndic pide mayor protección para las directivas de centros educativos de baja por maternidad o embarazo

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha investigado la situación denunciada por la dirección de un instituto en relación con las bajas de maternidad y las bajas por embarazo de riesgo del personal directivo de los centros educativos. Y es que, cuando esta situación se produce, las profesionales que piden la baja para ejercer sus derechos de maternidad se encuentran en la tesitura de tener que renunciar a su cargo directivo, con la consecuente pérdida de retributiva y profesional, para así facilitar el nombramiento de sus “suplentes” y que estos puedan ser debidamente retribuidos.

La propia Conselleria, en su informe remitido al defensor, reconoce que en estos casos se podría producir una situación de desigualdad de género, ya que, principalmente, son las mujeres quienes cogen la baja de maternidad y el cien por cien de las que sufren embarazos de riesgo. No obstante, la administración educativa mantiene que “las personas miembros del equipo directivo de los centros públicos y jefaturas de departamento son cargos unipersonales, por lo que el complemento retributivo que conlleva el cargo solo puede percibirlo una persona”.

El Síndic se interesó por los argumentos jurídicos y organizativos que motivan y fundamentan la práctica admitida por la Conselleria, no encontrando en el decreto aludido por la Administración (decreto 234/1997 de 2 de septiembre) ningún precepto que impida, en los supuestos de maternidad o embarazo de riesgo, aplicar las normas que regulan el régimen de función pública y que permiten nombramientos provisionales, interinos, comisiones de servicio, etc., permitiendo así el reconocimiento retributivo y profesional tanto de la persona que causa la baja como de su “sustituto”.

A juicio del Síndic, la maternidad no puede ser un obstáculo para el desarrollo profesional de las mujeres ni un factor que contribuya a agrandar la existente brecha salarial de género en los sectores más feminizados como enseñanza y servicios sociales. De ahí que Cholbi considere que la práctica descrita contribuye a la llamada “penalización de la maternidad”, llegándola a calificar de “poco respetuosa” con los derechos de las personas afectadas tanto económicamente como profesionalmente.

En situaciones como esta, ejercer los derechos de la maternidad se convierte en un obstáculo a los derechos económicos y profesionales de las personas afectadas, que han de optar entre mantener su nombramiento y retribución -obligando a sus compañeros a asumir sus funciones obligatoria y gratuitamente- o “en un ejercicio unilateral del deber de compañerismo”, cesar voluntariamente del cargo para cederlo a un compañero que asuma su labor y pueda ser retribuido. De esta forma, se está desplazando, indebidamente, el deber de la administración de instrumentar el adecuado ejercicio de los derechos hacia los funcionarios, al implicar para la renunciante una pérdida de derechos económicos y de vinculación con el equipo directivo.

Por todo ello, el síndic de greuges ha recomendado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que en los casos de baja de maternidad o por embarazo de riesgo del personal directivo de centros educativos, erradique la praxis descrita y asuma directamente el nombramiento –con todos los derechos y deberes- de personal en régimen de interinidad, sustitución o el que resulte procedente para los puestos directivos afectados por las bajas, sin que resulte exigible el cese de las titulares que forman parte del equipo directivo de centros docentes.

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta cuestión.

 

El Síndic defiende el Informe Anual 2017 ante la Comisión de Peticiones de Les Corts Valencianes

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha comparecido hoy ante la Comisión de Peticiones de Les Corts Valencianes para defender el Informe Anual de la institución correspondiente al ejercicio 2017.  Un año durante el cual el defensor del pueblo valenciano llevó a cabo un total de 30.136 actuaciones en defensa de los derechos de la ciudadanía.

De esa cifra total, las quejas presentadas a instancia de parte, es decir por ciudadanas y  ciudadanos, fueron un total de 17.505 quejas,  a las debemos sumar 39 quejas – o investigaciones- que se abrieron de oficio. Respecto a las consultas, el año pasado la Oficina de Atención Ciudadana del Síndic atendió un total de 12.592 consultas.

Durante su comparecencia, Cholbi ha destacado  el importante grado de aceptación por parte de las Administraciones Públicas de las recomendaciones o sugerencias dictadas por el Síndic de Greuges durante el 2017, ya que, de un total de 6.290 respondidas, al tiempo de redactar este Informe, se habían aceptado 5.803, lo que supone un grado de aceptación de 92,3%.

Tras el turno de intervención de los representantes de los cinco grupos parlamentarios, el adjunto primero, Ángel Luna, ha reflexionado sobre la función y la labor de la institución del Síndic de Greuges. “En el Síndic atendemos las quejas de ciudadanos que han visto vulnerado sus derechos. Por tanto, nuestra visión no es global. Es una perspectiva sesgada del funcionamiento de la Administración en el sentido de que no recibimos las felicitaciones por su buen hacer sino las quejas puntuales cuando existe un funcionamiento anormal”, ha precisado Luna.

Asimismo, ha aclarado – en relación al análisis numérico de las quejas presentadas ante el Síndic- que en ocasiones estas cifras pueden llevar a engaño, puesto que una acción colectiva vecinal o asociativa ante un problema puntual puede acarrear miles de quejas. Esta sería la situación de las quejas acumuladas recibidas este año relativas a la supresión de los conciertos educativos en Bachillerato, el plurilingüismo, la falta de desfibriladores en instalaciones deportivas, los problemas de tráfico en la Avda. Benito Pérez Galdos- Giorgeta de València, o las presentadas en torno a los servicios prestados en la isla alicantina de Tabarca.

Sobre la falta de colaboración de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, Luna ha aclarado que el Informe denuncia hechos puntuales que pueden ser corroborados fácilmente –haciendo clic en el número de las quejas detalladas en la versión digital del informe anual-. En este sentido, el adjunto primero ha reconocido una mejoría en las comunicaciones durante los tres últimos meses y ha puntualizado que, desde la puesta en marcha el nuevo canal de comunicación  telemática a través de la plataforma ORVE,  los requerimientos a esta Conselleria se están contestando “casi en plazo”,  con lo que espera que este problema burocrático se arregle definitivamente.

Por último, Luna ha mostrado su preocupación por las demoras que se siguen produciendo en la valoración de la discapacidad. Un retraso que alcanza hasta los 19 meses en la provincia de Alicante, cuando con la nueva ley de procedimientos de emergencia ciudadana los plazos se acortan a la mitad, de seis a tres meses en estos casos. “Nos parece muy bien que aprueben nuevas leyes para empoderar a la ciudadanía, pero entiendan que esa ciudadanía acuda al Síndic y se queje cuando esos derechos no han sido satisfechos”.

El adjunto segundo del Síndic, Carlos Morenilla, ha señalado que el aumento de quejas que se reciben en la institución puede responder al conocimiento cada vez mayor que la ciudadanía tiene de la misma y de sus funciones.  Igualmente ha recordado que las quejas referidas a la supresión de aulas concertadas de bachillerato y al plurilingüismo tuvieron que ser cerradas, en cumplimiento de nuestra ley, por encontrarse inmersas en procedimientos judiciales.

Morenilla ha recordado la importancia de potenciar la participación ciudadana en los planes territoriales, concretamente, en el llamado PATIVEL (Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral) y Plan Eólico de la Comunidad Valenciana.

El próximo tres de julio, el Síndic de Greuges volverá a comparecer en Les Corts. Esta vez, para defender los informes especiales elaborados por esta institución durante el 2017; uno sobre la atención a las víctimas  de violencia de género y otro sobre la vivienda pública en la Comunitat Valenciana.

El Informe Anual 2017 del Síndic se puede consultar en nuestra página web: http://www.elsindic.com/wp-content/uploads/2018/05/memoria-2017-castellano.pdf