Nos interesamos por la supresión del programa de mediación en el IES Virgen del Remedio de Alicante

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha abierto una queja de oficio tras tener noticia, a través de los medios de comunicación y plataformas sociales, de la supresión de la partida económica que el Ayuntamiento de Alicante destinaba a la financiación del programa de mediación social y escolar en la Zona Norte de Alicante.

Según la información a la que el Síndic ha tenido acceso, esta medida, que afecta al programa de mediación implantado en el IES Virgen del Remedio, podría causar graves problemas de convivencia en el centro escolar y en el barrio.

El defensor del pueblo de la comunidad se va a dirigir al Ayuntamiento de Alicante para, por un lado, conocer los motivos que han llevado al consistorio a suprimir dicha financiación y por otro, estudiar las consecuencias que la desaparición del programa de mediación pudiera acarrear en la convivencia del IES Virgen del Remedio y en el propio barrio. 

Recomendación sobre el uso del valenciano en el Hospital de la Ribera

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana recibió recientemente la queja de un ciudadano que indicaba que el Hospital de la Ribera no le enviaba la información en valenciano a pesar de habérselo indicado en varias ocasiones.

Sobre esta cuestión, han sido varias las situaciones en las que este ciudadano se ha visto obligado a presentar quejas al Síndic con la misma pretensión, ejercer su derecho a utilizar el valenciano en sus comunicaciones con dicho hospital. En todo momento, el defensor del pueblo valenciano ha amparado sus reclamaciones, y ha recordado tanto a la actual Administración sanitaria como a las anteriores su obligación de garantizar el derecho de esta persona a ser atendida en valenciano en el Hospital de la Ribera y a elegir la lengua valenciana en sus relaciones con la Administración sanitaria.

Desde el Síndic recordamos que los valencianos y las valencianas tenemos derecho a elegir la lengua en la que deseamos comunicarnos con la Administración, consecuentemente ésta tiene el deber correlativo de respetar esa elección y de utilizar, a lo largo de todo el procedimiento, la lengua que hayamos elegido. 

Este derecho a la no discriminación por motivos lingüísticos aparece expresamente consagrado tanto nuestro Estatuto de Autonomía como en la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciana, que establecen que los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma son el valenciano y el castellano, por lo que nadie podrá ser discriminado por razón de su lengua.

Se puede consultar el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto en nuestra web.

 

El Síndic insta al Ayuntamiento de Torrevieja a actuar con celeridad en los casos de acoso laboral

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana se ha dirigido recientemente al Ayuntamiento de Torrevieja para que constituya a la mayor brevedad la Comisión de Instrucción de Acoso Laboral prevista en su Protocolo de mobbing y así instruir y resolver los procedimientos de acoso laboral con sometimiento a los criterios de celeridad e impulso de oficio en todos sus trámites.

Esta ha sido la respuesta del defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por una funcionaria del Ayuntamiento de Torrevieja que denunciaba que en julio de 2014 solicitó activar el Protocolo de mobbing al entender que estaba sufriendo una situación de acoso psicológico y que desde ese consistorio se estaba incumpliendo claramente los plazos y trámites establecidos en el referido protocolo.

Del estudio de la queja en cuestión se desprende que, en abril de 2009, el Ayuntamiento de Torrevieja aprobó un Protocolo de mobbing. El documento dispone, entre otras cosas, la constitución de una Comisión de Instrucción del acoso laboral de carácter permanente y estable, compuesta por técnicos y especialistas en la materia, que será la encargada de valorar y tramitar las reclamaciones que se formulen en materia de acoso psicológico en el trabajo. Tan pronto se reciba una reclamación, dicha comisión se reunirá en un plazo máximo de siete días para iniciar las actuaciones pertinentes, debiendo emitir informe en un plazo máximo de 30 días contados desde el siguiente a la presentación de la reclamación.

La interesada nos indicaba que recibió un primer escrito del ayuntamiento (pasado casi un mes desde la presentación de su solicitud) en el que le comunicaban que estaban efectuando los trámites necesarios para valorar y tramitar su solicitud. En noviembre de ese año (2014) volvió a recibir un nuevo escrito informándole que seguían con los trámites de valoración y tramitación de la solicitud y que estaban a falta de designar un especialista para constituir la Comisión de Instrucción. Desde entonces, no había vuelto a recibir ninguna notificación mientras que la situación de acoso continuaba.

En su resolución, el Síndic recuerda la obligación de la Administración de cumplir escrupulosamente con las normas que rigen los procedimientos. Asimismo, apela al Estatuto Básico del Empleado Público que considera el acoso laboral una falta disciplinaria muy grave y recoge medidas dirigidas a evitar que se perpetúen en el tiempo situaciones de abuso de poder, discriminación o acoso laboral debido a las lagunas legales que pudieran favorecer la impunidad del acosador en lugar de ayudar a la víctima.

Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.

 

Callosa de Segura resuelve las trabas que impedían a un vecino empadronarse

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana recibió una queja de un vecino de Callosa de Segura en la que manifestaba que desde hace un par de años residía en una vivienda situada en el término municipal de Callosa de Segura y que cuando intentó empadronarse no lo consiguió porque al consistorio no le constaba la existencia de dicho inmueble, a pesar de que el interesado presentó la escritura de propiedad, recibo de IBI, agua, luz y electricidad. Desde la oficina municipal, le indicaron que como la vivienda se encontraba en una zona fronteriza, las direcciones que aparecían en la documentación presentada no les servían para hacer el trámite, por lo que le instaban a hacer una identificación del inmueble para el Ayuntamiento, con el consiguiente gasto para el interesado.

En su resolución, el Síndic expone que el padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio, y advierte que los ayuntamientos deben realizar las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados dichos padrones, de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad.

En este caso concreto, la razón que alegaba el Ayuntamiento de Callosa de Segura para denegar el empadronamiento era que el domicilio del interesado no les constaba. Sin embargo, el interesado aportó escritura de la propiedad, recibos de suministros del domicilio en cuestión y recibo del IBI del mismo donde figuraba claramente la referencia catastral, por lo que no puede acogerse a esa razón para denegar la inscripción en el Padrón municipal de Callosa de Segura. Tampoco resulta razonable que sea el interesado quien deba llevar a cabo alguna actuación tendente a identificar el inmueble. Consecuentemente, el defensor del pueblo valenciano instaba a la Administración a empadronar a la mayor brevedad al interesado en la vivienda en la que reside.

Recientemente, el Síndic ha recibido la contestación del Ayuntamiento de Callosa de Segura en la que comunica que tras la comprobación del inmueble en cuestión, se ha procedido a empadronar a la persona afectada en dicho inmueble.

Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto

Tras nuestra intervención, Educación cambiará la cubierta de uralita del CEIP Carles Salvador de Benimaclet

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha recibido con satisfacción la respuesta de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte dando solución al problema denunciado ante esta institución por el AMPA del Colegio público Carles Salvador de Benimaclet (Valencia).

Los representantes del AMPA nos presentaron una queja en la que denunciaban el mal estado en el que se encontraba el porche de uralita del patio del dicho centro educativo. Según los datos aportados por los interesados, la construcción de este techado, de unos veinte años de antigüedad, presenta zonas rotas y otras con grietas; por lo que solicitaba la mediación del defensor del pueblo valenciano para que la Administración retirase la cubierta de uralita y la sustituyese por una nueva con otro tipo de material que no comporte riesgos para la salud de los niños y profesores. 

Entre los muchos factores que deben intervenir para conseguir una educación de calidad, resulta innegable el papel de evidente protagonismo que deben jugar las instalaciones escolares. Una educación de calidad impone a la Administración educativa la obligación de que los centros docentes estén dotados del personal y de los recursos educativos y materiales necesarios, y que los edificios escolares reúnan los requisitos mínimos previstos en la legislación vigente.

Los representantes del AMPA trasladaron su preocupación al Síndic ante los riesgos de salud asociados a las placas de fibrocementos (uralita), material de construcción que en su día se utilizó en la cubierta del porche del colegio y requerían la retirada del mismo con urgencia, a través de una empresa especializada y durante un periodo de vacaciones para que no se encuentren en el centro ni escolares ni personal docente, por el riesgo que puede suponer la inhalación de amianto durante la retirada de la cubierta. 

Tras la actuación del Síndic, la Conselleria nos ha comunicado en su último informe que ya se han adjudicado los trabajos de obra para la sustitución de la cubierta del porche y que en breve se llevarán a cabo las mismas.

 

El Sindic investiga la actuación de la Administración en las batidas de jabalís

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha abierto una queja de oficio para conocer cuál es el proceso de estudio y aprobación que lleva a cabo la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural para autorizar las batidas de jabalís. La actuación del Síndic ha venido motivada por las noticias publicadas en diversos medios de comunicación que recogían el malestar de los vecinos de Montornés de Benicàssim por la aprobación de una batida de jabalís en los montes cercanos a sus casas sin darles participación, así como la falta de publicidad de la misma.

El defensor del pueblo valenciano se dirigirá en los próximos días a la Conselleria para solicitarle información sobre las actuaciones previas a la autorización de la batida, así como sobre las medidas que se adoptan en los expedientes de este género para determinar la necesidad de su realización y para fomentar la participación pública en la tramitación del expediente. Asimismo, el Síndic también se ha interesado por la actuación de la Administración, una vez aprobada la batida, para garantizar la adecuada publicidad de la misma entre los vecinos de la zona y caminantes de montes afectados. 

Aceptan nuestra recomendación para dotar con más medios el CPEE Virgen de la Luz de Elche 

Recientemente, desde el Síndic hemos recomendado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deportes que dotara con los medios materiales y humanos y organizativos que sean necesarios para garantizar una adecuada escolarización a los alumnos del Colegio Público de Educación Especial Virgen de la Luz de Elche. Asimismo, pedíamos cobertura sanitaria, a través de personal de enfermería, al alumnado de este centro durante toda la jornada lectiva y en el propio colegio. Por último, proponíamos a la Conselleria la actualización de la normativa sobre educación especial y, en concreto, en lo referente a la sustitución del personal docente, la aplicación de las jornadas de fisioterapia, prestaciones individuales de sesiones de audición y lenguaje y adaptación de puestos de trabajo de las personas que trabajan en los centros específicos de educación especial.

Hace unos días recibimos la contestación de la Conselleria en la que nos comunica la aceptación a nuestra recomendación y nos traslada que están trabajando para que, con carácter general, los centros de educación especial puedan ofrecer una cobertura sanitaria con personal de enfermería a sus alumnos en el propio centro escolar y durante toda la jornada lectiva, tal y como le pedíamos desde esta institución.

Asimismo, nos han trasladado la voluntad de actualizar la normativa que regula la Educación Especial (que era otra de nuestras peticiones) y nos han comunicado que actualmente están trabajando sobre esta cuestión y están escuchando a los agentes implicados con la intención de conseguir una plena inclusión educativa de este alumnado.

Desde el Síndic de Greuges, haremos un seguimiento de los avances de la Administración educativa para que el cumplimiento de los compromisos adquiridos con el defensor del pueblo valenciano y con el alumnado de este centro sea una realidad.  

Contra el inmovilismo en la crisis de refugiados

En el Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, institución que vela por el cumplimiento de los derechos de las personas, no nos podemos quedar callados ante tanto dolor, sufrimiento y violación de los derechos humanos que nos llega a diario de millones de personas que se han visto forzadas a huir de sus países como única alternativa para salvar sus vidas.

Ante la gravedad de la situación, nos es imposible limitarnos a nuestro ámbito geográfico competencial y quedarnos de brazos cruzados. Por muy habituales que nos resulten las noticias e imágenes del drama del éxodo de los desplazados, de la muerte de personas, de niños que podían ser los nuestro, en el mar, no podemos acostumbrarnos al terror de las víctimas. La cotidianidad no debe servir de anestésico a una sociedad comprometida con los derechos humanos y solidaria con el sufrimiento ajeno.

Ahora más que nunca, debemos tener presente el Art. 14 de la Declaración de los Derechos Humanos que se refiere al derecho al asilo.

1. Toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país, en caso de persecución.

2. No se podrá apelar a este derecho con una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Es tal la magnitud que está alcanzando la actual crisis migratoria, que los Estados miembros europeos deben asumir su responsabilidad y actuar de forma comprometida, urgente y eficaz ante este nuevo reto humanitario. Hay mucho en juego, lo más importante sin lugar a dudas, las vidas de personas que huyen de la barbarie de la guerra, pero también nuestro estado de bienestar y nuestras democracias de las que venimos disfrutando y que debemos garantizar.

Nadie dijo que fuese fácil, pero desde luego el inmovilismo no es la respuesta. 

Elaboramos un informe especial sobre la vivienda pública en la Comunidad Valenciana

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha iniciado un trabajo de investigación para conocer con exactitud cuál es la respuesta de la Administración valenciana a la situación actual de la vivienda pública en la comunidad. 

El acceso a una vivienda digna continúa siendo, en la actualidad, una de las principales preocupaciones de la sociedad valenciana, y así lo constatamos desde el Síndic a tenor de las quejas que nos presenta la ciudadanía sobre esta materia. A pesar de ser un derecho reconocido en la Constitución y en las leyes que desarrollan esta materia, el defensor del pueblo valenciano aprecia que su disfrute efectivo dista todavía de ser real. En este sentido, la crisis económica no ha venido sino a potenciar las carencias estructurales que presentan las políticas públicas en materia de vivienda, situando esta problemática en el primer plano del debate social y político. 

Desde la experiencia diaria que nos ofrecen las quejas que presenta la ciudadanía ante el Síndic sobre esta materia, cada vez parece más evidente la necesidad de sustituir las políticas basadas en la idea de acceso a la vivienda en régimen de propiedad por una concepción más social que se basa en la idea de que la política de vivienda debe estar destinada a favorecer la integración de los grupos más desprotegidos de la sociedad, optando con ello por el sistema de acceso en régimen de alquiler y por el fortalecimiento de las actuaciones de acompañamiento social de los beneficiarios de la vivienda pública. 

Actualmente, estamos asistiendo a un importante proceso de redefinición del concepto de políticas de vivienda que está dando lugar a un nuevo desarrollo de la legislación sobre el derecho de acceso a una vivienda digna. Por eso, y tras anunciar la Conselleria de Vivienda que ha iniciado un proceso de reforma de la legislación en materia de vivienda en la Comunitat Valenciana, el Síndic pretende con este informe contribuir al desarrollo de la misma e incidir en su contenido social y en la configuración del acceso a la vivienda como un derecho subjetivo de la ciudadanía. 

El informe analizará, desde una perspectiva sociológica y estadística, las características de la población demandante de vivienda pública, su zonificación y estratificación, así como un estudio de las condiciones, características y ubicación de las viviendas públicas que dan satisfacción a dicha demanda. Igualmente, profundizará sobre el fenómeno de la vivienda vacía y tratará de determinar cuáles son las políticas públicas susceptibles de adopción para conseguir que parte de ese parque de vivienda pública vacía se destine a absorber la demanda de vivienda existente.

 

Jornada de trabajo del Observatorio del Menor

Hoy hemos celebrado en la Sede Ciudad de Alicante de la UA dos reuniones de trabajo en el marco del Observatorio del Menor que se constituyó en la sede del Síndic en junio del 2015.

Este órgano que impulsamos desde el Síndic es una comisión de trabajo permanente en la que se abordan los problemas de la infancia con el propósito de comprobar si los derechos y libertades de este colectivo están siendo garantizados y, cuando la situación lo requiera, motivar la actuación del defensor del pueblo valenciano.

En primer lugar se ha reunido el grupo de trabajo dedicado al sistema de tutelas en el que se están revisando los procesos de toma de decisiones que concluyen con una declaración de desamparo de una/un menor.

A continuación se ha celebrado el plenario del Observatorio, en el que, por una parte, se ha dado cuenta de las investigaciones de oficio que estamos tramitando desde el Síndic y, por otro, los miembros del Observatorio han compartido sus inquietudes sobre la problemática del acoso escolar y la de las adopciones abiertas.

Desde aquí, queremos agradecer a todos los miembros tanto del grupo de trabajo como del pleno del Observatorio sus aportaciones y su dedicación en este encuentro. Asimismo, animamos a las personas que estén interesadas en la materia a consultar más información sobre el trabajo que se lleva a cabo desde el Observatorio en nuestra página web.

En la jornada de hoy han participado representantes de la Plataforma en defensa del acogimiento familiar de la Comunitat Valenciana, APIME, Fundación Diagrama, CARITAS, CRUZ ROJA, SAVE THE CHILDREN, Asociació de Directores i Directors del País Valencià, FAPA Enric Valor de Alicante, COPAVA/FAPA Gabriel Miró, Observatorio del derecho universal a la salud CV (ODUSALUD), Federació d’Ensenyament de CCOO, Secretaria de Política Social e Igualdad de UGT-PV, Padres 2.0, Síndic de Greuges; además de profesionales y expertos vinculados a universidades, psicólogos, trabajadores sociales.