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Actualidad del Síndic
Recomendamos introducir cambios en los certificados de discapacidad para evitar trabas
11-03-2015El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido a la Conselleria de Bienestar Social para recomendarle que estudie y valore incluir en los certificados de discapacidad un texto que permita identificar al portador de un certificado de incapacidad total o absoluta como persona con, al menos, un 33% de discapacidad (…)
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Esta ha sido la respuesta del defensor del pueblo valenciano a la queja planteada por un representante de COCEMFE que señalaba que algunas administraciones están exigiendo que se acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33% con el debido Certificado de Discapacidad, no dando por válido el documento de incapacidad permanente total (IPT) o el de incapacidad permanente absoluta (IPA) emitidos por la Seguridad Social, que conllevan aparejado dicho grado de discapacidad.
Además, según el promotor de la queja, la Conselleria se niega a valorar de nuevo a estas personas que tienen reconocida la incapacidad permanente total o absoluta, pues considera que esta condición ya lleva implícito un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
En esta situación tan paradójica se encuentran muchas personas con discapacidad que poseen el IPT o el IPA pero no tienen reconocido en un certificado de discapacidad el 33%. De esta forma, se les complica acceder a ayudas o subvenciones que le corresponden, puesto que hay administraciones, especialmente en el ámbito local, que parecen ignorar esta equiparación.
La Conselleria, por su parte, presentó un informe al Síndic en el que mantiene que no es necesario homologar
reconocimientos puesto que la normativa actual es muy clara al respecto. En ella, se enumeran los documentos que acreditan el grado de minusvalía del 33%, entre ellos se encuentra tanto la resolución de incapacidad permanente total como la absoluta.
En este sentido, el Síndic reconoce los argumentos esgrimidos por la Conselleria de los que no se infiere una actuación negligente, sin embargo considera que esta postura está causando un perjuicio a muchas personas con discapacidad. Por ello, apela a la necesidad de seguir favoreciendo la inclusión de estas personas, evitando situaciones difíciles y malos entendidos. Asimismo, el Síndic advierte que el artículo 8 del RDL 1/2013 dispone que los poderes públicos podrán adoptar medidas de acción positiva destinadas a prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad en la incorporación y participación plena en todos los ámbitos de la vida.
De esta manera, el Síndic considera que, dado las continuas trabas en torno a la validez de los documentos acreditativos de la discapacidad, la Conselleria debería hacer un esfuerzo por implementar una medida de acción positiva e incluir en los certificados de discapacidad un texto informativo que permita identificar al portador de un certificado de incapacidad total o absoluta como una persona con, al menos, un 33% de discapacidad.
Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.