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Reiteramos al Ayuntamiento de Elche que resuelva los problemas de ruidos causados por el funcionamiento piscina

16-10-2015
Reiteramos al Ayuntamiento de Elche que resuelva los problemas de ruidos causados por el funcionamiento piscina

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido por tercera vez al Ayuntamiento de Elche para solicitarle que adopte todas las medidas necesarias, entre ellas, la clausura y cierre de local para solucionar las molestias de ruidos y vibraciones que están afectando gravemente a la salud de la autora de la queja desde hace más de ocho años.

La actuación del Síndic tiene el origen en la queja presentada por una vecina que denunciaba las insoportables molestias que injustamente sufría ella y su familia por los ruidos y vibraciones de los motores de la turbina y depuradora sita justo al lado de su vivienda, así como por la actividad musical que se desarrollaba en la misma. 

Estos hechos ya fueron objeto de queja en esta Institución en el año 2008 y 2014, sin que el verdadero problema se haya solucionado. Aunque el ayuntamiento ilicitano, durante este intervalo de tiempo, ha adoptado algunas medidas y actuaciones para revocar la ampliación de la licencia de apertura concedida para utilizar el equipo musical, el problema de fondo, que es los ruidos y sobre todo las vibraciones generadas por los motores de turbina y depuradora de la piscina sigue sin estar resuelto. 

Respecto a la contaminación acústica, esta institución no se cansa de repetir que los tribunales de justicia vienen declarando con reiteración que los ruidos inciden perniciosamente sobre el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio y de los derechos constitucionales a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna, por lo que resulta ineludible su firme protección por parte de los poderes públicos.

Con el objeto de evitar las molestias acústicas causadas injustamente a los vecinos afectados, la legislación vigente tanto a nivel autonómico como estatal, habilita a la Administración, en este caso el Ayuntamiento de Elche, a adoptar medidas correctoras que eviten las molestias a los vecinos; desde la orden de clausura y cierre del local, a la suspensión inmediata del funcionamiento de la fuente perturbadora (en este caso la turbina y la depuradora) hasta que se corrijan las deficiencias existentes.

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