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Sagunto se compromete con el Síndic a eximir del impuesto de circulación a las personas que acrediten la discapacidad con el certificado de la Seguridad Social

22-07-2019
Sagunto se compromete con el Síndic a eximir del impuesto de circulación a las personas que acrediten la discapacidad con el certificado de la Seguridad Social

El síndic de greuges e.f. de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha aplaudido la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Sagunto de buscar una fórmula legal que permita a las personas que acrediten la discapacidad con el certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) disfrutar de los beneficios fiscales a los que tienen derecho, tales como la exención del impuesto de circulación.

La actuación del defensor valenciano se inició el pasado mes de marzo al recibir la queja de un vecino a quien el Ayuntamiento de Sagunto le había denegado la exención de impuestos sobre vehículo de tracción mecánica por discapacidad. El consistorio argumentaba que el certificado de discapacidad de la Conselleria de Igualdad caducaba con anterioridad a la fecha de devengo del impuesto y, aunque el afectado también aportó el certificado del INSS de incapacidad permanente en el grado de absoluta para todo trabajo, el Ayuntamiento se negaba a aceptar este documento como acreditación de su discapacidad.

Lamentablemente, no es el único expediente tramitado por el Síndic sobre esta problemática. Esta institución ha recibido quejas similares de ciudadanos que residen en diferentes municipios de la Comunidad Valenciana y que se enfrentan a la misma traba: su ayuntamiento no les reconoce la resolución del INSS como documento acreditativo de su discapacidad. Si a este obstáculo burocrático se le añaden las demoras que arrastra la Conselleria para resolver el grado de discapacidad, el resultado se traduce en una situación de incertidumbre y bucle constante en la que se vulneran los derechos de las personas con discapacidad.

En todas estas situaciones, el Síndic viene advirtiendo a los ayuntamientos afectados, que según la normativa vigente (Art. 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre) los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez son consideradas personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%.

En el caso del Ayuntamiento de Sagunto, el Síndic le instaba a aceptar las resoluciones de incapacidad permanente en los grados de absoluta, total o de gran invalidez como certificados de minusvalía con un grado igual o superior a un 33 %. Una petición que el consistorio ha aceptado y que se plasmará con una modificación en su respectiva ordenanza.

Ver la resolución del Síndic sobre este asunto.

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