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Pedimos al Ayuntamiento de Valencia que bonifique las tasas para familias numerosas

25-01-2019
Pedimos al Ayuntamiento de Valencia que bonifique las tasas para familias numerosas

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha instado al Ayuntamiento de València que implante en sus ordenanzas una perspectiva familiar en la fijación de precios públicos y que regule tarifas más ventajosas a los miembros de familias numerosas, tal y como recoge la legislación autonómica y nacional.

La intervención del defensor del pueblo valenciano en este asunto se produjo tras recibir la queja de una vecina de València que denunciaba la falta de ayudas a las familias numerosas o con hijos con discapacidad en la realización de actividades deportivas en centros municipales.

En concreto, la afectada es madre de tres hijos (de 6, 5 y 3 años), usuarios de un centro deportivo municipal de gestión indirecta. Por cada uno de sus dos hijos mayores abonó 75,9€ en concepto de inscripción al curso de natación para escolares de octubre a mayo, con la intensidad de una hora a la semana. Por su hijo de 3 años, que además tiene reconocida una discapacidad del 67%, abonó 85.85€, la “cuota preescolar” por la misma modalidad, periodo e intensidad.

La interesada se quejaba, por un lado, de que no les habían aplicado ningún descuento por ser miembros de familia numerosa, y por otro lado, porque al más pequeño de sus hijos, pese a tener reconocida la discapacidad y practicar la natación por prescripción facultativa, no le aplicaron la tarifa reducida –fijada en 70,65€- para personas con discapacidad.

De la información facilitada por el Ayuntamiento de València, se deduce que en su Ordenanza de Precios Públicos de aplicación en las instalaciones deportivas municipales no existe ningún beneficio para las familias numerosas en el acceso a dichas instalaciones, razón por la cual los hijos de la promotora de la queja abonaron la misma tarifa que cualquier otro menor. No obstante, el Síndic no logra entender por qué al hijo de 3 años con discapacidad se le aplicó también la tarifa general prevista para su edad y no la prevista para personas con discapacidad en idéntico curso.

Ver la resolución del Síndic sobre este asunto.

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