La Pobla de Vallbona acepta la recomendación del Síndic sobre la adjudicación de vacantes tras la queja de una embarazada

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recibido la contestación del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona en la que acepta la recomendación del defensor en relación con una queja sobre discriminación por maternidad en el acceso al empleo público. Finalmente, la interesada que presentó la queja ante el defensor del pueblo valenciano ha podido tomar posesión como funcionaria interina de la plaza vacante ofertada.

La actuación del Síndic se inició a mediados del pasado mes de diciembre cuando una ciudadana, integrante de una bolsa de trabajo del citado ayuntamiento, presentó queja ante esta institución al considerar que estaba siendo discriminada en el acceso a la función pública por razón de maternidad y que el consistorio no contestaba a sus escritos denunciando esta situación.

El relato se remonta a principios de noviembre, cuando desde el Ayuntamiento contactan telefónicamente con la afectada para proponerle el nombramiento de una vacante con incorporación el 1 de diciembre. Sin embargo, tras indicar su voluntad de ocupar la plaza e informar de su avanzado estado de gestación y de su próxima baja de maternidad, le negaron verbalmente el derecho a tomar posesión y le indicaron que debería presentar justificante para no perder su posición en la bolsa. La interesada, al no tener más noticias del puesto ofrecido, presentó por registro dos escritos a esta administración interesándose por su situación, a los que no recibió respuesta.

En su resolución, el Síndic censura la actuación del Ayuntamiento que, después de más de tres meses, no había contestado a los escritos presentados por la afectada. Un silencio que estaba generando claramente una situación de incertidumbre e indefensión a la interesada y poniendo en cuestión el principio de igualdad en el proceso de adjudicación de vacantes.

Luna subraya que la discriminación por embarazo o maternidad se considera discriminación directa por razón de sexo, puesto que se entiende como un trato desfavorable hacia las mujeres, tanto si están embarazadas como por cualquier situación relacionada o derivada del embarazo o la maternidad.

Por todo ello, el Síndic instó al Ayuntamiento que revisara el proceso de cobertura de los puestos ofertados y así descartar que se hubiera producido algún tipo de discriminación por maternidad en la adjudicación de vacantes. La respuesta de la administración no se hizo esperar. Un informe municipal confirmaba la aceptación de las recomendaciones y comunicaba que se había procedido al nombramiento de la interesada como funcionaria interina en la plaza vacante mencionada.

Consulta nuestra actuación:

8 de marzo. Día Internacional de la Mujer

La igualdad real de mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en varios textos internacionales sobre derechos humanos, así como en el artículo 14 de la Constitución española. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas impulsa el compromiso de la comunidad internacional para alcanzar la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas a través de un objetivo específico y de forma transversal con otros tantos. Se trata del Objetivo de Desarrollo Sostenible núm. 5, “Igualdad de género”.

A pesar de los significativos progresos sociales y avances legislativos conseguidos en los últimos años, nuestra sociedad sigue teniendo que afrontar retos fundamentales para alcanzar la igualdad real y efectiva. Desgraciadamente, se siguen vulnerando derechos. Desde los más básicos y fundamentales, como el derecho a la vida y a la dignidad de la persona que se ven golpeados cada vez que se ejerce la violencia contra las mujeres, hasta otras formas más sutiles de discriminación que se producen en nuestro día a día. Hablamos, por ejemplo, de las dificultades para conciliar, de la precariedad laboral, de la desigualdad salarial y consecuentemente de la brecha en las pensiones entre mujeres y hombres. 

Estas y otras problemáticas son un reflejo de la desigualdad que sufren las mujeres y que desde el Síndic venimos apreciando a través de las quejas que nos hacen llegar. A continuación, indicamos algunas de nuestras actuaciones en relación a las mismas:

Desde el Síndic creemos necesario un compromiso firme y coordinado por parte de las distintas Administraciones públicas a la hora de desarrollar políticas trasversales de igualdad y al mismo tiempo una mayor implicación de toda la sociedad para denunciar vulneraciones de derechos y exigir respuestas eficaces.

22 de febrero. Día Europeo de la Igualdad Salarial

El 22 de febrero conmemoramos el Día Europeo de la Igualdad Salarial. Un día para visibilizar que la brecha salarial todavía existe en nuestra sociedad y concienciar de que debemos seguir trabajando para erradicarla. El incumplimiento de este derecho fundamental afecta la independencia económica de las mujeres no solo durante su vida laboral sino también en su jubilación.

Hasta ahora, la falta de transparencia salarial ha impedido a los trabajadores conocer las diferencias retributivas por la realización del mismo trabajo y por tanto, las posible víctimas tenían más difícil acudir a la justicia. En 2019, el Comité Europeo de Derechos Sociales identificó la falta de transparencia salarial como uno de los principales obstáculos para la aplicación del principio de igualdad salarial.

Afortunadamente, parece que las cosas empiezan a cambiar. En marzo de 2021, la Comisión Europa propuso una directiva para reforzar la aplicación del principio de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. El documento incluye una serie de mecanismos de transparencia retributiva en los centros de trabajo, contempla sanciones para quienes las incumplan y mejora el acceso a la justicia a las víctimas de discriminación salarial.

En España, en abril de 2021, entró en vigor el Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre hombres y mujeres, obligando a todas las empresas  a tener un registro salarial de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos. El objetivo: garantizar la transparencia y el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre hombres y mujeres en materia retributiva.

Indudablemente, queda mucho camino por recorrer. La igualdad de género, y concretamente la igualdad salarial, sigue siendo, a día de hoy, un desafío ineludible al que se comprometieron los estados miembros de Naciones Unidas cuando aprobaron la Agenda 2030 que detalla 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Hoy recordamos el Objetivo 5: lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas.

8M – Día Internacional de la Mujer

A pesar de los avances incuestionables para conseguir una igualdad real y efectiva entre mujeres y hombre, todavía nos queda mucho por hacer, son muchos las barreras que debemos vencer.

La violencia de género sigue siendo una autentica lacra social que adopta diferentes formas y abarca multitud de actos: desde los más evidentes como violencia física y sexual a otras más sutiles e incluso más normalizadas como es el acoso y el control económico o emocional. Todas ellas violaciones de los derechos humanos más básicos con graves consecuencias para la integridad física y mental de las víctimas, cuando no la muerte. Sobre este grave problema, destacamos la Declaración de las Defensorías del Pueblo autonómicas y nacional con motivo de las Jornadas de Coordinación que organizó el Síndic en Alicante el pasado mes de octubre.

El acceso al mercado laboral, la diferencia salarial y consecuentemente la brecha en las pensiones entre mujeres y hombres continúa reflejando la discriminación y la desigualdad que sufre la mitad de la sociedad. Sin lugar a dudas, la independencia económica es clave para conseguir que las mujeres ejerzan un control real sobre sus vidas,  para que sean plenamente libres y para acercarnos a la deseada igualdad. Asimismo, la educación es un medio imprescindible para promover la igualdad de género y el empoderamiento de mujeres y niñas. Éstas deben participar de forma plena y eficaz en todos los niveles de toma de decisiones tanto en la vida política, económica cómo social.

Por todo ello, desde el Síndic creemos necesario un compromiso firme y coordinado por parte de las distintas Administraciones públicas a la hora de desarrollar políticas trasversales de igualdad y al mismo tiempo una mayor implicación de toda la sociedad para denunciar vulneraciones de derechos y exigir respuestas eficaces.

EDUCACIÓN- BAJA LABORAL POR MATERNIDAD O EMBARAZO DE RIESGO -El Síndic pide mayor protección para las directivas de centros educativos de baja por maternidad o embarazo

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha investigado la situación denunciada por la dirección de un instituto en relación con las bajas de maternidad y las bajas por embarazo de riesgo del personal directivo de los centros educativos. Y es que, cuando esta situación se produce, las profesionales que piden la baja para ejercer sus derechos de maternidad se encuentran en la tesitura de tener que renunciar a su cargo directivo, con la consecuente pérdida de retributiva y profesional, para así facilitar el nombramiento de sus “suplentes” y que estos puedan ser debidamente retribuidos.

La propia Conselleria, en su informe remitido al defensor, reconoce que en estos casos se podría producir una situación de desigualdad de género, ya que, principalmente, son las mujeres quienes cogen la baja de maternidad y el cien por cien de las que sufren embarazos de riesgo. No obstante, la administración educativa mantiene que “las personas miembros del equipo directivo de los centros públicos y jefaturas de departamento son cargos unipersonales, por lo que el complemento retributivo que conlleva el cargo solo puede percibirlo una persona”.

El Síndic se interesó por los argumentos jurídicos y organizativos que motivan y fundamentan la práctica admitida por la Conselleria, no encontrando en el decreto aludido por la Administración (decreto 234/1997 de 2 de septiembre) ningún precepto que impida, en los supuestos de maternidad o embarazo de riesgo, aplicar las normas que regulan el régimen de función pública y que permiten nombramientos provisionales, interinos, comisiones de servicio, etc., permitiendo así el reconocimiento retributivo y profesional tanto de la persona que causa la baja como de su “sustituto”.

A juicio del Síndic, la maternidad no puede ser un obstáculo para el desarrollo profesional de las mujeres ni un factor que contribuya a agrandar la existente brecha salarial de género en los sectores más feminizados como enseñanza y servicios sociales. De ahí que Cholbi considere que la práctica descrita contribuye a la llamada “penalización de la maternidad”, llegándola a calificar de “poco respetuosa” con los derechos de las personas afectadas tanto económicamente como profesionalmente.

En situaciones como esta, ejercer los derechos de la maternidad se convierte en un obstáculo a los derechos económicos y profesionales de las personas afectadas, que han de optar entre mantener su nombramiento y retribución -obligando a sus compañeros a asumir sus funciones obligatoria y gratuitamente- o “en un ejercicio unilateral del deber de compañerismo”, cesar voluntariamente del cargo para cederlo a un compañero que asuma su labor y pueda ser retribuido. De esta forma, se está desplazando, indebidamente, el deber de la administración de instrumentar el adecuado ejercicio de los derechos hacia los funcionarios, al implicar para la renunciante una pérdida de derechos económicos y de vinculación con el equipo directivo.

Por todo ello, el síndic de greuges ha recomendado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que en los casos de baja de maternidad o por embarazo de riesgo del personal directivo de centros educativos, erradique la praxis descrita y asuma directamente el nombramiento –con todos los derechos y deberes- de personal en régimen de interinidad, sustitución o el que resulte procedente para los puestos directivos afectados por las bajas, sin que resulte exigible el cese de las titulares que forman parte del equipo directivo de centros docentes.

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta cuestión.

 

Día Internacional de la Mujer

Las trabajadoras del Síndic de Greuges nos hemos unido hoy para reclamar igualdad real, porque a pesar de los esfuerzos y los avances conseguidos todavía son muchos los obstáculos que nos quedan por salvar.

Queremos que todas las mujeres podamos acceder al mercado laboral en igualdad de condiciones y llegar tan lejos como nos propongamos, porque la independencia económica es clave para que ejerzamos un control real de nuestras vidas. Necesitamos medidas para que la maternidad no sea una barrera en nuestra carrera profesional. Reclamamos igualdad salarial porque es absurdo que por el mismo trabajo ganemos menos dinero. Ansiamos acabar con todo tipo de violencia que se ejerce contra nosotras, desde la más evidente como la violencia física y/o sexual a la más sutil y normalizada como el control económico y/o emocional. Queremos ejercer y disfrutar de nuestros derechos sin tener que reclamarlos una y otra vez.

En definitiva, luchamos por una igualdad efectiva entre hombres y mujeres, una reivindicación compartida también por nuestros compañeros de trabajo que hoy, y siempre, nos han apoyado.