INFORME ANUAL 2023.- Luna tilda de “inaceptables” las excusas de la Administración para no resolver los derechos de los ciudadanos en un plazo razonable

El síndic de Greuges, Ángel Luna, acompañado de la adjunta primera, Concha Bru, y del segundo, Carlos Castillo, ha presentado esta mañana su Informe Anual 2023, en el que denuncia que las excusas de la Administración para no atender en un plazo razonable los derechos de la ciudadanía son “inaceptables”.

En el marco de la defensa al derecho a una buena administración, el defensor hace una reflexión para advertir a los poderes públicos que cuando se pone en marcha una iniciativa o nueva norma debe acompañarse de su correspondiente dotación presupuestaria. De este modo, queda invalidado el reiterado argumento de falta de medios y de personal, que esgrime la Administración al Síndic para incumplir con su obligación de resolver las peticiones de los ciudadanos en el tiempo establecido.

Asimismo, Luna destaca como “preocupantes” las limitaciones del acceso a documentos que sufren los concejales de los grupos de la oposición. “Estas limitaciones se han ampliado en diversas formas a partir de las elecciones locales de 2023”, señala el síndic, que añade que “esta institución viene denunciando esta realidad durante años y reclamando cambios legislativos al respecto”.

Falta de voluntad política

Sin embargo, ningún grupo político ha recogido estas reclamaciones del defensor. “Ahora asistimos a excusas de todo tipo, desde problemas de aplicaciones informáticas, pasando por las socorridas referencias a la protección de datos y terminando por interpretaciones artificiosas de los reglamentos locales”, explica Luna. Todas estas excusas tienen la finalidad de limitar, por quienes mandan, el contenido y la cantidad de información que se suministra a las personas que tienen como misión constitucional ejercer de oposición. Facilitar el acceso a la información a los cargos públicos de la oposición no exige ni medios, ni esfuerzo. Simplemente es una cuestión de voluntad política.

Situaciones como las que se han producido en Benidorm, San Juan de Alicante, Cheste, Moncada o Valencia, y que recoge exhaustivamente el Informe Anual del Síndic de Greuges 2023, ponen de relieve el deterioro de reglas esenciales de funcionamiento en una democracia consolidada. Lamentablemente, no son los únicos ejemplos y no se avistan indicios de mejora.

Incremento de la lista de espera de la dependencia

Asimismo, en el balance de sus actuaciones en el pasado ejercicio, Luna también insiste en la necesidad de simplificar los procedimientos administrativos que afectan a la ciudadanía, especialmente para obtener las prestaciones de la renta valenciana de inclusión y de la dependencia. Precisamente, en materia de dependencia el Síndic destaca el inquietante incremento en los datos relativos a la lista de espera de solicitudes de declaración de dependencia, que hace públicos la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda mensualmente. De 13.342 personas solicitantes el 3 de julio de 2023 a 18.580 personas el 2 de enero de 2024.

Luna manifiesta que este incremento es exagerado e injustificado y obliga a la Conselleria, aún más si cabe, a analizar en profundidad las causas de la ineficacia del procedimiento de declaración de dependencia y de aprobación del Programa Individual de Atención correspondiente (PIA), y a adoptar medidas urgentes para su solución.

Además, cabe reseñar el elevado número de quejas por deficiencias en el procedimiento de valoración de la discapacidad, y en las demoras en emitir las correspondientes resoluciones de reconocimiento de grado.

El procedimiento de emergencia ciudadana “cae en saco roto”

Esta situación, que se remonta a más de una década atrás, ha provocado que esta institución investigara el tema de oficio, además de las numerosas quejas y consultas que hemos recibido a instancias de parte. Lejos de haberse reducido el problema, su incidencia se ha incrementado en los últimos meses.

Los recordatorios legales del Síndic para las solicitudes de reconocimiento de grado de discapacidad, que la Administración está obligada a resolver en un plazo de tres meses por tratarse de un procedimiento declarado de emergencia ciudadana, caen reiteradamente en saco roto.

Además, continúan sin dotarse de los recursos materiales, económicos y personales a los Centros de Valoración y Orientación de la Discapacidad.  Especialmente, destaca la situación extraordinaria que sufre el Centro de Valoración de Alicante, con una demora media superior al año. Desde esta institución, en reiteradas ocasiones, hemos urgido al incremento del número de Centros de Valoración. De igual modo, hemos señalado la necesidad de establecer procedimientos de coordinación entre los distintos servicios públicos sectoriales implicados en los procesos de valoración, y hemos urgido a que se tomen medidas que solucionen la falta de cobertura de puestos profesionales.

Por otra parte, resulta inaudito que permanezcan las dificultades de los aplicativos informáticos que la Conselleria argumenta como excusa, transcurridos años desde la entrada en vigor de la ley de Renta Valenciana de Inclusión.

Servicios Sociales renuncia a liderar la declaración del riesgo de los menores 

La realidad en que se encuentran los recursos materiales y humanos de la mayoría de los centros de niños, niñas y adolescentes; el impago a las entidades que los gestionan; el hacinamiento de los menores migrantes; las carencias en el sistema de salud mental o en las plazas disponibles para el acogimiento familiar en sus distintas modalidades; así como la gestión de las necesidades y expectativas de las familias adoptivas y acogedoras constituyen una muestra de hasta qué punto están siendo omitidos derechos, principios y garantías de la infancia.

Este estado de cosas sólo puede ser calificado como alarmante y exige la inmediata puesta en marcha de medidas urgentes y eficaces.

Por todo ello, resulta aún más decepcionante comprobar que el informe de impacto en la infancia y adolescencia que acompaña a la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, no cuantifica ni precisa soluciones tangibles a las carencias de medios materiales y humanos o a la “acumulación de tareas”, con las que tantas veces nos responde la Administración para justificar las negligencias que le advertimos.

En la tramitación de la queja de oficio sobre Las situaciones de riesgo en la Infancia y adolescencia en la Comunidad Valenciana esta institución reprochó a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que renunciase al ejercicio del liderazgo que le corresponde en la valoración y declaración de riesgo de los menores. El Síndic concluyó que la distribución competencial asumida por las distintas administraciones autonómicas y locales no puede servir de excusa para asumir esta responsabilidad última en las políticas de Infancia y Adolescencia.

En materia de vivienda, las reducidas dimensiones del parque público continúan siendo el principal obstáculo para lograr de forma efectiva el derecho al disfrute de esta. La vivienda constituye un bien de primera necesidad que permite la satisfacción de los derechos fundamentales de la persona (salud, intimidad, dignidad, libre desarrollo de la personalidad…). Igualmente, la pérdida de un alojamiento estable y digno se convierte, en muchas ocasiones, en la puerta de entrada a situaciones de exclusión social que, como desgraciadamente nos muestra la realidad, son difíciles de revertir.

La Administración se limita a ser mera gestora de viviendas públicas

 No obstante, la experiencia nos demuestra que lo que prevé la legislación continúa chocando con la práctica administrativa. La realidad es que la intervención de las administraciones públicas en este ámbito se reduce a meras gestoras de las viviendas públicas que no se encuentran ocupadas, están disponibles y son susceptibles de adjudicarse a una unidad de convivencia.

El Síndic insiste en que la Ley de Función Social de la Vivienda establece un sistema de gestión integral de las necesidades de vivienda de la ciudadanía más necesitada y vulnerable, que implica la atribución efectiva y real de un recurso habitacional a quien lo necesita; ya sea una vivienda, si existe una disponible que adjudicar, o -en caso contrario- de cualquiera de los otros mecanismos previstos en la ley, como una ayuda al alquiler.

Por último, debemos recordar que el 2023 ha sido un año singular, en el que las relaciones entre la Administración y la ciudadanía se han visto afectadas por las elecciones autonómicas y locales, con un cambio en el gobierno del Consell y en numerosos Ayuntamientos. De ahí que desde esta institución hayamos entendido como prudente no recargar el uso de las quejas de oficio mientras no terminara el aterrizaje de los nuevos equipos gestores, limitándolas a los asuntos de mayor relevancia.

Las actuaciones del Síndic de Greuges en la Comunitat Valenciana durante 2023 ascienden a 18.561, de ellas, 3.933 quejas a instancias de la ciudadanía. El grueso de estas, el 41,66% corresponden a problemas relacionados con Servicios Sociales, en especial a la Dependencia. Otras cuestiones que han causado numerosas quejas, aunque con mucha distancia en cuanto a su cantidad, han sido las relativas a Servicios Públicos y Medio Ambiente (11,44% del total); Transparencia y Participación (9,92%); Procedimientos Administrativos (8,4%); Empleo (6,86%); y Vivienda (4,35%).

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Entrega del Informe Anual 2022 a las Corts. El Síndic denuncia que la Administración es un «territorio hostil» para el ciudadano

El síndic de Greuges, Ángel Luna, acompañado de la adjunta primera, Concha Bru, y del adjunto segundo, Carlos Castillo, ha presentado esta mañana su Informe anual 2022 en Les Corts Valencianes, en el que señala que, tras la pandemia quedan notables secuelas que complican las relaciones entre la ciudadanía y las Administraciones encargadas de atender sus derechos.

«La Administración es un territorio hostil para el ciudadano», afirma Luna, quien argumenta que esto es así, en primer lugar, porque no contesta a sus demandas; porque le exige demasiados requisitos; porque el interesado no entiende los procedimientos administrativos y, además, por la falta de empatía con la que se le atiende en muchos casos.

El defensor destaca que muchas de las quejas que se reciben en la institución vienen motivadas por la desidia en la tramitación de los expedientes, dejando pasar el tiempo y reclamando luego subsanaciones que se deberían haber advertido desde el primer momento. «Para las personas en situación de vulnerabilidad el paso del tiempo sin recibir ayuda puede resultar demoledor», y hace «una llamada de auxilio a responsables políticos, funcionarios y trabajadores públicos para promover una cultura administrativa de verdadero servicio público».

Mantener la cita previa obligatoria infringe derechos de la ciudadanía

Un dato significativo que revela las dificultades a las que alude el Síndic de Greuges es el mantenimiento de la cita previa. A la hora de cerrar este Informe anual 2022, todavía hay Administraciones que persisten en la exigencia de este requisito. Una práctica contra la que esta institución ha recibido numerosas quejas. Para mayor trastorno, en muchos casos la cita previa sólo puede ser solicitada de forma electrónica, lo que ha dado lugar a la aparición de una picaresca de bloqueo y venta de citas con evidente perjuicio para quienes inevitablemente las necesitan.

Mantener la cita previa, pasadas las restricciones de la pandemia, infringe derechos reconocidos a la ciudadanía por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que obliga a respetar los principios de proximidad y eficacia.

El silencio administrativo conduce al descrédito de las instituciones

 Asimismo, y también en relación con el funcionamiento de las Administraciones, la falta de respuesta al ciudadano es el primer problema que muestran las quejas tramitadas en esta institución. En la mayoría de las ocasiones, las quejas que llegan al defensor plantean el silencio de la Administración ante las peticiones de los ciudadanos, sea cual sea su problema (dependencia, educación, empleo, vivienda, etc), lo que de inicio es una vulneración de un derecho fundamental. Acuden al Síndic porque no saben a qué atenerse. En casi todos los casos, la falta de respuesta oculta la vulneración de un derecho material o la insatisfacción de una prestación. Pero la simple falta de respuesta instala ya al ciudadano en la perplejidad, en la confusión y en el desasosiego. Al cabo de meses, o años, no sabe nada de su petición. Ni siquiera si se está tramitando.

Ese comportamiento no es aceptable. Es una vulneración de la ley y una falta de respeto a quienes han acudido a llamar a las puertas de lo público. «Este ninguneo a la ciudadanía lleva como consecuencia al descrédito de las instituciones» declara Luna. Las resoluciones del Síndic están repletas de recordatorios del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, pero también del artículo 9 de nuestro Estatuto de Autonomía, que consagran el derecho a una buena administración. En torno a este derecho fundamental se articula gran parte de la actuación del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

La Administración debe actuar bajo el principio de personalidad jurídica única y no eludir responsabilidades

Además, es preciso advertir sobre la tendencia a eludir responsabilidades que se observa en numerosos ámbitos administrativos. Para el Síndic es frecuente recibir informes señalando a otro departamento, o a otra unidad dentro del mismo departamento, cuando se requiere una explicación respecto de una deficiencia denunciada.

El caso más paradigmático ha sido el relacionado con la tramitación del Bono Social Térmico correspondiente al año 2020, que dio lugar a un importante número de quejas en el ejercicio de 2022. Tras diferentes informes de varias Consellerias, rechazando su competencia en el tema, esta institución hubo de dirigirse a la Presidencia del Consell para que se determinara claramente cuál era el departamento responsable de la tramitación de la ayuda que reclamaban los afectados.

En no pocos ayuntamientos, sobre todo en algunos de gran tamaño, se reproduce este vicio. Requerido el alcalde para que el consistorio informe sobre un problema, es frecuente recibir la respuesta firmada por algún funcionario de un departamento que señala a otro como encargado de la competencia. El Síndic ha tenido que recordar que la Administración debe actuar bajo el principio de personalidad jurídica única, y que sus requerimientos van dirigidos a la entidad de que se trate y no a cualquiera de sus departamentos. No siempre es atendido este recordatorio.

Urge reformar la atención primaria y paliar las listas de espera

Por otra parte, en relación con el ejercicio de los derechos más básicos en la Comunitat Valenciana, se hace necesario destacar la enorme preocupación que produce la situación de la asistencia sanitaria. No es el ámbito que más quejas provoca ante esta institución. Probablemente, la existencia de un Servicio de Asistencia e Información al Paciente (SAIP) filtra el número de reclamaciones de los usuarios, haciendo que sólo lleguen las que no han sido resueltas, que no son pocas.

En este tema sí se puede decir con claridad que se arrastran importantes secuelas de la pandemia. Las dificultades en nuestro sistema sanitario no comenzaron ahí, vienen de lejos, pero desde luego, se han agravado considerablemente.

La atención primaria sigue acumulando descontentos y sus deficiencias repercuten sobre los hospitales, cuyas urgencias se colapsan por pacientes que deberían ser objeto de tratamiento en los centros de salud. A este respecto, el defensor insta a que se aborde de forma urgente la reforma de la atención primaria.

A los retrasos en la atención primaria y en las especialidades se unen las listas de espera hospitalarias, situadas en parámetros inaceptables, que provocan desesperación en los usuarios.

En esta situación, cuando la solución requiere determinación y años, lo mínimo exigible a las autoridades sanitarias es un ejercicio de transparencia y realismo. Los ciudadanos ya saben que las cosas están mal y lo que necesitan es una explicación comprensible, veraz y razonable sobre los pasos a dar para resolver los problemas. También requieren previsiones ajustadas a los recursos disponibles y demandan transparencia en la gestión de los servicios para erradicar las sospechas de agravios o de trato injustificado que minan la credibilidad del sistema. Esa idea llevó a esta institución a iniciar una queja de oficio sobre la publicidad de las listas de espera, como se recoge en el Informe anual 2022.

Respuestas más contundentes en salud mental

 Capítulo especial merecen los problemas de salud mental, cuyo incremento ha sido evidente a partir de la pandemia, sobre todo entre los jóvenes. El Síndic abordó, también en una queja de oficio, la situación especialmente grave de los recursos de salud mental en el Departamento de la Marina Alta, pero la situación de otros departamentos dista mucho de ser satisfactoria.

De momento, la estructura creada a partir de la figura del Comisionado para el Plan Valenciano de Acción para la Salud Mental, Drogodependencias y Conductas Adictivas no ha ofrecido resultados tangibles, más allá del proceso de participación ciudadana desarrollado y algunos anuncios de acciones puntuales en periodo de materialización. Parece fuera de toda duda que estos problemas requieren una respuesta mucho más contundente que la brindada hasta la fecha.

La recomposición del sistema sanitario valenciano va a requerir de un enorme, sostenido y creciente esfuerzo presupuestario. Es importante que esto se tenga en cuenta si se quiere atender a la que, probablemente, sea hoy la principal preocupación de la ciudadanía valenciana.

Persisten las deficiencias en servicios sociales

En materia de servicios sociales, que por las competencias que aborda sigue acumulando el mayor número de quejas que recibe el Síndic, continúan siendo destacables las mismas deficiencias que hemos venido denunciando a lo largo de los informes anuales de los últimos años. Persisten los mismos problemas en materia de dependencia, discapacidad o renta valenciana de inclusión, derivados de los modelos de gestión, de los procedimientos implantados y de las carencias en las herramientas informáticas que se detallaban en el Informe anual 2021 y los avances para solucionarlos han sido insuficientes.

Cabe reseñar la constante advertencia del defensor sobre que se hace una errónea aplicación de la ley a la hora de denegar la prestación de renta valenciana de inclusión a quienes han aceptado cortos trabajos temporales. Una advertencia que ha seguido sin ser atendida por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por lo que esta institución se vio obligada a abrir una queja de oficio sobre ese asunto.

A menudo, el Síndic tiene la sensación de que la normativa se incumple, pero no se modifica. Por ejemplo: el incumplimiento flagrante de la Ley de la Generalitat 9/2016, de Procedimientos de Emergencia Ciudadano ha sido denunciado por esta institución en los informes anuales y en sede parlamentaria, pero se sigue manteniendo como un brindis al sol.

Otro incumplimiento recurrente es la obligación de incluir en la resolución del Programa del Plan Individual de Atención (PIA) los efectos retroactivos que pudieran corresponder a la persona dependiente, cuando este dictamen se emita transcurrido el plazo de seis meses desde la solicitud de dependencia.  En lugar de hacer esto, la Conselleria inicia un nuevo procedimiento para reconocer al ciudadano sus derechos económicos retroactivos. Estos nuevos expedientes terminan acumulando más retrasos y dando lugar a muchas quejas.

Además, en muchas ocasiones, la persona dependiente fallece antes de que se resuelvan los denominados efectos retroactivos. La pregunta inmediata es: si la Conselleria considera necesario un nuevo expediente, ¿por qué no se modifica la norma reglamentaria en vez de incumplirla? El Síndic, a través de sus resoluciones, lleva años reclamando, infructuosamente, su aplicación.

Ayudas económicas directas para vivienda

Por otra parte, esta institución debe informar de cierre de la investigación de oficio sobre el Reglamento del Registro de viviendas de la Comunitat Valenciana y procedimiento de adjudicación de viviendas, iniciada en 2021.

Si bien es cierto que la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática aceptó todas las recomendaciones efectuadas por esta institución, hasta la fecha solo se ha aprobado una reforma legal que permitiría para conceder ayudas económicas directas a aquellas unidades de convivencia vulnerables a las que no se les puede ofrecer una vivienda. Es un avance importante que salva lo que la Conselleria entendía un escollo legal para ofrecer estas ayudas directas.

De todos modos, aunque esta modificación legal elimina las trabas alegadas hasta ahora, la Conselleria habrá de determinar el procedimiento para concretar las ayudas reales. Tampoco se han adoptado otras medidas que permitan valorar si la aceptación del resto de las recomendaciones del Síndic se cumple. El defensor hará un seguimiento del grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Conselleria de Vivienda, sobre todo en lo que respecta a eliminar que sea obligatorio el uso de los medios electrónicos para la solicitud de ayudas.

Desidia colectiva ante la falta de transparencia que fortalece la democracia

Por último, el Síndic no puede olvidar que una de sus funciones, tal y como reconocen los denominados Principios de Venecia del Consejo de Europa, tiene como objetivo el fortalecimiento de la democracia.

Resulta importante reseñar que, a tenor de las cifras de este Informe Anual 2022, parece que las quejas de Transparencia y Participación Ciudadana han descendido respecto al año anterior, pero no es así. La explicación radica en que muchas de ellas se han contabilizado con las de procedimiento administrativo (antes Régimen Jurídico) puesto que son transversales.

Esta institución sigue recibiendo cada año centenares de quejas presentadas por estos motivos. Muchos alcaldes siguen pensando que los datos e informes que maneja el ayuntamiento son suyos y que pueden graduar a su antojo el acceso a los mismos por parte de otros miembros de la corporación.

Con ser esto grave, no lo es menos la falta de reacción de les Corts Valencianes ante la denuncia de estos hechos que venimos realizando año tras año. En el Informe anual 2021, el Síndic llegó «(…) a plantear a les Corts Valencianes la necesidad de modificar el artículo 128 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana, con el fin de regular específicamente el acceso directo de todos los concejales a los documentos y a la información contenida en los sistemas informáticos de gestión electrónica de los expedientes municipales (…)».

Sin embargo, no se ha hecho nada al respecto. A nadie parece interesarle corregir esa grave anomalía. “Ni el Consell, ni los grupos parlamentarios, que gozan de iniciativa legislativa, han estimado oportuno iniciar una reforma legal que permita a los grupos de concejales en la oposición acceder, sin trabas, a toda la documentación obrante en el consistorio. Tampoco la recientemente aprobada Ley de la Generalitat 1/2022, de Transparencia y Buen Gobierno, ha tenido a bien abordar este problema que a todos afecta”, indica Luna.

Al defensor le resulta muy difícil entender esta desidia colectiva ante la amenaza que supone, para el correcto funcionamiento de las instituciones democráticas, el oscurantismo con el que se manejan los asuntos públicos.

Documentos adjuntos:
Tablas y gráficos en los que se plasma la actividad de la institución en el ejercicio 2022 en cifras.
Informe Anual 2022

Comparecencia del síndic para defender el Informe anual 2021

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha comparecido hoy ante la Comisión de Peticiones de les Corts Valencianes para defender el Informe anual de la institución correspondiente al ejercicio 2021. Una comisión que ha estado encabezada por el presidente de la cámara, Enric Morera, y que se ha celebrado en el hemiciclo de la misma. A la comparecencia han asistido también la adjunta primera y el adjunto segundo, Concha Bru y Carlos Castillo, respectivamente.

Al inicio de su intervención, el síndic se ha ofrecido a comparecer ante les Corts cuantas veces sea necesario y «no solo para debatir el informe anual, algo que ya se hace en otros parlamentos» ha apuntado Luna.

Luna ha presagiado que las necesidades sociales serán cambiantes en los próximos tiempos, debido en parte a las consecuencias de la pandemia de la Covid y la invasión rusa de Ucrania. Partiendo de ese escenario, ha reclamado mayor «flexibilidad» y «eficacia» a las administraciones públicas y a sus funcionarios, revisar los procedimientos y elaborar diseños pro ciudadanos que sean capaces de hacer frente a estos nuevos retos.  Luna no ha dudado en señalar que «los paganos fundamentales en todo este contexto socioeconómico tan complicado que se nos avecina serán las personas más vulnerables».

En materia de transparencia y acceso a la información, Luna ha destacado el incremento significativo de las quejas presentadas en 2022 por parte de cargos electos por no poder acceder a información a la que tienen derecho. En este sentido, ha lanzado un reproche a aquellos alcaldes que «piensan que la información que tienen es de su propiedad» y ha augurado que «si seguimos en esa deriva, socavaremos la democracia».

También en materia de transparencia, pero esta vez de la institución del Síndic de Greuges, Luna ha anunciado que, a partir de hoy, se publicarán en nuestra página web las administraciones «no colaboradoras» con el defensor autonómico. Según el síndic, «es una manera de extender el control social» al permitir a la ciudadanía consultar aquellos expedientes en los que las diferentes administraciones no han colaborado con esta institución. Un comportamiento que, según el síndic, supone una devaluación de las instituciones.

El síndic de Greuges entrega el Informe anual 2021 a la Mesa de les Corts Valencianes

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha entregado hoy al president de Les Corts Valencianes, Enric Morera, el Informe anual de la institución correspondiente al ejercicio 2021.

La incapacidad de las administraciones para satisfacer en un plazo razonable de tiempo derechos vitales de la ciudadanía, debido a la falta de medios y a la ineficaz gestión de los recursos, ­han concentrado la mayoría de las quejas al Síndic en 2021. Por ello, en su Informe Anual 2021, el defensor valenciano reclama que se cambie el procedimiento de gestión de las grandes ayudas, especialmente las de mayor urgencia: las de la renta valenciana de inclusión y la dependencia.

Asimismo, en el ámbito de la Sanidad, el Informe destaca el colapso que ha soportado la atención primaria y la sensación de abandono sufrida por la población en los casos de necesidad inmediata de contactar con los centros de salud. En este sentido, el Síndic pide que se aborden con urgencia las muchas carencias del sistema de salud pública y de atención primaria, sin menoscabo de la atención especializada y hospitalaria.

La vulneración de los derechos elementales de los demandantes de vivienda pública y los graves atentados al derecho a la participación política también han provocado numerosas denuncias al Síndic recogidas en el Informe Anual de 2021, que esta mañana ha entregado el defensor autonómico, Ángel Luna, a Les Corts Valencianes. En dicho Informe consta que el pasado año se iniciaron 4.125 nuevas quejas, más otras 20 de oficio, y se han atendido 16.765 consultas ciudadanas.

La nueva Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana (en adelante Ley 2/2021), impone que el defensor considere de actuación preferente las «situaciones de riesgo de exclusión o especial vulnerabilidad» descritas en el artículo 19 y en esa dirección se orientan las actuaciones de la institución.

Muchas de las situaciones que se denunciaban en el Informe anual 2020, e incluso en años anteriores, han continuado manifestándose durante 2021. Estos problemas recurrentes ponen de manifiesto la incapacidad de las administraciones para satisfacer derechos básicos de la ciudadanía, con los actuales medios y procedimientos administrativos vigentes.

El Síndic de Greuges no puede pasar por alto las deficiencias en materia de financiación autonómica que señalan todos los sectores sociales y políticos de la Comunitat Valenciana. Deficiencias que se vienen arrastrando durante demasiados años y que perjudican de forma significativa la capacidad de actuación de las administraciones autonómicas y locales valencianas, incidiendo, sin duda, en los resultados de su gestión. Sin perjuicio de este atenuante, el Síndic debe cumplir su papel y señalar las más notables carencias en el funcionamiento de las entidades públicas, en orden a contribuir a solucionarlas.

Así pues, en multitud de quejas, las administraciones han aludido a la falta de medios como motivo del retraso en la resolución de los correspondientes procedimientos administrativos de reconocimiento de derechos o prestaciones. A juicio del Síndic, hay que analizar, de manera rigurosa, las posibilidades de actuación que ofrecen los recursos personales disponibles, estableciendo un orden de prioridades y unos mínimos criterios de flexibilidad para su uso, pero esta institución no ha observado que se esté haciendo. De ahí que “no descartamos que el problema no sea tanto la falta generalizada de personal, como el sistema estático y poco eficaz de gestión de los recursos, que no tiene en cuenta el incremento de cargas de gestión que se produce en momentos determinados en algunos servicios y la disminución en otros”, señala el defensor.

Además, tampoco se han resuelto los innumerables problemas que ocasiona el mal funcionamiento de los aplicativos informáticos utilizados en la gestión de los títulos de familia numerosa, de la dependencia y, especialmente, de la renta valenciana de inclusión. Abordar ya estas carencias es muy urgente.

Burocracia contra la urgencia de las necesidades de la ciudadanía

El Síndic viene denunciando desde hace años los excesivos retrasos en el reconocimiento de derechos de carácter vital, como las ya citadas prestaciones a la dependencia o la renta valenciana de inclusión. Habida cuenta del considerable esfuerzo que ha realizado la Generalitat para incrementar, año tras año, las dotaciones presupuestarias dedicadas a estas materias, resulta inexcusable modificar los procedimientos de gestión de estas ayudas. Esto es algo que viene recomendando infructuosamente esta institución, en sus resoluciones sobre las quejas que presentan los ciudadanos.

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha delegado partes de la gestión de estos procedimientos en las administraciones locales, pero sin cederles ninguna capacidad de decisión. Hasta las grabaciones en los aplicativos informáticos deben ser validadas por los servicios de la Conselleria. Las administraciones locales hacen propuestas, que se aceptan o no, aunque la ley las califique de vinculantes, como en la renta valenciana de inclusión. Si las propuestas no se aceptan, el expediente vuelve a la administración local; es decir, la Conselleria mantiene el control y la decisión sobre todas las partes del proceso. Este vaivén de actuaciones dentro del expediente supone una mayor carga burocrática y una extensión del tiempo de tramitación de los expedientes, en detrimento de la urgencia de las necesidades de tantos ciudadanos.

La gestión de la renta valenciana de inclusión ha seguido causando situaciones inaceptables y ha concitado un significativo número de quejas en 2021. De entre todos los problemas que plantea el reconocimiento de este derecho, hay uno de especial gravedad. Se trata del criterio de la Conselleria de Igualdad de denegar la prestación cuando la persona solicitante ha aceptado algún trabajo temporal o a tiempo parcial, sin tomar en consideración todo el tiempo que ha estado sin trabajar y los meses de infructuosa espera sin percibir la renta. Esta actitud de la Conselleria está desincentivando de forma notoria la búsqueda de empleo y dificultando la inserción laboral de ciudadanos en situaciones muy precarias, además de ser una interpretación de la administración autonómica que vulnera la aplicación de la ley. 

Colapso injustificado en atención primaria

Por otra parte, los problemas en el ámbito sanitario también han tenido especial referencia en el Informe anual 2021. La denominada sexta ola de la COVID-19, iniciada en los meses finales del año 2021, hizo patente la persistencia de desajustes e insatisfacciones que, si bien podían haber tenido explicación durante la primera fase de la pandemia, carecían de justificación tras casi dos años desde su inicio. El colapso del funcionamiento de los centros de atención primaria, los más próximos, ha sido constatable.

Durante 2021 se ha vuelto a evidenciar la falta de capacidad de respuesta ante los casos de necesidad urgente de contactar con los profesionales sanitarios más cercanos. En esos momentos de desamparo, ¿para qué acudir a reclamaciones ante los servicios de atención e información al paciente (SAIP) que tienen un mes de plazo para responder o, incluso, para qué presentar quejas ante el Síndic de Greuges, lo que requiere, por ley, haber agotado la vía previa del SAIP y cuyos procedimientos precisan de un plazo generalmente más largo de tramitación? Si hay que acudir a la denuncia, la solución llega tarde. “No ha habido una respuesta a la altura de la angustia que provoca la falta de contacto y la sensación de abandono por parte de servicios elementales. Sensación de abandono que se multiplica en el caso de personas mayores, sin acceso a las nuevas tecnologías”, manifiesta el Síndic.

La garantía del derecho a la salud, elemento esencial de cualquier Estado de Bienestar que se precie, no pasa por su mejor momento.

Ante la incertidumbre relativa a la evolución de la pandemia, urge la elaboración de planes de contingencia que permitan una respuesta flexible a los problemas de atención sanitaria que se observan con la aparición de cada ola de contagios. Estos problemas han resultado especialmente penosos con la sexta ola desencadenada por la variante ómicron. Por ello, el defensor autonómico demanda, como un ejercicio obligatorio e impostergable, evaluar los puntos del sistema donde se concentran las cargas de trabajo, para prever los refuerzos necesarios o los cambios indispensables.

Asimismo, el Síndic exige la pronta materialización de los anuncios del Consell relativos a la puesta en marcha de nuevos planes para reforzar la capacidad del sistema sanitario público, singularmente de la atención primaria, con el objetivo de convertirla en el eje de todo el sistema, porque vienen con varias olas de retraso.

 

Errores del pasado para acceder a una vivienda pública

Los demandantes de vivienda pública que han acudido a esta institución han seguido soportando una elevada vulneración de sus derechos más elementales a la hora de que la Administración despache sus peticiones.

Así, la inscripción en un registro de demandantes de vivienda sigue sin ser entendida por la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática como un acto de petición que le obligue a una respuesta. De tal modo que los ciudadanos se quejan de que, pasados años desde su petición no saben nada de esta, y se encuentran, además, con la desagradable sorpresa de que han sido eliminados de la lista de demandantes de vivienda si no han renovado su solicitud a los dos años de realizar la primera. Siguiendo con las complicaciones, en los supuestos más habituales de falta de viviendas públicas para adjudicar a quienes reúnen los requisitos legales para ser acreedores al derecho a una vivienda de esa naturaleza, la Conselleria, en vez de facilitar de manera subsidiaria, como dice la ley, una ayuda para el alquiler, pretende que estos demandantes permanezcan atentos a las convocatorias de ayudas que publica el Diario Oficial y formalicen la solicitud de alguna de ellas. Para rematar el conjunto de desaciertos, y también en clara vulneración de lo previsto en la ley de procedimiento administrativo, todas estas solicitudes sólo se pueden tramitar de forma telemática.

Esta institución sabe que se están haciendo esfuerzos para ampliar el parque público de viviendas, lo que no resulta fácil ni rápido, y que se están ampliando las dotaciones de ayuda al alquiler. De lo que se trata es de poner el acento en las carencias que se observan en la gestión administrativa de este problema y en la vulneración del derecho a una buena administración, en sus rasgos más elementales.

Después de una resolución del Síndic, en una queja tramitada a instancias de Cáritas, se publicó en el DOGV del 14/09/2021 el Decreto 106/2021, de 6 de agosto, del Consell, que regula el registro de vivienda y el procedimiento de adjudicación de vivienda. El contenido del decreto, que reproduce prácticamente todos los problemas anteriormente señalados, obligó al Síndic a iniciar una queja de oficio contra la citada norma, algo que no suele ser habitual.

Esta institución quiso actuar de forma inmediata ante el diseño de un procedimiento administrativo que reproduce los errores del pasado y que será fuente de nuevas quejas de la ciudadanía más vulnerable. No basta con abrir un proceso de participación pública desde el Diario Oficial en el procedimiento de elaboración de las normas. Hay que preguntarse si se ha hecho una mínima valoración del perfil social, de los recursos y de las habilidades de que disponen las personas que pueden resultar acreedoras del derecho a una vivienda pública.

 

Graves atentados al derecho a la participación política

Por otro lado, el creciente número de quejas relacionadas con la vulneración al derecho de acceso a la información pública y el derecho a la participación política, hacen necesario que el Síndic se implique en la denuncia de las trabas con que se intenta limitar la labor de los cargos públicos que forman parte de los grupos de oposición.

Estos graves atentados al derecho a la participación política, que se reiteran año tras año, han llevado al Síndic de Greuges a plantear a les Corts Valencianes la necesidad de modificar el artículo 128 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, con el fin de regular específicamente el acceso directo de todos los concejales a los documentos y a la información contenida en los sistemas informáticos de gestión electrónica de los expedientes municipales, salvo a los datos de las personas físicas especialmente protegidos o reservados.

El objetivo de la modificación legal sería mejorar el funcionamiento democrático de las corporaciones locales, acelerar el acceso a la información pública y facilitar el control y la fiscalización municipal, así como reducir tanto la necesidad constante de presentar solicitudes por parte de los concejales de la oposición, como la carga de trabajo innecesaria que soportan los funcionarios y servicios municipales.

 

Demora en los títulos de familia numerosa y monoparental

Otra casuística que ha sido significativa entre las quejas planteadas al Síndic durante 2021 es la demora en resolver la tramitación de los títulos de familias numerosas y monoparentales. A pesar de que el tiempo en resolver las solicitudes de tramitación de estos títulos se ha reducido con respecto a años anteriores, en 2021 el Síndic ha admitido hasta 116 quejas sobre un problema que ocasiona perjuicios socioeconómicos a la unidad familiar.

En el caso de las familias numerosas, seguimos constatando demoras de entre cinco o seis meses en algunos expedientes para certificar el título, cuando el máximo previsto para resolverlo es de tres meses. El plazo para resolver los títulos de familias monoparentales es de seis meses, uno de los motivos por los que este tipo de familias presentan muchas menos quejas. El Síndic ha insistido reiteradamente en igualar los plazos máximos de resolución entre ambos tipos de familias, hasta ahora sin éxito.

Además, en el año 2021 ha sido sorprendente el elevado número de quejas que eran planteadas como demoras en la resolución del título y que, según nos informaba la Conselleria, correspondían a solicitudes que ya habían sido resueltas, aunque la persona interesada no había recibido ni el título ni los carnés correspondientes debido a que, incomprensiblemente, se habían extraviado.

 

Cambios por la nueva ley del Síndic de Greuges

Por último, cabe reseñar que La Ley 2/2021 introduce algunas limitaciones a la hora de acudir al Síndic, e impone a la institución la obligación de inadmitir a trámite las quejas presentadas por los ciudadanos cuando se produce alguna de las circunstancias recogidas en su artículo 30.2. Este detalle resulta novedoso y ha dado lugar a un apreciable incremento del número de las quejas inadmitidas, lo que hace imposible la comparación de este parámetro con los datos de años anteriores. Este incremento se produce, principalmente, por la aplicación del apartado c del citado artículo 30.2 que exige la inadmisión «cuando el sujeto pasivo de la queja no haya tenido oportunidad de pronunciarse o actuar en relación con los hechos o circunstancias objeto de la misma». La norma tiene su lógica, pues no parece razonable acudir en queja al Síndic en relación con un problema desconocido por la administración correspondiente y sobre el que no ha tenido oportunidad de actuar, salvo casos urgentes o cuando la queja pudiera perder su finalidad legítima.

Asimismo, la Ley 2/2021 ha introducido un nuevo ritmo en las relaciones del Síndic con las administraciones, en forma de plazos imperativos para responder a los requerimientos de esta institución. Sin duda, estos nuevos y perentorios plazos han sorprendido a muchas administraciones, acostumbradas a responder al defensor de forma más desahogada en el tiempo. El resultado ha sido que en muchas más ocasiones que en años anteriores el Síndic ha debido declarar como no colaboradoras a numerosas administraciones que no han remitido sus informes o respuestas respetando los términos establecidos por la ley.

Como en el caso de las inadmisiones, resulta difícil comparar estos datos relativos a la falta de colaboración con los de los años anteriores.

 

DATOS ESTADÍSTICOS

Canal de recepción de las quejas presentadas por la ciudadanía en 2021

Canal Número de quejas Porcentaje
Web / sede electrónica 3.184 77,19
Email 601 14,57
Correo postal 270 6,55
Otras administraciones 56 1,36
Presencial 6 0,15
Fax y Burofax 6 0,15
Defensor del Pueblo 2 0,05
Total 4.125 100,00

No se incluyen las quejas iniciadas de oficio por el Síndic de Greuges.

 

 

 

Evolución comparada del número de quejas y consultas de la ciudadanía de 2019 a 2021

Año Número de quejas Número de consultas
2019 4.528 11.923
2020 4.035 16.052
2021 4.125 16.765

No se incluyen las quejas iniciadas de oficio por el Síndic de Greuges.

 

 

 

Lugar de residencia de las personas que presentaron quejas en 2021

Lugar de residencia Habitantes Número de quejas Porcentaje de quejas Quejas/100.000 habitantes
Alicante 1.881.762 1.864 45,19 99,06
Castelló de la Plana 587.064 331 8,02 56,38
València 2.589.312 1.835 44,48 70,87
Comunitat Valenciana 5.058.138 4.030 97,70 79,67
Otros orígenes 95 2,30

Los datos de población son los que proporciona el INE para el año 2021.

No se incluyen las quejas iniciadas de oficio por el Síndic de Greuges.

Ámbito material de las quejas de la ciudadanía admitidas a trámite en 2021

Materia Quejas iniciadas %
Servicios sociales 1.040 36,34
Prestaciones varias 55 1,92
Renta valenciana de inclusión 269 9,40
Dependencia 435 15,20
Diversidad funcional 148 5,17
Familias 116 4,05
Mayores 13 0,45
Derechos de género e igualdad 4 0,14
Sanidad 172 6,01
Atención primaria 11 0,38
Atención especializada 48 1,68
Asistencia hospitalaria 4 0,14
Listas de espera 9 0,31
Información sanitaria 15 0,52
Salud pública 36 1,26
Resto de quejas 49 1,71
Educación 96 3,35
Enseñanza universitaria 13 0,45
Enseñanza no universitaria 49 1,71
Alumnado con necesidades educativas especiales 14 0,49
Resto de quejas 20 0,70
Vivienda 78 2,73
Empleo 241 8,42
Empleo público 228 7,97
Resto de quejas 13 0,45
Transparencia 314 10,97
Acceso a la información 182 6,36
Cargos electos 107 3,74
Resto de quejas 25 0,87
Régimen jurídico 193 6,74
Hacienda pública 95 3,32
Servicios públicos 191 6,67
Medio ambiente 172 6,01
Urbanismo 117 4,09
Industria, agricultura, comercio y turismo 24 0,84
Justicia y administración corporativa 33 1,15
Infancia y adolescencia 37 1,29
Deporte y cultura 36 1,26
Derechos lingüísticos 23 0,80
Total 2.862 100,00

No se incluyen las quejas iniciadas de oficio por el Síndic de Greuges.

 

Los datos se presentan por materias y por las submaterias más relevantes durante el ejercicio.

Número de quejas iniciadas en 2021 que afectan a organismos autonómicos y locales

Organismo Núm. de quejas
Autonómicos 1.772
Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas 1.066
Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública 225
Conselleria de Educación, Cultura y Deporte 194
Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática 79
Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública 65
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo 35
Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica 28
Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad 18
Conselleria de Hacienda y Modelo Económico 17
Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital 7
Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática 6
Presidencia de la Generalitat Valenciana 16
Otros organismos autonómicos 16
Locales 1.404
Quejas que afectan a entes locales de la provincia de Alicante 630
Quejas que afectan a entes locales de la provincia de Castellón 134
Quejas que afectan a entes locales de la provincia de Valencia 640

Incluye quejas presentadas por la ciudadanía admitidas a trámite y quejas de oficio.

Una misma queja puede afectar a varias administraciones y se contabiliza en todas ellas: los totales de esta tabla no son comparables con los de otras tablas de este informe.

 

El síndic comparece ante la Comisión de Peticiones de Les Corts para defender sus informes anuales 2019 y 2020

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha comparecido hoy ante la Comisión de Peticiones de Les Corts para defender los informes anuales correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020.

Durante la comparecencia, que se ha cebrado en el Hemiciclo de la cámara, el síndic ha estado acompañado por la adjunta primera, Concha Bru, y el adjunto segundo, Carlos Castillo.

Consulta los informes del Síndic: