El Síndic de Greuges urge al Ayuntamiento de Alicante a poner en marcha el órgano de participación del Plan de Inclusión Social

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, insta al Ayuntamiento de Alicante a poner en marcha «de manera urgente» la Comisión Municipal de Inclusión y Derechos Sociales, órgano que garantiza la participación democrática de las entidades sociales en la gestión y el seguimiento del Plan de Inclusión.

La intervención del Síndic en este asunto se ha producido tras la queja que presentó la Plataforma contra la Pobreza, la Exclusión y la Desigualdad Social en Alicante ante esta institución. En ella denunciaba que dicha Comisión «ni se había convocado ni se había configurado». La Plataforma consideraba que, en la práctica, el plan estaba bloqueado y provocaba «una forma de actuar del ayuntamiento al margen de su propia normativa» desde hace más de un año.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alicante aprobó, el 22 de diciembre de 2020 el  I Plan Municipal de Inclusión Social de la ciudad, donde se proponía la creación de una Comisión Municipal de Inclusión y Derechos Sociales, cuya composición prevé, además del nivel político, técnico y socio económico, tres niveles de carácter social: entidades del tercer sector, consejos consultivos y vecinal.

Dos años después de su aprobación, el Ayuntamiento de Alicante sigue sin haber creado y puesto en marcha la citada comisión. Según el consistorio, esta situación se debe a que el Plan de Inclusión es uno de los planes estratégicos contemplados en la Agenda Urbana de Alicante 2030 y hasta que esta no se apruebe no se desarrollarán las diferentes comisiones de seguimiento de los Planes estratégicos de la ciudad.

Asimismo, el Ayuntamiento no considera que creación de la Comisión de Inclusión sea vinculante, puesto que se trata de una propuesta que no fue recogida en la parte dispositiva del acuerdo, sino que se anotó en el texto del Plan en forma de proposición y no como un deber taxativo de constitución.

Sin embargo, el Síndic entiende que «la creación de este Consejo en el l Plan de Inclusión es un órgano básico y esencial para la gestión y participación democrática del mismo y, por tanto, la demora en su creación no puede basarse en criterios formales que contravienen principios esenciales de la Constitución española, del Estatut de Autonomía, de la Ley de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana y del propio Plan de Inclusión.»

Ademas, Luna recuerda que el reciente Decreto 217/2022, de 16 de diciembre, del Consell viene a establecer la obligatoriedad que tienen los Ayuntamientos de crear consejos locales de inclusión y derechos sociales en aquellas ciudades de más de 20.000 habitantes.

Consulta nuestra resolución: 11917858.pdf (elsindic.com)

 

El Síndic insta a Presidencia de la Generalitat a concretar a qué entidad compete la gestión y el pago del bono social térmico

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, reclama a Presidencia de la Generalitat que determine, sin dejar lugar a duda, la entidad u organismo competente para hacer frente a la gestión y abono del Bono Social Térmico correspondiente al año 2020 y a los sucesivos a partir del 2021; puesto que esta es la única anualidad que sí se ha encomendado gestionar al IVACE, según ha informado a esta institución la Conselleria de Vivienda.  

Durante el año 2021 y el 2022 han sido numerosas las quejas  que ha recibido el Síndic sobre la no tramitación y pago del Bono Social Térmico (BST) correspondiente al año 2020. Las más de 161.000 personas beneficiarias  de esta ayuda esperaron a lo largo de todo el año 2020 su abono; pero al no producirse empezaron a reclamarlo a las distintas consellerias, pues desconocían a quién correspondía la tramitación de los fondos ministeriales destinados a ese fin. 

El BST de 2019 lo gestionó y tramitó el propio Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO), pero el BST 2020 ya correspondía hacerlo a las Comunidades Autónomas. 

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en julio de 2021, cuando ya se debería estar abonando el BST 2020, respondió al Síndic que todavía no se había designado el órgano competente para la gestión y pago de este bono.  

Asimismo, la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, en un informe del 12/11/2021, comunicó al Síndic que dicha tarea le correspondería a la futura Agencia Valenciana de la Energía, que habría de crear la Conselleria de Economía. Dos meses más tarde, Vivienda notificó al defensor que, finalmente, era el Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial (IVACE) quien asumía la gestión del BST.  

Asimismo, con fecha 28/02/2022, la Conselleria de Economía Sostenible manifestó al Síndic que “el encargo que recibió el IVACE en diciembre de 2021 se circunscribe exclusivamente a la gestión y pago del Bono Social Térmico con cargo al presupuesto del año 2021”. 

Cabe destacar que el 8/07/2022 Presidencia de la Generalitat informó a esta institución que “el IVACE ha asumido la gestión y pago del bono social térmico correspondiente al ejercicio 2020”. Sin embargo, en 7/11/2022, cuatro meses después, La Conselleria de Economía Sostenible comunica al Síndic, en respuesta a una información solicitada, que “hoy por hoy, IVACE no ha recibido ningún mandato expreso para llevar a cabo la gestión del BST-2020, ni tampoco transferencia alguna procedente del Ministerio…) 

Luna, preocupado por la falta de gestión del BST 2020, requirió informe de Presidencia, quien indicó a esta institución que “no corresponde a la Presidencia de la Generalitat adoptar o controlar las disposiciones por las que se haya podido asignar al IVACE las funciones de gestión y pago del Bono Social Térmico, ni tiene conocimiento de cuál es el órgano competente para la tramitación y pago del Bono de 2020”. 

Por otra parte, la Conselleria de Hacienda, a través de la dirección General de Presupuestos, confirmó al defensor “que dichos ingresos para las ayudas del Bono Social Térmico de 2020 no se recibieron en las cuentas de la Administración de la Generalitat, y por tanto no se comunicaron a ningún departamento o Conselleria de la Generalitat. (…)” 

Dado que, según otro informe recibido de Economía Sostenible, al IVACE no le consta que el Ministerio haya realizado ninguna transferencia para efectuar el pago del Bono Social Térmico-2020 en la Comunitat Valenciana, el Síndic concluye que la Generalitat Valenciana no lo ha gestionado, a pesar de la existencia de subvenciones directas para este fin. Del mismo modo, en ningún informe se hace referencia a la gestión y tramitación del BST 2022, que debería estar abonándose ya. 

Así las cosas, como todas las administraciones públicas actúan bajo el principio de personalidad jurídica única, el Síndic se dirige a Presidencia de la Generalitat como cabeza de la institución. El defensor considera que Presidencia es la responsable de resolver los conflictos que han podido surgir en la gestión de las ayudas del bono social térmico para el 2020, que siguen sin recibir sus beneficiarios, entre otros motivos, por la indefinición de las atribuciones competenciales entre las distintas Consellerias. 

Ver resolución completa:  

https://www.elsindic.com/Resoluciones/expedientes/2022/202202056/11909067.pdf 

Tras nuestra intervención, subsanan un error y reanudan el ingreso de la renta valenciana abonándole los retrasos de un año

Una ciudadana acudió al Síndic porque llevaba desde diciembre de 2020 sin percibir los 955€ mensuales de la renta valenciana de inclusión (RVI). En julio de ese año, había solicitado a los servicios sociales municipales una «modificación» de la cuantía de la RVI porque los ingresos de la unidad familiar habían variado. Sin embargo, el ayuntamiento inició, por error, el trámite de «extinción» de la prestación en lugar del de «modificación».

El pasado mes de noviembre, el defensor del pueblo valenciano dictó una resolución en la que indicaba que el citado «error» no se podía atribuir, en ningún caso, a la persona interesada, que solicitó la modificación de condiciones de la RVI hace más de 16 meses y que seguía sin percibir su RVI. En este sentido, Luna urgía a resolver la modificación de la prestación a la mayor brevedad.

Desde esta institución se viene insistiendo en que las demoras en la tramitación y resolución de los expedientes de renta valenciana de inclusión agravan la situación de pobreza y exclusión social de los solicitantes, máxime en el momento actual de pandemia. Y en esa situación de necesidad y desesperación se encontraba la mujer afectada por el citado error administrativo.

Finalmente, en enero de este año, la Conselleria de Igualdad y Políticas inclusivas comunicó al Síndic que había resuelto la modificación de su RVI y que se le reconocía una prestación mensual de 955 € y abonándole al mismo tiempo los atrasos correspondientes por un importe de 17.652 €. Una información que nos corroboró la ciudadana que presentó la queja y que puso fin a nuestra actuación.

Consulta nuestra actuación sobre este asunto.

Resulta imprescindible revisar el procedimiento para resolver las solicitudes de renta valenciana de inclusión para que sea eficaz

El Síndic afirma que es imprescindible revisar el  actual procedimiento existente para resolver las solicitudes de RVI para que ésta sea una respuesta a la realidad social acorde con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que debe presidir la actuación de las administraciones públicas.

Así lo señala el defensor en una reciente resolución devenida tras la queja de un ciudadano que el 6/08/2020 presentó una solicitud de renta valenciana de inclusión, en la modalidad de Renta de Garantía de Inclusión Social,  sin que la Conselleria hubiera resuelto su expediente en marzo de 2021 cuando recurrió al Síndic de Greuges.

Tras pedir información a las administraciones implicadas, el Ayuntamiento de Alicante contestó en abril que “la solicitud de RVI se presentó en el registro telemático de la Conselleria el día 06/08/2020, pero no tuvo entrada en el Ayuntamiento hasta el 04/02/2021, momento en que se procedió a grabar el expediente con urgencia. En esta fecha, el expediente se encuentra en proceso de revisión y petición de documentación”.

Por su parte, la Conselleria nos informó de que el retraso existente desde la entrada de la solicitud en el registro y su remisión al ayuntamiento fue debida al elevado número de solicitudes que entraron en el registro general electrónico en un breve espacio de tiempo, dada la imposibilidad de presentarlas por las personas interesadas en el registro telemático del ayuntamiento; lo que provocó la acumulación y el atasco de las mismas.

Así pues, el incumplimiento de los plazos legalmente establecidos es evidente, pues habiendo transcurrido más de 12 meses desde la solicitud, el interesado no ha obtenido todavía  resolución expresa.

Por ello recomendamos que se adopten las medidas necesarias para cursar sin dilación los documentos recibidos en el Registro electrónico de esa Conselleria, y que  se revise y evalúe el procedimiento técnico administrativo establecido actualmente. Y que con carácter urgente se resuelva la solicitud de la persona interesada, reconociendo el derecho a la percepción de la prestación con efectos del primer día del mes siguiente al registro de la presentación de la solicitud.

Para más información  ver resolución

INFORME VIVIENDA PÚBLICA El Síndic estima en 7100 los hogares valencianos que se encuentran al límite de pobreza de vivienda y que pueden requerir de apoyo público urgente

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha entregado hoy al presidente de Les Corts, Enric Morera, un informe especial sobre la situación de la vivienda pública en la Comunitat Valenciana. Se trata de un estudio monográfico que analiza en profundidad el panorama actual de la vivienda gestionada por las administraciones públicas -principalmente la nueva Entitat Valenciana de l’Habitatge i Sòl (antiguo EIGE) y ayuntamientos- para fines sociales, es decir, para atender a los colectivos más vulnerables y en riesgo de exclusión social.

El documento también evalúa en profundidad la problemática de la pobreza asociada a la vivienda en los hogares valencianos. Todo ello con un análisis de datos desagregados geográficamente por provincias y zonas. El documento cuantifica el parque de vivienda pública, su distribución espacial y su uso. También detalla las principales características de la población demandante de vivienda pública, su zonificación y estratificación, así como un estudio de las condiciones, características y ubicación de las viviendas públicas que dan satisfacción a dicha demanda.

Para la recopilación de los datos publicados en este informe, el Síndic ha contado con la participación del Instituto de Economía Internacional de la Universidad de Alicante. El equipo dirigido por la profesora Paloma Taltavull se ha encargado de realizar un profundo estudio económico, sociológico y estadístico que constituye el fundamento de las recomendaciones con las que concluye el informe el defensor del pueblo valenciano.

CONCLUSIONES

La principal conclusión del trabajo es que el parque de vivienda pública es insuficiente para atender a la demanda de vivienda de los colectivos más desfavorecidos, especialmente en una etapa de crisis. El acceso a una vivienda digna continúa siendo en la actualidad una de las principales preocupaciones de la sociedad valenciana, y así lo constata el Síndic a través  de las quejas recibidas por la ciudadanía sobre esta materia. Más allá del número -que oscila entre las 100-150 quejas anuales- el defensor destaca la gravedad de las situaciones denunciadas. La mayoría de ellas hacen referencia a la desprotección de familias que no pueden acceder a una vivienda por sus propios medios y que esperan durante años la adjudicación de una vivienda social, sin que en la mayoría de los casos se les facilite un recurso de emergencia alternativo, que en general no existe.

A pesar de estar reconocido en la Constitución y en las leyes que desarrollan esta materia, el  disfrute efectivo del derecho a la vivienda dista todavía de ser real. En este sentido, la crisis económica ha evidenciado y potenciado las carencias estructurales que presentan las políticas públicas en esta materia, colocando a muchas personas en una situación de extrema pobreza y de privación de los derechos más fundamentales al haber perdido su vivienda a consecuencia de las dificultades financieras.

La política de vivienda en España y en la Comunitat Valenciana ha priorizado tradicionalmente el acceso  de las clases medias a la vivienda en régimen de propiedad (VPO), frente a las políticas de acceso en régimen de alquiler. Sin embargo, el Síndic lleva años insistiendo en un enfoque más social de la política de vivienda que facilite el acceso a una vivienda digna a los colectivos más vulnerables y en riesgo de exclusión social.

PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDA EN LA COMUNITAT VALENCIANA

El informe del Síndic cuantifica el parque de vivienda pública en la Comunitat Valenciana en unas 65.000 unidades. De ellas, el 54% se encuentra bajo la gestión de la nueva Entitat Valenciana d’Habitatge i Sòl (antiguo EIGE) mientras que el resto se encontraría bajo la gestión de institutos de la vivienda en las principales ciudades y/o directamente gestionadas por los ayuntamientos. No obstante, no existe un censo oficial donde se contabilice el número real de vivienda social gestionada por las distintas administraciones públicas, algo que el Síndic echa en falta y considera necesario, ya que ayudaría a tomar decisiones de construcción y asignación con mayor precisión y equidad. Además insiste en que este censo o registro debería ser dinámico, público y accesible a toda la ciudadanía valenciana.

De las 65.000 unidades, el 94% está ocupada y existe un remanente que oscila el  4%- 5%, entre viviendas vacías, por rehabilitar y/o para recuperar. Este porcentaje suponen aproximadamente unas 3500 viviendas para toda la Comunidad Valenciana, que podrían ser efectivamente utilizables para cubrir necesidades súbitas de vivienda. Una cifra insuficiente para cubrir las necesidades de vivienda que se siguen produciendo como resultado de los procesos de lanzamiento de los hogares y de los niveles de pobreza resultantes de la crisis.

En este sentido, el informe del Síndic estima en 7100 los hogares que se encuentran en el límite de la pobreza en vivienda, es decir, que en cualquier momento y ante cualquier cambio negativo en sus condiciones económicas podrían requerir apoyo público inmediato. Por tanto, el déficit de vivienda pública sobre las computadas existentes para atender nuevas demandas de urgencia estaría aproximadamente en 3.700 unidades, que se concentrarían principalmente en la provincia de Alicante y en la de Valencia, básicamente en las capitales.

No obstante, si se amplía el cómputo de necesidades a los hogares en riesgo, es decir, aquellos que asumen unos pagos por vivienda excesivos en relación con su renta (población en housing stress), una eventual contracción del ciclo económico podría provocar que estos hogares se quedaran sin viviendas y consecuentemente que aumentara las necesidades de vivienda a cifras superiores a las 20.000 unidades. Sobre estos datos, el informe destaca que existe un desajuste territorial entre la demanda y la oferta de vivienda pública en detrimento del sur.

VIVIENDA Y POBREZA

El informe revela que el impacto de la crisis sobre la pobreza ha sido mucho más severo en toda la Comunitat Valenciana que en el resto de España. Una pobreza directamente asociada a la pérdida de ingresos y a la incapacidad de cubrir las necesidades fundamentales del hogar. El número de hogares sin ingresos alcanzó un máximo en 2013, con un total de 44.028 registrados por la ECV.

La proporción de hogares pobres en Alicante es superior a la media de la Comunitat Valenciana, situándose alrededor del 22% en todo el período; en Valencia, la proporción es inferior a esta cifra (16.5%), y en Castellón es la provincia en que la propensión a la pobreza se acelera súbitamente tras el impacto de la segunda oleada de la crisis económica y esto se refleja en el número de hogares pobres, que se elevan desde el 17% a casi el 30% en 2013.

Como resultado de estos niveles de empobrecimiento y desajustes económicos, una parte relevante de familias valencianas perdió su vivienda a través de desahucios,  lanzamientos y/o dación en pago. Consecuentemente, la crisis ha provocado una variación en la fórmula de tenencia de los hogares valencianos, reduciendo los hogares en propiedad y aumentando los propietarios que pagan por su vivienda (rehipotecas o cambios de vivienda) y los que se encuentran en alquiler a precio de mercado.

Evolución de la tenencia de vivienda en la Comunidad Valenciana 2006-2015

Paralelamente, la situación generó un aumento súbito de la demanda de vivienda social con un parque público que no pudo dar abasto a tanta demanda. Con ello, parte de los hogares que por sus condiciones requerían de una vivienda social, se han visto obligados a pagar precios de mercado.

RECOMENDACIONES

El síndic concluye el informe especial con dieciséis recomendaciones dirigidas a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para su estudio, valoración y adopción con la finalidad de garantizar de forma real y efectiva el derecho subjetivo a una vivienda digna.

Una de las principales recomendaciones es incrementar el parque de vivienda pública en alquiler así como las dotaciones presupuestarias para hacer efectivo el derecho a la vivienda  asequible, digna y adecuada.  También considera imprescindible contar con recursos de emergencia que permitan la actuación inmediata en los casos de pérdida de vivienda mientras se exploran otras actuaciones más estables.

Al amparo de la Ley de Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana que entró en vigor hace apenas un año, el Síndic insta a poner en funcionamiento el sistema de ayudas al alquiler y así, proceder al abono de las mismas a aquellas personas a quienes no se les pueda adjudicar una vivienda pública en alquiler por insuficiencia del parque público.

El informe también pone de manifiesto la falta de datos reales sobre el parque público de vivienda en la Comunidad Valenciana -que  en este trabajo ha sido estimado con métodos estadísticos- así como la tipología  y número de hogares demandantes. De ahí que el Síndic insista en la necesidad de elaborar estudios con datos fiables y exactos sobre la oferta y demanda actual y potencial de vivienda pública, así como la necesidad de contar con registros dinámicos, públicos y accesibles que permitan conocer con precisión qué viviendas integran el parque público, cuál es su ubicación geográfica y cuál es su estado de ocupación. Según el defensor “estos registros o censos permitirían tomar decisiones de construcción y asignación con mayor precisión y equidad”.

Por último, la institución también subraya la estrecha relación que debe existir entre la política de vivienda y las políticas sociales y apela a poner en funcionamiento programas de acompañamiento social a los adjudicatarios de vivienda pública para abordar la situación de pobreza que padece el hogar demandante de vivienda de una manera integral (inserción social, laboral, sanitaria, asunción de datos asociados a la vivienda, etc.).

El informe está publicado en esta página web: Informe vivienda pública 2018

 

El Síndic investiga la situación de insalubridad del Barrio Miguel Hernández

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha abierto hoy una queja de oficio para investigar y supervisar la actuación de la administración ante la situación de insalubridad denunciada por los medios de comunicación en el barrio Miguel Hernández de Alicante. Se trata, al parecer, de la proliferación de chinches en algunas viviendas así como la falta de limpieza y desinfección en zonas comunes del citado barrio.

Según las noticias a las que ha tenido acceso el defensor, los dirigentes vecinales habrían denunciado hace unos meses esta situación ante la administración autonómica y local sin obtener una respuesta satisfactoria.

Por todo ello, el Síndic de Greuges se dirigirá en los próximos días tanto al Ayuntamiento de Alicante como a la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE) para solicitarle información sobre las actuaciones que tienen previsto desplegar para lograr la limpieza y desinfección de las zonas afectadas.

No es la primera vez que el defensor del pueblo lleva cabo actuaciones en esta zona de la ciudad. Sin ir más lejos, en el año 2016, tramitó la queja de una vecina que denunciaba el mal estado de conservación de las zonas comunes del barrio (aceras, arbolado, bancos y demás mobiliario urbano), así como problemas de inseguridad ciudadana y ocupación ilegal de viviendas públicas vacías. El Síndic recomendó tanto al Ayuntamiento de Alicante y a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio que, dentro de sus respectivas competencias, adoptaran todas las actuaciones necesarias para atender las necesidades del entonces barrio José Antonio de Alicante, en materia de rehabilitación, regeneración y renovación urbana de la zona.

Día Internacional para la Erradicación de la pobreza y la exclusión social

La ciudadanía tiene derecho a las prestaciones sociales reconocidas por ley, un derecho subjetivo que no se pueden eludir ni sustituir por un concepto de beneficiencia e incluso neocaridad.

En marzo de 2017 hicimos público un informe en el que se abordaba el papel de los servicios sociales generales en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en los municipios valencianos durante la crisis económica. Una crisis que se ha ensañado especialmente con los colectivos más vulnerables, provocando en demasiadas ocasiones un desbordamiento de los servicios sociales. Consecuentemente, muchas familias se han visto obligadas a iniciar un doloroso y desesperado peregrinaje por ONG en busca de cobertura a sus necesidades más básicas y elementales tales como comida, pañales o medicinas para tratamientos de enfermedades crónicas y graves que en ocasiones eran abandonados por falta de recursos.

Desde el Síndic ponemos en valor la importe labor de todas estas ONG a la hora de proporcionar atención, ayuda y apoyo a las familias en situaciones de riesgo de exclusión social. Estas ONG han jugado un papel fundamental a la hora de amortiguar y aliviar situaciones de necesidad y sufrimiento  en un panorama tan devastador como el generado durante los años más complicados de la crisis. No obstante, consideramos preocupante  la derivación hacia estas organizaciones sociales para atender las necesidades más elementales de las personas más débiles y desvalidas.

De ahí que nuestro informe concluya con una treintena de propuestas y recomendaciones dirigidas a la Administración con el objetivo de contribuir al desarrollo de un modelo de servicios sociales en el que los derechos sociales se consoliden como derechos subjetivos y en el que quede claramente definida la responsabilidad pública así como los mecanismos de participación de todos los actores del sistema.

Por su parte, el Pleno del Consell aprobó el pasado 30 de junio el Proyecto de Ley de Renta Valenciana de Inclusión, una nueva prestación que sustituirá a la actual Renta Garantizada de Ciudadanía. Desde el Síndic dirigimos a la Conselleria de Igualdad una serie de consideraciones en la fase de anteproyecto de esta norma y ahora consideramos urgente la aprobación de la misma para consolidar el derecho subjetivo a recibir una prestación que cubra las necesidades básicas de las personas que carezcan de recursos suficientes.