El Síndic urge una solución al problema de transporte de los usuarios del Centro Ocupacional Reina Sofía de Massamagrell

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido al Consorcio Comarcal de Servicios Sociales de l’Horta Nord para que tome medidas que faciliten el transporte a las personas usuarias del Centro Ocupacional Reina Sofia. En este sentido, Luna sugiere que este consoricio disponga de la subvención otorgada por la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda para el transporte de dicho centro y que explique cómo tiene previsto que dicha subvención repercuta directamente en el transporte, medio y coste, de los usuarios.

La intervención del Síndic en este asunto se originó tras recibir la queja de una mujer de 75 años que se veía obligada a llevar a diario a su hija, de 40 años y con una discapacidad del 80%, desde su domicilio en Rafelbunyol al Centro Ocupacional Reina Sofia en Massamagrell.

La Conselleria informó a esta institución que en 2023 aprobó una subvención a nombre del Consorcio Comarcal de Servicios Sociales de l’Horta Nord de 402.660 euros para mantenimiento del Centro Ocupacional Reina Sofía, y otra, de 33.000 euros para transporte de los usuarios.  Por su parte, desde el citado consorcio indicaron al Síndic que la contratación del servicio de transporte era deficitaria en relación con el módulo calculado por la Conselleria, por lo que estaban considerando, como alternativa, la firma de acuerdos singulares con los ayuntamientos en los que residían los usuarios.

En su resolución, el síndic manifiesta «desconocer a qué se ha dedicado dicha cuantía, si no se ha destinado a costear el traslado de los usuarios o no se ha utilizado», pero insiste en que lo que resulta a todas luces incorrecto es «dejar recaer el coste, el esfuerzo y la responsabilidad del transporte de las personas con discapacidad, usuarias de centros ocupacionales, en sus familiares, cuando está prevista y asignada una ayuda para este fin».

El defensor concluye que el Consorcio comarcal debe asumir la parte subvencionada y los ayuntamientos implicados el resto, sin descartar, en caso necesario, un posible copago concretado a través de las asociaciones de padres y madres de usuarios.

Por último, el defensor del pueblo valenciano también sugiere a la Conselleria de Servicios Sociales que valore la posibilidad de incrementar la ayuda asignada para transportes de usuarios.

Consulta nuestra actuación sobre este asunto.

El Síndic urge a solucionar los frecuentes fallos del ascensor de la estación Ángel Guimerà

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha recomendado tanto aConselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad como a su empresa pública Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana (FGV)que incrementenlas inspecciones de los servicios que presta Ferrocarrils e implanten los mecanismos necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa de seguridad y accesibilidad en sus instalaciones, concretamente en el ascensor de la parada de Ángel Guimerà de Valencia.

La intervención del defensor del pueblo valenciano en este asunto se inició tras la queja de una usuaria que manifestaba la inactividad de Ferrocarrils de la Generalitat ante los fallos «excesivamente frecuente» del ascensor de la parada «Ángel Guimerà» en Valencia, así como la falta de respuesta por parte de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad ante las denuncias presentadas por tales hechos.

Tras la petición de informe del Síndic, Ferrocarrils de la Generalitat comunicó a la institución que las instalaciones de esta estación son de hace más de 20 años y que por tanto no resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de accesibilidad universal al sistema de transportes de la Comunitat Valenciana. Es decir, según FGV la citada norma hace referencia a nuevas instalaciones y no a las que se encontraran en servicio con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.

El Síndic, por su parte, no comparte el posicionamiento de la administración. Luna recuerda que la disposición transitoria de dicha ley obliga a adaptar las instalaciones preexistentes a la entrada en vigor de la misma en unos plazos más que excedidos. En su resolución, el defensor también cita la Orden 2/2021, de 16 de marzo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, que dispone las funciones del Servicio de Transporte Ferroviario y Logística, entre las que se encuentra: «Fomentar y realizar el seguimiento del cumplimiento de la legislación vigente en materia de accesibilidad y movilidad en las actuaciones de carácter ferroviario en el ámbito de la Comunitat Valenciana».

Por todo ello, el Síndic considera que la respuesta facilitada por FGV en este supuesto no se ajusta a los estándares de calidad exigibles a la entidad FGV ni supone la adopción de medidas correctoras concretas para solventar la situación denunciada por la usuaria, lo que «afecta gravemente a la calidad en la prestación del servicio de transporte público».

Aquí puedes consultar la resolución íntegra del Síndic sobre este asunto:  11895015.pdf (elsindic.com)

El Síndic urge a Ferrocarrils a garantizar la plena accesibilidad en todos sus servicios

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha apremiado a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) a adaptar todos los andenes y acceso a sus servicios para garantizar la plena accesibilidad de los usuarios. Además, le pide que consigne las dotaciones presupuestarias suficientes para llevar a cabo dichas actuaciones.

Hasta que se ejecuten las obras y se consiga la completa accesibilidad de las instalaciones, Luna insta a tomar medidas “eficaces y rápidas” para atender las constantes incidencias que se producen en el servicio y que dificultan o imposibilitan la autonomía personal, así como la participación en la vida social, profesional y educativa de todas aquellas personas que tienen problemas de movilidad.

De esta forma se ha pronunciado el defensor del pueblo valenciano ante la queja presentada por la madre de un usuario de la localidad valenciana de Meliana, que denunciaba los graves inconvenientes que soportaban los usuarios que se desplazan con sillas de rueda y, en particular, su hijo, que necesita coger el metro a diario para asistir a clases en la Universidad.

El informe que FGV remitió al Síndic hacía referencia a diferentes órdenes, protocolos y circulares que, a juicio de esta institución, no consiguen hacer efectivo el derecho a la accesibilidad universal en los andenes y estaciones. De hecho, y en relación al anunciado Proyecto “Plataformes PMR”, FGV comunicaba que “está pendiente de licitar la ejecución de los trabajos” pero que no hay presupuesto para dicho fin, por lo que no saben cuándo iniciarán los mismos. Asimismo, respecto al Protocolo de uso de las plataformas portátiles, recuerda que es necesario avisar con 120 minutos de antelación.

En su resolución, el Síndic concluye que Ferrocarrils de la Generalitat no logra la accesibilidad de sus instalaciones para todas las personas, en especial para las que padecen una movilidad reducida. Tampoco consigue atender de manera efectiva las demandas de apoyo requeridas por las personas que necesitan ayudas puntuales cuando los mecanismos previstos para lograr la accesibilidad no funcionan.

Luna insiste en la lentitud con la que avanzan los derechos de las personas con movilidad reducida en cuanto transporte público y considera que la entidad Ferrocarrils de la Generalitat debe involucrarse de una manera plena en garantizar la libre circulación y plena accesibilidad de las personas con alguna discapacidad.

“La accesibilidad en todos los ámbitos de la vida, y en especial en el transporte, facilita que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Por tanto, la adopción de medidas que identifiquen y eliminen los obstáculos y las barreras de acceso son fundamentales” concluye el defensor.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto: 11909676.pdf (elsindic.com)

Recomendaciones del Síndic para verificar la calidad del servicio de la línea 7 de Metrovalencia y actuar en consecuencia

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana acaba de hacer pública una resolución dirigida a la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad para que compruebe el nivel de calidad del servicio de transporte de la línea 7 del Metro de València en horas punta, concretamente entre las paradas de Safranar y Colón; y mejorarlo si fuera necesario.

Esta recomendación del defensor del pueblo valenciano responde a la queja presentada por una usuaria que denunció ante esta institución la falta de frecuencia y las aglomeraciones que se producían en el tramo horario referido. Una situación que impedía en numerosas ocasiones subirse al metro en el tramo mencionado, dejando a muchos usuarios sin poder hacer uso del servicio del metro.

En su resolución, Luna considera que, «en cumplimiento de la política de la propia entidad de incrementar la calidad de los servicios y de proporcionar una mayor satisfacción a los usuarios», esta debería comprobar el nivel de calidad de la situación descrita por persona que presentó la queja en el Síndic y, llegado el caso, adoptar medidas tendentes a mejorar la prestación del servicio para los usuarios.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto:11877753.pdf (elsindic.com)

El Síndic abre una queja de oficio para investigar la actuación de Ferrocarrils por posible vulneración de derechos de una persona con discapacidad

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha abierto una queja de oficio para investigar la actuación del Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) ante la denuncia de COCEMFE, publicada en varios medios de comunicación, por la situación de discriminación y abandono que soportó una persona con discapacidad en la noche del pasado 1 de agosto en la estación de l’Eliana, en València.

Según la información a la que ha tenido acceso del defensor del pueblo valenciano, la persona afectada, usuaria de la línea 2 del Metro de FGV, vio afectados sus derechos al fallar la plataforma elevadora del autobús que cubría dicha línea por las obras en la misma. La empresa pública no consideró justificada la alternativa del taxi y como resultado quedó abandonada de noche en el aparcamiento de la citada estación.

Por ello, Luna se ha dirigido a esta empresa pública y le ha solicitado un informe detallado sobre los hechos que se produjeron el lunes 1 de agosto ante la imposibilidad de acceder una persona con movilidad reducida en el transporte habilitado sustitutivo del metro. Entre otras particularidades, el síndic quiere conocer las alternativas que se le ofrecieron al usuario y las razones por las que se descartó el servicio del taxi adaptado.

Consulta nuestra resolución de inicio de investigación.

Pedimos mejoras para acceder al bono social de la empresa de transporte público de Valencia (EMT)

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha sugerido al Ayuntamiento de Valencia que para la obtención del carné EMT amb TU, estudie la posibilidad de justificar el cumplimiento del requisito económico  a través de cualquier otro documento que refleje las condiciones económicas actuales y reales de los interesados en el año natural para el que se solicita el abono.

El carné EMT amb Tu, nombre que recibe el bono social anual para transporte público de autobuses de la EMT, está destinado a personas paradas, con rentas bajas y empadronadas en Valencia. Es imprescindible cumplir con los tres requisitos y acreditarlos debidamente para beneficiarse de este título.

La intervención del defensor del pueblo valenciano se inició hace tres meses, cuando recibió la queja de un vecino de Valencia que le habían denegado el citado abono. El motivo fue que, de acuerdo con la declaración de la renta de 2015 que había tenido que aportar para acreditar la situación económica, superaba los ingresos mínimos estipulados para tener acceso a esta ayuda.

Sin embargo, sus ingresos durante el 2015  distaban mucho de los actuales. En febrero de 2017, este vecino atravesaba una situación familiar complicada, él y su mujer se encontraban en paro, cobrando un subsidio y con un menor a su cargo.  Una realidad económica que no se correspondía con la declaración de la renta (del 2015) que tuvo que aportar para solicitar el bono social.

Para el Síndic, resulta evidente que la situación económica del año 2015 no tiene porqué ser la misma que la del ejercicio para el que se solicita el abono de transporte. Si lo que se pretende es que este carné sea un instrumento que efectivamente venga a facilitar el acceso al transporte público de los ciudadanos con ingresos mínimos, el defensor es partidario de buscar otras formas de acreditar la situación económica a través de documentos que reflejen la situación económica y social de los solicitantes en el momento de la solicitud y que no se refieran a ejercicios fiscales anteriores que no tiene por qué reflejar el estado actual de los ingresos.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto