El Síndic investiga el colapso de la Agencia de Territorio en la tramitación de ilegalidades urbanísticas

La propia entidad informa al defensor de que los municipios le han remitido más de 2.000 infracciones y que acumula cientos de expediente sin iniciar

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, abrió una queja de oficio el pasado miércoles 2 de octubre para investigar la grave demora de la Agència Valenciana de Protecció del Territori (AVPT) a la hora de iniciar, gestionar y resolver los procedimientos para restaurar la legalidad urbanística y sancionar infracciones cometidas en suelo no urbanizable.

El defensor decidió iniciar esta investigación como consecuencia de la respuesta que la propia AVPT ofreció a esta institución, a raíz de la reclamación de un ciudadano por la inactividad de la administración ante una denuncia interpuesta por la ejecución de unas obras que consideraba ilegales.

En dicha contestación, la propia entidad informó al Síndic de que acumulaba varios centenares de expedientes electrónicos pendientes de poder iniciar su tramitación jurídico-administrativa para exigir el restablecimiento de la legalidad urbanística. En este sentido, señalaba como causa del retraso acumulado las más de 2.000 infracciones urbanísticas que habían remitido los más de 300 municipios adheridos a la Agència, así como la escasez de medios humanos y materiales que padece este organismo autónomo de reciente creación.

Esta información sobre la organización, dotación de medios personales y materiales, y funcionamiento actual de la AVPT, generó una evidente preocupación en el Síndic.  En particular, sobre su capacidad para servir a los intereses generales que le corresponden y cumplir con las competencias que la legislación le ha atribuido.

Ante esta situación, el defensor ha solicitado a la Agència Valenciana de Protecció del Territori que informe sobre los medios personales y/o materiales con los que cuenta para el cumplimiento de sus funciones y de los objetivos marcados en el Plan plurianual de gestión y en el Programa anual de actuación, explicando las carencias y necesidades que se detecten. Además, le ha pedido que indique las medidas precisas para paliar esta situación y el número de denuncias recibidas, aclarando la demora que acumula cada una de ellas. Y, por último, el Síndic quiere saber el estado de tramitación de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística en los que se hayan rebasado los plazos establecidos de resolución, con indicación expresa del tiempo de la demora acumulada.

Consulta la resolución de inicio de la queja de oficio.

El Síndic abre una queja de oficio por los problemas de acceso al colegio Pedro Duque

Ante las dificultades que padecen los 700 alumnos del colegio Pedro Duque de Alicante para acceder al centro, el Síndic de Greuges ha abierto una queja de oficio con el fin de saber qué actuaciones tiene previstas el Ayuntamiento para resolver el problema.

El descampado que da acceso al centro está sin urbanizar y carece de desagües, por lo que la reciente gota fría ha originado lodazales por los que transitan los escolares. Los medios de comunicación han publicado la noticia y se han hecho eco de la preocupación de los padres, quienes temen que las aguas estancadas y sin salida en algunos tramos del solar acaben convirtiéndose en nido ideal para el mosquito tigre.

Para evitar el descampado, que se convierte en un barrizal en cuanto llueve, las familias optan por hacer una larguísima cola a lo largo de toda la estrecha acera que rodea el centro educativo, porque la puerta de entrada es pequeña y no permite la entrada en grupos. Esta situación provoca que el comienzo de las clases se retrase, puesto que se requiere una media de 15 minutos para despejar la acera hasta que entra al colegio el último de los menores.

 

El Síndic de Greuges investiga las deficiencias de la urbanización Montepinar de Orihuela

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha abierto una queja de oficio con el fin de investigar los problemas que padecen los vecinos de la urbanización Montepinar de Orihuela como consecuencia de la falta de recepción de las obras por parte del Ayuntamiento.

Según ha podido conocer el Síndic a través de los medios de comunicación, además de la falta de infraestructuras y servicios, existen viviendas sin cédula de habitabilidad, lo que imposibilita la contratación de suministros básicos.

A finales de la semana pasada, el síndic se dirigió al Ayuntamiento de Orihuela para solicitarle información sobre la situación descrita. Entre otras cuestiones, Cholbi quiere conocer el estado de ejecución de las obras de urbanización, así como el número de viviendas existentes sin la correspondiente autorización y aquellas que carecen de licencia de primera ocupación.

El Síndic urge a Sagunto a concluir las obras de urbanización del PAI Fusión

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi,  ha recomendado al Ayuntamiento de Sagunto que, en el menor plazo posible, adopte cuantas medidas sean necesarias a fin de garantizar la efectiva conclusión de las obras de urbanización del Macrosector III Fusión. En caso de resolución del convenio firmado con el agente urbanizador, el Síndic apunta que el consistorio deberá adoptar la gestión directa de esta actuación.

Cholbi también insta al Ayuntamiento a prestar, en el PAI Fusión, los servicios públicos municipales previstos en la ley 7/1985, como son la limpieza viaria o el transporte urbano entre otros.

La actuación del defensor del pueblo valenciano se inició al recibir la queja de un vecino que manifestaba el retraso en la ejecución de las obras de urbanización de este PAI que se inició en 2006 y las consecuencias que esta demora estaba provocando a los más de 200 vecinos de las viviendas ubicadas en el mismo.

El ayuntamiento de Sagunto remitió un informe al Síndic que venía a reconocer que, efectivamente, los plazos previstos para la ejecución de las obras de urbanización –cinco años desde el inicio de las mismas- se habían incumplido.

Sin embargo, dicho informe municipal no indicaba ninguna actuación por parte del Ayuntamiento de Sagunto sobre el urbanizador para agilizar la ejecución de las obras previstas, ni se había impuesto ninguna penalización por los retrasos del agente urbanizador, tal y como prevé el convenio urbanístico firmado. Lo que para el Síndic supone una evidente falta de diligencia de la Administración en su deber legal de control y tutela en la ejecución de las obras de urbanización previstas.

Consulta la resolución completa del Síndic sobre este asunto: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10978026.pdf

 

Instamos a Pego, Dénia y Ràfol de la Almúnia a que asuman la urbanización de Monte Pego

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha instado a los tres ayuntamientos en los que se encuentra ubicada la urbanización Monte Pego a tomar medidas para que se terminen las obras de dicha urbanización. Una vez que estén recepcionadas, les emplaza a prestar los servicios públicos obligatorios lo antes posible. Para ello, les recuerda que pueden arbitrar los procedimientos de ejecución subsidiaria que resulten precisos.

La resolución del Síndic responde a la queja presentada por una asociación de vecinos de la urbanización Monte Pego que denunciaba el deficiente estado de prestación de servicios públicos –alumbrado, alcantarillado, conservación de vías públicas urbanas y limpieza de las mismas y de los demás espacios públicos-  y como consecuencia de ello, el estado de insalubridad, la falta de conservación y malestar de los vecinos por el empeoramiento de la situación durante los últimos años.

El origen de los problemas que vienen padeciendo los interesados -y que ya ha sido objeto de varios pronunciamientos judiciales- se encuentra en el incumplimiento de la obligación del agente urbanizador de concluir las obras de urbanización, razón  por la cual las obras no han sido recepcionadas por la administración y, por tanto, la obligación legal de conservar la urbanización sigue recayendo sobre el urbanizador.

No obstante, el Síndic considera “contrario al más elemental sentido de la justicia” obligar a la propiedad a padecer la situación de abandono y desperfectos de las vías de referencia, cuando no tiene ninguna culpa respecto al retraso en la ejecución de las obras de urbanización o en los incumplimientos de los plazos previstos en el plan urbanístico de referencia.

En este sentido, el defensor señala que, si bien es verdad que ambas cuestiones son únicamente imputables al urbanizador, los servicios reclamados son servicios cuya prestación es obligatoria para los ayuntamientos implicados, por lo que considera imprescindible que estas administraciones municipales continúen adoptando todas las medidas que resulten necesarias para lograr la subsanación de las deficiencias detectadas y poder recepcionar las obras de la urbanización.

Igualmente, el Síndic advierte en su resolución que la falta de prestación de un servicio obligatorio como los detallados en este caso podría originar la responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de la administración, con la consiguiente obligación municipal de indemnizar los daños y perjuicios que se ocasionara a cualquier persona como consecuencia de la inexistente prestación de estos servicios públicos obligatorios.

El contenido íntegro de esta resolución está publicado en nuestra web

PAI Benicàssim Golf. Urgimos a anular los recibos del IBI y a devolver como ingresos indebidos los de años anteriores

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Benicàssim para instarle a que anule los recibos del IBI de las parcelas incluidas en el ámbito de actuación del PAI Benicàssim Golf y que devuelva, como ingresos indebidos, los de años anteriores que no hayan prescrito.

La actuación del Síndic en este asunto se inició en agosto de 2017 tras recibir la queja de un ciudadano que planteaba el retraso en la tramitación de la resolución de los PAI y denunciaba el excesivo importe de los recibos del IBI de estas parcelas al ser valoradas como suelo urbano.

En su resolución, el Síndic apela a diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana referidas a dicho programa de actuación integral que vienen a declarar la nulidad de las liquidaciones de IBI practicadas sobre las parcelas, aclarando que éstas deben considerarse como suelo rústico a efectos catastrales.

En el caso concreto del ciudadano que presentó la queja ante el Síndic y que, al parecer, interpuso un recurso de reposición contra las liquidaciones de IBI de 2017, Cholbi considera que el Ayuntamiento de Benicàssim debe resolver dicho recurso y acordar la anulación de los recibos impugnados en base a los fundamentos de las sentencias mencionadas.

Además, el defensor subraya que estos recibos (del año 2017) se giraron tras el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de iniciar los trámites para resolver los programas urbanísticos; razón por la cual, sería imposible atribuir a los terrenos expectativas urbanísticas que hagan posible su valoración como suelo urbano.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto:

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10908312.pdf

Urgimos a impulsar la aprobación del Plan Cabanyal-Canyamelar de Valencia

El Síndic también recomienda comprobar el estado de conservación del bloque de viviendas Ruiz Jarabo y adoptar medidas para que las condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias sean las adecuadas

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, acaba de hacer pública una resolución tras tramitar una queja que presentó un ciudadano sobre el estado de abandono, precariedad e insalubridad en el que se encuentran el grupo de viviendas Ruiz Jarabo de El Cabanyal. Uno de los problemas más graves que tienen estos bloques, según el afectado, es la falta de mantenimiento y por tanto el mal estado de conservación del complejo, además de las ocupaciones ilegales que, al parecer, son bastante frecuentes.

Del informe que remitió el Ayuntamiento de Valencia al defensor del pueblo valenciano se deduce que el PEPRI de El Cabanyal se encuentra suspendido desde el 8 de julio de 2016 y que el grupo de viviendas en cuestión se encuentran “fuera de ordenación”, razón por la cual no están llevando a cabo ninguna actuación sobre el citado bloque.  Una decisión que el Síndic no puede compartir. Esta institución recuerda que la situación de “fuera de ordenación” de un edificio impide la realización en el mismo de obras de consolidación, de aumento de volumen o modernización, pero en ningún caso afecta o impide la ejecución de obras de reparación o el mantenimiento de las condiciones de seguridad, higiene y conservación de los mismos.

La resolución del Síndic concluye con dos recomendaciones al Ayuntamiento de Valencia. Una en la que apremia al Ayuntamiento a impulsar, a la mayor urgencia posible, la aprobación de Plan Especial de Protección de Conjunto Histórico el Cabanyal-Canyamelar que actualmente se encuentra en fase de redacción y tramitación; y otra en la que inasta a comprobar la veracidad de las denuncias sobre el estado de conservación, higiene y ornato del mencionado bloque de viviendas y, en su caso,  adopte las medidas necesarias para lograr la conservación del inmueble en adecuadas condiciones de seguridad e higiénicos sanitarias, eliminando así las molestias y los riesgos para los vecinos que se denuncian en la queja.

Ver el contenido de la resolución del Síndic sobre este asunto.