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El Síndic insta a la Generalitat a investigar con todas las garantías la denuncia de una mujer trans por posible discriminación
08-07-2026
Luna recuerda que las administraciones no pueden archivar estos casos sin agotar las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos ni retrasar su tramitación por cambios en su organización interna.
El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado a la Generalitat que garantice una investigación efectiva cuando reciba denuncias por posible discriminación y que resuelva estos procedimientos de forma expresa, motivada y dentro de los plazos legales.
La actuación del defensor del pueblo valenciano tiene su origen en la queja presentada por una persona trans que denunció que un establecimiento se negó a prestarle un servicio estético para el que había solicitado cita previamente como mujer. Tras la denuncia, la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio archivó las actuaciones al considerar que existían versiones contradictorias entre la denunciante y la empresa. La Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, por su parte, comunicó que iniciaría actuaciones previas para valorar la apertura de un procedimiento sancionador. Sin embargo, cuando el Síndic dictó su resolución todavía no constaba el inicio formal de esas actuaciones.
En su resolución, el Síndic aclara que no le corresponde determinar si existió o no discriminación, sino que su función es comprobar si la Administración investigó los hechos con las debidas garantías y dio una respuesta adecuada a la persona denunciante.
En este sentido, la institución concluye que el archivo de las actuaciones por parte de la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio y la demora de la Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad en impulsar el procedimiento han vulnerado el derecho a una buena administración. Además, recuerda que la reorganización interna del Consell o el reparto de competencias entre distintas consellerias no pueden justificar retrasos cuando están en juego derechos fundamentales como la igualdad y la no discriminación.
Luna insiste en que, cuando existan hechos controvertidos, la Administración debe practicar las pruebas necesarias antes de decidir el archivo del expediente. También recomienda recabar, cuando resulte oportuno, informes de los organismos especializados en igualdad y no discriminación para esclarecer los hechos denunciados.
Asimismo, el Síndic recuerda que la legislación estatal sobre igualdad de las personas trans y del colectivo LGTBI establece que, cuando la persona denunciante aporta indicios fundados de discriminación, corresponde a quien se atribuye esa conducta justificar de forma objetiva y razonable su actuación. En el caso de la Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, el Síndic le pide además que impulse la tramitación del expediente y que compruebe si existen indicios fundados de discriminación, en cuyo caso, deberá requerir a la empresa para que justifique de forma objetiva y razonable su actuación.
Por todo ello, la institución ha dirigido varias recomendaciones a ambas consellerias para que resuelvan estos procedimientos dentro de plazo, refuercen la instrucción de los expedientes y garanticen investigaciones completas antes de acordar su archivo.
Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.
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