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El Síndic recomienda al Ayuntamiento de Finestrat que inspeccione una planta de residuos de construcción

05-10-2023
El Síndic recomienda al Ayuntamiento de Finestrat que inspeccione una planta de residuos de construcción

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido al Ayuntamiento de Finestrat para instarle a comprobar la denuncia de la Asociación de Afectados por la Planta de Residuos de la Construcción en el Bulevar Comercial de Finestrat. Este colectivo, según la queja remitida al Síndic, lleva años reclamando al Ayuntamiento, sin éxito, que adopte medidas de control y vigilancia de la mercantil que explota la Planta de Residuos y añade que dicha instalación no cumple con las medidas correctoras para evitar las nubes de polvo y la contaminación atmosférica que vienen establecidas en la licencia medioambiental concedida en su día.

El Ayuntamiento de Finestrat no ha contestado a la petición del informe del defensor del pueblo valenciano, por lo que esta institución no ha podido contrastar los hechos denunciados por la asociación y, por lo tanto, parte de la veracidad de los mismos y de la pasividad municipal a la hora de resolver las solicitudes presentadas.

En su resolución, Luna recuerda la obligación legal del Ayuntamiento de contestar a los vecinos “en plazo, de forma expresa y motivada”, así como el deber legal de colaborar con el Síndic de Greuges, facilitando la información solicitada y contestando a las recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales efectuados.

El Síndic también indica en su resolución que la obtención de la licencia ambiental para el ejercicio de una actividad no puede ser entendida como una autorización genérica para realizar la actividad sin someterse a ulteriores obligaciones. Dicha licencia impone al titular de la actividad la obligación de ejercer la misma acatando plenamente las condiciones y obligaciones legales establecidas.

Por último, el Síndic advierte al Ayuntamiento que para evitar las molestias causadas injustamente a los vecinos afectados, la ley establece que, previa audiencia al interesado, se podrá declarar la clausura y cierre del local, así como requerir la adopción de medidas correctoras que eviten las molestias. Y le recomienda que, llegado el caso, adopte las medidas oportunas para que se cumplan las condiciones de otorgamiento de la licencia ambiental concedida.

Consulta nuestra actuación: 11997711.pdf (elsindic.com)

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