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El Síndic urge a clausurar una planta ilegal de basuras en Orihuela

06-06-2016
El Síndic urge a clausurar una planta ilegal de basuras en Orihuela

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha solicitado a las tres Administraciones implicadas (Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, Conselleria de Vivienda y Obras Públicas y Vertebración del Territorio  y Ayuntamiento de Orihuela) que, en el ámbito de sus respectivas competencias, adopten todas las medidas necesarias para evitar el ejercicio de la actividad de una planta de basuras de Orihuela por ser incompatible con el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), no tener ni la declaración de interés comunitario ni las preceptivas licencias ambientales y de tratamiento de residuos. Asimismo le urge a ordenar la reposición o restauración de las cosas al ser y estado anteriores a las infracciones cometidas y a resolver los correspondientes expedientes sancionadores. 

El defensor del pueblo valenciano abrió una queja de oficio después de tener conocimiento a través de los medios de comunicación de la denuncia de Greenpeace por la existencia de una planta de basuras que estaba funcionando sin licencia en la zona conocida como “Vereda de las Puntas” de Orihuela. De este modo, Cholbi solicitó informes sobre este asunto tanto al Ayuntamiento de Orihuela como a la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural. 

En su contestación, la administración local reconocía que no se podía autorizar la actividad puesto que necesitaría la obtención previa de una declaración de interés comunitario, para lo que haría falta una superficie mínima de 1 hectárea con la que no cuenta. Además, dicha actividad se encuentra entre las consideradas incompatibles con el PGOU/90 de Orihuela.

Por su parte, la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio climático y Desarrollo Rural confirmaba al Síndic que la mercantil carecía de autorización administrativa para el tratamiento de residuos en las instalaciones referidas y que estaban a la espera del informe de ratificación de la policía para resolver el procedimiento sancionador.

De acuerdo con el Síndic, esta situación debe ser abordada desde una perspectiva tanto urbanística como ambiental. “Nos encontramos ante el ejercicio de una actividad incompatible con el PGOU de Orihuela y que, además, se está desarrollando en suelo no urbanizable sin la preceptiva declaración de interés comunitario, cuyo otorgamiento, al parecer, tampoco es posible por no cumplir con el requisito de la superficie mínima. Tampoco constan las autorizaciones ambientales ni la de tratamiento de residuos, lo que la ley contempla como infracción muy grave.”

Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.

 

 

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