El defensor valenciano investiga las listas de espera en los tratamientos de reproducción asistida

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha abierto una queja de oficio para investigar y supervisar las demoras existentes a la hora de acceder a las técnicas de reproducción asistida en la sanidad pública valenciana. Y es que, durante los últimos años, esta institución ha visto como se han incrementado el número de quejas relacionadas con esta problemática. Estas quejas son un reflejo de la actual tasa de natalidad en la Comunitat Valenciana, donde se sigue retrasando la edad de la maternidad y cada vez son más las mujeres con más de 35 años que quieren concebir su primer hijo.

De acuerdo con la normativa estatal sanitaria, tanto el diagnóstico como el tratamiento de la infertilidad se encuentran incluidos la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. En la actualidad, para acceder a esta prestación, la Administración exige una serie de requisitos. Uno de ellos es la edad. En el caso de la mujer, la edad límite para someterse a estos tratamientos es los 40 años. Por tanto, estas demoras pueden llegar a suponer la exclusión de la paciente de su derecho a recibir dicho tratamiento.

Por su parte, Luna ha requerido a la Conselleria de Sanidad que le informe sobre el número de unidades de Reproducción Asistida con los que cuenta la red pública valenciana, detallando los departamentos de salud y la población a la que atienden. También quiere conocer la organización de estas unidades: el número de sanitarios trabajando en ellas y la categoría profesional de los mismos. Asimismo, ha preguntado por el volumen de las listas de espera en estas unidades, las medidas llevadas a cabo para reducirlas o la posibilidad de derivar casos a la sanidad privada.

Ahora, la Conselleria cuenta con un mes para remitir dicha información. Un plazo que podría ser ampliado por un mes más si la administración sanitaria lo solicita y justifica.

22 de febrero. Día Europeo de la Igualdad Salarial

El 22 de febrero conmemoramos el Día Europeo de la Igualdad Salarial. Un día para visibilizar que la brecha salarial todavía existe en nuestra sociedad y concienciar de que debemos seguir trabajando para erradicarla. El incumplimiento de este derecho fundamental afecta la independencia económica de las mujeres no solo durante su vida laboral sino también en su jubilación.

Hasta ahora, la falta de transparencia salarial ha impedido a los trabajadores conocer las diferencias retributivas por la realización del mismo trabajo y por tanto, las posible víctimas tenían más difícil acudir a la justicia. En 2019, el Comité Europeo de Derechos Sociales identificó la falta de transparencia salarial como uno de los principales obstáculos para la aplicación del principio de igualdad salarial.

Afortunadamente, parece que las cosas empiezan a cambiar. En marzo de 2021, la Comisión Europa propuso una directiva para reforzar la aplicación del principio de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. El documento incluye una serie de mecanismos de transparencia retributiva en los centros de trabajo, contempla sanciones para quienes las incumplan y mejora el acceso a la justicia a las víctimas de discriminación salarial.

En España, en abril de 2021, entró en vigor el Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre hombres y mujeres, obligando a todas las empresas  a tener un registro salarial de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos. El objetivo: garantizar la transparencia y el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre hombres y mujeres en materia retributiva.

Indudablemente, queda mucho camino por recorrer. La igualdad de género, y concretamente la igualdad salarial, sigue siendo, a día de hoy, un desafío ineludible al que se comprometieron los estados miembros de Naciones Unidas cuando aprobaron la Agenda 2030 que detalla 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Hoy recordamos el Objetivo 5: lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas.

El Síndic investiga la implantación del «Asistente Personal» en el sistema de la Dependencia 

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha abierto una queja de oficio para conocer la situación real de la figura del «asistente personal» en el sistema de la Dependencia en la Comunitat Valenciana, así como la perspectiva de futuro de este recurso ante la próxima reforma del Decreto 62/2017, del Consell, que establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema de servicios y prestaciones.

La prestación económica destinada a la contratación de un asistente personal ha sido, sin duda, la de menor implantación de cuantas prevé el sistema de la Dependencia. Según datos facilitados por el CERMI CV, aunque esta prestación ha mejorado cuantitativamente en los dos últimos años, sigue siendo residual pues supone tan solo el 0,07% de las prestaciones y recursos ofrecidos en la Comunitat Valenciana, siendo sensiblemente inferior a la media en España (0,54%).

Al síndic le preocupa que el desconocimiento de la figura de «asistente personal» por parte de la población e incluso por parte de los profesionales de los servicios sociales pueda ser la causa de su mínima demanda u ofrecimiento.  Asimismo, los datos evidencian que la demanda de esta figura es mínima dada la complejidad burocrática de la tramitación y su tardanza en concretarse, mientras existen recursos más instaurados como el Centro de Día y Ocupacional, más visibles y tangibles. Luna recuerda que para la prestación de «asistente personal» hay que contratar a una persona de forma privada aportando la documentación pertinente o recurrir a una empresa acreditada, debiendo adelantar una cuantía elevada de dinero durante unos meses mientras no se reconozca la prestación, situación que no es fácil de soportar para muchas personas.

Por ello, el síndic se ha dirigido a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para requerirle información. Uno de los datos que solicita es el número de asistentes personales que hay dentro del sistema de Dependencia en cada provincia de la Comunitat (distinguiendo los que son Personal de Asistencia Terapéutica Infantil). Igualmente, se ha interesado por la cantidad de solicitudes de esta prestación sin atender y si hay solicitudes de cambio desde otras prestaciones hacia la del «asistente personal».

En cuanto al perfil del «asistente personal», esta institución ha pedido información sobre su formación, edad, sexo y relación laboral. También le interesa el cálculo de la prestación económica (importes para Grado II y Grado III de dependencia) y la previsión del régimen de compatibilidades de esta figura de “asistente personal” con otras prestaciones o recursos.

A partir de ahora, la Conselleria debe contestar al síndic en el plazo de un mes, que podría ser ampliado por un mes más, con carácter excepcional y a instancias de la Administración.

El Síndic pide hacer accesible la cita previa electrónica a las personas en situación irregular

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática y a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico que flexibilicen el actual sistema de cita previa para toda la ciudadanía en general y para las personas inmigrantes en particular, de forma que no sea requisito obligatorio la identificación única mediante DNI/NIE.

Así responde el defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por València Acull que manifestaba su disconformidad con el servicio de cita previa telemático de la Generalitat Valenciana por exigir la identificación de las personas con DNI/NIE. Desde la oenegé, entendían que dicho requisito era «discriminatorio» para aquellas personas que se encuentran en situación irregular o que solo tienen el pasaporte, pues con este documento no pueden obtener citas previas por vía electrónica con la Generalitat.

Por su parte, la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática justificó ante el Síndic que dichas vías de solicitud -con identificación de DNI/NIE- se basan en la identificación de las personas mediante un mecanismo automatizado de verificación que se emplean por motivos de seguridad informática, así como prevención de usos fraudulentos. No obstante, reconocía «la problemática que supone el acceso a los servicios y de la heterogeneidad de las situaciones de las personas que necesitan relacionarse con la administración» y mostraba su disposición a estudiar las posibles vías para dar una atención lo más inclusiva posible.

En su resolución, Luna considera que estas limitaciones estarían afectando al derecho de las personas en general y de los inmigrantes en particular a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas valencianas. Asimismo, recuerda que, en España, las personas extranjeras tienen derecho, entre otras cosas, a relacionarse por medios electrónicos con la Administración, a obtener y utilizar los medios de identificación y firma electrónica, y a que las autoridades y empleados públicos les faciliten el ejercicio de estos derechos.

El defensor del pueblo valenciano también destaca en su resolución su función de prestar una «una atención preferente y prioritaria a aquellos supuestos en los que pueda detectarse la existencia de personas o colectivos en situaciones de riesgo de exclusión o de especial vulnerabilidad» como sería la situación descrita.

Por ello, aun compartiendo la preocupación de la Generalitat de establecer sistemas seguros, considera oportuno estudiar medidas que, bajo principios de simplicidad y proximidad a la ciudadanía tengan el menor impacto posible en el ejercicio de sus derechos, teniendo presente que, en sentido estricto, la reserva de cita previa, no forman parte del procedimiento administrativo; sino que es un acto previo y preparatorio que puede dar o no lugar al mismo.

Consulta nuestra resolución sobre este asunto.

Instamos a devolver una tasa y pagar los intereses de demora

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido a la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad para recomendarle que devuelva a una vecina de València la tasa indebidamente pagada más los intereses de demora devengados por los tres meses de inactividad administrativa.

La intervención del defensor del pueblo valenciano se inició tras la queja presentada por una ciudadana el pasado mes de octubre. Unos meses antes, en junio, la afectada había presentado una solicitud para renovar la tarjeta identificativa de conductor de taxi y pagó una tasa, que no le correspondía. Así lo reconoció la propia Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad en el mes de julio, manifestando a la interesada que se le devolvería la tasa a la mayor brevedad. Tres meses después, no había recibido respuesta de la administración, ni el abono de la misma.

El Síndic, por su parte, pidió informe a la Conselleria sobre lo ocurrido. En su respuesta, la administración autonómica detallaba que esta ciudadana había utilizado un «trámite inapropiado» para solicitar la devolución de los ingresos indebidos y que el 22 de octubre (después de la petición de informe del defensor) requirió a la ciudadana para que subsanara el defecto, utilizando el modelo específico.

En su resolución, Luna cuestiona la actuación de la administración que dejó transcurrir más de tres meses sin hacer nada y volvió a colocar a la ciudadana en el punto de partida, generándole un perjuicio que no tiene porqué asumir. A su entender, la Conselleria debió requerirla inmediatamente para subsanar el error del modelo utilizado. Consecuentemente, considera que la administración autonómica, además de abonarle la devolución de ingresos indebidos, debería asumir los intereses de demora.

Consulta nuestra actuación.

 

Tras nuestra intervención, subsanan un error y reanudan el ingreso de la renta valenciana abonándole los retrasos de un año

Una ciudadana acudió al Síndic porque llevaba desde diciembre de 2020 sin percibir los 955€ mensuales de la renta valenciana de inclusión (RVI). En julio de ese año, había solicitado a los servicios sociales municipales una «modificación» de la cuantía de la RVI porque los ingresos de la unidad familiar habían variado. Sin embargo, el ayuntamiento inició, por error, el trámite de «extinción» de la prestación en lugar del de «modificación».

El pasado mes de noviembre, el defensor del pueblo valenciano dictó una resolución en la que indicaba que el citado «error» no se podía atribuir, en ningún caso, a la persona interesada, que solicitó la modificación de condiciones de la RVI hace más de 16 meses y que seguía sin percibir su RVI. En este sentido, Luna urgía a resolver la modificación de la prestación a la mayor brevedad.

Desde esta institución se viene insistiendo en que las demoras en la tramitación y resolución de los expedientes de renta valenciana de inclusión agravan la situación de pobreza y exclusión social de los solicitantes, máxime en el momento actual de pandemia. Y en esa situación de necesidad y desesperación se encontraba la mujer afectada por el citado error administrativo.

Finalmente, en enero de este año, la Conselleria de Igualdad y Políticas inclusivas comunicó al Síndic que había resuelto la modificación de su RVI y que se le reconocía una prestación mensual de 955 € y abonándole al mismo tiempo los atrasos correspondientes por un importe de 17.652 €. Una información que nos corroboró la ciudadana que presentó la queja y que puso fin a nuestra actuación.

Consulta nuestra actuación sobre este asunto.

El Síndic pide acelerar la sustitución de profesionales que atienden alumnos con necesidades especiales

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido a la Conselleria de Educación y a la de Administración Pública para plantearles una serie de mejoras en relación a la falta de recursos de apoyo al alumnado con necesidades educativas específicas.

Entre otras cosas, el defensor valenciano les ha recomendado que, de forma coordinada, establezcan un procedimiento más ágil y flexible para la sustitución, creación y dotación de personal tanto docente como de apoyo que atiende a alumnos con discapacidad o con patologías graves y crónicas en los centros sostenidos, total o parcialmente, con fondos públicos. El objetivo: cubrir bajas, vacantes y nuevas plazas en el menor tiempo posible para que la atención a este alumnado no se vea afectada.

Desde el Síndic, se sigue con preocupación la situación en la que se encuentran estos menores a la hora de acceder a la escuela. Desgraciadamente, a menudo, carecen de la imprescindible dotación de educadores y profesionales de apoyo (fisioterapeutas, logopedas, pedagogos terapeutas, maestros de audición y lenguaje, personal de enfermería, etc.) que faciliten su integración. Una situación que se ha visto agravada como consecuencia por la pandemia del Covid.

Luna subraya que esta atención debe ser prestada con arreglo a los principios de no discriminación y normalización educativa. Corresponde por tanto a la Administración dotar a los centros que atienden a este alumnado de personal especializado así como de los recursos materiales y ayudas precisas destinadas a eliminar cualquier barrera que impida su normalización educativa.

Consulta la resolución de este expediente.

El Síndic de Greuges insta a Godella a mejorar la accesibilidad del municipio para las personas con discapacidad

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido al Ayuntamiento de Godella para que realice las obras necesarias a fin de garantizar que la calle Vila Blanca sea accesible y transitable para las personas con movilidad reducida. Igualmente, recrimina la conducta del ayuntamiento de no facilitar información al Síndic y le recuerda su deber legal de colaborar con esta institución.

El defensor valenciano inició esta investigación a raíz de la queja presentada por una vecina de la citada localidad a finales de octubre. Meses antes, su madre –una persona de avanzada edad que precisa silla de rueda para sus desplazamientos- había solicitado al ayuntamiento disponer de pasos de peatones y rebajes de acera en dicha vía para poder transitar. Sin embargo, hasta el momento, la administración no había realizado ninguna actuación ni le había contestado.

Por su parte, el Síndic solicitó al consistorio informe sobre este expediente, pero tampoco se le facilitó y ello ha obligado a la institución a resolver con los datos proporcionados por la ciudadana, dando veracidad a los mismos.

En su resolución, el defensor del pueblo valenciano subraya la obligación legal de los poderes públicos, en este caso del Ayuntamiento, de adoptar las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las demás, al entorno físico y a los espacios públicos. Sin duda, la falta de accesibilidad a estos espacios públicos constituye una forma sutil a la vez que indudable de discriminación, ya que se limita la autonomía de estas personas y también su capacidad de participar en todos los aspectos de su vida en igualdad de condiciones

Asimismo, el defensor valenciano también recuerda al consistorio su deber de dar respuesta a los escritos presentados por los ciudadanos con celeridad, agilidad y eficacia. Y le advierte que «la ausencia de respuesta supone un funcionamiento anormal de esta Administración».

Consulta nuestra resolución sobre este asunto.

El Síndic pide a Sanidad que atienda la actual demanda de tratamientos de reproducción asistida

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública a dotar de los medios personales y materiales necesarios para atender la demanda existente de tratamientos de reproducción asistida.

La actuación del defensor valenciano se inició hace unos meses tras la queja presentada por una ciudadana preocupada por la demora para iniciar un tratamiento de fecundación in vitro en el Hospital Clínico Universitario de València. La afectada, con baja reserva ovárica, había planteado su problema ante el SAIP y solicitaba un adelanto en la lista de espera atendiendo a sus circunstancias personales, pero seguía a la espera de una contestación.

Tras solicitar información sobre este asunto, la Conselleria comunicó al Síndic que ya había trasladado respuesta a la persona interesada en la que manifestaban que “priorizar a personas con baja reserva es difícil, a la par que un agravio comparativo para otras usuarias inscritas en la lista de espera y que también se encuentran en el mismo supuesto”.  Asimismo, añadía que la lista de espera de dicho hospital para iniciar el ciclo – de 12 meses- era la más baja de la Comunitat Valenciana.

Sin embargo, para el Síndic, la Administración sanitaria debe dar respuesta a las necesidades de la sociedad valenciana en el actual contexto social donde existe un evidente incremento de parejas y mujeres con problemas para concebir, donde el retraso de la maternidad por razones económicas, laborales y que se escapan muchas veces a la voluntad de las afectadas es una realidad indiscutible, con el consecuente descenso de la natalidad y el envejecimiento de la población.

“El legítimo derecho de las personas a ver colmada su ilusión de una maternidad/paternidad responsable y deseada no puede verse limitada por los problemas de falta de infraestructuras o, en otras palabras, de desajustes entre la demanda y la oferta de la prestación” razona el defensor en su resolución.

En este caso concreto, el Síndic también ha sugerido a la administración sanitaria que el Servicio de Ginecología del Hospital Clínico cite, a la mayor brevedad posible, a la interesada.

Consulta nuestra resolución sobre este asunto.

 

Vivienda acepta la recomendación del Sindic y concede la ayuda al alquiler a un ciudadano

El defensor del pueblo valenciano pidió a la Conselleria de Vivienda información sobre el estado de tramitación de esa ayuda, así como los motivos de dicha demora. A finales de noviembre, una vez analizada toda la información, el Síndic urgió a esa administración autonómica a que adoptara las medidas necesarias para resolver la solicitud de ayuda al alquiler de la persona afectada.

En enero de este año, la Conselleria trasladó al Síndic la aceptación de su recomendación. Asimismo, comunicaba que ya había resuelto la solicitud de ayuda del interesado y le habían concedido una ayuda por importe de 1795,50€.

Consulta nuestra actuación: