Las defensorías autonómicas, con el Defensor del Pueblo para modificar la legislación y que los ex tutelados extranjeros obtengan la residencia

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha planteado a consulta pública la elaboración de un proyecto normativo por el que modificará el reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Las exigencias administrativas para las renovaciones de las autorizaciones de residencia de los menores extranjeros no acompañados que alcanzan la mayoría de edad han venido a dificultar la situación de vulnerabilidad de este colectivo.

Las defensorías autonómicas estamos firmemente comprometidas con la protección de los derechos  a personas menores de edad que, siendo nacionales de otros países o apátridas, llegan a España solas, sin estar acompañadas por personas adultas responsables y sin referentes familiares en España; así como garantizar que las actuaciones de las distintas administraciones, con responsabilidad en la atención a estos menores de edad, respondan a su superior interés, primando, en todo caso, el enfoque de infancia respecto a la condición de inmigrante.

Este endurecimiento de los criterios comenzados a exigir por algunas Oficinas de Extranjería, que tiene su fundamento en varios pronunciamientos judiciales, nos preocupa como instituciones garantes de los derechos y libertades de la ciudadanía. Consideramos que se está vulnerando el principio del interés superior del menor al que están obligadas las administraciones públicas y contraviene las obligaciones de proteger a los jóvenes ex tutelados que contemplan la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Ley de Protección Jurídica del Menor.

Ya en las 34 Jornadas de Coordinación de las Defensorías del Pueblo, celebradas en Andalucía en octubre de 2019, los defensores autonómicos y el Defensor estatal recomendamos la modificación del Reglamento de la Ley de Extranjería para que se elimine la interpretación restrictiva que limita el derecho de los menores extranjeros a obtener la autorización de residencia. La llamada Declaración de Tarifa, promulgada en dichas Jornadas y cuyo texto fue pilotado por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, recoge en su punto número 9: “Demandamos la elaboración de planes de atención a jóvenes extutelados para evitar que su protección quede interrumpida automáticamente al alcanzar la mayoría de edad, y puedan caer en la marginación y exclusión social”.

Por ello, las Defensorías del Pueblo autonómicas nos adherimos a la recomendación elevada por el Defensor del Pueblo de España al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para adecuar los requisitos exigidos para la renovación de la autorización de residencia a los jóvenes ex tutelados https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/residencia-de-los-ex-menores-tutelados-que-han-accedido-a-la-mayoria-de-edad-sin-haber-obtenido-la-pertinente-autorizacion/.

Compartimos la necesidad de modificar los artículos 196, 197 y 198 del Real Decreto 557/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería para su adaptación a la Ley de Protección Jurídica del Menor y a los criterios de la Observación General número 14 del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

Los firmantes de la adhesión objeto de este comunicado son el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor del Menor de Andalucía, Síndic de Greuges de Cataluña, Valedora do Pobo Gallego, Diputado del Común de Canarias, Ararteko, Justicia de Aragón, Procurador del Común de Castilla y León, y Defensor del Pueblo de Navarra.

 

El Síndic abre una queja de oficio sobre las medidas adoptadas por el Consell en las residencias públicas de Alcoy

Ante el repunte de contagios y fallecidos, Luna investiga si se han dispuesto y aplicado los medios personales y materiales necesarios

 

Ante las noticias publicadas sobre la existencia de un brote de infecciones por Covid 19 en las residencias públicas de mayores dependientes de Alcoy (RPMD Mariola y RPMD Pintor Sala), que cifran en 107 el número de personas contagiadas y 10 fallecidos, el síndic de Greuges, Ángel Luna, ha abierto una queja de oficio para saber qué medidas ha adoptado el Consell en los citados centros socio-sanitarios para la prevención, control y atención de la pandemia.

Igualmente, dada la gravedad de la situación, el Síndic investiga si las Consellerias competentes han dispuesto los medios personales y necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en lo que respecta a la covid-19. Asimismo, Luna quiere conocer qué aplicación práctica, sistemas de control y seguimiento han llevado a cabo, tanto la Conselleria de Sanidad como la de Igualdad, de las resoluciones, instrucciones y protocolos establecidos en las residencias públicas de mayores dependientes de Alcoy  para la prevención y asistencia de los afectados por la covid-19.

 

 

El Síndic insta a Sanidad a garantizar la accesibilidad a Atención Primaria por vía presencial, telefónica o telemática

Luna exige a la Conselleria que facilite a la ciudadanía información clara, veraz, coherente y sencilla sobre el funcionamiento y organización de los Centros de Salud para evitar confusión

 

El Síndic de Greuges, Ángel Luna, alerta de que la atención primaria sanitaria ha perdido su condición de proximidad y cercanía con los pacientes que, además, sufren falta de información sobre el funcionamiento de los Centros de Salud, lo que les genera la percepción de desasistencia y abandono.  Así consta en la resolución de la queja de oficio sobre la situación de la Atención primaria en la Comunidad Valenciana, recién emitida.

Tras analizar el informe enviado por la Conselleria de Sanidad y contrastadas las opiniones e informaciones con otras fuentes, sobre todo entre profesionales de la Atención Primaria, el Síndic insta a Sanidad a implementar los planes específicos que permitan utilizar, de forma intensiva todos los recursos del sistema sanitario público, para garantizar la accesibilidad telefónica y telemática de los ciudadanos a los centros de Atención primaria, así como utilizar la atención presencial como primera opción de asistencia,  especialmente en la población más frágil.

En este sentido, en la resolución se destaca que “la mejora en las herramientas tecnológicas de comunicación no debe privar a los pacientes de otras patologías diferentes a la COVID-19 de la atención presencial, ya que el uso abusivo de estas herramientas podría atentar contra la nota de proximidad y cercanía que debe presidir la relación médico-paciente”.

Luna recuerda a la Conselleria de Sanidad que las necesidades de otras patologías diferentes a la COVID-19 no pueden quedar desatendidas, especialmente en los casos de los mayores con enfermedades crónicas y otros colectivos vulnerables como personas con enfermedad mental o diversidad funcional,  que son las grandes víctimas de un sistema socio-sanitario que tiene ante sí el desafío de dar respuesta a todos los enfermos cuyos tratamientos se han visto afectados por la pandemia.

Sin duda, los condicionantes forzados por la pandemia han obligado a una reorganización de la Atención Primaria, que la ciudadanía tacha de “inaccesible o inoperativa” en numerosas quejas al Síndic, por las graves dificultades que manifiestan encontrarse para obtener una cita médica vía teléfono o aplicación informática; los problemas para recibir atención presencial; para acceder a una prueba médica; o los criterios  para practicar una PCR. Estas situaciones comportan la paradoja de obligar a las personas a acudir presencialmente a los Centros de Salud para realizar alguno de estos trámites, sin que puedan en cambio recibir atención sanitaria personal.

Cabe añadir que desde el inicio de la crisis sanitaria ha existido desconocimiento respecto al acceso a la atención sanitaria, lo que ha provocado confusión y angustia en buena parte de la población. Por ello, el Síndic exige a Sanidad que facilite a los ciudadanos una información clara, coherente, veraz y sencilla en relación a las reglas de funcionamiento y organización de los centros sanitarios de Atención Primaria y de salud pública colectiva, para evitar que se sientan desatendidos o no escuchados por la administración sanitaria. Asimismo, la resolución señala que sería deseable, para evitar dudas, que sin perjuicio de su realidad concreta, los protocolos de los Departamentos de Salud fuesen lo más concretos y uniformes posibles.

Por otra parte, la resolución de esta queja de oficio también hace referencia al desgaste y el estrés que sufren los profesionales de la Atención Primaria ante una nueva modalidad de atención no presencial, que deben compaginar con la tarea derivada de los brotes del coronavirus: rastreo, control domiciliario y la atención a los centros sociales de carácter residencial.

El Síndic valora de forma positiva el incremento y refuerzo de la plantilla que menciona en su informe la Administración sanitaria, si bien este incremento es cuestionado por las fuentes del sector consultadas. De acuerdo con la información que han transmito al Síndic profesionales de la Atención Primaria,  dicen que se encuentran saturados en su labor diaria y alegan una gran presión por la carga de trabajo. Así pues, Luna recomienda a la Conselleria de Sanidad que para evitar el agotamiento de los profesionales así como el colapso del sistema sanitario “implemente las medidas de refuerzo de las plantillas de las diferentes categorías profesionales, garantizando el derecho a la seguridad y salud de los trabajadores”.

Por último, dado el impacto que la pandemia está teniendo en los mayores en general, y en los de las residencias socio-sanitarias en especial, el Síndic pide a la Conselleria que se refuercen y extremen las actuaciones para la prevención y control de la COVID-19 en centros sociales de carácter residencial, dando urgente prioridad a la coordinación entre las diferentes unidades competentes: Atención Primaria, Salud Pública, Unidad Hospitalaria a Domicilio; y otros que procedan.

El Síndic reclama a las administraciones coordinación para cumplir con su obligación legal de no pedir a la ciudadanía los documentos que ya tienen en su poder

Luna exige que se facilite la tramitación de ayudas a las personas

 

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha detectado que buena parte de los problemas que denuncia la ciudadanía tienen que ver con las graves dificultades que surgen para obtener documentos que les exige una administración para tramitar un servicio, ayuda o prestación, cuando es una obligación legal que las administraciones actúen de forma coordinada aprovechando la información de la que disponen y así evitar que las personas tengan que aportar documentación que ya está disponible en el sistema.

La actual situación socio-sanitaria provocada por la Covid-19 ha complicado más la obtención de documentos a causa de la reducción de los servicios ofrecidos presencialmente. Así, en muchas ocasiones ha de obtenerse cita previa que puede llegar a concederse con bastante retraso. Todo ello empeora aún más la situación de quienes son más vulnerable y necesitan de mayor ayuda. Por si fuera poco, no parece procedente en estos momentos de pandemia exponerse a guardar cola ni tensar la atención en persona para hacer trámites innecesarios.

Asimismo, son muchas las personas que no pueden o no saben utilizar internet para relacionarse con la administración cuando precisan tramitar la renta valenciana de inclusión, una vivienda, o una ayuda de emergencia, por ejemplo. De hecho, a menudo una administración requiere el certificado de empadronamiento cuando es un documento que puede conseguir a través de otra administración.

Así las cosas, en aras de una mejor gobernanza y mayor eficacia, el Síndic reclama a las administraciones que se coordinen y sólo requieran documentos y datos de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y garantizando el derecho de las personas a no aportar aquellos que:

  1. a) ya se encuentren en poder de la administración que está tramitando la solicitud o
  1. b) hayan sido elaborados por cualquier otra administración o
  2. c) hayan sido previamente aportados ante cualquier administración. En este caso, si bien la persona debe indicar cuándo lo presentó y ante qué concreta administración, únicamente puede serle exigido que aporte documentos cuando se justifique que es imposible para la administración obtenerlos a través de sus propios medios.

Por otra parte, el Síndic también señala que la administración debe incluir en todos los procedimientos, modelos que faciliten a las personas el derecho citado.

Del mismo modo, para facilitar los trámites administrativos, la administración únicamente debe exigir a las personas que corrijan los defectos de sus solicitudes cuando sea realmente necesario, teniendo en cuenta que:

  1. a) No todos los defectos tienen la misma importancia. Debe tenerse en cuenta la forma más fácil de corregirlos desde el punto de vista de la persona interesada, facilitándole esta labor.
  2. b) Los defectos pueden ser corregidos mientras la administración no declare de forma expresa el desistimiento de la persona; esto es, que ya no muestra interés real en continuar con su petición.
  3. c) Los escritos exigiendo a las personas que aporten datos o documentos deben ser puestos en su conocimiento de modo directo y resultar claros; no debe quedar duda de qué se pide, para qué se pide y en que normativa se apoya la administración. Esto es de especial importancia en los procedimientos cuyo fin es facilitar ayudas para atender a personas en situaciones de necesidad. Debe evitarse que se conviertan en sí mismo en obstáculos que eliminen su posibilidad de obtener dichas ayudas.

 

 

 

El Síndic investiga las actuaciones de la Conselleria de Igualdad en el centro de menores de Villena tras el brote de Covid-19

El Defensor dictó una resolución hace un año en la que advertía de las graves deficiencias de las instalaciones e instaba a la Conselleria a subsanar los incumplimientos

El síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, Ángel Luna, ha abierto una investigación de oficio para conocer las medidas adoptadas por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas en el centro de acogida de menores “Las Virtudes”, de Villena, para prevenir más contagios de Covid-19  y atender a los casos positivos ya detectados. Además, como en septiembre de 2019 el Síndic ya resolvió otra queja de oficio instando a la Conselleria a subsanar las graves deficiencias del citado centro, le pide información sobre las actuaciones concretas que ha llevado a cabo para cumplir con sus recomendaciones.

En la resolución https://www.elsindic.com/Resoluciones/11046704.pdf se destacaba el incumplimiento de la normativa vigente en materia de autorización de centros de atención a menores y, muy especialmente, respecto a la capacidad total del centro que legalmente debería ser de un máximo de 30 plazas con grupos educativos de 6 plazas y, sin embargo, en aquel momento contaban con 96 plazas (44 de acogida y 52 de emergencia). Asimismo, según normativa la capacidad máxima de los dormitorios debía ser de dos personas y en el centro los dormitorios eran comunes con 24 plazas cada uno.

A este respecto, el Síndic recomendó desarrollar la Orden de autorización y acreditación de centros de acogida de infancia y adolescencia, en la que se establezcan, entre otras, las condiciones materiales, de personal y de funcionamiento que deben cumplir los centros con plazas de emergencia.

De igual modo, instó a promover una nueva regulación de la organización y funcionamiento de los centros de protección de menores y el acogimiento residencial, en la que se incluyan las modificaciones previstas en el nuevo modelo de atención residencial de menores de la Comunitat Valenciana (2017) y las nuevas modalidades de centros, incluidos los de emergencia.

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en su respuesta indicó que se encontraba trabajando en el desarrollo reglamentario correspondiente a dicha norma legal,  pero a esta institución no le consta que, hasta la fecha, se haya elaborado y aprobado el citado desarrollo reglamentario.

 

Luna advierte a Sanidad que es su deber legal proteger la salud de sus trabajadores frente al riesgo de contagio de la Covid-19

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha dictado una resolución recordando a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública su deber legal, como empleador, de proteger al personal laboral a su servicio. Además, insta a Sanidad a garantizar el derecho a la salud de los trabajadores de  todos  los  centros  sanitarios, socio-sanitarios  o  sociales  -públicos  y  concertados- dotándoles de los  equipos  de  protección  individual adecuados por la exposición al  virus  y el riesgo de contagio de la Covid-19.

Así se ha pronunciado el Síndic tras cerrar la investigación de una queja presentada a finales de marzo por el presidente autonómico del Sector Sanidad de la Comunidad Valenciana del sindicato CSIF, quien denunciaba que desde el pasado 31 de enero había dirigido varios escritos a la Conselleria de Sanidad en los que  solicitaba  medidas  de  protección  a  los  trabajadores de instituciones sanitarias en relación a la pandemia Covid-19 como mamparas acristaladas separadoras y EPIs, al igual que información de los pasos a seguir y protocolos. El sindicato también manifestaba que había informado de la carencia de guantes, mascarillas quirúrgicas, FPP2 y FPP3 y desinfectante, sin haber recibido respuesta expresa de la administración sanitaria a ninguno de sus escritos.

El Síndic concluye que es un hecho notorio que existió una situación de desabastecimiento desde los primeros instantes de la pandemia, pero  lo  cierto  es  en el informe remitido a la institución la Administración no acredita haber respondido, no ya con la información reclamada directamente por el autor de la presente queja, sino tampoco con la identificación de  las  medidas  concretas  y  el  suministro  de  los  EPIs  destinados  a  proteger  a  los profesionales  del  ámbito  sanitario  denunciado por este colectivo. De hecho, el  personal  sanitario  ha  desarrollado  su  trabajo  bajo  la  existencia  de  un  riesgo  grave para la salud, por su exposición al agente biológico Covid-19, propiciado por la escasez de EPIS. Dicho riesgo se ha materializado en un alto índice contagios entre el personal sanitario, con mayor incidencia que el resto de la población.

Sin poner en duda los esfuerzos de la Conselleria,  así  como las dificilísimas circunstancias del  aprovisionamiento  de  material  que  se  ha  ido  llevando  a  efecto,  el Síndic echa en falta  que  Sanidad  hubieran  hecho constar en su informe  los concretos suministros de EPIs, tal y como reclamaba el autor de esta queja.

Asimismo,  Luna, destaca    el  hecho  de  que  seguimos  en  una situación  delicada  desde  el  punto  de  vista  de  salud  pública,  con  nuevos  rebrotes  en  la Comunidad  Valenciana,  a  nivel  nacional  e  internacional,  lo  que  obliga  a  extremar  los riesgos probables que se deriven de esta situación. “La  normativa  de  prevención  de  riesgos  laborales  impone  la  obligación  legal  a  la Administración,  como  empleadora,  de  proteger a  los  trabajadores,  lo  que  conlleva necesariamente también la obligación de dotarles de los medios preventivos necesarios para que realicen su trabajo con las mínimas e imprescindibles condiciones de seguridad para  su  salud. De no hacerlo ,  sin  que  resulte justificada  tal  conducta,  infringe  la normativa  de  prevención  de  riesgos  laborales,  pero  además  ello  conlleva  poner  en peligro  a  los  trabajadores,  que  quedan  expuestos  a  un  riesgo  grave  para  su  salud previsible, evitable o minimizable, pudiendo incluso lesionarse la vida”, señala el síndic.

El Síndic investiga qué medidas ha adoptado el Ayuntamiento de València en barrios vulnerables

El Síndic ha abierto una investigación de oficio con el fin de saber qué medidas ha adoptado el Ayuntamiento de València para atender las necesidades sociales en los barrios especialmente vulnerables de la ciudad, aparecidas o intensificadas como consecuencia de la Covid-19. En concreto, en las zonas cercanas al puerto, tales como Nazaret, Cabanyal o Malvarrosa, entre otras.

El confinamiento derivado del actual estado de alarma ha agravado la situación de pobreza y exclusión social en la que ya se encontraban muchos de los vecinos de estos barrios, dado que  la crisis generada por el coronavirus afecta sobre todo a colectivos vulnerables: menores en situación de riesgo; personas dependientes, migrantes o sin hogar;  y mujeres víctimas de violencia.

Consciente de que las acciones llevadas a cabo por asociaciones, ciudadanía y empresas del tercer sector (distribución de alimentos, productos de higiene, material escolar…) están resultando decisivas para atender las necesidades básicas de estas personas, el Síndic considera imprescindible para una mayor eficacia “que las actuaciones de las administraciones públicas y de la iniciativa privadas se articulen con el apoyo y la coordinación de la administración municipal”.

Al objeto de contrastar la información expuesta en la queja, el Síndic ha solicitado al Ayuntamiento de València un informe en el que explicite las directrices establecidas para organizar los servicios sociales de atención primaria con motivo del confinamiento y desescalada provocado por el Covid-19, en cumplimiento de la resolución de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Asimismo, también solicita se le informe de las siguientes cuestiones:

  • Cómo continuar garantizando las distintas prestaciones de los servicios sociales (profesionales, económicas y tecnológicas) del sistema público de servicios sociales.
  • Población atendida con motivo de la pandemia (mayores, personas con diversidad funcional; con problemas de salud mental; mayores y/o pluripatológicas; menores y adolescentes afectados por cierres de comedores escolares; personas contagiadas por Covid-19 que no pueden cumplir las normas de aislamiento en su domicilio; personas sin hogar; o personas que por la epidemia han perdido sus ingresos económicos.
  • Personas derivadas a atención secundaria.
  • Actuaciones prioritarias adoptadas en materia de dependencia, servicio de atención a domicilio, renta valenciana de inclusión y barrios inclusivos.
  • Medidas adoptadas para garantizar el refuerzo de los equipos PANGEA; equipos específicos de intervención con infancia y adolescencia; de intervención con adolescentes en conflicto con la ley; unidades de igualdad, xarxa jove, programa de igualdad e inclusión del pueblo gitano.

 

 

Luna pide a Sanidad que argumente las razones para no dar información sobre cómo afecta el Covid-19 a cada municipio

El Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, Ángel Luna, ha admitido a trámite una queja del grupo popular de las Cortes Valencianas, firmada por su portavoz Isabel Bonig,  donde se denuncia que numerosos alcaldes no obtienen respuesta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, ante sus reiteradas peticiones de información sobre cómo afecta específicamente la epidemia del CO Covid-19 a sus municipios.

El Síndic ha iniciado una investigación para contrastar los hechos relatados y ha solicitado a la Conselleria un informe de las razones que impiden facilitar a todos los Ayuntamientos de la Comunidad la máxima información posible sobre en qué medida sus respectivos municipios se encuentran afectados por la epidemia del Covid-19.

La autora de la queja manifiesta que los alcaldes quieren acceder a esa información para contribuir a la no propagación del virus, adoptando las medidas necesarias en la gestión de los servicios municipales. Asimismo, en el escrito que dirige a esta Institución señala que la Conselleria no ha atendido las solicitudes de los Ayuntamientos “no por no conocer los datos requeridos, sino por una instrucción formulada a los responsables de los departamentos de salud, así como a los altos cargos de la Conselleria, que establece que únicamente debe informarse de los datos provinciales”.

En su exposición, la promotora de la queja argumenta que la Conselleria niega una información que los municipios necesitan para adoptar medidas sanitarias de seguridad en la fase de desescalada, sin causa  razonable.

El Síndic abre una investigación sobre la brecha de la educación online

A raíz del cierre de los centros docentes por la emergencia sanitaria del Covid-19, el Síndic de Greuges ha constatado por lo publicado en los medios de comunicación que se producirá un impacto negativo del aprendizaje de todo el alumnado y que será muy superior para los estudiantes de entornos desfavorecidos vulnerables; lo cual sugiere un importante aumento de la brecha educativa que se verá agravada porque el confinamiento perjudica más a los menores de familias humildes sin internet, con escasos o ningún dispositivo digital en sus casas.

En vista de ello, y en cumplimiento de su deber de velar por los derechos y libertades fundamentales de la ciudadanía valenciana, el Síndic ha abierto una queja de oficio para supervisar cómo se garantiza el acceso universal a la educación virtual y  se cumple con las medidas de accesibilidad, de modo que todo el alumnado pueda acceder a los contenidos lectivos y realizar las actividades propuestas, a fin de que ningún alumno quede atrás por el efecto del Covid-19; es decir, un aprendizaje en línea no mayoritario, sino universal.

Esta institución es consciente de que la Conselleria ya ha tomado medidas al respecto, pero para tener un conocimiento exhaustivo de las actuaciones adoptadas y previstas, decidió abrir un expediente de oficio el 28 de abril con una petición inicial de información a la Conselleria de Educación, Cultura y Deportes, solicitando:

-Cuantificación del alumnado que carece de medios de conexión digital y que han quedado     desconectados del sistema educativo durante este periodo de docencia en línea (dificultades de conexión a internet o falta de disponibilidad de los dispositivos adecuados).

-Programas y medidas de accesibilidad adoptadas o que se prevén adoptar, de modo que         todo el alumnado pueda acceder a los contenidos lectivos y realizar las actividades propuestas.

-Provisión de recursos materiales y tecnológicos necesarios a las familias para avanzar con el curso escolar, así como la priorización en la asignación de estos, en su caso, su distribución, tiempos de la prestación, etc.

-Protocolos o estrategias de atención, tutorías y acompañamiento de este alumnado y sus familias.

– Medidas específicas que se prevean para este alumnado a la hora de flexibilización, adaptación de las evaluaciones, y sobre la promoción y la titulación en los diferentes niveles y etapas educativas en las que se encuentran.

-Protocolos de seguimiento para el alumnado desconectado o que no tenga acceso a las TIC desde sus domicilios.

-Planificación y diseño de estrategias para la educación virtual universal en el sistema educativo valenciano, en los su-puestos de una demora en el inicio o un eventual nuevo cierre de los centros docentes en el próximo curso escolar.

 

 

Luna reactiva los plazos de requerimientos a las administraciones al prolongarse el estado de alarma por el coronavirus

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, reactiva desde hoy la vigencia de los plazos establecidos para la tramitación de los expedientes de queja, dejando así sin efecto la resolución que dictó el pasado 13 de marzo mediante la que se acordaba la suspensión de los mismos.

Luna ha hecho uso de esa prerrogativa legal habida cuenta de que el estado de alarma está teniendo una duración superior a la inicialmente prevista y tras constatar que mediante el teletrabajo la institución es capaz de dar trámite y solución a las quejas presentadas por la ciudadanía. El Síndic de Greuges  tiene como misión velar por la defensa de los derechos y libertades fundamentales de las personas y esa labor no debe ser interrumpida ni en estado de alarma. Más aún si cabe, cuando las actuaciones del Síndic están relacionadas con quejas ciudadanas estrechamente vinculados a la situación que justifica el estado de alarma, o son indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento de los servicios básicos.

Desde que se decretó el estado de alarma por la emergencia sanitaria del Covid-19 el Síndic de Greuges sigue atendiendo las consultas y las quejas presentadas por la ciudadanía, tanto por teléfono, como por vía electrónica, web o correo electrónico, o correo postal.

https://www.elsindic.com/wp-content/uploads/2020/04/NP-Reactivacion-plazos_resolucion.pdf