Los Defensores del Pueblo exigen el cumplimiento de las medidas contempladas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género

Los Defensores del Pueblo han reafirmado hoy en una declaración conjunta su compromiso con la prevención y en la lucha contra la violencia de género. El documento, consensuado entre las distintas defensorías, recoge casi una treintena de recomendaciones encaminadas a mejorar la respuesta que reciben las víctimas de violencia de género y a proponer medidas efectivas para acabar con esta lacra social. El mismo será remitido a todas las administraciones nacionales y autonómicas con competencias en la materia.

Entre las medidas aprobadas, urgen a poner en marcha las actuaciones recogidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género, como la implantación generalizada y homogénea de las Unidades de Valoración Integral Forense. Estos órganos periciales se encargan de asistir a los órganos judiciales a la hora de tomar decisiones, por lo que resulta imprescindible la especialización de sus profesionales -forenses, psicólogos y trabajadores sociales- para valorar correctamente el nivel de riesgo de las víctimas. Sus informes de valoración deberían estar en el juzgado antes de la declaración de la víctima y del agresor, garantizando las medidas de protección más idóneas y personalizadas.

La formación y sensibilización en materia de violencia de género, según el acuerdo adoptado, es indispensable para cualquier profesional que intervenga en la protección integral de las víctimas; desde los cuerpos y fuerzas de seguridad, abogados/as del turno de oficio, hasta jueces y fiscales. Una formación que, además, debería ser continuada, obligatoria y evaluable.

Los defensores instan a revisar, actualizar y adaptar la ley de violencia de género y a que se impulsen los cambios legislativos necesarios para ampliar el concepto de violencia de género a todos los tipos de violencia que se ejercen contra las mujeres por el hecho de ser mujer, tal y como se recogen en el Convenio de Estambul. También consideran necesario que la acreditación de la condición de víctima de violencia de género pueda refrendarse mediante instrumentos más amplios y homogéneos en todo el territorio.

INSERCIÓN LABORAL

Es imprescindible la inserción laboral de las mujeres víctimas de violencia de género para propiciar su recuperación integral. Para ello habría que dotar presupuestariamente los recursos y programas destinados a este fin, fomentar la creación de convenios laborales, incluir cláusulas sociales en los contratos de las administraciones públicas y adoptar medidas de compatibilización horaria de los cursos de formación con los horarios de escuelas infantiles y colegios.

VIVIENDA

Los defensores defienden el derecho de las mujeres víctimas de violencia de género a acceder, con carácter prioritario, a viviendas protegidas y subrayan la obligación de la legislación de garantizar esta prioridad de forma suficiente mediante la reserva obligatoria de viviendas y la flexibilización de requisitos para el acceso a las mismas. El déficit de estas viviendas limita el abandono de la vivienda habitual y perpetúa la violencia sobre las víctimas.

MENORES

Las nefastas consecuencias que produce la violencia de género no las sufre exclusivamente la mujer, sino que ineludiblemente alcanza a sus hijos e hijas que, sin lugar a dudas, son víctimas directas de esta violencia.

En primer lugar, los defensores recuerdan que se debe garantizar el derecho del niño/a víctima de violencia de género a ser escuchado de forma activa en las decisiones que le afecten y tenerse en cuenta siempre su interés superior.

Para la protección de los menores, los defensores proponen una modificación normativa que propicie la suspensión temporal de la patria potestad para el padre presunto agresor en el momento en que se dicten medidas de protección sobre la mujer. Esta medida, además de proteger la propia vida del menor, evitaría tener que recabar la autorización paterna para que los hijas e hijos reciban atención sanitaria o para cambios de centros educativos que garanticen su seguridad.

Los problemas psicológicos que pueden padecer los menores cuando son víctimas directas del maltrato resultan mucho más sutiles para su detección que los daños físicos. De ahí que los defensores urjan a reforzar las plantillas de profesionales que prestan asistencia psicológica especializada garantizando la calidad y la intensidad de las sesiones.

Respecto a los menores huérfanos de madre, los defensores apuestan por acelerar los procesos de otorgamiento de la guardia y custodia a los familiares, evitando situaciones de desamparo.

Consulta la Declaración de las XXXIII Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo sobre atención a mujeres y menores víctimas de violencia de género.

Los Defensores del Pueblo abordan en Alicante la atención a las víctimas de violencia de género

Defensores del Pueblo de toda España se congregarán los próximos días 23 y 24 de octubre en Alicante para debatir sobre violencia de género, más concretamente sobre la atención que reciben mujeres y menores víctimas de esta violencia machista. Lo harán en el marco de las XXXIII Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo; no es una cita más, es la reunión por excelencia en el ámbito de las defensorías que este año organiza el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

En el acto de inauguración intervendrán el president de Les Corts Valencianes, Enric Morera i Català, el defensor del pueblo de España, Francisco Fernández Marugán y el síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi Diego.

Mª Ángeles Carmona, presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impartirá la conferencia inaugural que versará sobre los retos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y la aplicación de las medidas que recoge este acuerdo que fue aprobado por mayoría en el Congreso hace ahora un año.

A continuación, Jorge Cardona, miembro español del Comité de Derechos del Niño de la ONU, centrará su exposición en la intervención y red de recursos para atender a menores víctimas de violencia de género.

La sesión del día 23 de octubre se completa con otras dos ponencias, una de ellas a cargo de la fiscal de Violencia de Género y portavoz de la Fiscalía de Valencia, Susana Gisbert, que lleva como título Las víctimas de la violencia de género y la otra impartida por el profesor de Psicología en la Universidad de Deusto Felix Loizaga, que pondrá el foco en los estilos de apego y vínculos emocionales en menores víctimas de violencia intrafamiliar.

Durante la mañana del 24 de octubre, se celebrará una mesa redonda en la que participarán representantes de diferentes defensorías para poner en común las conclusiones extraídas y, de esta forma, consensuar una Declaración conjunta. Esta  Declaración de las defensorías se trasladará a las diferentes administraciones implicadas  con la finalidad de lograr mayor protección y mejor atención a cada una de las víctimas de violencia de género. Igualmente, se facilitará el documento a los medios de comunicación.

Actualmente, además de la institución del Defensor del Pueblo estatal, funcionan otras nueve instituciones autonómicas, todas ellas representadas en estas jornadas: el Ararteko del País Vasco, Defensor del Pueblo de Andalucía,  Defensor del Pueblo de Navarra, Diputado del Común de Canarias,  Justicia de Aragón, Procurador del Común de Castilla y León, Síndic de Greuges de Catalunya, Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana y Valedor do Pobo de Galicia.

Se trata de la segunda ocasión en la que la ciudad de Alicante, sede de la institución autonómica del Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, acoge estas Jornadas, la primera fue en octubre de  2005.

Programa de las XXXIII Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo

El Síndic insta a actuar en el barranco de San Antón de Elche para prevenir daños por inundaciones

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha pedido al Ayuntamiento de Elche y a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio que actúen de forma coordinada junto a la Confederación Hidrográfica del Júcar y que adopten medidas necesarias para prevenir al máximo posible los daños que se pueden producir en la zona del Barranco de San Antón por las inundaciones y avenidas de agua.

La actuación del defensor valenciano en este asunto se inició en abril de este año a raíz de la queja presentada por la Plataforma de Afectados por las Inundaciones del Barranco San Antón. En la misma, exponían al Síndic que se habían dirigido a las tres administraciones afectadas manifestando su preocupación y solicitando la adopción de medidas para evitar el “grave peligro que suponen las avenidas de agua desde el barranco hacia sus propiedades”, así como sobre el tráfico rodado, sin haber recibido ninguna contestación hasta el momento.

En el transcurso de la tramitación de la queja, la Conselleria remitió un informe en el hacía constar que, según el Plan de Acción Territorial sobre Prevención de Riesgo de Inundación de la Comunitat Valenciana (PATRICOVA), una buena parte de las viviendas unifamiliares de esa zona están asentadas sobre áreas calificadas de peligrosidad 4, de peligrosidad 6 y de peligrosidad geomorfológica, por las avenidas extraordinarias del Barranco San Antón.

Por su parte, la Confederación Hidrográfica del Júcar comunicó al Síndic que este barranco forma parte del Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación dentro del Plan de Gestión de Riesgos de Inundaciones elaborado por este organismo. Aun así, en el informe que remitieron al defensor se señalaba que no tenían previsto realizar ninguna intervención de forma inmediata en el entorno del barranco.

En su resolución, Cholbi recuerda que las inundaciones en la Comunitat Valenciana constituyen el riesgo natural e inducido que mayor número de daños, tanto en vidas como en bienes, ha causado a lo largo de la historia. Razón por la cual, el defensor considera que la prevención y gestión del riesgo de inundación requiere una actuación coordinada entre las distintas administraciones y organismos implicados en materias relacionadas con las inundaciones, ya sean estatales, autonómicas y locales.

El Síndic recuerda en su resolución que carece de competencia legal para dirigir recomendaciones a la Confederación Hidrográfica del Júcar por tratarse de la Administración General del Estado. No obstante, considera necesario que los tres departamentos afectados- Ayuntamiento de Elche, Confederación Hidrográfica del Júcar y Conselleria de Vivienda constituyan un grupo de trabajo para dar solución efectiva a este problema.

Consulta la resolución del Síndic de Greuges sobre este asunto:

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10980194.pdf

El Síndic de Greuges abre una queja de oficio por la situación de Oncología del Hospital de Sant Joan

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha iniciado una actuación de oficio para investigar si la redistribución de la plantilla de oncólogos efectuada entre los hospitales de Sant Joan y de la Marina Baixa pueden afectar al derecho a la asistencia sanitaria de los pacientes oncológicos del hospital alicantino.

El inicio de esta investigación se produce tras haber tenido conocimiento, por los medios de comunicación, de la decisión de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de dividir la Unidad de Oncología del Hospital de Sant Joan con el Hospital Marina Baixa de Villajoyosa.

Según las noticias publicadas, la división o fragmentación tendría como objetivo enviar cuatro oncólogos al Hospital de La Marina Baixa y dejar cinco en el de Sant Joan, atendiendo el primer centro hospitalario a una población de 181.185 personas y el segundo a 217.781. Además, apuntan que la división podría dejar mermada la Unidad de Sant Joan ocasionando demoras asistenciales (listas de espera), una pérdida de calidad en la asistencia a los pacientes, y además supondrá el cambio de especialista para algunos pacientes.

Por todo lo expuesto, el síndic ha decidido abrir una investigación y dirigirse a la Conselleria de Sanitad Universal solicitándole información sobre la realidad denunciada.

Abrimos una queja de oficio para investigar la presencia de amianto en los centros educativos de la Comunitat Valenciana

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha iniciado una actuación de oficio para investigar el plan de actuación para la retirada de cubiertas de amianto de las instalaciones docentes de toda la Comunitat.

El defensor recuerda que en febrero de 2017, como resultado de la tramitación de otra queja sobre esta problemática (201614063), recomendó a la Conselleria de Educación retirar con urgencia y por personal especializado, las cubiertas de amianto de los centros educativos de la Comunitat Valenciana. Por tratarse de una sustancia potencialmente peligrosa, el defensor apremiaba a realizar los trabajos durante las vacaciones escolares, a la vez que solicitaba estar al tanto de las actuaciones realizadas en cada uno de los centros detallados en la investigación.

La Conselleria de Educación aceptó estas recomendaciones en abril de 2017. Sin embargo, transcurrido año y medio desde esta aceptación, el síndic no ha recibido ninguna información acerca de las actuaciones llevadas a cabo para erradicar esta sustancia de todos los centros docentes. Y no sólo eso, esta institución ha seguido recibiendo nuevas quejas procedentes de diferentes municipios de la Comunitat en las que siguen denunciando la presencia de amianto en los elementos constructivos de las instalaciones educativas construidas con anterioridad a que se prohibiera su uso.

Por todo ello y para tener una visión global de la problemática, el síndic ha abierto esta nueva investigación y ha solicitado a la Conselleria de Educación el listado de centros docentes públicos en los que se ha detectado la existencia de amianto y la situación actual de los mismos. Es decir, detalle de los centros en los que ya se ha actuado, y la planificación/programación de actuaciones para erradicar esta sustancia de todas las restantes infraestructuras educativas.

El Síndic urge a Sagunto a concluir las obras de urbanización del PAI Fusión

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi,  ha recomendado al Ayuntamiento de Sagunto que, en el menor plazo posible, adopte cuantas medidas sean necesarias a fin de garantizar la efectiva conclusión de las obras de urbanización del Macrosector III Fusión. En caso de resolución del convenio firmado con el agente urbanizador, el Síndic apunta que el consistorio deberá adoptar la gestión directa de esta actuación.

Cholbi también insta al Ayuntamiento a prestar, en el PAI Fusión, los servicios públicos municipales previstos en la ley 7/1985, como son la limpieza viaria o el transporte urbano entre otros.

La actuación del defensor del pueblo valenciano se inició al recibir la queja de un vecino que manifestaba el retraso en la ejecución de las obras de urbanización de este PAI que se inició en 2006 y las consecuencias que esta demora estaba provocando a los más de 200 vecinos de las viviendas ubicadas en el mismo.

El ayuntamiento de Sagunto remitió un informe al Síndic que venía a reconocer que, efectivamente, los plazos previstos para la ejecución de las obras de urbanización –cinco años desde el inicio de las mismas- se habían incumplido.

Sin embargo, dicho informe municipal no indicaba ninguna actuación por parte del Ayuntamiento de Sagunto sobre el urbanizador para agilizar la ejecución de las obras previstas, ni se había impuesto ninguna penalización por los retrasos del agente urbanizador, tal y como prevé el convenio urbanístico firmado. Lo que para el Síndic supone una evidente falta de diligencia de la Administración en su deber legal de control y tutela en la ejecución de las obras de urbanización previstas.

Consulta la resolución completa del Síndic sobre este asunto: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10978026.pdf

 

La Politécnica refuerza la transparencia en las elecciones del defensor universitario

Hace unos meses recibimos una queja en el Síndic de uno de los candidatos a defensor universitario de la Universidad Politécnica de València en la que manifestaba que desde la Mesa de Claustro de la UPV se le había denegado la posibilidad de nombrar un interventor durante el proceso de elección de defensor universitario.

Tras la petición de información solicitada sobre esta cuestión, la Universidad contestaba al Síndic que la propuesta para el nombramiento de un interventor por cada Mesa Electoral está solamente prevista, de forma expresa, para las elecciones a Rector y Director o Decano de Escuela o Facultad. Asimismo, consideraban que el Defensor Universitario no es un órgano de gobierno y que además,  no es elegido de manera universal directa por la Comunidad Universitaria, sino por el Claustro; razones por las cuales entendían que no existía una situación sustancialmente idéntica que justificara la analogía con otras elecciones de la propia Universidad.

De acuerdo con el Síndic, el Reglamento de Régimen Electoral de la UPV no recoge de forma expresa la existencia de interventores en las elecciones a Defensor Universitario, pero tampoco los prohíbe. En su opinión, de lo que no cabe duda es que “la presencia de un interventor, propuesto por cada candidatura, no causa perjuicio alguno al interés público, sino todo lo contrario, su nombramiento en cualquier proceso electoral es más que recomendable para garantizar la transparencia del mismo”;  más cuando se trata de elegir a la persona que velará por el respeto de los derechos y libertades de los miembros de la comunidad universitaria ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios.

Por todo ello, Cholbi instaba a la Universidad que permitiese la posibilidad de que cada candidatura proponga el nombramiento de un interventor por cada Mesa Electoral en las elecciones del Defensor Universitario.  Una recomendación que fue aceptada y que ya ha sido recogida a través de una modificación parcial del Reglamento del Defensor Universitario.

Ver la resolución del Síndic sobre este asunto: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10951002.pdf

Tras nuestra actuación, la Conselleria abona la retroactividad al heredero de una mujer dependiente

A principios de marzo de este año, se dirigió a esta institución el heredero de una persona dependiente indicando que al morir su madre –con el PIA resuelto y cobrando la ayuda- se habían congelado los pagos. La administración le requirió nueva documentación de las firmas de los herederos; documento que presentó por registro en octubre de 2016. Desde entonces no había recibido ninguna comunicación ni resolución al respecto.

Tras nuestra actuación, la Conselleria nos comunica que ya ha dictado resolución reconociendo al autor de la queja como heredero de su madre y con el derecho al cobro de 2.384 euros en concepto de retroactividad correspondiente a la totalidad de las anualidades pendientes de pago. La Administración también le reconoció, en su condición de heredero, el derecho a cobro de 273 euros por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2015, fecha en la que se extingue la prestación al fallecer la titular de la prestación.

TRANSPARENCIA- Recordamos a Finestrat su obligación legal de dar respuesta expresa a las solicitudes y recursos formulados

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Finestrat para urgirle a que acate y haga cumplir la legislación vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública y que proceda a dar respuesta expresa, de forma inmediata, a las solicitudes presentadas.

La actuación del defensor del pueblo autonómico se inició tras recibir la queja de un concejal de La Vila que había solicitado al Ayuntamiento de Finestrat la emisión de un certificado sobre un acuerdo plenario sin que hubiera obtenido respuesta expresa por parte del consistorio.

Sobre este asunto, el Ayuntamiento de Finestrat remitió informe a esta institución en el que venía a concluir que el Síndic debía haber inadmitido la queja al haber sido planteada por una autoridad administrativa. Añadía que el acuerdo plenario en cuestión – sesión de 22 de mayo de 1967- guardaba relación con el deslinde de los términos municipales de Finestrat y La Vila Joiosa, “asunto en el que existen importantes discrepancias entre ambos ayuntamientos”. Así, indicaba que no era atribución del Síndic resolver conflictos de competencias planteados por diferentes entidades locales.

No obstante, el citado informe municipal no aportaba ninguna información sobre  la emisión o no del certificado solicitado, justificando, en su caso, las razones legales para su denegación. Por esta razón, el Síndic solicitó al Ayuntamiento una ampliación de datos el pasado mes de mayo. Una petición que tuvo que ser reiterada en otras dos ocasiones y cuya contestación nunca llegó, obligando a esta institución a resolver con los datos del informe inicial.

Evidentemente, la actuación del Síndic en ningún momento se centra en resolver las desavenencias entre ambos municipios por el deslinde sino que, como bien queda claro en el “Asunto” de expediente, el tema en cuestión es “la falta de respuesta a una solicitud”.

Llegados a este punto, Cholbi subraya que “constituye una competencia esencial del Síndic velar por que la Administración resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados.”

Por tanto, la investigación del Síndic es totalmente ajena al contenido de fondo de las discrepancias entre ayuntamientos, teniendo por único objeto el cumplimiento del deber de responder expresamente.

En la resolución dirigida al Ayuntamiento de Finestrat, Cholbi le recuerda a esta administración municipal su obligación legal de colaborar en las investigaciones del Síndic de Greuges y le advierte de que la reiteración en la falta de colaboración con esta institución “merecerá ser destacada en el Informe Anual del Síndic, y se evaluará la posible emisión de un informe especial a les Corts Valencianes en caso de que la actitud se repita y mantenga en otros expedientes”.

Ver el contenido íntegro de la resolución. http://www.elsindic.com/Resoluciones/10976550.pdf

Instamos a que den información ambiental sobre un proyecto desarrollado en la Albufera

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido a la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo rural para que facilite a la asociación Centre d’Aqüicultura Experimental toda la información ambiental solicitada en relación con un proyecto de reintroducción de la lubina ecológica en el Parque Natural de la Albufera, “siempre que se encuentre dentro de los límites legales concurrentes”.

De esta forma, el defensor del pueblo valenciano respalda la reclamación de esta asociación que acudió al Síndic tras no recibir contestación a sus solicitudes de información. En concreto, la entidad solicitaba copia del  citado proyecto, el informe favorable de los técnicos y la resolución emitida por la Dirección General de Medio Ambiente aprobando dicho proyecto.

La base legal del dictamen del Síndic es la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, de participación  pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Esta norma reconoce el derecho de todas las personas a acceder a la información ambiental que obre en poder de las autoridades públicas, sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado. Asimismo, también advierte de que las excepciones al acceso de la documentación ambiental deben ser interpretadas restrictivamente, es decir, las menos posibles y solo en los casos previstos en la ley. Llegado el caso, la Administración debe dictar y notificar dentro de dicho plazo de un mes una resolución motivada explicando las razones que impiden el acceso a la información.

En su resolución, el Síndic también insiste en la importancia de que la Administración respete este plazo legal de un mes a la hora de responder a las solicitudes presentadas, ya que, de lo contrario, la información pública solicitada puede perder interés o utilidad.

Desde esta institución se sigue insistiendo en que “el derecho de acceso a la información ambiental desempeña un papel esencial en la concienciación y educación ambiental de la sociedad. Además, constituye un instrumento indispensable para poder intervenir con conocimiento de causa en los asuntos públicos.”

Consulta el contenido de esta resolución:  http://www.elsindic.com/Resoluciones/10976126.pdf