Cholbi clausura la Jornada de Protección a la Infancia: Nuevas oportunidades

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha sido el encargado de finalizar la Jornada de Protección a la Infancia que se ha celebrado hoy en el Aula de Cultura de la Fundación Caja Mediterráneo de Alicante con motivo del Día Internacional de los Derechos del Niño que se celebra el próximo viernes. Cholbi ha agradecido su participación a todos los ponentes que han intervenido durante el encuentro así como a la vicepresidenta de la Generalitat y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Monica Oltra, por su predisposición y voluntad, a pesar de los problemas de agenda, en inaugurar la jornada. 

Mónica Oltra ha comenzado su intervención poniendo de manifiesto la labor fundamental que desarrolla la institución del Síndic de Greuges a la hora de canalizar las posibles vulneraciones de los derechos de la ciudadanía por parte de la Administración. Asimismo, Oltra ha puesto de manifiesto la actual invisibilidad de los niños en la sociedad y se ha apostado por darles voz y ofrecerles la posibilidad de colaborar en las políticas de la infancia. Según la vicepresidente “nuestro compromiso con los niños es que todos tengan la oportunidad de afrontar el futuro con las máximas garantías”. Para ello, Oltra ha señalado que los presupuestos para el próximo año contemplan, entre otras cosas, mejoras en el sistema de protección de menores y el aumento de prestaciones económicas por acogimiento familiar. Además, la consellera se ha mostrado partidaria del acogimiento familiar frente al modelo residencial, tal y como venimos aconsejando desde la institución del Síndic hace ya muchos años.

Tras la inauguración, Jorge Cardona, catedrático de Derecho Internacional Público de la UV y miembro del Comité de Derechos del Niño de la ONU, ha intervenido para explicar la labor que se lleva a cabo desde este órgano de las Naciones Unidas, y más concretamente el protocolo facultativo a la Convención de los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. Cardona ha aplaudido la reforma legal de menor en lo relativo al concepto de “el interés superior del menor”. En este sentido, ha señalado que con la nueva ley que modifica el sistema de protección a la infancia, el interés superior del niño pasa a ser un derecho y deja de ser un “principio interpretativo”.

Por su parte, Teresa Gisbert, fiscala jefa de la Fiscalía Provincial de Valencia, ha hecho un análisis exhaustivo de todas las novedades y mejoras que han introducido tanto la Ley 26/2015, de 28 de julio como la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio. Gisbert ha prestado especial atención al reconocimiento del menor como víctima en los casos de violencia de género, de tal forma que el maltratador no podrá asumir la custodia del menor. Asimismo ha destacado también las novedades que recoge la ley en lo referente a la trata de seres humanos, ya que se amplía de treinta a noventa días el período de reflexión que se da a las víctimas de trata de seres humanos, para que decidan si desean cooperar con las autoridades en la investigación del delito, y, en su caso, en el procedimiento penal.

Por último, Mercé Martínez i Llopis, directora general de Servicios Sociales ha anunciado las principales medidas que se van a adoptar desde la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, tales como potenciar y fomentar el acogimiento familiar, por considerarle el recurso más efectivo . También ha anunciado la implantación de los servicios de atención primaria  (SEAFI SSEAD) dentro de los servicios sociales municipales y la apuesta decidida por las nuevas tecnologías en la red pública de servicios sociales generales y especializados. También ha incluido entre los objetivos marcados por su Conselleria la creación de recursos de emancipación de los menores al cumplir los 18 años.

 

El Síndic de Greuges recibe una delegación del Defensor del Pueblo de Turquía

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana recibe esta semana una delegación de once funcionarios del Defensor del Pueblo turco, institución que comenzó a funcionar en 2013. La actividad se enmarca en el proyecto europeo de ayuda a la puesta en marcha del Defensor del Pueblo de Turquía, financiado íntegramente por la Unión Europea.

A lo largo de esta semana, la delegación turca tendrá la ocasión de analizar casos prácticos de expedientes de quejas tramitados por el Síndic en materia de educación, sanidad, servicios sociales, empleo público, menores, igualdad, medio ambiente, servicios locales, urbanismo y vivienda.

El objetivo de esta actividad es dar a los participantes la ocasión de observar los diferentes niveles de organización y trabajo, las acciones y procedimiento que se llevan a cabo durante la tramitación de los expedientes de quejas, así como intervenir directamente en casos específicos. Además la actividad tiene por objetivo ofrecer la oportunidad para ambas defensoría de intercambiar experiencias en casos prácticos.

Las sesiones de trabajo, que tendrán lugar en la sede del Síndic, se intercalarán con visitas institucionales al Ayuntamiento y a la Diputación de Alicante, así como una actividad que se desarrollará en la Casa Mediterráneo y un encuentro en el Centro de Menores Nazaret. 

El proyecto europeo de apoyo al Defensor del Pueblo de Turquía está encabezado por el Defensor del Pueblo de España, Le Défenseur des Droits de Francia, en colaboración con la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP).

El Síndic reivindica las becas de transporte escolar para el alumnado de Formación Profesional Básica

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha solicitado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que impulse una modificación normativa que permita incluir expresamente a los alumnos que optan por la Formación Profesional Básica entre los beneficiarios de las ayudas de transporte escolar en los centros dependientes de la Generalitat.

De esta forma, responde el defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por la madre de un alumno de Formación Profesional Básica que solicitó la ayuda individual de transporte escolar para el curso 2014/15.  De acuerdo con la madre del afectado, tanto ella como el propio IES donde cursaba los estudios su hijo contactaron por teléfono con la Conselleria de Educación para informarse sobre las condiciones exigidas para la concesión de tales ayudas a los alumnos de Formación Profesional Básica, recibiendo ambos una respuesta favorable a la cuestión planteada .

 

Inicialmente, la Conselleria emitió una resolución provisional, reconociendo a su hijo la ayuda solicitada así como el importe de la misma, de la que la promotora de la queja tuvo conocimiento tras ser publicada en el tablón de anuncios del IES. No obstante, posteriormente recibió una llamada del centro educativo informándole que la resolución definitiva denegaba dicha ayuda a su hijo por no cumplir con los requisitos, sin especificar en ningún momento el supuesto requisito incumplido. Cuando la madre del afectado se puso en contacto con el área de becas de la administración educativa, le comunicaron que los alumnos de Formación Profesional Básica no están incluidos en las normas (Orden 49/2014 y Resolución de 17 de junio de 2014) que establecen los requisitos para poder ser beneficiario de tales becas.

Efectivamente, dichas normas no mencionan al alumnado de Formación Profesional Básica, suscitando la duda planteada por la interesada puesto que esos ciclos formativos tienen una duración de dos años académicos y están destinados a personas que no han finalizado la ESO y que quieren proseguir sus estudios hacia el campo de la Formación Profesional, por lo que, en principio, habría que considerarlos como parte de la educación obligatoria y gratuita. 

El defensor del pueblo valenciano también hace constar en su resolución que la propia Dirección Territorial de Educación tuvo que elevar consulta a la Dirección General de Centros y Personal Docente de la Conselleria de Educación para que ésta procediera a indicar, por escrito, cómo proceder con los alumnos de esta opción educativa, sin recibir instrucción escrita alguna, sino verbal, indicando la inclusión de los alumnos de Formación Profesional Básica en una ruta de transporte colectiva siempre y cuando no generase incremento de gasto. Sin embargo, todas las ayudas individuales de transporte escolar solicitadas por estos alumnos serían denegadas por no citarse dicha enseñanza de forma expresa en las normas en cuestión. 

De acuerdo con el Síndic, esta institución no puede amparar la inseguridad jurídica creada por la situación descrita, por lo que considera conveniente que la administración educativa revise la legislación aplicable al caso, y que incluya como beneficiarios de las ayudas reguladas al alumnado de Formación Profesional Básica.

Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta cuestión.

Reclamamos una distribución equilibrada del alumnado con necesidades de compensación educativa

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha pedido a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que promueva las actuaciones necesarias para garantizar en todas las localidades una escolarización equilibrada del alumno con necesidades de compensación educativa y que mantenga la reserva de plazas hasta el final del periodo de preinscripción y matricula, tal y como exige la ley, a fin de garantizar una adecuada y equilibrada escolarización de estos alumnos. 

De esta forma responde el defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana a la queja presentada a través del Ayuntamiento de Vila-real por el Consejo Escolar del CEIP Concepción Arenal en la que mostraba su “desacuerdo con el proceso de escolarización que se lleva a cabo en el municipio de Vila-real y que provocan, año tras año, la concentración de alumnos con necesidades de compensación educativa en unos centros determinados de la localidad”. De acuerdo con la información facilitada por el consejo, hay aulas donde el número de alumnos con necesidades educativas compensatorias supera el 50%, mientras que hay clases de otros centros donde este es 0%. Asimismo, los afectados mostraban su preocupación por los agravios comparativos que se pueden crear en los centros escolares de Vila-real, y por las dificultades para avanzar hacia un sistema educativo inclusivo donde todo el alumnado pueda integrarse educativa y socialmente de manera adecuada y sin discriminación, por lo que solicitaron la mediación del Síndic de Greuges. 

Desde esta institución se pidió a la Conselleria que facilitara el número exacto de alumnos con necesidades de compensación educativa matriculados en cada uno de los centros públicos y concertados de Vila-real, detallando, en su caso, los niveles educativos. De los datos aportados en el informe que la Conselleria remitió al Síndic, se puede deducir que el alumnado con necesidades de compensación educativa se concentraba, efectivamente, alrededor de determinados centros: CEIP Concepción Arenal, CEIP Carlos Sarthou, CEIP Pascual Nacher. Centros que según la Conselleria no aceptan convertirse en CAES (Centros de Atención Educativa Singular). Estos datos vendrían a confirmar la vulneración de la normativa sobre distribución de puestos escolares reservados.

Por su parte, la Administración educativa argumenta que la situación en Vila-real no tiene fácil solución, dado que la población con alumnado de estas características se concentran alrededor de dichos centros, a lo que hay que añadir el derecho de la madre, padre o tutor a elegir un centro diferente al de reserva (por proximidad del domicilio o por ideología religiosa). Además, señala que se trata de un procedimiento confuso que sería necesario clarificar en lo referente a la detección, documentación, reserva, distribución y asignación de plazas para el alumnado con necesidades de compensación educativa.

Sin embargo, el Síndic no comparte dichos argumentos y considera que la normativa actual que regula el proceso de admisión establece claramente el procedimiento a seguir, y contempla el equilibrio en la admisión de alumnos con estas características que deben ser escolarizados en cada uno de los centros públicos y privados concertados.

Consultar el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.

Se considera alumnado con necesidades de compensación educativa aquel que presenta dificultades de inserción escolar por encontrarse en situación desfavorable, derivada de circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales; incorporación tardía, desconocimiento de idiomas oficiales, escolarización irregular, hospitalización de larga duración, inadaptaciones al medio escolar, etc. 

Condenamos el asesinato por violencia de género de una mujer en el término municipal de Elche

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana quiere manifestar su condena y repulsa por el asesinato de una mujer en la partida ilicitana de El Altet, presuntamente a manos de su pareja sentimental.

Desde el Síndic, una vez más, queremos reiterar nuestro compromiso para poner fin a esta lacra e insistimos en la importancia de perfeccionar la red de servicios especializados en la atención a la víctima, así como las medidas de protección para garantizar los derechos más básicos de estas mujeres en situación de máxima vulnerabilidad. 

Valencia se compromete con el Síndic a velar por el derecho al descanso durante las Fallas

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recibido con satisfacción la respuesta del Ayuntamiento de Valencia en la que acepta la recomendación del defensor valenciano sobre un problema de ruidos generados durante las Fallas. En concreto el Síndic recomendaba al consistorio valenciano que adoptase todas las medidas que fueran necesarias para “compatibilizar al máximo posible la celebración de las fiestas falleras con el derecho al descanso nocturno” 

La intervención del Síndic se originó al recibir la queja de un vecino del barrio de Russafa en la que denunciaba las insoportables molestias que padecían en su vecindario a consecuencia de la actividad promovida por las agrupaciones falleras. En esta ocasión, el afectado se lamentaba de los conciertos celebrados en vía pública durante las Fallas hasta las 4 de la madrugada sin respetar el límite máximo de decibelios establecido por la ley valenciana contra la contaminación acústica.

No es la primera vez que el Síndic se pronuncia sobre problemas de contaminación acústica generados durante la celebración de las fiestas locales en diferentes municipios de la comunidad valenciana. Sobre dicha problemática, esta institución considera durante los días de celebración de las fiestas locales se debe compatibilizar el respeto del derecho de las personas al descanso nocturno, ya que la ampliación del horario durante las fiestas no puede entenderse como una autorización para generar ruidos hasta altas horas de la madrugada sin límite alguno de intensidad o con un límite de decibelios muy alto.

Igualmente, el defensor valenciano recuerda que los efectos nocivos del ruido afectan en mayor grado a niños, personas mayores y enfermos. En este sentido expone que “a nadie se le escapa que no genera las mismas molestias una actividad musical que se extiende hasta las 4 de la madrugada con un límite de 90 decibelios, que esa misma actividad con un límite de decibelios más reducido que sea más razonable”.

Consulta el contenido de la resolución del Síndic sobre este asunto.

El Síndic de Greuges elabora un informe sobre la atención residencial a personas con enfermedad mental 

El adjunto primero del Síndic de Greuges, Ángel Luna, ha mantenido hoy una reunión de trabajo, en la Sede Ciudad de Alicante de la UA, con profesionales de la red asistencial y unidades de salud mental de toda la Comunidad Valenciana. El objetivo del encuentro es que estos profesionales puedan contribuir con su experiencia y conocimientos en el informe que actualmente está elaborando el defensor del pueblo valenciano sobre la atención residencial que reciben las personas con enfermedad mental en nuestra comunidad. 

La enfermedad mental comprende un amplio abanico de patologías, muchas de ellas difíciles de tipificar y que requieren una atención integral diferenciada. Por la especial idiosincrasia de esta enfermedad, la mayoría de los pacientes son usuarios de los distintos centros de atención en sus diferentes modalidades. Estos centros son, por tanto, un recurso fundamental a la hora de abordar problemas relacionados con la salud mental; razón por la que esta institución ha querido dedicarle un informe especial monográfico.

Para la elaboración del informe, personal técnico del Síndic ha llevado a cabo una serie de visitas a algunas de las unidades de salud mental dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública así como a distintos centros de Castellón, Valencia y Alicante de la red asistencial dependiente de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. En base a los datos aportados por los/las profesionales visitados/as, el defensor valenciano ha elaborado ya un informe inicial. Sobre este documento, los participantes en la reunión de hoy han podido cotejar y contrastar la información expuestas, así como realizar nuevas aportaciones y sugerencias a fin de mejorar el resultado final del informe.

Desde la puesta en marcha del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana en el año 1993, los problemas relacionados con la salud mental y la situación de las personas que la padecen y sus familiares ha sido una preocupación constante de esta institución. Ya en el año 1994, el Síndic realizó un primer estudio sobre la problemática de la salud mental en nuestra comunidad. En el año 2000, se firmó en la sede del Síndic de Greuges el Protocolo de Internamiento de la ciudad de Alicante, siendo el defensor valenciano el encargado de su custodia y cumplimiento. Poco más tarde, a finales de 2003, esta institución elaboró y publicó el Informe Especial sobre la situación de las personas que padecen enfermedades mentales y de sus familias, documento que tuvo gran repercusión entre los colectivos afectados. Transcurridos nueve años desde la publicación de dicho informe, el Síndic abrió una investigación con objeto de evaluar el grado de cumplimiento de las recomendaciones que realizó esta institución en aquel documento.

Además de los informes monográficos arriba mencionados, a lo largo de todos estos años, el Síndic ha investigado y tramitado numerosas quejas presentadas tanto por usuarios de los servicios de salud mental como por sus familiares y profesionales a nivel individual. Tanto los informes como las recomendaciones dictadas por esta institución sobre esta materia tienen como principal objetivo ofrecer a la Administración una radiografía del estado de la atención a la salud mental en nuestra comunidad y sugerir medidas que ayuden a paliar las dificultades asociadas a esta enfermedad y a que este colectivo reciba una atención sociosanitaria adecuada y de calidad.

El Síndic propone cambios normativos para mejorar la protección del comprador de vivienda protegida

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para pedirle que considere la posibilidad de incluir cambios normativos que regulen las cláusulas indemnizatorias en los contratos de compraventa. De esta forma, en aquellos casos en los que se resuelva el contrato por la no conformidad de la entidad financiera con la subrogación del préstamo hipotecario o la no concesión del solicitado, o por causas sobrevenidas derivadas de la precariedad laboral del comprador, se proceda a la devolución de la totalidad de las cantidades entregadas a cuenta, especialmente en los casos de vivienda en régimen de protección.

Esta ha sido la respuesta del Síndic a raíz de la queja presentada por un ciudadano que pedía la mediación del defensor valenciano ante su ayuntamiento tras rescindir el contrato de vivienda de promoción pública. El afectado manifestaba que había firmado un contrato de compraventa de una vivienda de protección oficial en régimen especial y había abonado más de diecisiete mil euros en concepto de entrega a cuenta e IVA. Posteriormente, y como consecuencia de la pérdida de su puesto de trabajo, presentó ante su ayuntamiento un escrito comunicando la imposibilidad de llevar a cabo la compra de la misma y solicitando la devolución de las cantidades abonadas, sin haber obtenido respuesta oficial del consistorio hasta el momento.

En esta situación de crisis económica que atraviesa nuestro país, las dificultades para acceder a una vivienda y los problemas que se derivan de ello, sobre todo los relacionados con la vivienda pública, son especialmente palpables en el Síndic de Greuges. Los retrasos en abonar las ayudas a la vivienda, la denegación de las prórrogas de subsidiación de préstamos para la adquisición de viviendas protegidas, los desahucios, la escasez de recursos habitacionales públicos, etc., son las principales razones por las que muchos ciudadanos acuden a esta institución.

En este caso concreto, y dado que la Conselleria ha anunciado su voluntad de aprobar una nueva normativa en materia de vivienda, el Síndic le ha sugerido que incluya en la misma una regulación de cláusulas indemnizatorias que, sin duda, supondría una mejora en la protección de las personas que compren vivienda pública. Además, el Síndic recuerda en su resolución que la Comisión Asesora de Cláusulas Abusivas dependientes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ya informó en el año 2001 a favor de un contrato de compraventa que recogiese estas previsiones. 

Participamos en una jornada sobre el derecho de acceso a la vivienda

El adjunto primero del Síndic de Greuges, Ángel Luna ha manifestado hoy que el acceso a la vivienda debe ser configurado como un derecho subjetivo exigible por todos los ciudadanos. En su opinión, la vivienda en España ha estado tradicionalmente fuera de la concepción del Estado de bienestar, dejándola en manos del sector privado por su estrecha vinculación con los intereses económicos. En este sentido «ha primado la visión economicista, la de la vivienda como bien económico como mercancía, frente al derecho fundamental que entiende la vivienda como una necesidad básica».

Asimismo, Luna ha insistido durante su intervención en que hay que garantizar al ciudadano el derecho a la vivienda, «no podemos permitir que haya un lanzamiento sin tener antes una alternativa habitacional», a lo que ha puntualizado que el derecho a la vivienda no significa tenerla en propiedad. Si bien, hasta ahora los poderes públicos han priorizado la propiedad como modelo de acceso a la vivienda, Luna ha apostado hoy por potenciar el alquiler como alternativa a este patrón.

El adjunto primero del Síndic ha realizado estas consideraciones durante el trascurso de la jornada Construyendo el Derecho a la Vivienda, organizada por la Asociación Española de Promotores Públicos de Vivienda y Suelo (AVS), el Patronato de Vivienda de Alicante y la Dirección General de Rehabilitación y Regeneración Urbana de la Generalitat.