Observatorio de la vulnerabilidad

Comisiones de trabajo

El propio Pleno del Observatorio podrán crear Comisiones de Trabajo cuando las características de los asuntos a tratar lo requieran, al estimarse la idoneidad de profundizar en alguna materia específica que conlleve de un mayor detenimiento en la reflexión y en el trabajo de estudio y análisis. Las Comisiones de Trabajo serán transversales y estarán constituidas, como mínimo, por tres personas miembros del Pleno del Observatorio, pudiendo contar con la participación de personas ajenas a éste cuya aportación se considere oportuna por su vinculación y conocimiento de la materia a tratar.

La dinámica de trabajo y periodicidad de las reuniones de las Comisiones de Trabajo se establecerán por las personas componentes de las mismas.

Comisión de trabajo sobre Renta Garantizada de Ciudadanía

Comisión de trabajo sobre el Ejercicio de la Tutela de Personas Mayores de Edad por la Administración Autonómica Valenciana

Lucha contra la pobreza y la desigualdad social en la C.V.