El Síndic insta a mejorar la difusión y el régimen de compatibilidades del «Asistente Personal» en el sistema de la Dependencia

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha dirigido una batería de recomendaciones a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para impulsar la prestación de la «Asistencia Personal» dentro del sistema de dependencia de nuestra Comunidad.

Una de las medidas demandadas por el defensor tiene que ver con la mayor difusión entre los servicios sociales y las personas con discapacidad y sus familias de esta prestación, ya que, en la actualidad, el «asistente personal» es una figura residual dentro de los recursos y servicios que se ofrecen dentro del Sistema de Atención y Apoyo a la Dependencia (SAAD). El desconocimiento de esta prestación no se da solo en las personas con dependencia sino incluso entre parte de los propios servicios sociales que olvidan proponer esta opción optando por otras más clásicas como cuidadores no profesionales en el ámbito familiar, centros de día o residenciales, etc.

También es importante para el Síndic que haya una mayor agilidad y rapidez en la resolución de los PIA. La actual demora desincentiva a los posibles solicitantes de asistencia personal de marcar esta preferencia debido al coste que deben soportar hasta que la Administración les abone las mensualidades con carácter retroactivo. Luna recuerda que para la prestación de «asistente personal» hay que contratar a una persona de forma privada aportando la documentación pertinente o recurrir a una empresa acreditada y debiendo adelantar una cuantía elevada de dinero durante unos meses mientras no se reconozca la prestación, situación que no es fácil de soportar. De ahí que reclame mayor agilidad en la resolución y el abono sin demoras de las mensualidades de esta prestación, así como un incremento de esta prestación económica a fin de que contribuya a una libertad real en la elección de la persona dependiente entre las diversas prestaciones y recursos.

Otra de las recomendaciones dirigida a la Conselleria tiene que ver con complementariedad de esta prestación. Una vida lo más autónoma posible e independiente se logra haciendo compatibles diferentes recursos y prestaciones que no encorseten las opciones vitales, permitiendo desarrollarse más allá de las actividades y atenciones recibidas en un centro. En este momento, la prestación económica de «asistencia personal» es compatible con el servicio de teleasistencia y los servicios de promoción de la autonomía o su prestación vinculada, a excepción de las viviendas tuteladas. El síndic emplaza a la Administración a regular con generosidad el régimen de compatibilidades en favor de la figura de la «asistencia personal». Especialmente, considera necesario compatibilizarlo con los centros de atención diurna, garantizando, de esta forma, la realización de un proyecto personal de vida con mayor autonomía.

La resolución del Síndic también ahonda en el número de personas que actualmente disfrutan de esta prestación por provincias (175 en total), diferenciando entre menores de edad y adultos; las personas que se encuentran a la espera de la misma o el perfil de los asistentes personales, entre otros detalles.

Aquí puedes consultar nuestra resolución: 11848067.pdf (elsindic.com)

El Síndic investiga la implantación del «Asistente Personal» en el sistema de la Dependencia 

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha abierto una queja de oficio para conocer la situación real de la figura del «asistente personal» en el sistema de la Dependencia en la Comunitat Valenciana, así como la perspectiva de futuro de este recurso ante la próxima reforma del Decreto 62/2017, del Consell, que establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema de servicios y prestaciones.

La prestación económica destinada a la contratación de un asistente personal ha sido, sin duda, la de menor implantación de cuantas prevé el sistema de la Dependencia. Según datos facilitados por el CERMI CV, aunque esta prestación ha mejorado cuantitativamente en los dos últimos años, sigue siendo residual pues supone tan solo el 0,07% de las prestaciones y recursos ofrecidos en la Comunitat Valenciana, siendo sensiblemente inferior a la media en España (0,54%).

Al síndic le preocupa que el desconocimiento de la figura de «asistente personal» por parte de la población e incluso por parte de los profesionales de los servicios sociales pueda ser la causa de su mínima demanda u ofrecimiento.  Asimismo, los datos evidencian que la demanda de esta figura es mínima dada la complejidad burocrática de la tramitación y su tardanza en concretarse, mientras existen recursos más instaurados como el Centro de Día y Ocupacional, más visibles y tangibles. Luna recuerda que para la prestación de «asistente personal» hay que contratar a una persona de forma privada aportando la documentación pertinente o recurrir a una empresa acreditada, debiendo adelantar una cuantía elevada de dinero durante unos meses mientras no se reconozca la prestación, situación que no es fácil de soportar para muchas personas.

Por ello, el síndic se ha dirigido a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para requerirle información. Uno de los datos que solicita es el número de asistentes personales que hay dentro del sistema de Dependencia en cada provincia de la Comunitat (distinguiendo los que son Personal de Asistencia Terapéutica Infantil). Igualmente, se ha interesado por la cantidad de solicitudes de esta prestación sin atender y si hay solicitudes de cambio desde otras prestaciones hacia la del «asistente personal».

En cuanto al perfil del «asistente personal», esta institución ha pedido información sobre su formación, edad, sexo y relación laboral. También le interesa el cálculo de la prestación económica (importes para Grado II y Grado III de dependencia) y la previsión del régimen de compatibilidades de esta figura de “asistente personal” con otras prestaciones o recursos.

A partir de ahora, la Conselleria debe contestar al síndic en el plazo de un mes, que podría ser ampliado por un mes más, con carácter excepcional y a instancias de la Administración.

El Síndic insta a Igualdad a tomar medidas para resolver el colapso de los expedientes de responsabilidad patrimonial de dependencia

El Síndic ha pedido a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que elabore un informe con las necesidades humanas y materiales necesarias para resolver el colapso en la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial de dependencia. Además, le insta a que, sobre la base de esa información, se tomen las medidas adecuadas para que funcione correctamente el servicio.

Tras iniciar una investigación de oficio sobre este tema, debido al gran número de quejas que llegaban sobre la demora en los pagos, la respuesta de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a las peticiones de información de esta institución revela que a día de hoy 14.000 familias siguen sin cobrar la prestación de su pariente fallecido y muchas de ellas llevan así desde 2017. A esto hay que añadir 3.634 a la espera de que le sean compensadas las minoraciones y 7.510 por el dinero del copago. En total, Igualdad tiene un atasco de 25.073 reclamaciones de responsabilidad patrimonial que por ley ya deberían haberse resuelto.

Tanto en el informe anual del Síndic de Greuges de 2019 como en el de 2018 ya se dejaba constancia de la tardanza en los expedientes para reclamar la responsabilidad patrimonial. La tendencia continuó durante 2020, motivo que llevó a esta institución a iniciar la investigación el 30 de diciembre del pasado 2020.

En cifras totales (reclamaciones de oficio y de parte) desde 2018 se han presentado 11.966 quejas, pero solo se han resuelto 19. Y el colapso no tiene visos de resolverse pronto, ya que según ha informado Igualdad al Síndic los expedientes en fase próxima a resolverse son 378.

Asimismo, el Síndic ha preguntado a la Conselleria de Igualdad si incluía el pago de los intereses en sus reclamaciones, bien sea por demora o por daños y perjuicios tras perder a un familiar. Este organismo critica que ni en los formularios ni en la web se mencionan los intereses que pueden reclamar las familias que demanden la responsabilidad patrimonial, porque solo explica el cálculo del inicio de la prestación hasta la fecha de defunción y sucede lo mismo en el caso de los afectados por el copago o por las minoraciones.

El Síndic de Greuges entiende que la conselleria debería de incluir una referencia a los intereses en las instrucciones para reclamar que tiene en su página web, puesto que no hacerlo limita la indemnización a la que tienen derecho los perjudicados.

Ver resolución https://www.elsindic.com/Resoluciones/11787218.pdf

Vivienda acepta la recomendación del Síndic y permitirá a las personas mayores dependientes optar a una vivienda pública en alquiler

La intervención del Síndic se produce a raíz de la queja presentada por un ciudadano de 61 años y con un 75% de discapacidad. Su cuidadora es su pareja, reconocida por la Ley de Dependencia. El afectado mostraba su disconformidad con los baremos actuales para acceder al programa de vivienda en régimen de alquiler para personas mayores.

El Síndic pudo comprobar que, según la normativa vigente, uno de los requisitos para acceder a este programa, destinado a personas con más de 60 años, es “no necesitar de la concurrencia de terceras personas para el desarrollo de su actividad diaria”. Es decir, no necesitar la ayuda de una tercera persona. Una condición que el defensor considera que se debería eliminar, tal y como reivindica expresamente en su resolución a la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.

“RECOMENDAMOS que, en relación con las promociones destinadas al programa senior o para personas mayores de 60 años, suprima o derogue el requisito de no necesitar de la concurrencia de terceras personas para el desarrollo de su actividad diaria.”

Pues bien, esta Conselleria ha aceptado esta recomendación y ha comunicado al Síndic “el inicio de la revisión  y estudio de los requisitos de adjudicación de las viviendas en las promociones  del programa  senior  en  el  sentido  de  eliminar  el  requisito  de no necesitar concurrencia de terceras personas para el desarrollo de su actividad diaria”.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

Tras nuestra actuación, la Conselleria abona la retroactividad al heredero de una mujer dependiente

A principios de marzo de este año, se dirigió a esta institución el heredero de una persona dependiente indicando que al morir su madre –con el PIA resuelto y cobrando la ayuda- se habían congelado los pagos. La administración le requirió nueva documentación de las firmas de los herederos; documento que presentó por registro en octubre de 2016. Desde entonces no había recibido ninguna comunicación ni resolución al respecto.

Tras nuestra actuación, la Conselleria nos comunica que ya ha dictado resolución reconociendo al autor de la queja como heredero de su madre y con el derecho al cobro de 2.384 euros en concepto de retroactividad correspondiente a la totalidad de las anualidades pendientes de pago. La Administración también le reconoció, en su condición de heredero, el derecho a cobro de 273 euros por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2015, fecha en la que se extingue la prestación al fallecer la titular de la prestación.

Reunión del Observatorio de la Vulnerabilidad del Síndic

El Observatorio de la Vulnerabilidad del Síndic ha analizado en la reunión de hoy las modificaciones al Estatuto de Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana. Para ello, hemos contado con el testimonio del presidente del CERMI en la Comunitat Valenciana, Luis Vañó que se ha felicitado por el consenso alcanzado en les Corts Valencianes a la hora de adecuar el Estatuto de las Personas con Discapacidad a la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, siendo la primera comunidad autónoma en hacerlo.

Durante la reunión de hoy también hemos informado al plenario sobre las quejas tramitadas desde el Síndic en torno a las ayudas de la dependencia y a las valoraciones de discapacidad.

Dependencia – La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se compromete con el Síndic a mejorar la gestión de prestación de cuidados en el entorno familiar

A principios de febrero, el Síndic de Greuges recomendó a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas una serie de medidas encaminadas a solventar las carencias detectadas por el defensor durante la tramitación de una queja de oficio sobre la prestación de cuidados no profesionales para atender a personas en situación de dependencia.

En concreto, el defensor del pueblo valenciano denunciaba que durante los tres últimos años el número de sesiones formativas específicas para los cuidadores no profesionales había disminuido notablemente, pasando de 180  acciones formativas en 2014 a tan solo 16 en 2016. Y en este sentido recomendaba a la administración a asegurar esta formación específica y reconocida por ley.

Desde el Síndic también insistíamos en la necesidad de desarrollar un protocolo para hacer seguimiento del PIA en el que se especifique, al menos, la periocidad y el contenido básico del informe de seguimiento a realizar, así como el órgano competente de llevarlo a cabo.

Igualmente, otra de las conclusiones a las que llegaba el Síndic tras analizar los datos ofrecidos por la administración es que  la asignación de esta prestación económica para cuidados en el entorno familiar, lejos de ser excepcional como establece la ley, supera el 50% de las prestaciones otorgadas durante el año 2017. De ahí que el defensor recomiende a la Conselleria que adopte medidas para asegurar que esta tipología de prestación responda, en todo caso, a la mejor cobertura de necesidades psico-afectivas y a las derivadas de la situación de dependencia de las personas valoradas.

Un conjunto de recomendaciones que has sido aceptada en su totalidad por la Administración autonómica.

http://www.elsindic.com/Resoluciones/10911349.pdf