El Síndic urge a crear un protocolo de intervención unificado y común para menores en situaciones de riesgo

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, acaba de hacer público el resultado de la primera investigación realizada por esta institución para diagnosticar la realidad social y administrativa sobre las situaciones de riesgo en la infancia y la adolescencia en la Comunitat Valenciana, y cómo lo abordan los servicios sociales, tanto a nivel autonómico como desde las entidades locales.

Entre las conclusiones de esta queja de oficio, que se abrió en junio de 2022, cabe destacar que no existe un protocolo de actuación común ni consenso o coordinación técnica sobre cómo proceder en cada paso de la intervención de menores en riesgo, por lo que a día de hoy el trabajo de los servicios sociales municipales es poco homogéneo y existe variedad de formas de definir y abordar la declaración de situación de riesgo.

Según el defensor del pueblo valenciano, la conselleria competente en materia de infancia y adolescencia tiene la obligación legal de poner a disposición de las entidades locales un protocolo para la detección, valoración e intervención en situaciones de riesgo con el fin de garantizar la unidad de criterio en el ejercicio de la acción protectora de menores en todo el territorio. Y así lo recomienda en su resolución.

En la Comunidad Valenciana, la competencia para detectar, valorar, intervenir, declarar y determinar el cese de la situación de riesgo corresponde a los ayuntamientos. Sin embargo, la Conselleria debería disponer de datos que permitan el diseño de políticas integrales de prevención y atención a situaciones de riesgo.

El informe remitido por la antigua Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas señala que sólo cuenta con los datos aportados desde los Equipos Específicos de Atención a la Intervención con Infancia y Adolescencia (EEIIA), pero no con los de los equipos de atención básica municipales. Así pues, también desconoce el grado de eficacia de dichas intervenciones y si hay necesidades que no están cubiertas en las entidades locales y que impiden mejorar su eficacia.

El Síndic considera que la Conselleria no puede eludir la responsabilidad de obtener los datos necesarios para avanzar en el diseño unificado de acciones para prevenir y atender a los niños, niñas y adolescentes (NNA) que puedan encontrarse en situación de riesgo, argumentando que la competencia en esta intervención corresponde a las entidades locales. Por ello, el síndic recomienda que asuma la responsabilidad de obtener también los datos de las intervenciones de los servicios sociales municipales.

De acuerdo con las cifras aportadas por la entonces Conselleria de Igualdad, el número de total de NNA atendidos por los EEIIA (Equipo Específico de Atención a la Intervención con Infancia y la Adolescencia) en la Comunitat Valenciana (2021) asciende a 12.885 (6.607 son varones y 6.278 mujeres). Por provincias, 1.916 en Castellón; 3.550 en Alicante y 7.419 en Valencia. De los 12.885 NNA valorados en situación de riesgo y derivados a los EEIIA, 616 personas menores de edad habían sido declarados en situación de riesgo, de las cuales 328 son varones y 288 mujeres. Por provincias,  86 en Castellón; 134 en Alicante; y 396 en València.

El Síndic también pide a la Conselleria que implante programas de formación de manera que se asegure el acceso de los profesionales de los distintos ámbitos (servicios sociales municipales y autonómicos, sanidad, educación, etc.) y se desarrolle la formación especializada. Además, que se reduzca la interinidad y la movilidad en las plantillas de los EAPB (Equipos Atención Primaria Básica) municipal.

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas sí indica en su informe que los principales motivos de intervención en los EEIIA en 2021 fueron los siguientes:

·         Negligencia:                                         3.673 casos.

·         Separación/divorcio:                         3.609 casos.

·         Salud mental/adicciones:                3.076 casos.

·         Maltrato emocional:                         1.938 casos.

·         Violencia de género:                         1.518 casos.

En esta investigación ha participado el Departamento de Sociología I de la Universidad de Alicante; 109 Ayuntamientos y 11 Mancomunidades que representan a otras 87 Ayuntamientos contestando cuestionarios. Además, también respondieron a los informes solicitados por esta institución las consellerias de Educación, Cultura y Deporte, Igualdad y Políticas Inclusivas y Sanidad Pública y Salud Universal.

Tabla elaborada a partir de los datos recopilados por la Universidad de Alicante sobre los cuestionarios que han contestado los servicios de atención primaria básica.

Motivos principales de la intervención en situaciones de riesgo

Consulta la resolución de consideraciones completa: 11983208.pdf (elsindic.com)

El Ayuntamiento de València acepta que los menores puedan identificarse sin foto para acceder a instalaciones deportivas municipales

El Ayuntamiento de València ha aceptado la recomendación del Síndic de Greuges de utilizar medios alternativos a la imagen fotográfica para la identificar a los menores de edad en el acceso a las instalaciones del Complejo Deportivo Piscina Valencia, ante la falta de consentimiento de los padres o tutores legales.

Así concluye la queja que presentó una vecina de València ante el defensor del pueblo autonómico por un incidente en materia de protección de datos. Concretamente, esta  ciudadana se negó a facilitar una foto de su hija menor de edad para el carnet de acceso a instalaciones deportivas de titularidad municipal, por considerar que existen otros métodos de identificación sin mostrar la imagen de una menor de edad. Sin embargo, la Fundación Deportiva Municipal, adscrita al Ayuntamiento de Valencia, le contestó que la aportación de la foto de su hija para el carnet de acceso a las instalaciones es un dato proporcional y necesario para formalizar la condición de socio y el acceso a las instalaciones.

En su resolución, el Síndic recuerda al Ayuntamiento la obligación legal de cumplir con lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales en cuanto a la necesidad de obtener el consentimiento de los padres o tutores para usar una fotografía del menor.

Por su parte, el Ayuntamiento de Valencia ha comunicado recientemente al Síndic  que ha modificado el procedimiento de inscripción de la Fundación Deportiva Municipal de València, para añadir la recomendación de esta institución en el sentido indicado en el párrafo anterior. También ha remitido copia de esta modificación en el procedimiento para ajustarse a la recomendación del Síndic y a la ley de Protección de Datos a SUMA Fitness Piscina València, por tratarse de la instalación en la que se produjo la incidencia.

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