Recomendaciones del Síndic para mejorar la calidad del aire en la ciudad de València y su entorno metropolitano

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha hecho llegar tanto al Ayuntamiento de València como a la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural cuatro recomendaciones encaminadas a mejorar al máximo posible la calidad del aire en la ciudad de València y su entorno metropolitano.

Cholbi inició la investigación de oficio en marzo de este año a raíz de las noticias aparecidas en los medios de comunicación que denunciaban que la ciudad de València superó los niveles recomendados por la Organización Mundial de la Salud en gases contaminantes en 2017.

A la petición de informe sobre esta situación, tanto la Conselleria como el Ayuntamiento respondieron al Síndic que los niveles recomendados por la OMS no dejan de ser recomendaciones orientativas. Si bien reconocían que las directivas europeas se van revisando en base a esas recomendaciones de la OMS, indicaban que “hasta que  no figuren en la normativa comunitaria no son exigibles”. También coincidieron en señalar que, atendiendo a los criterios establecidos en la normativa atmosférica vigente, durante el 2017 no se había excedido ningún límite legislativo en las estaciones de control, y ambas detallaron las acciones que estaban llevando a cabo en la lucha contra la contaminación atmosférica.

El Síndic, por su parte, valora el trabajo que están llevando a cabo estas dos administraciones, pero defiende la importancia de respetar las advertencias de este organismo internacional.  “Las recomendaciones de la OMS han sido redactadas por personas expertas y están fundamentadas en estudios científicos, por lo que, al margen de su mayor o menor obligatoriedad, es evidente que su cumplimiento es más que aconsejable cuando estamos hablando del derecho a la salud de las personas y del derecho a la protección de medio ambiente, dos derechos fundamentales de primer orden”.

En su resolución, el Síndic también se hace eco de una de las peticiones de la organización ecologista València per l’Aire y pide que se revisen y actualicen todas las estaciones pertenecientes a la Red Valenciana, así como su emplazamiento. Además, para mejorar la calidad de los datos y ejercer un mayor control,  Cholbi insta a ubicar una nueva estación de medición en un área de máxima concentración conocida como “La Aglomeración de l’Horta”.

Otras de las recomendaciones del defensor valenciano es la incorporación de las asociaciones ecologistas más representativas de la Comunidad Valenciana en el grupo de trabajo encargado de elaborar y actualizar del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la Aglomeración ES1016: L’Horta (zona de València y entorno metropolitano). Un grupo hasta ahora formado por representantes de la Generalitat, del Ayuntamiento de València, de la Autoridad Portuaria y también por investigadores de la fundación CEAM.

Por último, y teniendo en cuenta que el tráfico rodado es el principal foco contaminante del aire de la ciudad de València, el Síndic aconseja revisar y mejorar el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de València.

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic.

Instamos a que revisen y reconozcan como deportista de élite a una gimnasta acrobática que quedó primera en el campeonato autonómico y tercera en el de España

El Síndic de Greuges recibió la queja de un padre que denunciaba que la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte había denegado a su hija -de 13 años y gimnasta acróbata- la condición de deportista de élite de promoción. Una condición que no conlleva beneficio económico alguno pero que sí ayuda a compaginar la actividad deportiva con los estudios.

El padre entendía que su hija cumplía con los requisitos exigidos por la Generalitat: tenía más de 12 años y había quedado en primera posición en el campeonato autonómico y tercera en el campeonato de España, ambos en la modalidad de tríos infantiles.

Sin embargo, la Conselleria denegó la petición en base al apartado 4.2 de la Orden de 23 de abril de 2007, por la que se regulan los criterios de inclusión de deportistas de élite en la Comunitat Valenciana. Según la misma “los resultados que dan derecho a obtener la condición de deportistas de élite deberán ser obtenidos en campeonatos de máxima categoría, en referencia al nivel de competición. Los resultados obtenidos en competiciones de 2º nivel, 2ª división, 2ªcategoría, grupos de edades cuando exista un nivel superior que también integre esas edades no darán derecho a obtener la consideración de deportista de élite”.  Es decir, para la administración, la menor no competía en la máxima categoría que podría haberlo hecho por su edad. Según la interpretación de la Conselleria, la menor –con 13 años- debería haber competido en la categoría Senior para optar a ser deportista de élite de promoción.

Un argumento que no comparte el Síndic. Por un lado, Cholbi argumenta que el apartado 4.2 esgrimido por la Conselleria, cuya redacción es “confusa y deficiente” según el Síndic,  se refiere a las competiciones por las que se puede optar a deportista de élite, y no a la categoría en la que está integrada la deportista. Y señala que las categorías están definidas con claridad en el apartado 3 de la misma norma.

Para el Síndic está claro que tanto el Campeonato de España como el de la Comunitat Valenciana en los que participó la deportista son competiciones de máximo nivel. “Una competición infantil no es inferior a una competición juvenil; es simplemente diferente por motivos de la edad de las participantes en la misma”.

Pero es que además, el Decreto 13/2006 -que viene a regular los deportistas de elite en la Comunitat Valenciana- no deja lugar a dudas y define al deportista de elite nivel promoción como “deportista de 12 a 16 años que participe en modalidades y/o pruebas deportivas en competiciones oficiales de las categorías Cadete e inferiores y obtenga resultados en el campeonato de España o campeonato autonómico”. Llegados a este punto, el Síndic apela al criterio de jerarquía normativa y subraya que la Orden de 23 de abril de 2007 viene a desarrollar el contenido del mencionado decreto –una norma de rango superior- y por tanto no puede contravenir su contenido.

Por todo ello, el Síndic ha instado a la Conselleria a revisar y reconocer como deportista de élite de la Comunidad Valenciana, en nivel promoción, a esta gimnasta acrobática y a iniciar el correspondiente expediente de responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal o irregular de la administración. También le recomienda que modifique el punto 2 del apartado 4 de la mencionada orden para que sea más clara y taxativa de cara a futuras resoluciones de reconocimiento de la condición de deportistas de elite de la Comunitat Valenciana.

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic.

Investigamos la atención a los menores extranjeros no acompañados en la Comunitat Valenciana

El número de menores extranjeros no acompañados (MENA) que llegan a la Comunitat Valenciana no ha cesado de crecer. Si durante el año 2016 se prestó atención a un total de 156 menores, un año más tarde, y según datos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, fueron 317 los MENA atendidos por el sistema de protección autonómico. Lo que supone un aumento del 103% de este colectivo vulnerable mayoritariamente atendidos en centros de recepción y, en menor medida, en centros de acogida, siendo tan solo 13  el número de MENA derivados a acogimiento familiar.  En cualquier caso, se trata de un aumento exponencial que preocupa al  Síndic de Greuges que acaba de hacer pública una investigación en la que analiza y revisa la respuesta institucional que se ofrece a estos menores.

Una de las principales conclusiones que extrae el defensor autonómico es que la migración de los MENA no puede seguir siendo considerada como un fenómeno circunstancial en función de la mayor o menor afluencia de los mismos, sino que debemos asumirla como un factor estructural que no va a parar y que requiere una planificación y una intervención diferenciada que atienda a las necesidades específicas de los mismos, muchos de ellos sin referentes familiares, con desconocimiento del idioma, del entorno y en ocasiones víctimas de explotación.

Otro de los temas abordados en la investigación es la sobreocupación de los recursos residenciales. Para el Síndic, parte del problema estaría en el cuello de botella que se forma en los centros de recepción, la puerta de entrada de todo menor – sean extranjeros o no- al sistema de protección. Allí se prepara la documentación y se elabora el informe de diagnóstico para posteriormente derivar al menor al recurso más adecuado. Actualmente, existen 314 plazas en dichos centros, siendo 45 días el plazo máximo legal de estancia en este recurso. Un plazo que casi siempre se incumple, llegando a permanecer los menores allí hasta los seis meses.

APOYO PSICOLÓGICO Y LUCHA CONTRA EL TRÁFICO DE PERSONAS

En su resolución, el Síndic hace hincapié en la “extrema dureza” del trayecto migratorio que han protagonizado alguno de estos menores no acompañados que “arriesgan sus vidas y se ven obligados a ponerse en manos de traficantes, con todo lo que ello supone”. De ahí que Cholbi reclame protocolos de actuación –inexistentes en la actualidad- para atender las necesidades psicológicas y emocionales de estos menores derivadas de vivencias traumáticas previas. Además, el Síndic urge a actuar con más contundencia y coordinación administrativa a fin de identificar y combatir las redes de tráfico de personas a través de las cuales llega un número considerable de menores.

EXTUTELADOS Y ESCASAS PETICIONES DE ASILO ENTRE LOS MENA

El informe del Síndic también pone el foco en los MENA que alcanzan la mayoría de edad. Su futuro se vuelve todavía más incierto y de la noche a la mañana se enfrentan en solitario a la renovación de su autorización de residencia que caduca automáticamente al cumplir los 18 años. Se trata de un trámite repleto de dificultades debido a los requisitos que se les exigen, a las demoras del proceso  o, en el peor de los casos, a la no obtención del documento, que deja al joven extutelado  en el limbo, es decir, en una situación de absoluta desprotección y vulnerabilidad.

Por otra parte, al defensor autonómico le llama la atención las escasas peticiones de asilo de menores en nuestro país. Según datos de Eurostat, entre enero y octubre de 2017, España acumuló 26.000 peticiones de asilo y tan sólo 30 de ellas correspondían a menores extranjeros no acompañados. Un dato que contrasta con los de otros países (e.g. en Alemania se presentaron 35.935 y en Italia 6.020) y que evidencia una disfuncionalidad sobre la que debe profundizarse más, ya que podría encubrir situaciones de desprotección evidentes que vaya en contra de los menores y los coloque en una situación de riesgo innecesaria.

En este sentido, el Síndic pida al Consell que eleve esta cuestión al Gobierno español y particularmente al Ministerio de Asuntos Exteriores a fin de que las instituciones diplomáticas y consulares de los países de origen de estos menores en territorio valenciano actúen con arreglo a las obligaciones internacionales con la diligencia que exige el supremo interés del menor.

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto.

 

Instamos a Pego, Dénia y Ràfol de la Almúnia a que asuman la urbanización de Monte Pego

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha instado a los tres ayuntamientos en los que se encuentra ubicada la urbanización Monte Pego a tomar medidas para que se terminen las obras de dicha urbanización. Una vez que estén recepcionadas, les emplaza a prestar los servicios públicos obligatorios lo antes posible. Para ello, les recuerda que pueden arbitrar los procedimientos de ejecución subsidiaria que resulten precisos.

La resolución del Síndic responde a la queja presentada por una asociación de vecinos de la urbanización Monte Pego que denunciaba el deficiente estado de prestación de servicios públicos –alumbrado, alcantarillado, conservación de vías públicas urbanas y limpieza de las mismas y de los demás espacios públicos-  y como consecuencia de ello, el estado de insalubridad, la falta de conservación y malestar de los vecinos por el empeoramiento de la situación durante los últimos años.

El origen de los problemas que vienen padeciendo los interesados -y que ya ha sido objeto de varios pronunciamientos judiciales- se encuentra en el incumplimiento de la obligación del agente urbanizador de concluir las obras de urbanización, razón  por la cual las obras no han sido recepcionadas por la administración y, por tanto, la obligación legal de conservar la urbanización sigue recayendo sobre el urbanizador.

No obstante, el Síndic considera “contrario al más elemental sentido de la justicia” obligar a la propiedad a padecer la situación de abandono y desperfectos de las vías de referencia, cuando no tiene ninguna culpa respecto al retraso en la ejecución de las obras de urbanización o en los incumplimientos de los plazos previstos en el plan urbanístico de referencia.

En este sentido, el defensor señala que, si bien es verdad que ambas cuestiones son únicamente imputables al urbanizador, los servicios reclamados son servicios cuya prestación es obligatoria para los ayuntamientos implicados, por lo que considera imprescindible que estas administraciones municipales continúen adoptando todas las medidas que resulten necesarias para lograr la subsanación de las deficiencias detectadas y poder recepcionar las obras de la urbanización.

Igualmente, el Síndic advierte en su resolución que la falta de prestación de un servicio obligatorio como los detallados en este caso podría originar la responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de la administración, con la consiguiente obligación municipal de indemnizar los daños y perjuicios que se ocasionara a cualquier persona como consecuencia de la inexistente prestación de estos servicios públicos obligatorios.

El contenido íntegro de esta resolución está publicado en nuestra web

Reclamamos un mayor control sobre los apartamentos turísticos de la ciudad de València

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recomendado al Ayuntamiento de València que adopte las medidas que sean necesarias –incluida la incoación de los expedientes sancionadores- para garantizar que la actividad de los apartamentos turísticos se ajuste a ley de contaminación acústica y a la de alquiler de pisos vacacionales.

La actuación del síndic tiene su origen en la queja presentada por un vecino de Ruzafa que indicaba que desde marzo de 2014 viene denunciando las molestias acústicas, así como los problemas de convivencia y de seguridad que viene padeciendo como consecuencia de dos viviendas destinadas a alquiler turístico, sin contar, supuestamente, con las autorización indispensables para su funcionamiento. Y es que, de acuerdo con el PGOU de València, no se permiten viviendas turísticas en suelo residencial, dejándolo únicamente al suelo terciario.

En relación con esta situación, la única información suministrada por la administración ha sido la relativa a los intentos –todos ellos infructuosos- de girar visitas de inspección con la finalidad de determinar la realidad de las denuncias formuladas por el interesado en torno a la existencia de apartamentos de alquiler vacacional en el edificio en cuestión.

De la información remitida por el Ayuntamiento, el síndic también deduce la insuficiencia e ineficacia de las medidas adoptadas por la administración a raíz de las denuncias formuladas por el ciudadano, para paliar un problema que viene padeciendo y denunciando de manera constante. De ahí que el defensor insista en adoptar las medidas que resulten pertinentes para determinar la realidad de dichas denuncias y, muy especialmente, para garantizar que la actividad que –en su caso- se constate que se viene ejerciendo se ajusten a la ley.

Por último, en caso de que exista un incumplimiento de las obligaciones que establecen las normativas sectoriales aplicables, el Síndic estima procedente poner en marchar los expedientes sancionadores previstos en la legislación.

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta materia.

El síndic reclama auxilio para las personas que malviven en una casa abandonada de Torrevieja

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Torrevieja para pedirle que adopte las medidas que sean necesarias para ayudar a las personas que se encuentran malviviendo sin condiciones de habitabilidad en un inmueble abandonado de la calle Pedro Lorca de este municipio. Una vez desalojada la vivienda, el defensor insta al consistorio a ordenar al propietario el vallado del solar en el que se encuentra la misma.

Así se pronuncia el Síndic tras una queja presentada en esta institución que denunciaba la situación que sufrían los vecinos colindantes con dicho inmueble debido a la basura que acumulaban las personas que allí habitaban, así como a otro tipo de problemas de convivencia – peleas, gritos y quema de mobiliario etc.

De acuerdo con el informe de la arquitecta municipal remitido al Síndic, la construcción es ilegal. El documento confirma que en ella malviven varias personas sin condiciones de higiene ni habitabilidad, puesto que no hay ni luz, ni agua, ni alcantarillado. De ahí que el defensor considere prioritario que los Servicios Sociales municipales adopten con urgencia todas las medidas que sean necesarias para prestar auxilio a estas personas.

Por otro lado, el defensor recuerda al consistorio que si bien es verdad que la ley obliga al propietario a mantener el solar en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, no es menos cierto que también otorga atribuciones a los ayuntamientos para ordenar al propietario la ejecución de estos trabajos.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

Reunión del Observatorio de la Vulnerabilidad del Síndic

El Observatorio de la Vulnerabilidad del Síndic ha analizado en la reunión de hoy las modificaciones al Estatuto de Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana. Para ello, hemos contado con el testimonio del presidente del CERMI en la Comunitat Valenciana, Luis Vañó que se ha felicitado por el consenso alcanzado en les Corts Valencianes a la hora de adecuar el Estatuto de las Personas con Discapacidad a la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, siendo la primera comunidad autónoma en hacerlo.

Durante la reunión de hoy también hemos informado al plenario sobre las quejas tramitadas desde el Síndic en torno a las ayudas de la dependencia y a las valoraciones de discapacidad.

Listas de espera en la Unidad del Dolor del Hospital General de Alicante

Cuando Ana (nombre ficticio) acudió al Síndic, llevaba más de 10 meses en lista de espera para ser atendida por la Unidad del Dolor del Hospital General de Alicante. Con 61 años y de baja laboral por los intensos dolores diurnos y nocturnos, Ana no podía “llevar una vida ni medianamente normal”,  presentando tendencia a la depresión“ a consecuencia de su estado anímico.

Desde la Conselleria de Sanidad Universal nos comunicaban que la petición del facultativo para ser atendida en la Unidad del Dolor estaba clasificada como “prioridad ordinaria”, siendo la lista de espera para este tipo de peticiones de 13 meses.

No es la primera vez que el Síndic se pronuncia sobre estas demoras e insta a la Administración sanitaria a que adopte, a la mayor brevedad, cuantas medidas sean necesarias para reducir las listas de espera sanitarias y, en particular, las de la Unidad del Dolor del Hospital General de Alicante. Nuestros pronunciamientos sobre las quejas 1601832 y 1709845 se pueden consultar en nuestra web.

No hay duda de que la demora tanto en la asistencia sanitaria, en la entrega de resultados de pruebas diagnósticas, como en la aplicación de tratamientos o intervenciones quirúrgicas hace que los pacientes afectados vean obstaculizado el acceso efectivo a las prestaciones.

Desde el Síndic recordamos que las personas tenemos derecho a contar con una asistencia sanitaria que responda de forma inmediata y eficaz y que es responsabilidad de los Poderes Públicos garantizar ese derecho.

Más información sobre esta resolución en nuestra web: http://www.elsindic.com/Resoluciones/10923900.pdf

Pedimos mejorar la salud mental infantojuvenil con más inversión, planificación y coordinación

En los últimos años se ha producido un claro aumento de la demanda asistencial en el área de salud mental infantil. Cada año son más los menores atendidos. Entre las posibles causas de esta tendencia al alza, los expertos apuntan a que hay más información, mayor sensibilización y se pide ayuda antes, además de los avances en el diagnóstico, así como la incidencia que tiene para la salud de los más pequeños las vivencias traumáticas o problemas socio familiares.

En cualquier caso, de  la Estrategia de Salud Mental de la Comunitat Valenciana 2016-2020 se desprende que antes de los 14 años ya han aparecido la mitad de los problemas de salud mental y a los 17 años el 70% de los trastornos ya han debutado por lo que la prevención, detección y atención en edades tempranas debe ser una prioridad para abordar las situaciones de forma oportuna.

La asistencia a menores con problemas de salud mental en nuestra comunidad se realiza principalmente desde la Conselleria de Sanidad, aunque también desde la Conselleria de Educación y la de Igualdad y Políticas Inclusivas. De ahí que durante la tramitación de esta investigación el Síndic se haya dirigido a estos tres departamentos autonómicos en busca de información.  También ha contado con la experiencia de los profesionales del ámbito sanitario, social y educativo que forman parte del Observatorio del Menor del Síndic a fin de conocer las dificultades con las que se encuentran en su práctica diaria.

ATENCIÓN SANITARIA

En sus conclusiones, Cholbi reconoce un aumento evidente de los recursos sanitarios disponibles,  pero advierte que no son suficientes. Los indicadores disponibles muestran, por ejemplo, que la Comunidad Valenciana cuenta con 4 psiquiatras por cada 100.000 habitantes, cuando la OMS fija en 14 el número de profesionales de psiquiatría recomendados para atender a esta población; lo mismo pasaría con el número de psicólogos, enfermeros de salud mental, etc.

Según el informe remitido por la Conselleria de Sanidad Universal (julio 2017), los dispositivos específicos para atender a menores con problemas de salud mental en toda la Comunitat Valenciana son: 23 Unidades de Salud Mental Infanto-Adolescente (USMIA), 3 unidades de hospitalización (UPH) y 2 hospitales de día (HD) que atendieron durante el año 2016 a un total de 24.239 menores de edad. Unos recursos que el Síndic considera escasos teniendo en cuenta las listas de espera, la presión asistencial de los profesionales y la creciente demanda de los mismos. De ahí que solicite a la administración sanitaria más USMIA, más profesionales destinados a las mismas,  y en especial un aumento de psicólogos para mejorar la atención terapéutica. También insta a implantar una red suficiente de hospitales de día – inexistente en la provincia de Valencia- y de recursos residenciales de media estancia para menores de edad.

Además, el Síndic considera prioritario elaborar un Plan de Salud Mental Infanto-juvenil que desarrolle lo dispuesto en la Estrategia de Salud Mental de la Comunitat Valenciana 2016-2020. Un plan que, indudablemente, debe ir ligado a una dotación adecuada de medios económicos y personales y que también debe reforzar la coordinación del personal sanitario con los profesionales de servicios sociales y de educación para una atención integral de niños y adolescentes.

ATENCIÓN SOCIAL A MENORES VULNERABLES

En su resolución, el Síndic lamenta no haber recibido el informe solicitado a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a pesar de habérselo requerido en repetidas ocasiones. Las cuestiones que le planteaba el defensor estaban relacionadas con la atención a la salud mental de los menores sujetos a medida de protección.

A pesar de no contar con los datos oficiales solicitados, y de la información aportada por el Observatorio del Menor, el Síndic considera insuficiente la atención que reciben tanto los menores tutelados como los que se encuentran en situación de riesgo social y pide un protocolo que permita un acceso preferente y específico de estos menores a las USMIA.

En el caso de los menores víctimas de violencia de género, el Síndic considera imprescindible que estos accedan a los profesionales de salud mental pese la negativa del progenitor agresor, una situación inadmisible -por las consecuencias que puede tener para el desarrollo personal, familiar, y social la no intervención- que también se ha detectado en el seno del Observatorio del Menor del Síndic.

ATENCIÓN EDUCATIVA

Por su parte, la Conselleria de Educación indicaba en su informe que, a efectos escolares,  los menores con problemas de salud mental son evaluados por el servicio psicopedagógico escolar (SPE), encargado de identificar sus necesidades educativas y de proponer un Plan de Actuación individualizado con las medidas, recursos y apoyos que requieren.

No obstante, el Síndic viene tramitando quejas referidas a la atención que recibe el alumnado con necesidades educativas especiales e insiste en la necesidad de aumentar la dotación de orientadores y psicopedagogos tanto en los centros de educación primaria como en los institutos de secundaria a fin de implantar medidas preventivas, de detección y atención temprana a estos problemas. Asimismo, considera necesario actualizar la normativa en materia de atención escolar a alumnos con problemas de salud mental, atendiendo al principio de inclusión educativa.

Respecto a las nuevas Unidades Terapéuticas para atender al alumnado con problemas graves de salud mental que la conselleria quiere implantar y que, con carácter experimental, ya está en funcionamiento en el centro de educación especial de Castellón, el Síndic advierte de las críticas recibidas por parte de algunos profesionales sanitarios y pedagogos que consideran que estas unidades no responden a la filosofía de la educación inclusiva e integradora. Por lo que la institución propone evaluar las experiencias de las mismas con carácter previo a su implantación definitiva.

Ver la resolución del Síndic sobre la salud mental infanto-juvenil.

El síndic presenta su Informe Anual 2017 en les Corts

Durante el 2017, el Síndic de Greuges llevó a cabo un total de 30.136 actuaciones en defensa de los derechos de la ciudadanía, de las cuales 17.544 corresponden a quejas tramitadas por la institución (17.505 quejas de parte y 39 quejas de oficio) y 12.592 a consultas atendidas por su Oficina de Atención Ciudadana. Durante ese periodo, el Síndic dictó 6.476 resoluciones para mejorar las actuaciones y el servicio ofrecido por la Administración local y autonómica.

Así lo recoge el Informe Anual 2017 de la institución que José Cholbi ha entregado hoy al president de Les Corts Valencianes, Enric Morera y que posteriormente ha dado a conocer a los medios de comunicación.

Quejas %
Quejas presentadas por la ciudadanía 17.505 58,09%
Quejas iniciadas de oficio 39 0,13%
Consultas recibidas por la Oficina de Atención Ciudadana 12.592 41,78%
Total 30.136 100,00%

 

2013 2014 2015 2016 2017
Quejas 19.134 13.029 13.604 14.143 17.544
Consultas atención ciudadana 15.836 21.490 14.589 14.162 12.592
TOTAL ACTUACIONES 34.970 34.519 28.193 28.305 30.136

Evolución del trabajo del Síndic

 

Otro dato a destacar del documento es el importante grado de aceptación por parte de las administraciones públicas a las recomendaciones o sugerencias dictadas por el Síndic de Greuges durante el 2017, ya que de un total de 6.290 resoluciones respondidas al tiempo de redactar el presente Informe, se han aceptado 5.803, lo que supone un grado de aceptación de 92,3%.

 

Recomendaciones y sugerencias emitidas 6.476
Recomendaciones y sugerencias respondidas 6.290
Recomendaciones y sugerencias aceptadas 5.803
Recomendaciones y sugerencias no aceptadas 454
Recomendaciones y sugerencias parcialmente aceptadas 33

 

En cuanto a la procedencia geográfica de las quejas presentadas, los datos son los siguientes: el 1,36% de las quejas proceden de la provincia de Castellón, el 35,99% de la provincia de Valencia y el 62,65% de la provincia de Alicante.

  %
Provincia de Alicante 10.863 62,65%
Provincia de Castellón 235 1,36%
Provincia de Valencia 6.241 35,99%
Total 17.339 100,00%

PRINCIPALES QUEJAS  POR ÁREAS

El 59% de los problemas que ha investigado el Síndic en 2017 están relacionados con la prestación de servicios públicos básicos del Estado de Bienestar, es decir, con educación, sanidad, atención a la dependencia, servicios sociales, infancia, vivienda e igualdad.

Las principales materias sobre las que han tratado las quejas estudiadas por el Síndic en este último año son las siguientes:

  • Educación con un total de 6.661 quejas, de ellas 5.765 corresponden a acciones colectivas por la supresión de unidades concertadas de bachillerato en centros de la Comunitat Valenciana y por la disconformidad con el nuevo modelo lingüístico educativo valenciano conocido por “plurilingüismo”. También han llegado al Síndic las quejas por la atención deficitaria a menores con necesidades educativas especiales, ya sean por falta de profesionales de audición y lenguaje, de educadores o de profesionales de enfermería para proporcionar los apoyos específicos que requieren.  Asimismo, también han llegado quejas por los problemas que plantean los límites de edad en la escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales. En cuanto a la educación infantil, las quejas más frecuentes son por la falta de personal para solventar los problemas de higiene en las aulas de 3 años.

 

  • En materia de Medio Ambiente la institución tramitó un total de 2.891 quejas, siendo 1.322 de ellas por el tratamiento de aguas residuales en la Isla de Tabarca. También han sido muy habituales las quejas de contaminación acústica por el ocio nocturno,  casales festeros, comportamiento incívico entre vecinos, ruidos de tráfico etc. Otras hacen referencia a problemas de acceso a la información medioambiental, tratamiento de emisiones tóxicas y residuos de industrias, el plan eólico, etc.

 

  • En el área de Sanidad hemos recibido un total de 2.290 quejas, 1.183 de ellas corresponden a la actuación colectiva de padres de menores de edad que se quejaban por la falta de desfibriladores y otras medidas de atención a emergencias sanitarias en las instalaciones deportivas donde jugaban sus hijos. Otras quejas están relacionadas con las listas de espera sanitarias, acceso a técnicas de reproducción asistida, infraestructuras sanitarias, salud mental infanto-juvenil, los límites edad en los servicios de atención temprana a menores y  responsabilidad patrimonial.

 

  • El área de Tráfico acumula este año un total de 1.808 quejas, siendo 1.675 de ellas una acción colectiva por problemas en las avenidas Pérez Galdós y Giorgeta de Valencia.

 

  • Las quejas relacionadas con la aplicación de ley de atención a la dependencia aumentan este año hasta las 937 quejas. Las más habituales se refieren a los retrasos en el reconocimiento de las prestaciones reconocidas en esta ley. Asimismo, hemos empezado a recibir quejas relacionadas con los retrasos en la grabación de solicitudes debido a las consecuencias negativas que tiene para los ciudadanos la discrepancia de fechas. También son frecuentes las quejas en materia de responsabilidad patrimonial por fallecimiento de solicitante de la declaración de dependencia una vez excedido el plazo legal para resolver su solicitud.

 

  • En la materia de Servicios Locales constan un total de 937 quejas. La mayoría de ellas – 706 – son una acción colectiva por la ausencia de servicio público regular de transporte entre la isla de Tabarca y la península. El resto de quejas tienen que ver con el suministro de agua potable, la recogida de basura, el mantenimiento y ornato de vías públicas y espacios urbanos, el transporte municipal y la gestión de expedientes sancionadores.

 

  • Las quejas de Empleo Público son un total de 338 y guardan relación con los derechos de empleados públicos, comisiones de servicio, integración de personas con discapacidad en la función pública, funcionarios interinos, bolsas de trabajo, etc.

 

  • En Servicios Sociales hemos recibido 281 quejas sobre: retrasos en la valoración del grado de discapacidad, renta garantizada de ciudadanía, familias numerosas y monoparentales, familias de acogida, puntos de encuentro familiar, etc.

 

  • Urbanismo acumula un total de 279 quejas sobre: acceso a la información urbanística, demoras en conceder permisos y licencias, obras ilegales, tramitación y aprobación de planes urbanísticos e instrumentos de ordenación, limpieza y conservación de solares etc.

 

  • En el área de Régimen Jurídico hemos recibido 253 quejas que versan sobre: transparencia y participación ciudadana, buen gobierno, contratación, responsabilidad patrimonial, falta de acceso de información pública a concejales en la oposición, etc.

 

  • En Hacienda Pública constan un total de 157 quejas sobre: tributos gestionados por ayuntamientos (IBI, plusvalía, tasa de basuras, etc.) y también impuestos gestionados por la hacienda autonómica (impuestos sobre transmisiones patrimoniales, impuestos sobre sucesiones y donaciones, etc.).

 

  • En relación con los problemas de Vivienda pública, se presentaron 133 quejas debida a las demoras en acceder a una vivienda pública por parte de los colectivos más desfavorecidos. Unas demoras que se cuentan por años en la mayoría de los casos.

QUEJAS DE OFICIO

Respecto a las treinta y nueve investigaciones de oficio abiertas durante el 2017, la gran mayoría de ellas están relacionadas con los derechos de personas o colectivos en situación de desprotección, en riesgo de exclusión social o en situaciones de especial vulnerabilidad. Entre otros asuntos, este año hemos supervisado: la atención a menores ex tutelados; situación del centro de recepción de menores Alacant; la falta de docentes en educación especial; la atención a la salud mental infanto-juvenil; el funcionamiento de los puntos de encuentro familiar; la atención a las mujeres víctimas de violencia de género; inspección de centros residenciales de personas mayores; o la participación de menores extranjeros en deporte federado; la insalubridad de las viviendas del EIGE en barrio Miguel Hernández de Alicante, y ;  la falta de cirujanos pediátricos en hospitales de la CV, entre otras tantas.

INFORMES ESPECIALES

Al trabajo relacionado con la tramitación ordinaria de las quejas hay que añadir la presentación de tres informes especiales y/o monográficos que fueron entregados a Les Corts Valencianes durante el año pasado bajo los siguientes títulos:

  • El papel de los servicios sociales generales en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en los municipios valencianos durante la crisis, presentado en enero de 2017.
  • El ejercicio de la tutela de menores por las administraciones públicas valencianas, entregado en un mes más tarde, en febrero de 2017
  • La atención y la protección a las mujeres víctimas de violencia de género en la Comunitat Valenciana, que lo hicimos público en junio de 2017.

Cada uno de estos documentos concluye con un conjunto de propuestas de mejoras dirigidas a las administraciones con competencia en cada uno de los asuntos tratados.

COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN

En cuanto al grado de colaboración de las administraciones públicas valencianas con  esta Institución, queremos significar que sigue siendo muy elevado y satisfactorio. No obstante, el Informe Anual 2017 detalla trece administraciones que no han contestado a nuestras peticiones de información tras varios requerimientos, obligándonos a dictar resoluciones sin conocer el parecer de la administración denunciada. En esta situación se encontrarían:

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (en 133 quejas); Ayuntamiento de Elda (en 7 quejas), Ayuntamiento de Lliria (en 3 quejas); Ayuntamiento de Monforte del Cid (3 quejas); Ayuntamiento de Moncada (2 quejas); Conselleria de Sanidad Universal (1 queja); SUMA Gestión Tributaria (1 queja); Ayuntamiento Benaguasil (1 queja); Ayuntamiento de Catarroja (1 queja);   Ayuntamiento de Mutxamel (1 queja); Ayuntamiento de Náquera (1 queja); Ayuntamiento de Peñíscola (1 queja); Ayuntamiento de Rojales (1 queja).

También damos cuenta de aquellas administraciones que no han dado respuesta a nuestras recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales tras repetidos intentos de obtener respuesta. Esta sería la situación de:

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (en 95 resoluciones); Ayuntamiento de Elda (8 resoluciones, aunque en 3 recibimos respuesta tras comunicar el cierre); Conselleria de Sanidad Universal (2 resoluciones, aunque en una de ellas recibimos informe tras comunicar el cierre); Ayuntamiento de Catarroja (2 resoluciones); Ayuntamiento de Lliria (2 resoluciones, en una de ellas recibimos respuesta tras comunicar el cierre); Ayuntamiento de Moncada ( 2 resoluciones); Ayuntamiento de Mutxamel ( 2 resoluciones); Ayuntamiento de Orihuela (2 resoluciones); Conselleria de Educación (1 resolución); Coselleria de Vivienda (1 resolución); SUMA Gestión Tributaria (1 resolución); Ayuntamiento de Alginet (1 resolución); Ayuntamiento de Alicante (1 resolución), Ayuntamiento de Aielo de Malferit (1 resolución); Ayuntamiento de Bellreguard (1 resolución); Ayuntamiento de Burjasot (1 resolución); Ayuntamiento de Carcaixent (1 resolución que contestan tras comunicar el cierre); Ayuntamiento de Chiva (1 resolución); Ayuntamiento de Daimús (1 resolución); Ayuntamiento de Daya Nueva (1 resolución); Ayuntamiento de Oliva (1 resolución, que contestan tras comunicar el cierre de la queja); Ayuntamiento de Peñíscola (1 resolución); Ayuntamiento de Rojales (1 resolución); Ayuntamiento de Serra (1 resolución); Ayuntamiento de Torrevieja (1 resolución); Ayuntamiento de València (1 resolución); Ayuntamiento de Vinalesa (1 resolución).

En las dos situaciones descritas, hay expedientes en los hemos recibido el informe requerido después de haber dictado la resolución, y otros en los la Administración viene a contestar a nuestra resolución una vez que ya hemos cerrado la queja.

En cualquier caso y sobre esta falta de colaboración, el Síndic advierte de la idiosincrasia de esta institución y de la obligación de la administración a colaborar con la misma para su correcto funcionamiento: “La peculiar naturaleza de esta institución, cuyas resoluciones no gozan de fuerza para obligar a su cumplimiento, requiere de un elevado grado de colaboración de las administraciones y organismos sujetos a su control. De otra forma, el Síndic puede llegar a ser una voz que clama en el desierto, viéndose obligado a gritar cada vez más fuerte para que sus denuncias alcancen el suficiente grado de notoriedad”.

NOTA: Todas las resoluciones a las que hacemos mención en nuestro Informe Anual 2017 pueden ser consultadas en nuestra página web haciendo clic sobre el número de queja (en la versión digital). Igualmente, todos los informes especiales publicados durante el 2017 también se encuentran disponibles en nuestra web para su consulta y/o descarga.

El Informe Anual 2017 del Síndic de Greuges está disponible en esta página web.