Alumnas y alumnos del Máster Universitario en Abogacía de la UMH visitan el Síndic de Greuges

Esta semana hemos recibido la visita de dos grupos de alumnas y alumnos del Máster Universitario en Abogacía de la Universidad Miguel Hernández de Elche y del Ilustre Colegio de Abogados de Elche

Acompañados por los profesores del Máster, Vicente Pascual y Antonio Prats (decano del Ilustre Colegio de Abogados de Elche y diputado de la Junta de Gobierno del ICAE respectivamente), los estudiantes que han participado en la visita se han interesado por funcionamiento y las competencias del defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana, así como la utilidad de esta institución en el ejercicio de su futura profesión de abogado/a.

El Síndic de Greuges abre una queja de oficio por las consecuencias del cierre de Emaús

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha iniciado una queja de oficio para conocer las medidas que piensa adoptar la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para garantizar la continuidad en la atención a las personas atendidas en recursos de Emaús. El grupo está afectado por una demanda de concurso de acreedores que puede acabar con un ERE, afectando tanto a los trabajadores como a los usuarios allí atendidos.
La especial vulnerabilidad de las personas atendidas (mayores, menores en situación de desprotección, mujeres víctimas de violencias, personas con discapacidad) y la responsabilidad directa que la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas asume sobre muchas de estas personas (la mayor parte de los menores atendidos se encuentran bajo la tutela de la Conselleria) justifica la actuación del Síndic de Greuges en este asunto.
Las medidas que, según el Comité de Empresa, piensa adoptar la Administración autonómica (traslado de las personas atendidas a otros centros en los que exista disponibilidad de plazas) afectarían negativamente a los procesos de atención iniciados y por tanto a la estabilidad psicológica y emocional de las personas atendidas.
Hay que tener en cuenta que los menores atendidos están mayoritariamente tutelados por la Administración por encontrarse en situación de desprotección. Muchos de ellos se encuentran acogidos en los centros del grupo Emaús desde hace años, por lo que los/as educadores/as que les atienden se han convertido en sus referentes afectivos y en guías de sus procesos socio educativos. Igualmente, sus compañeros/as de centros, de escuela, de barrio, de actividades deportivas conforman un contexto que les proporciona la seguridad y estabilidad que no tuvieron en sus familias. Por todo ello, un posible traslado de centro supondría una nueva ruptura en la vida de estos menores y podría suponer una vulneración de sus derechos. Lo mismo ocurre con las personas mayores y con discapacidad que, por su edad y necesidades, viven con extrema inseguridad cualquier cambio de circunstancia que se pueda producir y en especial en su ámbito afectivo relacional.
El defensor del pueblo valenciano no puede entrar a valorar las cuestiones laborales que se encuentran actualmente sujetas a decisión judicial (ERE). No obstante, esta institución viene pronunciándose desde hace años respecto a las demoras, por parte de la Administración autonómica, en los pagos a las entidades que gestionan recursos de servicios sociales. Unos retrasos que han tenido consecuencias directas en los/as usuarios, pero también y no menos importantes, en los trabajadores de las mismas y en las propias entidades (muchas de ellas abocadas a su desaparición o a procesos como el que nos ocupa).
Sobre este asunto, el Síndic recuerda que desde hace años, los/as trabajadores/as de las entidades afectadas sufren importantes demoras en el cobro de sus salarios, llegando, como actualmente, a adeudárseles hasta siete mensualidades. No obstante, el defensor ha querido destacar y poner en valor la profesionalidad de las personas afectadas que siempre han continuado con su labor con absoluta diligencia en cada una de las quejas tramitadas sobre esta problemática

Reiteramos al Ayuntamiento de Alicante que aborde la situación urbanística de la Sangueta

El Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido por segunda vez al Ayuntamiento de Alicante para pedirle que regule, sin más dilaciones, el uso y destino de los terrenos del barrio de la Sangueta mediante un plan especial que se tramite al margen del nuevo Plan General de la ciudad. Una recomendación que ya le hizo llegar en agosto de 2015 y que el consistorio  aceptó en menos de un mes.

Y es que lo que pide el Síndic tanto en la resolución de ahora como en la del 2015 no es más que el cumplimiento del acuerdo adoptado por unanimidad de todos los grupos municipales en la sesión plenaria celebrada el 31 de marzo de 2015, en cuyo segundo apartado concluye “que se aborde de inmediato la ordenación del ámbito de dicha operación integrada (la Sangueta) mediante un plan especial que se tramite al margen del Plan General de la ciudad…”

Sin embargo un año más tarde, en noviembre de 2016, la Asociación de Propietarios del Barrio de la Sangueta acudió de nuevo a esta institución para trasladarle el incumplimiento de la mencionada recomendación, lo que motivó que el Síndic iniciara de nuevo sus actuaciones.

El Ayuntamiento de Alicante ha trasladado al defensor “la profunda reestructuración de la organización municipal, incluida la Concejalía de Urbanismo” que han llevado a cabo y su intención de acometer “a corto plazo- y en cualquier caso, dentro del presente mandato municipal” tanto la redacción del nuevo PGOU como la ordenación de la operación integrada nº6.

El Síndic, por su parte, recuerda que los propietarios de los terrenos llevan 50 años esperando una solución en la zona y que indudablemente esta larga espera les está creando innumerables perjuicios, ya que no se les permiten hacer un uso y disponibilidad absoluta de los terrenos por estar incursos en planes urbanísticos varios desde hace muchísimo tiempo. En cambio, deben asumir los costes de mantenimiento de las parcelas y las obligaciones tributarias correspondientes.

La resolución del Síndic sobre este asunto está disponible en la web.

Urgimos a acondicionar los barracones del CEIP Playas de Orihuela mientras duren las obras del nuevo centro

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido tanto al Ayuntamiento de Orihuela como a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte para instarles a tomar medidas con urgencia para solucionar todos los desperfectos y deficiencias actuales que arrastran las instalaciones provisionales del CEIP Playas de Orihuela, un centro compuesto exclusivamente por barracones desde hace más de catorce años.

Según ha tenido conocimiento el defensor del pueblo valenciano, el centro se ve obligado a suspender las clases cada vez se producen lluvias, ya que al parecer los desperfectos impiden la entrada al colegio tanto del alumnado como del profesorado. Todo por culpa de las goteras y las filtraciones de agua por las ventanas. Al parecer, la falta de mantenimiento y conservación de dichas instalaciones a lo largo de todos estos años están detrás de estas lamentables incidencias que se repiten con cada episodio de lluvia y que no solo afectan al material escolar, sino también a ordenadores y los cuadros de luz, con el consiguiente riesgo para la seguridad de toda la comunidad escolar.

Tras las investigaciones llevadas a cabo por esta institución, el síndic ha concluido que las instalaciones “no reúnen los requisitos mínimos que la legislación exige a los centros educativos y cuya ausencia determina que en él no se pueda ejercer, con eficacia, la actividad docente”. Asimismo, Cholbi advierte de que si bien es legítimo el uso de módulos prefabricados en centros educativos, estos deben tener un carácter residual y provisional durante el tiempo imprescindible de reforma, acondicionamiento o construcción de las instalaciones definitivas.

Por último, le preocupa el hecho de que estas niñas y niños se vean obligados a pasar toda la etapa de Educación Infantil y Primaria en unas instalaciones no aptas y que les coloca en una situación de desigualdad respecto a otro alumnado que sí dispone de aulas con todos los requisitos materiales y humanos para impartir una enseñanza de calidad.

La resolución del Síndic sobre este asunto se puede consultar y descargar en nuestra página web.

Presentación del Informe Anual del Síndic de Greuges 2016

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha entregado hoy al president de Les Corts Valencianes, Enric Morera, el Informe Anual de la institución correspondiente al ejercicio 2016. El documento constituye un resumen de la  actividad desarrollada por el Síndic de Greuges durante este ejercicio. A continuación facilitamos los datos más significativos a la hora de reflejar el trabajo desarrollado.

PRINCIPALES DATOS ESTADÍSTICOS DEL INFORME ANUAL 2016

De acuerdo con el informe del Síndic, a lo largo de 2016 se han atendido  un total de 28.305 actuaciones, de las cuales 14.143 han sido quejas y 14.162 han sido consultas atendidas por la Oficina de Atención Ciudadana. Estas cifras un mantenimiento de la importante cantidad de trabajo realizada por el Síndic en los años anteriores (28.193 en 2015).

En cuanto a las quejas registradas durante 2016, se han computado un total de 14.143, de las cuales 47 se han abierto de oficio y 14.096 han sido quejas presentadas por la ciudadanía. Unas cifras que reflejan un ligero aumento respecto al año pasado (13.604 quejas presentadas por la ciudadanía, de las cuales 32 fueron de oficio).

Años

Nº quejas

 2008

3.927

  2009

3.647

2010

9.504

2011

11.900

2012

14.585

2013

19.134

2014

13.029

2015

13.604

2016

14.143

 
   

 

Las materias que más preocupan a las personas que han acudido al Síndic durante el año 2016 son:

  • Educación con 5.259 quejas, relativas al “arreglo escolar” y supresión de unidades en centros concertados, el programa Xarxa Llibres de préstamo de libros, la implantación de la jornada continua, la atención al alumnado con necesidades educativas especiales y también las necesidades del alumnado con sobredotación intelectual, la existencia de fibrocemento de instalaciones escolares, la atención de las necesidades higiénico-sanitarias de los primeros cursos de educación infantil, los barracones.
  • Urbanismo con 2.614 quejas, relativas a la tardanza en facilitar información urbanística a los ciudadanos, la obtención de licencias municipales y autorizaciones autonómicas, la lentitud municipal y autonómica en incoar y resolver los expedientes de restauración de la legalidad urbanística y sancionador ante construcciones ilegales, la pasividad municipal a la hora de obligar a los propietarios a mantener los bienes inmuebles en condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias.
  • Empleo público con 1.158, relativas al elevado porcentaje de trabajadores interinos y temporales en la Administración, las demoras y diferencias de criterio en los procesos selectivos, las anomalías en el funcionamiento de bolsas de trabajo, el acoso laboral, etc.  
  • Medio ambiente con 933 quejas, relativas principalmente a la contaminación acústica, el mantenimiento y conservación de las vías pecuarias, el funcionamiento de vertederos.
  • Servicios públicos locales con 851 quejas, relativas a la prestación del suministro de agua, disconformidad con las facturas de abastecimiento de agua, el estado de seguridad y conservación de los viales públicos y la prestación del servicio de recogida de basura, la regulación del tráfico, la indefensión ante los expedientes sancionadores de infracciones de tráfico, etc.
  • Atención a la dependencia con 837 quejas relativas la demora en la resolución de expedientes, modificación del procedimiento de valoración en la provincia de Alicante, minoración de prestaciones reconocidas en PIA, la falta de reconocimiento de derechos a los herederos de las personas fallecidas sin haber obtenido el PIA, la suspensión de dos años en el acceso a prestaciones para cuidados en el entorno familiar, etc.
  • Sanidad con 473 quejas relativas a demoras en la asistencia sanitaria, los retrasos en la resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial sanitaria, la falta de información clínica, exclusión de los tratamientos de reproducción asistida, la falta de financiación de determinados medicamentos, la atención a menores en el servicio de urgencia y en las Unidades de Hospitalización Domiciliaria, la problemática de las tarjetas sanitarias a transexuales, la atención complementaria a personas con necesidades especiales en periodos de hospitalización, salud mental, abastecimiento de vacunas, etc.
  • Servicios Sociales con 448 quejas relativas a: los retrasos en la tramitación de expedientes de Renta Garantizada, al procedimiento utilizado para valorar la discapacidad sin requerir la presencia del interesado, los retrasos para valorar la necesidad de ayuda de tercera persona en los supuestos de discapacidad igual o mayor al 75%, barreras arquitectónicas, tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad, demoras en la solicitud de prórroga del título de familia numerosa, cómputo de hijos para el título de familia numerosa en los supuestos de custodia compartida, problemas relativos a los puntos de encuentro familiar, etc.
  • Régimen jurídico con 346 quejas relativas a: derecho al acceso a la información por parte de los ciudadanos, transparencia, responsabilidad patrimonial, etc.
  • Vivienda Pública con 134 quejas relativas a: la demora excesiva en adjudicar vivienda pública, demora por cambios de viviendas adjudicadas, demoras las labores de reparación de vivienda pública, retrasos en los pagos de las ayudas y subvenciones de los planes de vivienda, etc.

En cuanto a la procedencia geográfica de las quejas presentadas, los datos son los siguientes: el 2,70% de las quejas proceden de la provincia de Castellón, el 42,83% de la provincia de Valencia y el 54,46% de la provincia de Alicante. 

 

 

Nº Quejas

%

provincia de Alicante

7.130

54,47%

provincia de Valencia

5.607

42,83%

provincia de Castellón

354

2,70%

Total Comunitat Valenciana

13.091

100,00%

 

El Síndic también destaca en su informe el elevado y satisfactorio grado de colaboración de las administraciones valencianas con esta institución. Al igual que en los últimos años, no hay  ninguna administración hostil por no remitir los informes requeridos en el curso de las investigaciones efectuadas o no contestar a las recomendaciones o sugerencias del Síndic.

Por último, el informe presentado hoy también pone de manifiesto el elevado grado de eficacia de esta institución, ya que de un total de 12.471 quejas cerradas durante el año 2016, en 9.617 quejas se ha resuelto el problema denunciado de forma favorable para el/la ciudadano/a, lo que supone un 77,11%.

 

NÚMERO DE RESOLUCIONES DICTADAS EN 2016 Y  ELEVADO GRADO DE ACEPTACIÓN DE LAS MISMAS

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha dirigido un total de 14.122 resoluciones a las administraciones locales y autonómicas valencianas durante el año 2016. Sobre este aspecto, Cholbi ha destacado el importante grado de aceptación por parte de las administraciones públicas de sus resoluciones (recomendaciones, sugerencias y recordatorios de deberes legales), ya que de un total de 8.176 respondidas al tiempo de redactar el informe se habían aceptado 7.685, lo que supone un grado de aceptación de 93,99%.

No obstante, la realidad demuestra que, en muchos casos, la aceptación no implica su cumplimiento, por lo que la institución se sigue esforzando por hacer un seguimiento exhaustivo de las quejas para comprobar el cumplimiento real y efectivo de las mismas.

 

OBSERVATORIOS DEL SÍNDIC

El Informe del Síndic dedica este año un apartado especial a los dos observatorios del Síndic: el Observatorio del Menor y el Observatorio de la Vulnerabilidad. Ambos han demostrado ser unas herramientas de gran utilidad a la hora de detectar posibles violaciones de derecho en los colectivos más vulnerables de la sociedad: los menores, las personas con discapacidad, dependientes, personas en situación de exclusión social,  inmigrantes, refugiados, etc.  

Los dos Observatorios del Síndic están formados por personal de la institución y por expertos, profesionales y representantes de entidades que trabajan codo a codo con todos estos colectivos y que trasladan una visión muy precisa y actual de las problemáticas sociales. En este sentido, los Observatorios han supuesto para el Síndic un sistema de alerta temprana de situaciones que pudieran derivar en violaciones de derechos y libertades, aun cuando esas violaciones no hayan llegado a materializarse o a ser denunciadas por los afectados.

 

 

AUGE DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS

Los medios electrónicos (correo electrónico, formulario web y sede electrónica) han sido las vías de presentación de quejas más utilizada por la ciudadanía durante el año 2016. Así, un 57% de las quejas presentadas por ciudadanos/as han llegado al Síndic a través de nuestra página web o del correo electrónico. Igualmente, durante este año se han producido un total de 349.069 páginas vista en nuestro portal web y se han llevado a cabo 117.256 trámites electrónicos (consultas a expediente de queja online; envíos de clave; envíos de documentos relativos a expedientes de queja tanto a la administración como al ciudadano). Esta nueva forma de trabajar y relacionarse con la ciudadanía y la Administración está suponiendo un importante ahorro energético y medioambiental, cumpliendo así con uno de nuestros objetivos, que es conseguir una administración ecol&oacuteoacute;gica por medio de la utilización de las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación).

 

QUEJAS DE OFICIO ABIERTAS DURANTE 2016

Esta institución tiene la potestad de iniciar investigaciones de oficio, es decir, sin la necesidad de que se presente que ninguna persona presente una queja o reclamación. Estas investigaciones tienen como objeto comprobar si los derechos y libertades de la ciudadanía pueden haber sido vulnerados, colectiva o individualmente, como consecuencia de actuaciones u omisiones de la administración autonómica y local.

Este año queremos destacar el importante aumento de las quejas o investigaciones que el Síndic abrió de oficio, un total de 47, lo que supone un aumento del 47% respecto al año anterior (En 2015 se abrieron 32 quejas de oficio).

La problemática de estos expedientes de queja ha sido muy diversa  y principalmente el Síndic ha tenido conocimiento de las mismas a través de los observatorios del Síndic, de medios de comunicación o del tejido asociativo. Entre ellas destacamos:  las personas con discapacidad en bolsas de trabajo temporal; la situación de la vivienda pública en la Comunitat Valenciana; la violencia de género en la Comunitat Valenciana; la problemática de las niñas y niños refugiados; los puntos de encuentro familiar; las modificaciones en el proceso de valoración de dependencia; la asistencia sanitaria a alumnado con necesidades educativas especiales; las  instalaciones provisionales (barracones) en algunos centros de educación infantil y primaria; retraso en la publicación del nuevo modelo de Formación Profesional y del listado de centros que lo iban a impartir; las medidas judiciales en materia de responsabilidad penal del menor; el pago del impuesto de plusvalía en las ejecuciones hipotecarias; la situación de los menores extranjeros no acompañados; la demanda de logopeda para escolares sordos; la aplicación del programa Xarxa Llibres; la acogida e inserción a personas solicitantes de asilo y refugio; la necesidad de concurso de tercera persona en los procedimientos de valoración del grado de discapacidad, etc.

 

OTROS DATOS ESTADÍSTICOS DE INTERÉS DEL INFORME ANUAL 2016

  • Vía de presentación de las quejas

 

Presentación

%

WEB

6.005

42,46%

Personación

3.612

25,54%

Correo Común

2.246

15,88%

Email

1.995

14,11%

Otras Administraciones

150

1,06%

FAX

87

0,62%

De oficio

47

0,33%

Defensor del Pueblo

1

0,01%

TOTAL

14.143

100,00%

 

  • Forma en la que han terminado la tramitación de las quejas en 2016

Forma de finalización de las quejas

%

Se solucionó

907

7,27%

Con recomendación, sugerencia o recordatorio (respondidas)

8.176

65,57%

Actuación administrativa correcta

2.151

17,25%

Cerradas por otros motivos

45

0,36%

Se solucionará

1.025

8,22%

Traslado al Defensor del Pueblo

165

1,32%

Total

12.469

100,00%

El Síndic pide mejorar la atención a menores con problemas de conducta, de salud mental y atención a menores con diversidad funcional

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, acaba de hacer pública una resolución sobre menores con problemas de conducta internados en centros específicos en la Comunidad Valenciana. Esta modalidad de centro ya fue objeto de estudio por parte del Síndic y del Defensor del Pueblo español.

En el curso de la investigación, el Síndic ha visitado los cinco centros de protección específicos de menores con problemas de conducta existentes en la Comunidad Valenciana. En su conjunto suman 86 plazas, ocupadas al 100% en la actualidad, destinados a la atención de chicas y chicos, de entre 12 y 17 años,  sujetos a guarda o tutela de la Generalitat que presenten conductas disruptivas o disociales recurrentes que trasgreden las normas sociales y de convivencia así como los derechos de terceros. El 70,5% de las/los menores internados se encuentran bajo la tutela de la Generalitat.

En el caso de estos menores tutelados por la Generalitat el Síndic lo tiene claro, en demasiadas ocasiones las conductas que provocan los ingresos de menores tutelados en estos centros específicos son fruto de las situaciones de desprotección a las que han estado expuestos a lo largo de sus vidas.  “No olvidemos que son niños y niñas muy dañados a nivel emocional y psicológico que han pasado por vivencias familiares muy duras hasta finalmente encontrarse en desamparo”. Cuando pasan a ser tutelados por la Administración, estos menores comienzan otra odisea, el peregrinaje por las distintas medidas, recursos y centros de protección. Todo este vaivén y la incertidumbre mantenida sobre su futuro provocan consecuencias irreversibles en su desarrollo emocional y cognitivo.

El otro 29,5% de menores internados están bajo la guarda de la Generalitat.  En muchos de estos casos, las familias, ante la falta recursos intermedio sanitario y/o educativo para atender situaciones graves de inadaptación familiar y social del menor (como pueden ser conductas agresivas dentro y fuera de la familia, violencia filioparental o el consumo de tóxicos), desbordados por la situación llegan a solicitar a la Administración medidas temporales de separación familiar, lo que se traduce en el internamiento del menor en este tipo de centro.

Otra de las anomalías que ha detectado el Síndic en su informe es que un número importante de los/as menores atendidos/as en estos centros no tiene el perfil previsto legalmente para su ingreso. Cholbi se refiere a menores con discapacidad o con enfermedad mental diagnosticada que permanecen internos/as en estos centros, cuando la ley lo prohíbe expresamente e indica que se les debe garantizar un tratamiento específico por parte de los servicios competentes en materia de salud mental y discapacidad. “No olvidemos que en este tipo de centros está prevista la utilización de medidas de contención y de restricción de libertades o derechos fundamentales”.

Asimismo, el Síndic advierte de que la deficiente dotación de recursos de salud mental infanto-juvenil (ambulatorios, centros de día, apoyo a las familias, etc.)  así como la ausencia de recursos residenciales específicos para atender a menores (no necesariamente en situación de desprotección) con problemas de salud mental o diversidad funcional está provocando que la única Administración que atiende este tipo de problemáticas sea la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. 

En este sentido, considera “escasa” la implicación de otras administraciones, especialmente sanidad y educación, que en ocasiones provoca un efecto perverso al considerar desprotección situaciones que podrían haberse resuelto desde la red sanitaria o educativa,  si hubieran estado bien dotadas.

En cualquier caso, para el Síndic, la solución no es aumentar el número de plazas residenciales específicas para atender a los menores con problemas de conducta, sino establecer un sistema de protección sólido, con recursos coordinados y muy especializados que sea capaz de intervenir de forma temprana y eficaz sobre estos menores para que no tener que recurrir en el futuro a las medidas más drásticas. La Administración debe evaluar en profundidad el sistema actual de protección integral a la infancia y adolescencia y a partir de ahí  fijar un plan estratégico que mejore la atención a menores con problemas de conducta, salud mental y atención integral a la diversidad funcional. Un plan que, indudablemente, debe ir ligado a una dotación adecuada de medios económicos y personales necesarios.

La resolución del Síndic sobre este asunto está disponible en nuestra página web.

El Observatorio del Menor se reúne por primera vez en Castellón con participación de veintidós entidades y asociaciones en defensa de la infancia y adolescencia

El Observatorio del Menor del Síndic de Greuges, con representación de veintidós entidades de Castellón, Valencia y Alicante, ha celebrado hoy, por primera vez, la reunión del pleno en Castellón. Un observatorio que lleva funcionando año y medio con un objetivo muy claro: velar por los derechos de la infancia y adolescencia. Para ello, sus miembros mantienen reuniones trimestrales donde trasladan posibles situaciones de vulneración de los derechos de los menores que han detectado desde sus respectivas perspectivas y ámbitos de actuación profesional. Asuntos que son abordados y analizados en profundidad por los expertos de este órgano a fin de elaborar propuestas de mejoras dirigidas a las administraciones públicas competentes. 

La alcaldesa de Castellón, Amparo Marco, ha sido la encargada de dar la bienvenida a los miembros del Observatorio y ha mostrado su satisfacción por acoger esta reunión en el Ayuntamiento de la ciudad. Por su parte, Marco ha manifestado que “la protección de la infancia es un principio que debería ser transversal en todas las administraciones y en todas las áreas de gestión.” Y en este sentido ha hecho público su compromiso de priorizar las políticas de inclusión social y modificar aquellas actuaciones que puedan situar a los menores en situación de riesgo de desprotección.  

EN LA COMUNIDAD VALENCIANA HAY 3.848 MENORES CON MEDIDAS DE PROTECCIÓN FUERA DE SUS HOGARES

Precisamente,  hoy el Observatorio del Menor ha presentado ante los medios de comunicación su último informe bajo el título “El Ejercicio de la Tutela de Menores por la Administración valenciana”. El documento, elaborado por técnicos de servicios sociales de la Administración,  profesionales de centros de menores, familias acogedoras, y técnicos del Síndic, pone de manifiesto la necesidad imperiosa de definir un Plan Estratégico de Atención a la Infancia y Adolescencia, una recomendación recurrente del defensor valenciano desde que en 2010 prescribiera el II Plan Integral de Familia e Infancia de la Comunitat Valenciana.

De acuerdo con la información a la que ha tenido acceso el Observatorio, a fecha 31 de diciembre de 2015, el número de menores bajo medida de protección jurídica por parte de la Administración autonómica ascendía a 3.848, de los/las que 3.128 menores habían sido declarados en situación de desamparo (tutelados por la Generalitat).

De los 3.848 menores que se encontraban con medida jurídica de protección, 1.083 estaban en acogimiento residencial y 2.765 en acogimiento familiar. De estos últimos (acogimiento familiar),  2.060 en acogimiento en familia extensa y 705 en familia educadora.

 

Menores con medida de protección

Acogimiento familiar

Familia extensa        2060

Familia educadora     705

Acogimiento residencial

                                    1083

TOTAL

                                    3848

 

Al defensor del pueblo valenciano le preocupa especialmente la situación de algunos/as menores que ya han sido declarados en situación de desamparo y que, a pesar de ello siguen permaneciendo en sus domicilios (la Conselleria informó de 42 menores en esta situación). Estas incidencias se producen en ocasiones por la falta de recursos para poder atenderles (plazas de acogimiento residencial o familiar) y en otras por intentos frustrados de retirar al menor, por no localización del mismo, desestimación judicial de entrada al domicilio, etc. Cualquiera que sea la razón, lo que está claro para el Síndic es que al prolongar la estancia del menor en su domicilio se está aumentando el tiempo de desprotección del mismo.

ACOGIMIENTOS FAMILIARES DE MENORES

Igualmente, el Síndic considera preocupante el número de menores de 0 a 6 años que se encuentran en acogimiento residencial, un total de 83, así como sus prolongadas estancias en los centros, muy superiores a los tres meses previstos en la ley. El informe del Observatorio el Menor destaca la necesidad de no acordar los acogimientos residenciales de niñas y niños de edades comprendidas entre los 0-3 años y progresivamente los de edades comprendidas entre los 3-6 años.

El defensor del pueblo valenciano también destaca el valioso e inestimable papel de las familias de acogida en los procedimientos de protección. Unas familias merecedoras de toda la consideración y el respeto por parte de la Administración pública, ya que “conocen las necesidades  emocionales y psicológicas de las niñas y niños que acogen en su seno.” Sin embargo y de acuerdo con las mismas, en muchas ocasiones no se tiene en cuenta su opinión a la hora de tomar decisiones para la protección de los menores que han tenido acogidos. 

El Síndic toma el pulso a la atención a urgencias sanitarias de las instalaciones deportivas en la Comunidad Valenciana

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recibido  una queja presentada por un grupo de padres y madres acompañada de más de un millar de firmas que solicitan la mediación del defensor del pueblo valenciano para que la existencia de desfibriladores y la asistencia sanitaria en las instalaciones deportivas sea obligatoria por ley.

Los múltiples y graves accidentes deportivos que se producen en el campo de juego han hecho saltar las alarmas de madres y padres que se están movilizado para que practicar deporte, en este caso fútbol, deje de ser una actividad de riesgo. Y es que los desplomes de jugadores menores de edad, los choques entre ellos y golpes en zonas sensibles como la cabeza o el pecho no son tan excepcionales. Los padres afirman que “todos los fines de semana ocurren casos parecidos. Está en juego la salud y la vida de nuestros hijos y debe respetarse el derecho a practicar el deporte en unas condiciones mínimas para su seguridad”.

Los autores de la queja comunicaron al defensor del pueblo valenciano  que habían conseguido “avances puntuales” en algunos municipios como resultado de sus movilizaciones. Por ejemplo, que una ambulancia diera cobertura a las competiciones del fin de semana en la ciudad de Alicante o que el personal encargado de las instalaciones deportivas de esta ciudad tuviera a mano un número de urgencias para acortar el tiempo de espera hasta poder ser atendidos.

No obstante, estos padres estiman necesario que todas las instalaciones deportivas de la Comunidad Valenciana en las que juegan miles de niños, adolescentes y adultos cuenten con unas condiciones adecuadas de seguridad que permitan prestar una atención apropiada y necesaria en caso de accidente deportivo. Entre las medidas que reivindican estos padres destaca la existencia de desfibriladores en todas las instalaciones deportivas. En la provincia de Alicante, algunos municipios como Elche o Elda ya lo han instalado, pero según estos padres “hay multitud de campos en los que no existe y no podría hacerse nada para salvar la vida de los niños ante incidentes graves”,  y entienden que no se puede dejar a merced de la voluntad de los municipios el atender estas necesidades o no.

La actual Ley del Deporte de la Comunidad Valenciana dispone en su artículo 86 la aprobación, mediante decreto del Consell, de la Normativa Básica de Instalaciones y Equipamientos Deportivos, un documento concebido para regular, entre otros aspectos, la existencia de equipos de atención a urgencias sanitarias, así como la formación del personal de las instalaciones deportivas en la atención de situaciones de urgencias médicas.

De momento, el Síndic está a la espera de que tanto la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte como la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública contesten a la petición de informe que les dirigió el pasado 21 de febrero. En concreto, Cholbi quiere conocer las actuaciones que están realizando o tienen previsto realizar en relación a la dotación de desfibriladores en las instalaciones deportivas de la Comunidad Valenciana. El Síndic también se ha interesado por los protocolos o mecanismos de coordinación entre las dos consellerias, así como con las entidades locales, que son las titulares de las instalaciones deportivas, en lo relativo a asistencia sanitaria para los usuarios de las mismas. 

El Síndic reclama unos Puntos de Encuentro Familiar dignos que garanticen el interés superior del menor

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, está a la espera de que la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se pronuncie sobre las recomendaciones que el pasado mes de enero le hizo llegar en relación al funcionamiento de los puntos de encuentro de toda la comunidad.

En concreto, el defensor del pueblo valenciano instaba a la Conselleria a que, dentro de sus competencias de control y supervisión, verificara si la modificación de las condiciones laborales del personal que presta servicios en la empresa adjudicataria que gestiona los Puntos de Encuentro familiar había podido o pudiera afectar a la prestación del servicio público y en caso afirmativo que adoptara las medidas oportunas para corregir dicha deficiencia.

En su resolución, el defensor recuerda que la Administración debe velar siempre por el interés superior del menor, por su integración familiar y social así como por la prevención y la detección precoz de todas aquellas situaciones que pueden perjudicar su desarrollo personal. Para tal fin, el defensor recomienda a la Conselleria que haga un esfuerzo organizativo y presupuestario que permita una red de Puntos de Encuentro Familiar digna y adecuada en toda la Comunidad Valenciana.

Los Puntos de Encuentro Familiar son un recurso gratuito, universal y especializado que depende de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas con un objetivo claro: facilitar el cumplimiento del régimen de visitas establecido en situaciones de crisis o ruptura familiar. Se trata de espacios neutrales en los que los menores pueden ejercer su derecho a relacionarse con ambos progenitores y/u otros parientes mediante la intervención temporal de un equipo multidisciplinar de profesionales debidamente formados.

No entra dentro de las competencias del Síndic de Greuges decidir sobre las fórmulas de organización administrativa que debe emplear la Administración para gestionar los servicios públicos. Por eso, esta institución no entra a valorar si la gestión de este servicio debe ser directa o indirecta, ni las diferentes modalidades (concesión, concierto, creación de entidades o fundaciones…) que podría adoptar. Ahora bien, cualquiera que sea la opción utilizada por la Administración, el Síndic entiende que el servicio ofrecido debe ser digno y de calidad, más aun teniendo en cuenta que lo que está en juego es el bienestar de niñas y niños, así como el ejercicio de sus derechos a mantener una relación adecuada con sus familiares y/o allegados más directos.

La resolución del Síndic sobre esta cuestión está disponible en nuestra web.

Transparencia y acceso a la información 

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Elche para recomendarle que facilite a un vecino la información urbanística que solicitaba en relación con las obras de un hotel en Arenales del Sol. En concreto, el afectado quería acceder, consultar y visualizar el expediente de disciplina urbanística así como los informes técnicos de los servicios municipales respecto a este asunto.

En la resolución, el defensor del pueblo valenciano recuerda que la normativa vigente sobre acceso a la información urbanística y ambiental es contundente a la hora de reconocer el derecho a los ciudadanos/as a ser informado por la Administración competente de forma completa por escrito y en plazo razonable, así como el  derecho a participar en los procedimientos de elaboración y aprobación de instrumentos de ordenación del territorio,  ejecución urbanística o evaluación ambiental. Los mecanismos previstos para ejercer esta participación ciudadana van desde la formulación de alegaciones y propuestas hasta la presentación de reclamaciones y quejas. En todo caso, el ciudadano/a deberá obtener una respuesta motivada por parte de la Administración competente, que además facilitará, cuando se le solicite, la obtención de copias o certificación de disposiciones o actos administrativos adoptados.  

El Síndic recuerda que el Tribunal Supremo también se ha pronunciado sobre esta cuestión exigiendo el cumplimiento de la ley y la no privación de los medios necesarios para ejercer con pleno conocimiento la acción pública en materia urbanística.

La resolución del Síndic sobre este asunto se puede consultar en nuestra web.