El síndic y los adjuntos participan en  las XXX Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo que se celebran en el Parlamento de Cantabria

El síndic de greuges de la Comunidad Valenciana, José Cholbi, y los adjuntos Ángel Luna y Carlos Morenilla van a participar, durante los días 17 y 18 de septiembre, en las XXX Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo que se celebran en el Parlamento de Cantabria (Santander).

El encuentro de este año se va a dedicar a analizar el derecho constitucional a la vivienda, así como la función de la vivienda pública en la sociedad actual. Durante la sesión de trabajo del jueves 17, José Cholbi intervendrá en una mesa para hablar sobre la vivienda pública vacía.

Las jornadas de coordinación son reuniones de carácter anual, que congregan a los titulares y representantes de las instituciones de defensores del pueblo tanto autonómicas como la estatal. El principal objetivo de estas reuniones de trabajo es facilitar el intercambio de experiencias, así como la reflexión sobre cuestiones relativas a la problemática de las quejas que presenta la ciudadanía. 

El Síndic se pone al servicio de los refugiados

Desde hace tiempo Europa viene siendo testigo directo del enorme drama que acompaña a la guerra, al hambre, a la intolerancia y a la insolidaridad de algunos pueblos. Padecimientos que se visualizan en los rostros de quienes tratan desesperadamente de alcanzar nuestras fronteras y en los cuerpos inertes de aquellos cuyas esperanzas se quedaron por el camino.

Esta situación, lejos de ser superada, se ha visto ampliamente empeorada con ocasión del estallido de diversos conflictos bélicos que han venido a provocar la que ya se identifica como la mayor crisis de refugiados vivida por Europa desde la II Guerra Mundial.

En este contexto, el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana no puede permanecer impasible ante tal atentado contra los derechos humanos de cientos de miles de personas. Por tal motivo, estimamos necesario y un deber:

1. Expresar su máxima solidaridad y su firme compromiso ante tales colectivos, poniendo esta institución a su servicio y ofreciéndose a servir de cauce eficaz para la defensa de los derechos que les asisten y para garantizar su adecuada acogida, haciendo especial hincapié en la atención de los menores.

2. Suscribir plenamente la Declaración del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados sobre la crisis de refugiados de Europa, sumándose así al llamamiento realizado por tal organismo internacional.

3. Recordar a las autoridades públicas europeas y españolas las previsiones contenidas en los artículos 3.5 y 21 del Tratado de la Unión Europea acerca de las relaciones de ésta con el resto del mundo y su acción en la escena internacional, en las que se definen los principios que han de inspirar las políticas y las acciones comunes y que se traducen, entre otros, en el fomento de la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad y el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional.

Asimismo, los compromisos asumidos por la Unión de definir y ejecutar políticas comunes que tengan por cometido mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional; promover un sistema internacional basado en una cooperación multilateral sólida y en una buena gobernanza mundial; y ayudar a las poblaciones, países y regiones que se enfrenten a catástrofes naturales o de origen humano.

Ello, al objeto de atender las demandas planteadas por las personas refugiadas y, en particular, las solicitudes de asilo cursadas al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

4. Hacer un llamamiento al Gobierno de España, a la Generalitat y ayuntamientos de la Comunidad Valenciana para que, con la mayor de las urgencias:

  • Asuman los máximos niveles de compromiso y solidaridad para acoger, con plena garantía, al mayor número posible de personas que huyen de la guerra y de la pobreza.
  • Coordinen entre sí, con las instituciones internacionales y europeas y con las organizaciones y colectivos ciudadanos, las acciones que al respecto deban acometerse, al objeto de propiciar actuaciones conjuntas dotadas de la máxima efectividad.
  •  Insten a las instituciones internacionales y europeas el desarrollo inmediato de políticas  comunes que contribuyan eficazmente a paliar los problemas que se suscitan en los Estados de origen de las personas refugiadas, causantes de la crisis migratoria.

5. Mostrar su máximo reconocimiento hacia las múltiples iniciativas solidarias que se están llevando a cabo desde distintos sectores sociales y, al mismo tiempo, animar a la Sociedad en general y, en particular, a los colectivos empresariales y a aquellos que dispongan de mayores recursos, a que en la medida de la capacidad que ostenten colaboren, de forma coordinada, en la atención de las ingentes y apremiantes necesidades que presentan estos colectivos ciudadanos, especialmente en los ámbitos habitacional, sanitario y alimentario.

 

Instamos al Ayuntamiento de Granja de la Costera a que facilite la información solicitada sobre un PAI

La actuación del defensor del pueblo valenciano se originó al recibir la queja de una vecina que manifestaba que se había dirigido en reiteradas ocasiones al consistorio solicitando información relativa a dicho PAI industrial I-I, donde se sitúan sus terrenos y que no había obtenido respuesta. En concreto pedía que le facilitaran la carta de pago de cada una de las cuotas liquidadas por el desarrollo de dicho programa. Asimismo, solicitaba una explicación por el retraso de más de cuatro años en finalizar las obras.

El Síndic, por su parte, le recuerda al consistorio que, de acuerdo con la LOTUP (Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunidad Valenciana) los propietarios de los terrenos de un PAI tienen derecho, entre otras cosas, a obtener del urbanizador y de la administración información verídica y concreta sobre cualquier aspecto de la ejecución del PAI. Por tanto, en el caso que nos ocupa, la interesada tiene derecho a que, tanto la empresa urbanizadora como el Ayuntamiento de Granja de la Costera le informen a cerca de todos los aspectos relativos a la ejecución de dicho programa, así como de las causas de los retrasos en la ejecución del mismo.

Por todo ello, el defensor del pueblo valenciano recomienda al Ayuntamiento de la Granja de la Costera que facilite a la interesada toda la información requerida, así como las facturas, junto con las certificaciones de obra correspondientes, que hasta el momento no han sido trasladadas a la misma. 

El Síndic considera injusto la exclusión de una familia del plan de realojo por estar a la espera del permiso de residencia definitivo

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana se ha dirigido al Ayuntamiento de Alicante para recomendarle que vuelvan a incluir en el plan de realojo a una familia que había sido excluida del mismo por encontrarse a la espera del permiso de residencia definitivo. Asimismo, el defensor del pueblo valenciano insta que le adjudiquen una vivienda en arrendamiento.

El interesado, que presentó queja en el Síndic hace unos meses, es propietario de una de las viviendas del edificio desalojado en marzo de este año (por estar declarado en ruina) en el barrio de Alcolecha. Él y su esposa son padres de cuatro niños, que se encuentran debidamente escolarizados, y cuentan con el certificado de empadronamiento, tarjeta sanitaria, escritura de propiedad de la vivienda y hasta permiso de circulación.

En un principio, el Ayuntamiento de Alicante, a través del Patronato de Vivienda, incluyó a la familia en el plan de realojo del citado edificio, asignando a los mismos una vivienda de alquiler social. No obstante, cuando fueron a firmar el correspondiente contrato de arrendamiento, constataron que ni él ni su esposa disponían de permiso de residencia por lo que quedaron automáticamente excluidos del proceso.

Ante esta situación, el Síndic considera injusta la exclusión de esta familia del plan de realojo dispuesto para las personas afectadas por el desalojo del edificio sito en el calle Diputado José Luis Barceló núm. 10. Una familia con cuatro menores a su cargo, con gran arraigo social, y que actualmente se encuentra a la espera de que les concedan el permiso de residencia definitivo.

Por todo ello, y de conformidad con la propuesta realizada en su día por el comité técnico de evaluación del Ayuntamiento, el Síndic solicita una solución para la situación de esta familia que pase por el reingreso en el plan de realojo y por la adjudicación de una vivienda de alquiler social.

Consulta el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este tema.

El Síndic se adhiere a la declaración de la oficina del Defensor del Pueblo sobre la crisis migratoria

Ante la crisis humanitaria que estamos viviendo y que está ocasionando la muerte y sufrimiento a miles de persona en búsqueda de una vida digna, la institución del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana hace suya la declaración emitida recientemente por la oficina del Defensor del Pueblo, que dice lo siguiente:

«España no debería permanecer en silencio ante los dramáticos intentos de miles de personas de llegar a países de la U.E.

La Canciller alemana y el Presidente de la República francesa han afirmado que es urgente una actuación común, con asistencia suficiente a las personas que huyen. Y España debería sumarse a esa iniciativa.

Sabemos que la situación es, además, muy complicada por  los diferentes requisitos para solicitar asilo o para lograr residencia en los distintos países, pero la U.E no puede observar impasible las largas marchas inhumanas.

Si hay unos hechos que requieren decisiones conjuntas, con carácter urgente, que permitan, por una parte prestar atención humanitaria a las personas, actuar de forma resolutiva con traficantes así como requerir a países candidatos a la U.E. a actuaciones de carácter social que reduzcan las necesidades de huir, estos hechos los tenemos ante nosotros. 

El Presidente de la Comisión Europea haría muy bien en volver a proponer a los miembros de la U.E. una distribución del número de solicitantes de asilo y estos reconsiderar sus respuestas discrepantes.»

 

Urgimos la finalización del PAI Camino Hondo del Grao de Valencia

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana se ha dirigido recientemente al Ayuntamiento de Valencia para recomendarle que extreme sus esfuerzos para lograr que se terminen cuanto antes las obras de urbanización del Plan de Actuación integrada conocido como “Camino Hondo del Grao”.

La actuación del defensor valenciano vino motivada por las quejas presentadas por varias asociaciones de vecinos que manifestaban que se habían dirigido en varias ocasiones al Ayuntamiento solicitando la reapertura y acondicionamiento de los accesos al cementerio del Grao, sin haber obtenido una solución efectiva a su problema.

De acuerdo con los afectados, el acceso al citado cementerio se realizaba por la calle Poeta San Martín i Aguirre. Sin embargo, a partir del 2007, como consecuencia de la tramitación del PAI Camino Hondo del Grao y de la construcción en la zona del circuito de Fórmula 1, dicha vía quedó cerrada y, con ello, quedó el acceso al cementerio totalmente dificultado.

Por su lado, el Ayuntamiento de Valencia ha confirmado al Síndic que parte de los citados accesos a dicho cementerio municipal se encuentra incluidos en el ámbito del PAI “Camino Hondo del Grao”, por lo que fue necesario desviar el acceso al mismo. Este plan de actuación fue aprobado por el consistorio el 30 de julio de 2004. A pesar del tiempo transcurrido, los trabajos no han sido todavía finalizados. Si bien es cierto que el Ayuntamiento de Valencia comunicó al Síndic que ha requerido en diversas ocasiones al agente urbanizador para que procediese a la finalización de las obras.

Igualmente, de la información facilitada por el consistorio valenciano se deduce que el cementerio municipal en cuestión es accesible en la actualidad para los vecinos de la ciudad. No obstante, los propios informes municipales hacen constar la existencia en dichas vías de determinadas deficiencias (relacionadas con el alumbrado, alcantarillado y riesgo de inundaciones) que deberían ser objeto de subsanación y mejora. 

En cualquier caso, lo que está claro es que han transcurrido muchos años desde que se aprobó dicho PAI (2004) en el que se enmarcan las presentes obras de urbanización sin que las mismas hayan finalizado. Esta demora en la ejecución y finalización de las citadas obras está redundando en un perjuicio para los vecinos de Valencia. 

Ver el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta cuestión.

 

Reivindicamos la dotación de personal de enfermería con presencia permanente en centros de educación especial

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha recomendado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Publica que tomen todas las medidas necesarias para dotar, con carácter general, a los centros de educación especial de personal de enfermería que dé cobertura sanitaria al alumnado con necesidades educativas especiales en el propio centro escolar y durante toda la jornada lectiva.

Esta actuación del defensor del pueblo valenciano se inició tras recibir varios escritos de queja de las AMPA y de padres a título individual en los que mostraban su inquietud ante la atención sanitaria que reciben sus hijos/as con necesidades educativas especiales en sus centros escolares. De acuerdo con los afectados, actualmente solamente algunos centros de educación especial cuentan con enfermeros escolares y en muchos casos no dan una cobertura completa durante toda la jornada escolar. Los mismos consideraban que las actuaciones puntuales son completamente insuficientes ya que sus necesidades son en muchos casos impredecibles, y la falta de una asistencia sanitaria rápida y adecuada puede devenir en consecuencias irreversibles que pueden costar la vida a estos alumnos.

Indudablemente, el Síndic comparte con estas familias la convicción de que es imprescindible ofrecer una atención sanitaria continua y en el propio centro de educación especial, ya que estas personas tienen importantes discapacidades, asociadas en muchos casos con problemas graves y/o crónicos de salud, como parálisis cerebral, enteropatías, distrofias musculares metabólicas, etc. Por tanto, se trata de alumnado que precisa cuidados sanitarios constantes que deben ser dispensados por personal cualificado.

Desde esta institución, son constantes las resoluciones dirigidas a la administración pública valenciana para que disponga de los recursos materiales y humanos precisos con el fin de que el alumnado con necesidades educativas especiales (temporales o permanentes) pueda alcanzar los objetivos establecidos y para que reciba una atención especializada con arreglo a los principios de no discriminación y normalización educativa. Obviamente, para garantizar la plena escolarización y la promoción de programas destinados a eliminar cualquier barrera u obstáculo que impida su normalización educativa es indispensable contar con personal especializado y con los recursos necesarios.

Por todo ello, el Síndic ha hecho suyas las reivindicaciones de las asociaciones de padres y madres de niños con necesidades educativas especiales, o de padres individualmente que han pedido al defensor su mediación para que la administración pública proceda a la creación y dotación de enfermeros/as escolares con presencia permanente en los centros de educación especial para atender a este alumnado. 

Ver contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre esta cuestión.

Emplazamos al Ayuntamiento de Alicante a despejar la situación urbanística de la Sangueta

El Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana ha recomendado al consistorio alicantino regular, sin más dilaciones, el uso y destino de los terrenos del barrio de la Sangueta. Además, le solicita que, en cumplimiento con el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 31 de marzo de este año, lo haga mediante un plan especial, al margen del nuevo Plan General, y partiendo de un proceso de participación ciudadana previo.

Esta es la respuesta del defensor del pueblo valenciano a la queja presentada por la asociación de propietarios de los terrenos ubicados en este barrio, que pidió la intervención del Síndic en marzo de este año, tras fracasar sus intentos de obtener una respuesta expresa y motivada a la información urbanística requerida al Ayuntamiento de Alicante. En el escrito de queja, la asociación se lamentaba de los 50 años esperando una solución en la zona y cinco años desde que se planteó la construcción del Palacio de Congresos.

Por su parte, el ayuntamiento comunicó al Síndic que la zona se encuentra clasificada como suelo urbano pendiente de aprobación del instrumento de planeamiento de desarrollo. Sobre esta cuestión, también se desprende en uno de sus informes la inviabilidad del Proyecto del Palacio de Congresos, al menos a medio plazo.

Indudablemente, esta larga espera les está creando a los propietarios de los terrenos  innumerables perjuicios, ya que no se les permiten hacer un uso y disponibilidad absoluta de los terrenos por estar incursos en planes urbanísticos varios desde hace muchísimo tiempo. En cambio, deben asumir los costes de mantenimiento de las parcelas y las obligaciones tributarias correspondientes. 

Recomendamos el funcionamiento real y efectivo de la bolsa de trabajo de personas con discapacidad intelectual

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana acaba de dirigir una recomendación a la Generalitat encaminada a hacer efectivo el derecho de las personas con discapacidad intelectual a integrarse en la función pública valenciana.

La actuación del defensor del pueblo valenciano vino motivada por la queja presentada por un ciudadano que se había presentado a unas oposiciones para personas con discapacidad psíquica en 2010 y que, aunque no consiguió sacar una de las quince plazas, quedó el primero en la bolsa de trabajo activada por la Generalitat en 2012. El afectado se lamentaba de que, a pesar de tener ese primer puesto y haber transcurrido más de 25 meses desde su constitución, nunca le habían llamado para trabajar. 

Por su parte, la Conselleria comunicó al Síndic que durante ese periodo no se había recibido en el Servicio de Selección de Personal y Provisión de Puestos de trabajo solicitud de cobertura de puestos de estas características, que requieran el uso de la bolsa de discapacitados intelectuales.

En la situación planteada por este ciudadano, esta institución, que es especialmente sensible con las cuestiones que afectan al empleo público de las personas con discapacidad, entiende que, a nivel de organización administrativa, el derecho a emplear a personas con discapacidad está lejos de una plasmación real y efectiva.

Por ello, el Síndic considera necesario que los poderes públicos adopten medidas de acción positiva que, no solo garanticen la igualdad en el acceso al empleo público de este colectivo, sino que también eliminen todos los obstáculos que dificulten la integración real y efectiva a la función pública valenciana de las personas con discapacidad.

En este sentido, el Síndic entiende que la cobertura de plazas a través de personal interino que forme parte de la bolsa de trabajo de personas con discapacidad es una medida de acción positiva para la deseada integración, por lo que insta a la Conselleria a poner en funcionamiento, lo antes posible, dicha bolsa.

 

Consultar la resolución del Síndic sobre este asunto.