El Síndic urge a reducir las demoras en Traumatología del Hospital Francesc de Borja de Gandia

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que adopte las medidas oportunas para reducir la demora existente en el Servicio de Traumatología del Hospital Francesc de Borja de Gandia. Y de manera general, que garantice una atención sanitaria que cumpla con los principios de eficacia y celeridad.

Esta es la respuesta del defensor del pueblo valenciano a la queja que presentó un ciudadano por la demora en ser atendido en el mencionado servicio, tras la petición de cita que había efectuado su médico de familia a finales de agosto de 2022. De acuerdo con el afectado, desde el SAIP le pedían que tuviera “paciencia” porque las citas del departamento de Traumatología llevaban bastante retraso.

La Conselleria de Sanidad, por su parte, contestó al Síndic que dicho departamento de salud procede a citar a los pacientes en base a la proporcionalidad de la demanda, la disponibilidad de los recursos humanos y especialmente en función de la valoración de prioridad de los facultativos en base a razones estrictamente clínicas. Asimismo, la administración sanitaria trasladó al defensor que la persona afectada había sido citada el 31 de mayo de 2023.

A pesar de que el problema planteado había sido resuelto y teniendo en cuenta que la salud es un elemento básico en la calidad de vida de las personas, el Síndic concluye en su resolución que aquellos pacientes que se ven obligados a esperar un elevado número de meses (en este caso, más de ocho meses) para recibir una atención especializada (traumatología en este caso) pueden ver interrumpida, durante ese periodo, la efectividad del derecho a la protección de la salud.

Es más, Luna insiste en que «los retrasos en la asistencia sanitaria, en la realización de las pruebas e intervenciones quirúrgicas necesarias, así como en la aplicación de tratamientos, hace que los pacientes afectados vean obstaculizado el acceso efectivo a las prestaciones, con la carga de soportar un importante menoscabo en su salud».

En definitiva, la excesiva demora en obtener una cita para ser valorado no se corresponde con la obligación del sistema sanitario público de garantizar una protección integral de la salud a sus ciudadanos en base a los principios de eficacia y celeridad.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

Luna reclama a Educación y Sanidad un plan específico contra la alteración de la convivencia, con financiación, para el IES la Morería 

(14/06/2023).- A raíz de los graves problemas de convivencia y salud mental que se dieron en el IES La Morería de Mislata, el síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, reclama a las Consellerias de Educación y Sanidad que elaboren un plan específico contra la alteración de la convivencia y lo doten con financiación suficiente. Un plan que deberá contar con la implicación de todos los agentes claves: desde el alumnado al equipo directivo, pasando por personal docente y no docente, familia, así como la administración local y autonómica.  

Así consta, entre otras recomendaciones, en la resolución de la queja de oficio que el defensor abrió a finales de febrero tras tener conocimiento de la dimisión en bloque del equipo directivo del IES la Morería al sentirse “absolutamente desbordados” por los problemas de salud mental y con 15 menores con el protocolo activado por conductas suicidas o autolesiones.  

Ante la situación descrita en el citado centro y tras el estudio del expediente, Luna también insta a ambas administraciones a que, excepcionalmente y durante lo que resta del presente curso así como para el siguiente, el denominado “Servicio de Respuesta Rápida” de Sanidad esté en contacto permanente con los orientadores del centro.  

En cuanto a las recomendaciones dirigidas a la Conselleria de Sanidad, Luna urge a facilitar el acceso de los alumnos a los servicios profesionales de salud mental y a la realización de programas de intervención temprana en psicosis y de atención al alumnado del centro que presenta problemas de salud mental.   

Además, pide a Sanidad que proporcione formación sobre salud mental y su prevención a los miembros de la comunidad educativa del IES. Cabe destacar que recrimina a esta conselleria la falta de colaboración con el Síndic por no haberle facilitado datos concretos sobre las medidas de intervención implementadas en el citado centro: “Sanidad se limita a indicar de manera genérica los procedimientos establecidos, sin concretar si se ha actuado o se prevé actuar en el centro docente público, bien individualmente o en coordinación con la Conselleria de Educación.”  

En cuanto a la Conselleria de Educación, el Síndic recomienda implementar un proyecto de educación emocional en el IES, con la finalidad de que el alumnado reciba apoyo emocional y psicológico, aprenda a gestionar las emociones y a solucionar los problemas o conflictos que vayan surgiendo. También considera necesario dotar de recursos personales el Programa de Aula Compartida (PAC) y aumentar las horas del Plan de Actuación de Mejora (PAM), así como evaluar las medidas adoptadas y que se estudie reforzar la orientación educativa.  

Del informe que la Conselleria de Educación remitió al Síndic se desprende que la plantilla no se completó hasta el 7 de marzo de 2023 y que, en relación con el curso académico pasado, en este se ha incrementado el número de conductas disruptivas leves y muy graves. Desde el inicio de curso, se han iniciado 13 protocolos por conductas autolíticas e ideación suicida y se han abierto otros dos protocolos más por conductas violentas y agresiones.  

De ahí que el Síndic haga una mención especial al programa “Imprescindibles” de prevención de las conductas autolesivas y el suicidio y para el empoderamiento del alumnado. Luna exige activarlo, en caso de que todavía no se hubiese hecho, e incluirlo para el siguiente curso académico.   

Por último, el defensor valenciano no pasa por alto las obras a realizar en el IES la Morería, reseñadas en el informe remitido a la institución. Luna recuerda que una educación de calidad conlleva que los centros docentes dispongan de los equipamientos necesarios para ello: “La finalidad de proporcionar al alumnado una formación de calidad, difícilmente se podrá alcanzar si el centro docente donde debe impartirse no cuenta con los medios materiales necesarios para satisfacer las necesidades educativas del alumnado”. E insiste en que los poderes públicos deben dar respuesta rápida y ágil a las necesidades detectadas en la instalación educativa. Una tardanza en la realización de las obras previstas “generará mayores perjuicios para el alumnado, además de una quiebra de sus derechos”.   

Consulta la resolución del Síndic de Greuges sobre este asunto 

 

Aceptan la recomendación del Síndic y trasladan a una paciente sorda a otro hospital para que sea asistida por intérpretes de la lengua de signos

La Conselleria de Sanidad ha comunicado al Síndic el traslado de una paciente sorda que se encontraba ingresada en el Hospital de La Ribera de Alzira al Hospital Pare Jofré de València. De esta forma, Sanidad acepta la recomendación que el defensor del pueblo valenciano le dirigió hace apenas quince días para que efectuara dicho traslado de forma que la asociación de personas sordas a la que pertenece la afectada pueda prestarle acompañamiento a través de voluntarios.

La intervención del Síndic en este asunto se originó tras la queja que presentó la hermana de la afectada ante esta institución. La interesada es una persona sorda que sufrió un ictus en octubre de 2022 y que estaba ingresada en un hospital que no contaba con personal con conocimiento de la lengua de signos. Una situación que, según indicaban en la queja, le estaba provocando un «absoluto aislamiento de comunicación» que le estaba perjudicando. Por esta razón, solicitaron el traslado al Hospital Pare Jofré, ya que la paciente pertenece a una asociación de personas sordas que podría prestarle acompañamiento a través de los voluntarios en esa localidad.

Sin embargo, desde Sanidad le denegaron dicho traslado. Alegaban que la saturación en la lista de espera del citado hospital impedía asumir pacientes de otro departamento. Asimismo, le sugerían la posibilidad de que la paciente fuera remitida al Hospital de Crónicos y Larga Estancia La Pedrera en Denia.

En su resolución, el Síndic subraya la responsabilidad de esta institución con los colectivos más vulnerables, uno de los cuales es, sin duda, el de las personas sordas. Así, Luna se muestra sensible ante una problemática que pone en juego su dignidad a la hora de poder hacer uso de algo tan relevante como la asistencia sanitaria en condiciones de igualdad. También recuerda a la Conselleria la obligación de todos los poderes públicos de establecer las condiciones para que la libertad y la igualdad de los ciudadanos sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten la participación de todos los ciudadanos con discapacidad en los diversos aspectos de la vida.

Finalmente, el Síndic recomienda a la administración sanitaria que proceda al traslado de la paciente al Hospital Pare Jofré de València, en caso de no poder garantizarle una adecuada asistencia en el centro donde estaba hospitalizada a través de personal especializado en el tratamiento de personas sordas conocedoras de la lengua de signos. Una recomendación que ha sido aceptada y que da solución al problema planteado.

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La Conselleria acepta la recomendación del Síndic y pondrá en marcha la “ventanilla única” para los demandantes de vivienda

Este procedimiento, de acuerdo con la Ley de Función Social de la Vivienda, permitirá ofrecer una solución habitacional a quien lo requiera presentando una única solicitud  

La Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática ha aceptado las recomendaciones del Síndic y ha dado instrucción directa a la Dirección General de Emergencia Habitacional y Función Social de la Vivienda para que, con carácter urgente y a la mayor brevedad posible, se ponga en marcha un procedimiento que sirva de única puerta de entrada, con una única solicitud, para que la ciudadanía pueda manifestar su necesidad de vivienda. Esa “ventanilla única” posibilitará acceder a las distintas soluciones habitacionales según la situación de cada persona demandante, evitando la existencia de múltiples procedimientos administrativos.

El Síndic viene recordando a las distintas administraciones con competencias en la materia  que la falta de vivienda pública libre que adjudicar no se puede convertir en una causa que demore, indebidamente, la satisfacción del derecho a la vivienda de los ciudadanos valencianos. Por ello esta institución hace hincapié en la obligación de conceder, de oficio, alguno de los mecanismos alternativos expresamente previstos en la Ley de Función Social de la Vivienda (LSF).

El sistema establecido en la LFSV establece que la persona que manifiesta una situación de pobreza en vivienda debe ser atendida de manera integral por las administraciones con competencias en materia de vivienda, con el fin de lograr una solución real y efectiva que venga a paliar esta carencia. Un sistema en el que, ante la manifestación de una necesidad de vivienda, otorgue el uso y disfrute de un alojamiento (público o, incluso, libre) o de recursos económicos (ayudas) para poder acceder al mismo y ver satisfecho de este modo su derecho subjetivo a la vivienda.

En su respuesta a las recomendaciones del Síndic, a raíz de la queja de una persona que reclamaba por la demora en la adjudicación de una vivienda pública, la Conselleria ha dictado una instrucción para iniciar, de manera urgente, las actuaciones necesarias para el desarrollo e implantación de un procedimiento de ventanilla única a través del cual la ciudadanía realizará una única solicitud. Tras ser valorada, la Administración le ofrecerá las soluciones habitacionales que le correspondan. Un procedimiento que se desarrollará con la máxima transparencia e información para las personas interesadas, y que contará con una comisión de seguimiento para evaluar el mismo.

El Síndic considera que el resultado del diseño y pronta puesta en marcha del procedimiento de “única solicitud” que se anuncia, será la emisión de una resolución expresa que permita ofrecer al promotor del expediente de queja una solución real y efectiva al problema de necesidad de vivienda que padece, tal y como fue   recomendado por esta institución en la Resolución de consideraciones de fecha 29/12/2022.

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Resolución de recomendaciones.
Resolución de cierre (aceptando las recomendaciones del Síndic).

Aceptan la recomendación del Síndic y le devuelven los ingresos indebidamente cobrados por liquidación de una plusvalía

El Ayuntamiento de Alicante acepta íntegramente la resolución del Síndic y devuelve los ingresos indebidamente percibidos en un expediente de liquidación de plusvalía por la transmisión de un inmueble.

La persona afectada presentó una queja ante el defensor del pueblo valenciano en la que denunciaba haber recibido, sin mediar más información, un apremio de SUMA por un importe de 861,81€ (779,86€ de principal, 77,99€ de recargo y 3,96€ de costas). Ante esta situación, recurrió el apremio. El ayuntamiento lo anuló, ordenando la devolución del recargo, los intereses y las costas por un total de 83,41€. A pesar de haber anulado la providencia de apremio, no le había notificado la liquidación para su pago en periodo voluntario, provocándole una situación de indefensión.

Tras el estudio del expediente, el síndic insto al ayuntamiento a devolverle todo lo cobrado -el principal, los recargos, intereses y costas (861,81€)- y a notificar debidamente la liquidación del referido impuesto en período voluntario. Una recomendación que ha sido íntegramente aceptada por la administración.

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Día Internacional de Concienciación sobre el Ruido: el derecho a un domicilio libre de ruidos

La exposición prolongada y continuada al ruido ambiental perjudica la salud de las personas. Así lo consideran los médicos especialistas y la Organización Mundial de la Salud (OMS), que mantiene que el ruido ambiental causado por el tráfico, por las actividades derivadas del ocio, o de la industria constituye uno de los principales problemas medioambientales en Europa; y así lo viene denunciando el Síndic en sus informes anuales año tras año.

También, los tribunales de justicia siguen reiterando que la contaminación acústica por encima de los límites legales incide perniciosamente sobre el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna. Por tanto, resulta ineludible su firme protección por parte de los poderes públicos.

Durante los últimos doce meses, el Síndic de Greuges ha recibido 141 quejas de ciudadanos relativas a contaminación acústica, siendo las más frecuentes las causadas por: el funcionamiento de locales de ocio y de terrazas, el tráfico urbano, la tenencia de animales, el consumo de alcohol en la vía pública, las instalaciones industriales, la recogida de residuos sólidos, el ejercicio de actividades molestas, y las relaciones vecinales en el interior de edificios, entre otras.

En todas aquellas situaciones en las que el defensor del pueblo valenciano advierte una vulneración de derechos, la institución insta al ayuntamiento de turno a actuar con rapidez y adoptar todas las medidas correctoras oportunas para erradicar las molestias y lograr el pleno respeto de los derechos de las personas afectadas. Para ejercer esta potestad “irrenunciable”, los ayuntamientos cuentan con distintas herramientas administrativas que van desde sanciones económicas hasta la clausura de las actividades. La Administración debe actuar con eficacia a la hora de inspeccionar las actividades ruidosas en el control posterior del cumplimiento de las medidas correctoras exigidas.

En aquellos casos en los que los ayuntamientos no dispongan de los instrumentos necesarios para llevar a cabo dichas comprobaciones, el Síndic les insta a pedir la colaboración del resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, concretamente de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunitat Valenciana, con competencias específicas en materia de espectáculos públicos.

Consulta alguno de los expedientes más recientes sobre esta problemática:

El Síndic reclama más personal para atender a los alumnos con necesidades educativas de una escuela infantil pública de València

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte que dote a la Escuela Infantil Niño Jesús de València de un docente de apoyo y de un educador de educación especial para cubrir las necesidades del alumnado con necesidades educativas específicas del centro.

La actuación del defensor del pueblo se inició tras la queja presentada por un representante del AMPA en la que manifestaba la falta de respuesta de la Conselleria a las peticiones realizadas solicitando los recursos de apoyo para el alumnado de la escuela. Precisamente, sobre esta falta de respuesta, el Síndic ha aludido a la «condición de interesado» que tendría el AMPA del cetro para instar a la administración educativa a dar una contestación directa, congruente y motivada a dicha asociación.

En su resolución, Luna recuerda la obligación legal de Educación de garantizar plenamente el derecho a la educación inclusiva, equitativa y de calidad. La Administración debe «favorecer que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en todos los niveles educativos pre y post obligatorios». Además, deberá realizar los ajustes razonables en función de sus necesidades y facilitar medidas de apoyo personalizadas y efectivas con el fin de fomentar al máximo su desarrollo académico y social en condiciones de igualdad respecto a los demás alumnos.

El Síndic insiste en que las demoras en cubrir las plazas así como la tardanza en la creación de otras nuevas generan situaciones de mayor vulnerabilidad y desigualdad en el acceso a la educación para el alumnado con necesidades educativas específicas.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

El Síndic pide actualizar la Ordenanza sobre protección de ruidos de Alicante del año 1991

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Angel Luna, ha solicitado al Ayuntamiento de Alicante que modifique, con carácter urgente, la Ordenanza Municipal sobre protección de ruidos y vibraciones del año 1991 y la adapte a la actual normativa autonómica sobre contaminación acústica. Además, le apremia a adoptar todas las medidas inspectoras, preventivas y sancionadoras que sean necesarias para eliminar la contaminación acústica existente en la zona del casco antiguo.

Así de contundente ha sido la respuesta del Síndic a la denuncia presentada por una asociación de vecinos, que se quejaban de la falta de respuesta e inactividad del Ayuntamiento ante las molestias que vienen sufriendo como consecuencia del  funcionamiento de los establecimientos de ocio ubicados en su zona.

Precisamente, en la presentación del Informe Anual, Luna fue especialmente duro con la falta de respuesta de las Administraciones, calificándola de «comportamiento inaceptable» y de «ninguneo» a la ciudadanía; una práctica que conduce al descrédito de las instituciones. En este caso, el defensor ha advertido al Ayuntamiento que tiene la obligación legal de dar respuesta a todos los escritos presentados por los ciudadanos con celeridad, agilidad y eficacia, notificándoles las actuaciones realizadas o las que prevea realizar.

En la resolución, el Síndic critica que en el informe municipal no conste la realización de inspecciones efectuadas en los establecimientos para comprobar el cumplimiento de las condiciones de la ambientación musical y que tampoco figure la realización de mediciones sonométricas para comprobar los niveles de ruido procedente de los distintos locales.

Por todo ello, el defensor considera necesario que el ayuntamiento revise las licencias o autorizaciones con las que cuentan los establecimientos de la zona, y que compruebe si corresponden con la actividad que los locales vienen ejerciendo. Insiste en que estas actuaciones deben ir acompañadas de la adopción de medidas preventivas y sancionadoras; lo que implica la realización de inspecciones sobre el  funcionamiento de los establecimientos y la medición de los niveles sonoros de los equipos de sonido, así como el control estricto del cumplimiento de los horarios de cierre de los locales.

El Síndic concluye su resolución proponiendo al consistorio que valore la posibilidad de declarar la zona acústicamente saturada.

Consulta la resolución del Síndic: 11948641.pdf (elsindic.com)

El Síndic investiga las actuaciones a adoptar por la Administración autonómica para combatir la brecha digital

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha iniciado una queja de oficio para investigar las actuaciones a adoptar por la administración autonómica para combatir la brecha digital, algo que merma los derechos de la ciudadanía valenciana. Además, Luna quiere conocer si toda la estructura del Consell ha adoptado medidas, y cuáles son estas, para garantizar que se atienda a las  personas que se dirijan a las oficinas de atención y registro sin estar sujetas a una cita previa. 

El fenómeno de la brecha digital se identifica con la distancia que existe entre las personas, o grupos sociales, respecto del nivel de acceso a las nuevas tecnologías de la información, el uso de internet y de aparatos electrónicos de comunicación, en concreto ordenadores personales, teléfonos y otros dispositivos similares, así como las aplicaciones diseñadas para ello. El principio de accesibilidad a los servicios electrónicos debe garantizar la igualdad y la no discriminación en el acceso de las personas usuarias. Unas administraciones públicas que faciliten la conectividad y el acceso a internet a la ciudadanía, así como su formación en competencias digitales, resultan fundamentales para reducir la brecha digital. 

En otras comunidades autónomas se han aprobado decretos por los que se crean registros de funcionarios públicos habilitados y se aprueban reglamentos de organización, régimen jurídico y funcionamiento para la asistencia a los interesados en el uso de medios electrónicos.  

Sin embargo, a la vista de la información que aparece en el Portal de Transparencia de la Generalitat Valenciana se puede comprobar que no consta ningún proyecto normativo relacionado con el registro de funcionarios habilitados.  

Más bien al contrario, en las páginas web de algunas consellerias se recomienda al ciudadano utilizar la cita previa, en particular en la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y en la de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. 

Asimismo, la exigencia de cita previa a los ciudadanos ha sido objeto de numerosas quejas presentadas ante esta institución. El Síndic viene recomendando que se atienda a las personas que se dirijan a las oficinas de atención y registro sin estar limitadas ni sujetas a obtener una cita previa. Además, a dichos efectos, el defensor insiste en que se den las órdenes oportunas para asegurar la atención presencial de los ciudadanos dentro de los parámetros de normalidad que estos requieren.   

En este sentido, esta institución mantiene que las administraciones deben velar por que las personas vulnerables por su situación social o personal y las personas mayores no se vean obligadas a relacionarse con las Administraciones por vía electrónica para formular solicitudes, ejercer derechos y dar cumplimento a sus obligaciones, ya que, en caso contrario, tales medidas obstaculizan claramente su acceso a servicios y prestaciones.  

En consecuencia, el Síndic ha decidido abrir una queja de oficio con el fin de investigar y supervisar las actuaciones de la Administración autonómica que impiden eliminar la brecha digital y saber qué piensa hacer para solucionarlo. Por ello, solicitamos que, en el plazo de un mes, Presidencia de la Generalitat y el resto de consellerias en que se organiza la administración del Consell, nos remitan informes detallados y razonados sobre los siguientes extremos, entre otros: 

A Presidencia de la Generalitat Valenciana, específicamente: 

  • Previsiones para elaborar y aprobar una estrategia de transición y acompañamiento a la ciudadanía no digitalizada. 

   A la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, específicamente:   

  • Previsión temporal para elaborar la normativa de creación y desarrollo de la regulación del Registro de funcionarios habilitados de la Comunidad Valenciana.  
  • Valorar la conveniencia del establecimiento de oficinas de asistencia a la ciudadanía, junto a las de asistencia en materia de registros, para atender presencialmente las necesidades telemáticas de la ciudadanía. 

 A la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: 

  • Que razonen por qué en su web recomiendan usar el servicio de cita previa, teniendo en   cuenta que una vez desaparecida la urgencia por razones de  salud pública, el mantenerla sin motivación para los registros y otras oficinas administrativas (como se está haciendo) vulnera el ordenamiento jurídico aplicable. 

A Presidencia de la Generalitat Valenciana y al resto de consellerias, que informe de lo siguiente:   

  • Qué medidas recientes se han adoptado para incrementar y desarrollar la atención telefónica personalizada, como alternativa o complemento de la presencial y telemática, y qué planes de choque y de refuerzo de personal tienen previstos para conseguir la definitiva normalización de la atención a la  ciudadanía 
  • Medidas adoptadas para el cumplimiento de la obligación de asistencia para el ejercicio de los derechos y obligaciones, a  través de medios electrónicos, de los ciudadanos afectados por  la brecha digital y en situación de vulnerabilidad social (personas que, por su edad o situación personal o económica,  carezcan de las necesarias herramientas o conocimientos  informáticos suficientes), especialmente en lo referente a la  identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a  través del registro electrónico general y obtención de copias  auténticas.  
  • Si se ha valorado y adoptado alguna decisión respecto de la configuración o creación de un canal alternativo (telefónico, correo electrónico o presencial) para dejar constancia de las dificultades que a veces plantea la imposibilidad de acceso a la sede electrónica.

Adjuntamos la Resolución de Inicio de esta queja de oficio:  11950315.pdf (elsindic.com)

Entrega del Informe Anual 2022 a las Corts. El Síndic denuncia que la Administración es un «territorio hostil» para el ciudadano

El síndic de Greuges, Ángel Luna, acompañado de la adjunta primera, Concha Bru, y del adjunto segundo, Carlos Castillo, ha presentado esta mañana su Informe anual 2022 en Les Corts Valencianes, en el que señala que, tras la pandemia quedan notables secuelas que complican las relaciones entre la ciudadanía y las Administraciones encargadas de atender sus derechos.

«La Administración es un territorio hostil para el ciudadano», afirma Luna, quien argumenta que esto es así, en primer lugar, porque no contesta a sus demandas; porque le exige demasiados requisitos; porque el interesado no entiende los procedimientos administrativos y, además, por la falta de empatía con la que se le atiende en muchos casos.

El defensor destaca que muchas de las quejas que se reciben en la institución vienen motivadas por la desidia en la tramitación de los expedientes, dejando pasar el tiempo y reclamando luego subsanaciones que se deberían haber advertido desde el primer momento. «Para las personas en situación de vulnerabilidad el paso del tiempo sin recibir ayuda puede resultar demoledor», y hace «una llamada de auxilio a responsables políticos, funcionarios y trabajadores públicos para promover una cultura administrativa de verdadero servicio público».

Mantener la cita previa obligatoria infringe derechos de la ciudadanía

Un dato significativo que revela las dificultades a las que alude el Síndic de Greuges es el mantenimiento de la cita previa. A la hora de cerrar este Informe anual 2022, todavía hay Administraciones que persisten en la exigencia de este requisito. Una práctica contra la que esta institución ha recibido numerosas quejas. Para mayor trastorno, en muchos casos la cita previa sólo puede ser solicitada de forma electrónica, lo que ha dado lugar a la aparición de una picaresca de bloqueo y venta de citas con evidente perjuicio para quienes inevitablemente las necesitan.

Mantener la cita previa, pasadas las restricciones de la pandemia, infringe derechos reconocidos a la ciudadanía por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que obliga a respetar los principios de proximidad y eficacia.

El silencio administrativo conduce al descrédito de las instituciones

 Asimismo, y también en relación con el funcionamiento de las Administraciones, la falta de respuesta al ciudadano es el primer problema que muestran las quejas tramitadas en esta institución. En la mayoría de las ocasiones, las quejas que llegan al defensor plantean el silencio de la Administración ante las peticiones de los ciudadanos, sea cual sea su problema (dependencia, educación, empleo, vivienda, etc), lo que de inicio es una vulneración de un derecho fundamental. Acuden al Síndic porque no saben a qué atenerse. En casi todos los casos, la falta de respuesta oculta la vulneración de un derecho material o la insatisfacción de una prestación. Pero la simple falta de respuesta instala ya al ciudadano en la perplejidad, en la confusión y en el desasosiego. Al cabo de meses, o años, no sabe nada de su petición. Ni siquiera si se está tramitando.

Ese comportamiento no es aceptable. Es una vulneración de la ley y una falta de respeto a quienes han acudido a llamar a las puertas de lo público. «Este ninguneo a la ciudadanía lleva como consecuencia al descrédito de las instituciones» declara Luna. Las resoluciones del Síndic están repletas de recordatorios del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, pero también del artículo 9 de nuestro Estatuto de Autonomía, que consagran el derecho a una buena administración. En torno a este derecho fundamental se articula gran parte de la actuación del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

La Administración debe actuar bajo el principio de personalidad jurídica única y no eludir responsabilidades

Además, es preciso advertir sobre la tendencia a eludir responsabilidades que se observa en numerosos ámbitos administrativos. Para el Síndic es frecuente recibir informes señalando a otro departamento, o a otra unidad dentro del mismo departamento, cuando se requiere una explicación respecto de una deficiencia denunciada.

El caso más paradigmático ha sido el relacionado con la tramitación del Bono Social Térmico correspondiente al año 2020, que dio lugar a un importante número de quejas en el ejercicio de 2022. Tras diferentes informes de varias Consellerias, rechazando su competencia en el tema, esta institución hubo de dirigirse a la Presidencia del Consell para que se determinara claramente cuál era el departamento responsable de la tramitación de la ayuda que reclamaban los afectados.

En no pocos ayuntamientos, sobre todo en algunos de gran tamaño, se reproduce este vicio. Requerido el alcalde para que el consistorio informe sobre un problema, es frecuente recibir la respuesta firmada por algún funcionario de un departamento que señala a otro como encargado de la competencia. El Síndic ha tenido que recordar que la Administración debe actuar bajo el principio de personalidad jurídica única, y que sus requerimientos van dirigidos a la entidad de que se trate y no a cualquiera de sus departamentos. No siempre es atendido este recordatorio.

Urge reformar la atención primaria y paliar las listas de espera

Por otra parte, en relación con el ejercicio de los derechos más básicos en la Comunitat Valenciana, se hace necesario destacar la enorme preocupación que produce la situación de la asistencia sanitaria. No es el ámbito que más quejas provoca ante esta institución. Probablemente, la existencia de un Servicio de Asistencia e Información al Paciente (SAIP) filtra el número de reclamaciones de los usuarios, haciendo que sólo lleguen las que no han sido resueltas, que no son pocas.

En este tema sí se puede decir con claridad que se arrastran importantes secuelas de la pandemia. Las dificultades en nuestro sistema sanitario no comenzaron ahí, vienen de lejos, pero desde luego, se han agravado considerablemente.

La atención primaria sigue acumulando descontentos y sus deficiencias repercuten sobre los hospitales, cuyas urgencias se colapsan por pacientes que deberían ser objeto de tratamiento en los centros de salud. A este respecto, el defensor insta a que se aborde de forma urgente la reforma de la atención primaria.

A los retrasos en la atención primaria y en las especialidades se unen las listas de espera hospitalarias, situadas en parámetros inaceptables, que provocan desesperación en los usuarios.

En esta situación, cuando la solución requiere determinación y años, lo mínimo exigible a las autoridades sanitarias es un ejercicio de transparencia y realismo. Los ciudadanos ya saben que las cosas están mal y lo que necesitan es una explicación comprensible, veraz y razonable sobre los pasos a dar para resolver los problemas. También requieren previsiones ajustadas a los recursos disponibles y demandan transparencia en la gestión de los servicios para erradicar las sospechas de agravios o de trato injustificado que minan la credibilidad del sistema. Esa idea llevó a esta institución a iniciar una queja de oficio sobre la publicidad de las listas de espera, como se recoge en el Informe anual 2022.

Respuestas más contundentes en salud mental

 Capítulo especial merecen los problemas de salud mental, cuyo incremento ha sido evidente a partir de la pandemia, sobre todo entre los jóvenes. El Síndic abordó, también en una queja de oficio, la situación especialmente grave de los recursos de salud mental en el Departamento de la Marina Alta, pero la situación de otros departamentos dista mucho de ser satisfactoria.

De momento, la estructura creada a partir de la figura del Comisionado para el Plan Valenciano de Acción para la Salud Mental, Drogodependencias y Conductas Adictivas no ha ofrecido resultados tangibles, más allá del proceso de participación ciudadana desarrollado y algunos anuncios de acciones puntuales en periodo de materialización. Parece fuera de toda duda que estos problemas requieren una respuesta mucho más contundente que la brindada hasta la fecha.

La recomposición del sistema sanitario valenciano va a requerir de un enorme, sostenido y creciente esfuerzo presupuestario. Es importante que esto se tenga en cuenta si se quiere atender a la que, probablemente, sea hoy la principal preocupación de la ciudadanía valenciana.

Persisten las deficiencias en servicios sociales

En materia de servicios sociales, que por las competencias que aborda sigue acumulando el mayor número de quejas que recibe el Síndic, continúan siendo destacables las mismas deficiencias que hemos venido denunciando a lo largo de los informes anuales de los últimos años. Persisten los mismos problemas en materia de dependencia, discapacidad o renta valenciana de inclusión, derivados de los modelos de gestión, de los procedimientos implantados y de las carencias en las herramientas informáticas que se detallaban en el Informe anual 2021 y los avances para solucionarlos han sido insuficientes.

Cabe reseñar la constante advertencia del defensor sobre que se hace una errónea aplicación de la ley a la hora de denegar la prestación de renta valenciana de inclusión a quienes han aceptado cortos trabajos temporales. Una advertencia que ha seguido sin ser atendida por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por lo que esta institución se vio obligada a abrir una queja de oficio sobre ese asunto.

A menudo, el Síndic tiene la sensación de que la normativa se incumple, pero no se modifica. Por ejemplo: el incumplimiento flagrante de la Ley de la Generalitat 9/2016, de Procedimientos de Emergencia Ciudadano ha sido denunciado por esta institución en los informes anuales y en sede parlamentaria, pero se sigue manteniendo como un brindis al sol.

Otro incumplimiento recurrente es la obligación de incluir en la resolución del Programa del Plan Individual de Atención (PIA) los efectos retroactivos que pudieran corresponder a la persona dependiente, cuando este dictamen se emita transcurrido el plazo de seis meses desde la solicitud de dependencia.  En lugar de hacer esto, la Conselleria inicia un nuevo procedimiento para reconocer al ciudadano sus derechos económicos retroactivos. Estos nuevos expedientes terminan acumulando más retrasos y dando lugar a muchas quejas.

Además, en muchas ocasiones, la persona dependiente fallece antes de que se resuelvan los denominados efectos retroactivos. La pregunta inmediata es: si la Conselleria considera necesario un nuevo expediente, ¿por qué no se modifica la norma reglamentaria en vez de incumplirla? El Síndic, a través de sus resoluciones, lleva años reclamando, infructuosamente, su aplicación.

Ayudas económicas directas para vivienda

Por otra parte, esta institución debe informar de cierre de la investigación de oficio sobre el Reglamento del Registro de viviendas de la Comunitat Valenciana y procedimiento de adjudicación de viviendas, iniciada en 2021.

Si bien es cierto que la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática aceptó todas las recomendaciones efectuadas por esta institución, hasta la fecha solo se ha aprobado una reforma legal que permitiría para conceder ayudas económicas directas a aquellas unidades de convivencia vulnerables a las que no se les puede ofrecer una vivienda. Es un avance importante que salva lo que la Conselleria entendía un escollo legal para ofrecer estas ayudas directas.

De todos modos, aunque esta modificación legal elimina las trabas alegadas hasta ahora, la Conselleria habrá de determinar el procedimiento para concretar las ayudas reales. Tampoco se han adoptado otras medidas que permitan valorar si la aceptación del resto de las recomendaciones del Síndic se cumple. El defensor hará un seguimiento del grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Conselleria de Vivienda, sobre todo en lo que respecta a eliminar que sea obligatorio el uso de los medios electrónicos para la solicitud de ayudas.

Desidia colectiva ante la falta de transparencia que fortalece la democracia

Por último, el Síndic no puede olvidar que una de sus funciones, tal y como reconocen los denominados Principios de Venecia del Consejo de Europa, tiene como objetivo el fortalecimiento de la democracia.

Resulta importante reseñar que, a tenor de las cifras de este Informe Anual 2022, parece que las quejas de Transparencia y Participación Ciudadana han descendido respecto al año anterior, pero no es así. La explicación radica en que muchas de ellas se han contabilizado con las de procedimiento administrativo (antes Régimen Jurídico) puesto que son transversales.

Esta institución sigue recibiendo cada año centenares de quejas presentadas por estos motivos. Muchos alcaldes siguen pensando que los datos e informes que maneja el ayuntamiento son suyos y que pueden graduar a su antojo el acceso a los mismos por parte de otros miembros de la corporación.

Con ser esto grave, no lo es menos la falta de reacción de les Corts Valencianes ante la denuncia de estos hechos que venimos realizando año tras año. En el Informe anual 2021, el Síndic llegó «(…) a plantear a les Corts Valencianes la necesidad de modificar el artículo 128 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana, con el fin de regular específicamente el acceso directo de todos los concejales a los documentos y a la información contenida en los sistemas informáticos de gestión electrónica de los expedientes municipales (…)».

Sin embargo, no se ha hecho nada al respecto. A nadie parece interesarle corregir esa grave anomalía. “Ni el Consell, ni los grupos parlamentarios, que gozan de iniciativa legislativa, han estimado oportuno iniciar una reforma legal que permita a los grupos de concejales en la oposición acceder, sin trabas, a toda la documentación obrante en el consistorio. Tampoco la recientemente aprobada Ley de la Generalitat 1/2022, de Transparencia y Buen Gobierno, ha tenido a bien abordar este problema que a todos afecta”, indica Luna.

Al defensor le resulta muy difícil entender esta desidia colectiva ante la amenaza que supone, para el correcto funcionamiento de las instituciones democráticas, el oscurantismo con el que se manejan los asuntos públicos.

Documentos adjuntos:
Tablas y gráficos en los que se plasma la actividad de la institución en el ejercicio 2022 en cifras.
Informe Anual 2022