El Síndic recuerda a Vila-real su obligación de reservar plazas para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recordado al Ayuntamiento de Vila-real que debe reservar al menos un 10 % de las plazas en sus ofertas de empleo público para ser cubiertas por personas con discapacidad, con independencia del sistema selectivo utilizado.

Así se recoge en dos resoluciones dictadas por el Síndic tras las quejas por la falta de esa reserva en las ofertas de empleo público ordinaria y complementaria aprobadas en 2022 por el Ayuntamiento, ambas destinadas a la estabilización de empleo temporal: una con 100 plazas y otra con 34.

El Ayuntamiento trasladó al Síndic que esa reserva no era aplicable a los procesos de estabilización por concurso de méritos previstos en la Ley 20/2021, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. También señalaba que la plantilla municipal ya cumplía con la obligación de que al menos el 3 % de sus plazas estén ocupadas por personas con diversidad funcional y que las ofertas de empleo público ordinarias de 2022, 2023 y 2024 sí respetaron el cupo del 10 %.

El Síndic, en cambio, rechazó esta interpretación y consideró vulnerado el derecho de acceso al empleo público del colectivo de personas con discapacidad, ya que no se les permitió participar en procesos selectivos reservados en exclusiva, que debían suponer al menos el 10 % del total de plazas ofertadas. Además, Luna recordó que la Ley 4/2021, de la Función Pública Valenciana, obliga a reservar ese porcentaje mínimo en todas las ofertas de empleo público, con independencia del sistema selectivo que se utilice.

Tras analizar la respuesta municipal, el Síndic concluye que el Ayuntamiento no ha atendido sus recomendaciones, ya que no se pronuncia expresamente sobre las ofertas de estabilización objeto de las quejas y se limita a reiterar que cumple la normativa en las ofertas ordinarias.

Consulta las resoluciones del Síndic sobre este asunto:

El Síndic investiga los excesivos retrasos en la valoración de la dependencia infantil

Luna pide información a la Conselleria de Servicios Sociales sobre las causas que impiden a los menores acceder, en el plazo establecido, a las ayudas que les corresponden

El Síndic ha iniciado una investigación de oficio ante la reiterada demora en la resolución y revisión del grado de dependencia de menores, una situación que vulnera derechos fundamentales y contraviene los plazos legales establecidos. La queja se fundamenta en el perjuicio que estas demoras suponen para la infancia, especialmente en procesos de inclusión y rehabilitación, y solicita a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda información detallada sobre cuántos expedientes tiene pendientes, los criterios de revisión, la formación del personal técnico y las medidas adoptadas para reducir la lista de espera.

Tal y como ya constaba en el Informe Anual del Síndic de 2024, las quejas relacionadas con dependencia representan el 33% de los expedientes tramitados y el 70% de los referidos a Servicios Sociales. En el caso de los menores, la Conselleria admite demoras de hasta un año en la resolución del grado, cuando la normativa fija un máximo de tres meses. Esta dilación, sumada a la revisión sistemática de valoraciones ya realizadas por profesionales cualificados, ralentiza el acceso a recursos esenciales y puede dejar obsoletos los informes médicos y psicopedagógicos, obligando a las familias a aportar nueva documentación.

La intervención temprana en la infancia es esencial para favorecer la inclusión y la rehabilitación, aprovechando la capacidad del cerebro para adaptarse en esta etapa. Por ello, cualquier retraso en el reconocimiento del grado de dependencia de menores o en la elaboración de su Programa Individual de Atención (PIA) implica un perjuicio significativo para su desarrollo que puede lastrar el resto de su vida.

Desde las administraciones públicas se requiere un esfuerzo decidido para agilizar estos procedimientos, garantizando así una atención adecuada y oportuna a menores que lo necesitan.

Cabe recordar que la resolución del grado de dependencia es un paso necesario, pero no garantiza por sí sola el acceso a los servicios y ayudas previstas por la ley. Para ello, es imprescindible que la Administración elabore el Programa Individual de Atención (PIA), adaptado a las necesidades de cada persona. Sin embargo, esta fase también sufre retrasos importantes que alargan aún más el proceso, impidiendo que los menores reciban las prestaciones necesarias en tiempo adecuado.

La normativa establece un plazo máximo de seis meses desde la solicitud hasta la asignación de recursos, pero en la práctica este plazo no se cumple, especialmente en el caso de menores, donde la demora en la resolución inicial ya es habitual. Ante esta situación, la Conselleria ha informado que existe un plan de trabajo para reducir la lista de espera, aunque no ha detallado en qué consiste ni qué resultados ha dado hasta ahora.

Ante esta realidad, el Síndic ha solicitado a la Conselleria un informe exhaustivo sobre el número de expedientes con más de seis meses de demora, la existencia de valoraciones previas, la revisión de grados provisionales, la formación específica del personal técnico, y los detalles del plan de trabajo para reducir la lista de espera.

Asimismo, el defensor requiere información sobre la agilidad en la resolución del PIA y el procedimiento de obtención de nuevos informes. La institución recuerda que la protección de los derechos de la infancia es prioritaria y exige a la Administración medidas urgentes para garantizar una atención adecuada y sin demoras injustificadas.

Consulta nuestra resolución.

El Síndic reprocha a la Universidad Miguel Hernández que incumpla la reserva de plazas docentes para personas con discapacidad en su oferta de empleo 2025

Luna reclama a la Universidad que modifique sus convocatorias y garantice el acceso igualitario

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a la Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche a modificar su oferta de empleo público para garantizar la reserva legal de plazas docentes destinadas a personas con discapacidad. En su resolución, el defensor del pueblo valenciano reprocha a la UMH no haber alcanzado el porcentaje mínimo del 7% exigido por la normativa vigente y señala que la universidad tampoco permitió al ciudadano recurrente subsanar la documentación ni alegar sobre el fondo de la cuestión.

Luna, tras una exhaustiva investigación, ha constatado que la UMH no ha respetado el porcentaje mínimo del 7% de plazas reservadas para personas con discapacidad, tal y como establece el artículo 59 del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). De las 118 plazas ofertadas en 2025, sólo 4 se destinan a este colectivo, lo que representa apenas un 3,38%, muy por debajo del mínimo legal. Además, el porcentaje de personal docente e investigador con discapacidad en la universidad es del 1,04%, lejos del objetivo del 2% fijado por la normativa.

El ciudadano denunció la falta de respuesta y la inadmisión de su recurso por «falta de legitimación», a pesar de haber intentado acreditar su interés legítimo. El Síndic considera que la UMH vulneró su derecho a la buena administración y a la tutela administrativa efectiva, al no permitirle subsanar la causa de inadmisión ni alegar sobre el fondo del asunto. Además, el defensor critica que la universidad interprete de forma restrictiva quién puede recurrir estas ofertas, generando indefensión y obligando a los ciudadanos a litigar para defender sus derechos.

Ante esta situación, Luna ha formulado varias consideraciones y propuestas dirigidas a la UMH: resolver los recursos de reposición en el plazo de un mes mediante resoluciones motivadas y notificadas; eliminar los obstáculos que dificulten la tutela administrativa efectiva, permitiendo a los ciudadanos alegar y subsanar defectos; reservar el 7% de las plazas ofertadas para personas con discapacidad, con el objetivo de alcanzar el 2% de efectivos totales; y modificar las ofertas de empleo público de 2025 para incluir la reserva legal en las plazas aún no convocadas.

La finalidad de la reserva de plazas, como medida de discriminación positiva o inversa, también es la de conseguir que las Administraciones Públicas de nuestro país sean fiel reflejo de la sociedad a la que sirven.

Esta actuación pone de relieve la importancia de garantizar el acceso igualitario al empleo público y la protección de los derechos de las personas con discapacidad, tal y como exige la Constitución y el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana

[Resolución Queja UMH]

El Síndic reprocha al Ayuntamiento de Jávea que no reserve plazas para personas con discapacidad

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha hecho pública una resolución en la que reprocha al Ayuntamiento de Jávea que vulnere el derecho de acceso al empleo público de las personas con discapacidad. Además, le reprende por incumplir su deber de colaboración con esta institución.

Luna inició esta investigación tras recibir la queja de un ciudadano que denunciaba la ausencia de plazas reservadas para personas con discapacidad en la Oferta de Empleo Público de 2024 y la falta de respuesta al recurso administrativo que había presentado.

El Síndic concluye que el Ayuntamiento vulneró el derecho de acceso al empleo público al omitir la reserva legal del 10% de plazas para personas con discapacidad. Asimismo, recuerda que toda Administración está obligada a responder los recursos que presenten los ciudadanos en plazo, de forma clara y motivada, y que debe informar sobre cómo se pueden reclamar las decisiones administrativas adoptadas, como las ofertas de empleo.

La resolución del Síndic insiste en la obligación legal de reservar al menos el 10% de las plazas en las ofertas de empleo público para personas con discapacidad. Adicionalmente, sugiere al Ayuntamiento que reconsidere su decisión inicial sobre el recurso del ciudadano, dándole la oportunidad de alegar o corregir posibles errores, y que, si todavía quedaran plazas por convocar de la oferta de 2024, la modificara para incluir esa reserva del 10% para personas con discapacidad.

Pese a ello, el Ayuntamiento de Jávea no ha comunicado al Síndic si acepta o rechaza las recomendaciones, incumpliendo su obligación legal de responder en el plazo máximo de un mes.

Consulta las resoluciones de esta actuación:

La Conselleria acepta la recomendación del Síndic y resuelve la ayuda a la dependencia de un niño de 5 años, tras 20 meses de espera

Luna advierte del impacto negativo de estas demoras en niños con discapacidad

La Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha atendido la recomendación del Síndic de resolver con urgencia el grado de dependencia y el correspondiente programa individual de atención (PIA) de un niño de cinco años, con un 42% de discapacidad y con autismo. Una solicitud que la madre del menor había presentado ante la Administración, en julio de 2023.

Pese a que finalmente la queja se ha solucionado, el Síndic ha insistido en que la demora de más de 20 meses en resolver sobre el grado de dependencia ha vulnerado los derechos del menor, al no valorarse su interés superior como primordial en las decisiones que le afectan. Además, la falta de agilidad en las actuaciones ha tenido un impacto negativo e irreversible en su desarrollo.

Y es que, a pesar de que la madre presentó la solicitud en julio de 2023 y adjuntó toda la documentación pertinente, no fue hasta marzo de 2024 cuando los servicios sociales realizaron la visita domiciliaria. En su escrito al Síndic, la madre del menor denunciaba lo siguiente: «como madre monoparental y perteneciente a una familia numerosa de categoría especial, apenas puedo costear las necesidades de mi hijo, lo que hace que esta espera haya sido aún más perjudicial».

Son numerosas las quejas que tramita esta institución por los graves retrasos en resolver las ayudas a la dependencia. Cuando las personas afectadas son menores de edad, estas demoras suman un mayor perjuicio si cabe, pues perjudica directamente su desarrollo inmediato y futuro.

Consulta el contenido íntegro de la resolución en este asunto.

El Síndic censura el retraso en dictar un informe de adaptación laboral a una persona con discapacidad intelectual

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, reprocha a la Conselleria de Servicios Sociales y a la Conselleria de Justicia e Interior su falta de coordinación y diligencia para resolver el acceso al empleo público de una persona con discapacidad intelectual.

A finales de noviembre de 2024, la madre de la afectada se dirigió al Síndic por la falta de respuesta al escrito que presentó a la Conselleria competente en Función Pública. En él solicitaba un informe de adaptación laboral para poder activar a su hija en la bolsa de trabajo temporal de Ayudante de Residencia.  Una bolsa en la que estaba inscrita, pero figuraba como “no disponible” a falta de dicho informe.

Esta institución ya había tramitado una queja previa sobre este asunto.

En su resolución, el Síndic concluye que la Administración autonómica ha incurrido en una «falta absoluta de coordinación» a la hora de emitir el informe correspondiente de adaptación del puesto de trabajo para personas con diversidad funcional, en función de la bolsa de trabajo a la que pertenezcan. Y le ha recordado que, en lo que respecta a las personas con diversidad funcional, la adaptación del puesto de trabajo es un requisito legal que las administraciones públicas están obligadas a cumplir.

Luna también afea a la Administración que la madre de la persona afectada se haya visto obligada a peregrinar por dos consellerias y presentar quejas en el Síndic para obtener los informes necesarios de adaptación al puesto de trabajo que permitan el acceso al empleo público de su hija. De hecho, transcurrido más de un año, todavía no se ha producido su incorporación efectiva.

Por último, el Síndic pide a la administración que considere la posibilidad de que la trabajadora desempeñe otros puestos dentro de la Agrupación Profesional Funcionarial de Subalterno/a, tal y como indicaba el informe de la Comisión de Estudios de la Diversidad Funciona y conforme a las adaptaciones sugeridas por el INVASSAT.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

 

 

El Síndic reprocha al Consell la grave demora del centro de valoración de discapacidad de Alicante

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha requerido a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que resuelva con carácter urgente la solicitud de revisión del grado de una persona con una discapacidad del 68% reconocida en el año 2020. Dado el agravamiento de su situación, solicitó hace más de 10 meses una revisión y el reconocimiento de necesidad de ayuda de tercera persona.

En el transcurso de la investigación, la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda informó al Síndic que en el centro base de Alicante se estaban resolviendo, en ese momento, solicitudes de abril de 2023. Un dato que pone de manifiesto la grave demora en dar respuesta a las solicitudes de valoración de grado de discapacidad.  Y es que, situaciones como la descrita, no sólo afectan al ciudadano que presentó esta queja, sino a muchas otras personas con discapacidad que esperan la resolución de sus expedientes para poder acceder a los derechos, prestaciones y recursos esenciales que les corresponden para así mejorar sus condiciones de vida y conseguir su inclusión sociolaboral. Así se desprende de las numerosas quejas tramitadas en el Síndic sobre esta problemática en las que la administración demora la resolución en más de un año.

La Conselleria, por su parte, justificaba esta tardanza en la «creciente afluencia de solicitudes, motivo por el cual se sigue un orden riguroso». Un argumento que no es compartido por el Síndic, que considera que la administración autonómica ha incurrido en un grave incumplimiento de sus obligaciones legales al demorar significativamente la resolución de solicitudes de revisión de grado de discapacidad. Por ello, Luna le recomienda que implemente un plan de choque que resuelva estos expedientes en el plazo de tres meses establecido por ley.

Consulta nuestra actuación sobre este asunto.

El Síndic urge una solución para garantizar la continuidad del centro ocupacional Nou Renàixer en Burjassot

Luna reclama la firma urgente de un nuevo contrato para que el centro siga atendiendo a 40 personas con diversidad funcional

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado al Ayuntamiento de Burjassot a impulsar, de manera urgente, la firma de un nuevo contrato de concesión demanial para que el centro ocupacional Nou Renàixer pueda seguir utilizando los locales municipales en los que atiende a usuarios con diversidad funcional . Asimismo, ha pedido a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que colabore con la administración local y la cooperativa en la búsqueda de soluciones que permitan la continuidad del centro.

El centro ocupacional Nou Renàixer, gestionado por una cooperativa sin ánimo de lucro, es un servicio concertado por la Generalitat que ofrece 40 plazas (100% públicas) para personas con discapacidad. La actividad se desarrolla en un local municipal desde febrero de 2021. Sin embargo, la actual cesión del local finaliza, según contrato, en febrero de este año.

El Síndic ha manifestado su preocupación por la incertidumbre que esta situación genera, no sólo para los usuarios del centro, sino también para sus familias y los trabajadores que prestan sus servicios en el mismo. Para esta institución, las personas con discapacidad que asisten a dicho centro merecen continuar recibiendo la atención debida y los cuidados y aprendizajes que desarrollan en esas instalaciones por lo que, a falta de otra ubicación, lo más respetuoso con sus derechos sería firmar una nueva concesión demanial, tal y como solicitan los usuarios y sus representantes.

Consulta nuestra resolución sobre este asunto.

El Síndic urge a Castellón a reanudar el transporte adaptado para que una persona con autismo pueda acudir a su centro de educación especial

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado al Ayuntamiento de Castellón a adoptar las medidas necesarias para que la entidad prestadora del servicio de transporte adaptado en ese municipio  reanude el funcionamiento del mismo, para así garantizar el derecho a la educación de las personas con discapacidad de la residencia APNAC que cursan estudios en el Centro de Educación Especial El Cau.

La intervención del defensor valenciano se inició tras recibir una queja por las incidencias de varios usuarios de este servicio de transporte que estaban viendo vulnerado sus derechos, y así se había comunicado al Ayuntamiento de Castellón. En uno de los casos, se trata de una persona con autismo, curatelada por el IVASS, que  se ha visto privada de transporte desde mayo de 2023 para acudir al centro donde se encuentra escolarizada. En otros, se referían a los horarios del transporte adaptado, que no se adecuaban al horario escolar. Lo que ocasionaba a las personas afectadas una merma considerable en las horas lectivas durante todo el año.

En relación con el usuario curatelado por el IVASS, la propia Conselleria confirmó al Síndic la falta de transporte desde mayo de 2023, e informó que el IVASS había solicitado en dos ocasiones al ayuntamiento que reanudase ese servicio. Ante la falta de respuesta del ayuntamiento, y como medida alternativa, el IVASS junto con la dirección de la residencia APNAC comenzaron a realizar un ingreso extraordinario de 50 euros mensuales, desde la cuenta del curatelado a la citada entidad, para contribuir al gasto de transporte que voluntariamente se viene realizando para que el interesado pueda seguir con sus estudios.

Por su parte, el Ayuntamiento de Castellón no respondió a la petición de información solicitada por el Síndic. Esa falta de respuesta ha impedido que Luna pueda examinar el contrato de servicio de trasporte adaptado con la entidad prestadora del mismo, así como la causa de las incidencias denunciadas en la queja.

No obstante, en su resolución el defensor se basa en el propio reglamento de transporte adaptado del Ayuntamiento de Castellón, un servicio dirigido a personas que padecen alguna discapacidad física, psíquica o dificultades de movilidad que impida el uso del transporte público colectivo, cuyo objetivo es facilitar la movilidad de estos usuarios, fomentar la igualdad de oportunidades, posibilitar el traslado a centros de formación, así como potenciar su participación en la vida social.

Por todo ello, esta institución reprocha al Ayuntamiento de Castellón que no haya reanudado el transporte hasta el punto de que, para paliar los perjuicios que ello ocasiona al interesado, el IVASS y la propia Residencia hayan tenido que adoptar una solución alternativa transportándolo voluntariamente hasta el centro de educación especial.

En este enlace puedes consultar nuestra resolución sobre este asunto.

Día Internacional de las Personas con Discapacidad

En el día de hoy queremos recordar los derechos de las personas con discapacidad y reafirmar nuestro compromiso en la defensa de estos derechos.

En materia de discapacidad, de las quejas recibidas en el Síndic a lo largo del 2024, destacan numéricamente las relacionadas con el incumplimiento de los plazos para resolver los expedientes de valoración del grado. Un asunto que ha sido objeto de múltiples recomendaciones y sugerencias dictadas por esta institución.

No podemos olvidar que, en muchos casos, estas demoras conllevan perjuicios a las personas con discapacidad, al impedirles el acceso a aquellos beneficios que tienen reconocidos por derecho y que intentan hacerles la vida más sencilla y facilitar su inclusión social. Cuando los afectados son niños, estas demoras impiden el acceso rápido a terapias que son claves en los primeros años de vida, así como a otras ayudas socioeconómicas y prestaciones.

Los siguientes expedientes reflejan nuestra actuación sobre este tema:

También detallamos otros asuntos que hemos tramitado a lo largo de este año y que, igualmente, afectan a los derechos de personas con discapacidad:

  • Sobre el déficit de plazas en centros específicos para atender debidamente a una persona con discapacidad intelectual con graves trastornos de conducta, lo que conllevó su derivación a otras comunidades. Enlace: https://acortar.link/Mes8Ca
  • Sobre empleo público: un aspirante con discapacidad intelectual excluido de dos procesos selectivos: auxiliar administrativo y ordenanza. Enlace: https://acortar.link/F4jCdn

Sobre la tutela de un menor con discapacidad en acogimiento familiar y su proceso de adopción. Enlace: https://acortar.link/NzFDKT