El Síndic pide garantizar sin límite de edad la educación inclusiva del alumnado con discapacidad

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha pedido a la Conselleria de Educación que adopte las medidas necesarias para garantizar, sin límite de edad, el pleno disfrute del derecho a la educación inclusiva del alumnado con discapacidad.

La actuación se inició a raíz de una queja presentada en nombre de familias de alumnado con discapacidad intelectual y/o física, que denunciaban dos obstáculos en el acceso a los Programas Formativos de Cualificación Básica adaptados (PFCB): los límites de edad para acceder y permanecer en ellos y la imposibilidad de hacerlo una vez obtenido el título de ESO.

Según se desprende del informe de la Conselleria, de los dos obstáculos denunciados, el relativo a la titulación de ESO se ha flexibilizado. Una modificación normativa de 2025 permite que el alumnado con necesidades educativas especiales que haya obtenido la ESO acceda a estos programas, previa autorización de la Dirección General competente en Formación Profesional y siempre que, tras la valoración de los servicios de orientación, se considere que no está en condiciones de obtener al menos un certificado profesional incluido en un ciclo de grado medio.

El límite de edad, en cambio, continúa vigente. Según informó la Conselleria, el alumnado con discapacidad mayor de 21 años que no dispone del título de ESO puede permanecer «excepcionalmente» matriculado en estos programas hasta los 24 años.

La Conselleria ha comunicado además al Síndic que trabaja en una nueva orden para regular Programas Formativos de Cualificación Básica de Grado C sin límite de edad para alumnado con discapacidad. Según el informe remitido, incluirían un módulo de autonomía personal y relaciones sociales, recursos de acompañamiento durante la Formación en Empresa y un mayor apoyo en el centro educativo.

La Administración también informó de que el alumnado con discapacidad que dispone de la ESO pero no ha podido completar Bachillerato o un ciclo de grado medio puede acceder a itinerarios formativos personalizados en la Formación de Personas Adultas.

El Síndic recuerda que la inclusión escolar debe ser la base de la actuación de la Administración educativa y considera especialmente relevante avanzar hacia una oferta formativa sin límites de edad para el alumnado con discapacidad. Por ello, ha requerido a la Conselleria que implemente las medidas necesarias para garantizar el pleno disfrute, sin límite de edad, del derecho a la educación inclusiva de este alumnado.

Consulta la resolución.

El Síndic pide mejorar la difusión de los canales adaptados de acceso al 112 para personas con dificultades de comunicación

La institución recomienda publicar en los canales oficiales toda la información sobre los procedimientos específicos de acceso para garantizar que cualquier persona pueda solicitar ayuda en igualdad de condiciones.

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado a la Conselleria de Emergencias e Interior que publique de forma accesible, en los canales oficiales del servicio 112 Comunitat Valenciana, la información sobre los procedimientos específicos de acceso dirigidos a personas con discapacidad o con dificultades de comunicación.

La resolución parte de la queja presentada por una persona en representación de su padre, operado de laringe, quien puso de manifiesto las dificultades para comunicar una emergencia vital al 112 al no poder realizar una llamada de voz. Durante la investigación, la Conselleria informó de que existe un procedimiento alternativo mediante el envío de mensajes SMS, aplicable en toda la Comunitat Valenciana y consensuado con asociaciones representativas del colectivo.

Sin embargo, el Síndic considera que la cuestión no radica únicamente en que exista un sistema alternativo, sino en si ese mecanismo ofrece un acceso realmente equivalente al del resto de la ciudadanía. Luna señala que el procedimiento exige conocer previamente un número de teléfono específico que no está publicado y utilizar una palabra clave («AOL»), por lo que no garantiza un acceso en igualdad de condiciones. Además, constata que esta información se difunde únicamente a través de asociaciones y no mediante los canales oficiales del servicio 112.

En la resolución, el Síndic recuerda que «el acceso a un servicio de emergencias no puede depender del previo conocimiento informal proporcionado por una entidad asociativa» y subraya que la accesibilidad no consiste únicamente en disponer de un mecanismo alternativo, sino también en que la ciudadanía pueda conocerlo de forma sencilla, pública y anticipada.

Por ello, esta institución concluye que la Conselleria ha vulnerado el derecho de las personas afectadas a acceder al 112 en igualdad de condiciones y le recomienda que publique de forma accesible toda la información sobre los procedimientos específicos, de manera que las personas con discapacidad o con dificultades de comunicación puedan conocer de antemano los mecanismos disponibles para solicitar ayuda en una situación de emergencia.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

 

El Síndic urge al Ayuntamiento de Alicante a conceder una tarjeta de estacionamiento para un menor con discapacidad

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna González, ha recomendado al Ayuntamiento de Alicante que resuelva de forma inmediata la solicitud de una tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad presentada para un menor con discapacidad y movilidad reducida, una vez superado ampliamente el plazo máximo previsto en la normativa municipal.

El defensor del pueblo valenciano subraya que la tarjeta de estacionamiento es un recurso esencial para facilitar la movilidad, la autonomía personal y la participación social del menor. En este sentido, advierte de que la demora del Ayuntamiento en resolver la solicitud ha causado un perjuicio real y efectivo en un caso especialmente sensible, al afectar a un menor. Una situación que no hace más que incrementar la incertidumbre y la carga que soportan las familias con personas con diversidad funcional a su cargo, al limitar de forma directa el acceso a estos apoyos básicos en la vida cotidiana.

Por otra parte, Luna ha recordado al Ayuntamiento de Alicante su deber de colaboración con el Síndic, tras no atender los requerimientos de información formulados durante la tramitación de la queja.

Consulta la resolución de consideraciones de este caso.

 

El Síndic reprocha a Servicios Sociales su inactividad en reconocer la dependencia de un menor y el perjuicio económico causado

La Administración tardó cerca de dos años en informar de una incompatibilidad, provocando gastos a la familia que el defensor insta a compensar

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha emitido una resolución en la que denuncia la “absoluta inactividad” de la Conselleria de Servicios Sociales en la tramitación del Programa Individual de Atención (PIA) de un menor de edad. La institución alerta de que esta desatención administrativa ha vulnerado el derecho a una buena administración y ha causado un daño económico directo a la familia.

La actuación del defensor del pueblo valenciano se inició tras la queja por la demora en resolver una prestación vinculada al servicio de prevención y promoción de la autonomía personal, solicitada en septiembre de 2023.

De la investigación del Síndic se desprende que la familia solo tuvo conocimiento de que la prestación era incompatible con la asistencia a un Centro de Atención Temprana (CAT) casi dos años después de iniciar los trámites y tras la intervención de la institución.

La incompatibilidad está prevista en la normativa autonómica, pero el Síndic reprocha que no se informara de ella en tiempo y forma, lo que impidió a la familia tomar una decisión con conocimiento y la obligó a asumir el coste de servicios de prevención, generando un perjuicio económico que considera cuantificable.

La resolución también subraya la falta de agilidad de la Administración en un expediente que afecta a un menor, ignorando la urgencia que exige la normativa de infancia ante el efecto irreversible del paso del tiempo en el desarrollo infantil.

El Síndic formuló varias recomendaciones a la Conselleria, entre ellas resolver con urgencia la prestación pendiente del PIA del menor y la solicitud de nuevas preferencias presentada en septiembre de 2023. Además, recomendó iniciar de oficio un expediente de responsabilidad patrimonial para compensar a la familia por los perjuicios económicos derivados del funcionamiento anormal de la Administración, informando de la decisión adoptada.

Sin embargo, la Conselleria no ha asumido la apertura de dicho expediente de oficio y se ha limitado a remitir a la familia a los servicios sociales municipales para nuevos trámites.

Consulta la actuación del Síndic en este asunto.

Conselleria se compromete con el Síndic a reforzar personal y agilizar trámites para reducir el atasco en valorar la discapacidad

La valoración oficial del grado de discapacidad es un paso imprescindible para acceder a ayudas, prestaciones y derechos sociales. Sin embargo, en la Comunitat Valenciana, decenas de miles de personas llevan más de un año esperando a que su expediente sea revisado. Esta situación ha generado un gran malestar social y un notable incremento de quejas ciudadanas relacionadas con este problema desde 2024.

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha cerrado hoy su investigación de oficio sobre las graves demoras en la valoración de la discapacidad con el compromiso de la Conselleria de Servicios Sociales de aceptar algunas de las recomendaciones propuestas para atajar el problema.

El defensor propuso nueve recomendaciones a la Conselleria, entre las que destacan la necesidad urgente de reforzar los recursos humanos, crear más equipos de valoración, acelerar la implantación de la nueva herramienta informática y mejorar la información a los solicitantes sobre los plazos de resolución de sus expedientes

Servicios Sociales ha aceptado seis de estas recomendaciones, aunque sin concretar plazos de cumplimiento. Cabe señalar que la Administración autonómica se ha comprometido a la contratación temporal de 24 nuevos profesionales para reforzar los Centros de Valoración y Orientación de Discapacidad en Castellón, Valencia y Alicante; a aprobar una nueva orden reguladora del procedimiento; a acelerar la implantación de una aplicación informática que facilite la gestión; y a colaborar con las organizaciones sociales del sector para mejorar la atención y el asesoramiento a las personas con discapacidad.

La Conselleria espera que estas medidas ayuden a reducir el volumen de expedientes pendientes, que supera los 61.000 en toda la Comunitat, según la información que ha proporcionado a esta institución. Una cifra que refleja la gravedad de la situación y la necesidad de adoptar medidas eficaces y urgentes.

Por contra, la Administración ha rechazado la recomendación de informar de manera individual a cada solicitante sobre el tiempo estimado para la resolución de su expediente, alegando que supondría una carga administrativa extra no prevista en la ley. También descarta crear más equipos de valoración a nivel de departamentos sociales y emitir resoluciones provisionales para quienes están pendientes de revisión, medidas que el Síndic considera razonables y necesarias para garantizar una buena administración y reducir la incertidumbre de las personas afectadas.

Luna ha recordado que el tiempo medio de espera para la valoración de la discapacidad es actualmente de un año y medio. Además, ha anunciado que hará un seguimiento del cumplimiento de las medidas aceptadas.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

El Síndic recuerda a Vila-real su obligación de reservar plazas para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recordado al Ayuntamiento de Vila-real que debe reservar al menos un 10 % de las plazas en sus ofertas de empleo público para ser cubiertas por personas con discapacidad, con independencia del sistema selectivo utilizado.

Así se recoge en dos resoluciones dictadas por el Síndic tras las quejas por la falta de esa reserva en las ofertas de empleo público ordinaria y complementaria aprobadas en 2022 por el Ayuntamiento, ambas destinadas a la estabilización de empleo temporal: una con 100 plazas y otra con 34.

El Ayuntamiento trasladó al Síndic que esa reserva no era aplicable a los procesos de estabilización por concurso de méritos previstos en la Ley 20/2021, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. También señalaba que la plantilla municipal ya cumplía con la obligación de que al menos el 3 % de sus plazas estén ocupadas por personas con diversidad funcional y que las ofertas de empleo público ordinarias de 2022, 2023 y 2024 sí respetaron el cupo del 10 %.

El Síndic, en cambio, rechazó esta interpretación y consideró vulnerado el derecho de acceso al empleo público del colectivo de personas con discapacidad, ya que no se les permitió participar en procesos selectivos reservados en exclusiva, que debían suponer al menos el 10 % del total de plazas ofertadas. Además, Luna recordó que la Ley 4/2021, de la Función Pública Valenciana, obliga a reservar ese porcentaje mínimo en todas las ofertas de empleo público, con independencia del sistema selectivo que se utilice.

Tras analizar la respuesta municipal, el Síndic concluye que el Ayuntamiento no ha atendido sus recomendaciones, ya que no se pronuncia expresamente sobre las ofertas de estabilización objeto de las quejas y se limita a reiterar que cumple la normativa en las ofertas ordinarias.

Consulta las resoluciones del Síndic sobre este asunto:

El Síndic investiga los excesivos retrasos en la valoración de la dependencia infantil

Luna pide información a la Conselleria de Servicios Sociales sobre las causas que impiden a los menores acceder, en el plazo establecido, a las ayudas que les corresponden

El Síndic ha iniciado una investigación de oficio ante la reiterada demora en la resolución y revisión del grado de dependencia de menores, una situación que vulnera derechos fundamentales y contraviene los plazos legales establecidos. La queja se fundamenta en el perjuicio que estas demoras suponen para la infancia, especialmente en procesos de inclusión y rehabilitación, y solicita a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda información detallada sobre cuántos expedientes tiene pendientes, los criterios de revisión, la formación del personal técnico y las medidas adoptadas para reducir la lista de espera.

Tal y como ya constaba en el Informe Anual del Síndic de 2024, las quejas relacionadas con dependencia representan el 33% de los expedientes tramitados y el 70% de los referidos a Servicios Sociales. En el caso de los menores, la Conselleria admite demoras de hasta un año en la resolución del grado, cuando la normativa fija un máximo de tres meses. Esta dilación, sumada a la revisión sistemática de valoraciones ya realizadas por profesionales cualificados, ralentiza el acceso a recursos esenciales y puede dejar obsoletos los informes médicos y psicopedagógicos, obligando a las familias a aportar nueva documentación.

La intervención temprana en la infancia es esencial para favorecer la inclusión y la rehabilitación, aprovechando la capacidad del cerebro para adaptarse en esta etapa. Por ello, cualquier retraso en el reconocimiento del grado de dependencia de menores o en la elaboración de su Programa Individual de Atención (PIA) implica un perjuicio significativo para su desarrollo que puede lastrar el resto de su vida.

Desde las administraciones públicas se requiere un esfuerzo decidido para agilizar estos procedimientos, garantizando así una atención adecuada y oportuna a menores que lo necesitan.

Cabe recordar que la resolución del grado de dependencia es un paso necesario, pero no garantiza por sí sola el acceso a los servicios y ayudas previstas por la ley. Para ello, es imprescindible que la Administración elabore el Programa Individual de Atención (PIA), adaptado a las necesidades de cada persona. Sin embargo, esta fase también sufre retrasos importantes que alargan aún más el proceso, impidiendo que los menores reciban las prestaciones necesarias en tiempo adecuado.

La normativa establece un plazo máximo de seis meses desde la solicitud hasta la asignación de recursos, pero en la práctica este plazo no se cumple, especialmente en el caso de menores, donde la demora en la resolución inicial ya es habitual. Ante esta situación, la Conselleria ha informado que existe un plan de trabajo para reducir la lista de espera, aunque no ha detallado en qué consiste ni qué resultados ha dado hasta ahora.

Ante esta realidad, el Síndic ha solicitado a la Conselleria un informe exhaustivo sobre el número de expedientes con más de seis meses de demora, la existencia de valoraciones previas, la revisión de grados provisionales, la formación específica del personal técnico, y los detalles del plan de trabajo para reducir la lista de espera.

Asimismo, el defensor requiere información sobre la agilidad en la resolución del PIA y el procedimiento de obtención de nuevos informes. La institución recuerda que la protección de los derechos de la infancia es prioritaria y exige a la Administración medidas urgentes para garantizar una atención adecuada y sin demoras injustificadas.

Consulta nuestra resolución.

El Síndic reprocha a la Universidad Miguel Hernández que incumpla la reserva de plazas docentes para personas con discapacidad en su oferta de empleo 2025

Luna reclama a la Universidad que modifique sus convocatorias y garantice el acceso igualitario

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a la Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche a modificar su oferta de empleo público para garantizar la reserva legal de plazas docentes destinadas a personas con discapacidad. En su resolución, el defensor del pueblo valenciano reprocha a la UMH no haber alcanzado el porcentaje mínimo del 7% exigido por la normativa vigente y señala que la universidad tampoco permitió al ciudadano recurrente subsanar la documentación ni alegar sobre el fondo de la cuestión.

Luna, tras una exhaustiva investigación, ha constatado que la UMH no ha respetado el porcentaje mínimo del 7% de plazas reservadas para personas con discapacidad, tal y como establece el artículo 59 del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). De las 118 plazas ofertadas en 2025, sólo 4 se destinan a este colectivo, lo que representa apenas un 3,38%, muy por debajo del mínimo legal. Además, el porcentaje de personal docente e investigador con discapacidad en la universidad es del 1,04%, lejos del objetivo del 2% fijado por la normativa.

El ciudadano denunció la falta de respuesta y la inadmisión de su recurso por «falta de legitimación», a pesar de haber intentado acreditar su interés legítimo. El Síndic considera que la UMH vulneró su derecho a la buena administración y a la tutela administrativa efectiva, al no permitirle subsanar la causa de inadmisión ni alegar sobre el fondo del asunto. Además, el defensor critica que la universidad interprete de forma restrictiva quién puede recurrir estas ofertas, generando indefensión y obligando a los ciudadanos a litigar para defender sus derechos.

Ante esta situación, Luna ha formulado varias consideraciones y propuestas dirigidas a la UMH: resolver los recursos de reposición en el plazo de un mes mediante resoluciones motivadas y notificadas; eliminar los obstáculos que dificulten la tutela administrativa efectiva, permitiendo a los ciudadanos alegar y subsanar defectos; reservar el 7% de las plazas ofertadas para personas con discapacidad, con el objetivo de alcanzar el 2% de efectivos totales; y modificar las ofertas de empleo público de 2025 para incluir la reserva legal en las plazas aún no convocadas.

La finalidad de la reserva de plazas, como medida de discriminación positiva o inversa, también es la de conseguir que las Administraciones Públicas de nuestro país sean fiel reflejo de la sociedad a la que sirven.

Esta actuación pone de relieve la importancia de garantizar el acceso igualitario al empleo público y la protección de los derechos de las personas con discapacidad, tal y como exige la Constitución y el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana

[Resolución Queja UMH]

El Síndic reprocha al Ayuntamiento de Jávea que no reserve plazas para personas con discapacidad

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha hecho pública una resolución en la que reprocha al Ayuntamiento de Jávea que vulnere el derecho de acceso al empleo público de las personas con discapacidad. Además, le reprende por incumplir su deber de colaboración con esta institución.

Luna inició esta investigación tras recibir la queja de un ciudadano que denunciaba la ausencia de plazas reservadas para personas con discapacidad en la Oferta de Empleo Público de 2024 y la falta de respuesta al recurso administrativo que había presentado.

El Síndic concluye que el Ayuntamiento vulneró el derecho de acceso al empleo público al omitir la reserva legal del 10% de plazas para personas con discapacidad. Asimismo, recuerda que toda Administración está obligada a responder los recursos que presenten los ciudadanos en plazo, de forma clara y motivada, y que debe informar sobre cómo se pueden reclamar las decisiones administrativas adoptadas, como las ofertas de empleo.

La resolución del Síndic insiste en la obligación legal de reservar al menos el 10% de las plazas en las ofertas de empleo público para personas con discapacidad. Adicionalmente, sugiere al Ayuntamiento que reconsidere su decisión inicial sobre el recurso del ciudadano, dándole la oportunidad de alegar o corregir posibles errores, y que, si todavía quedaran plazas por convocar de la oferta de 2024, la modificara para incluir esa reserva del 10% para personas con discapacidad.

Pese a ello, el Ayuntamiento de Jávea no ha comunicado al Síndic si acepta o rechaza las recomendaciones, incumpliendo su obligación legal de responder en el plazo máximo de un mes.

Consulta las resoluciones de esta actuación:

La Conselleria acepta la recomendación del Síndic y resuelve la ayuda a la dependencia de un niño de 5 años, tras 20 meses de espera

Luna advierte del impacto negativo de estas demoras en niños con discapacidad

La Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha atendido la recomendación del Síndic de resolver con urgencia el grado de dependencia y el correspondiente programa individual de atención (PIA) de un niño de cinco años, con un 42% de discapacidad y con autismo. Una solicitud que la madre del menor había presentado ante la Administración, en julio de 2023.

Pese a que finalmente la queja se ha solucionado, el Síndic ha insistido en que la demora de más de 20 meses en resolver sobre el grado de dependencia ha vulnerado los derechos del menor, al no valorarse su interés superior como primordial en las decisiones que le afectan. Además, la falta de agilidad en las actuaciones ha tenido un impacto negativo e irreversible en su desarrollo.

Y es que, a pesar de que la madre presentó la solicitud en julio de 2023 y adjuntó toda la documentación pertinente, no fue hasta marzo de 2024 cuando los servicios sociales realizaron la visita domiciliaria. En su escrito al Síndic, la madre del menor denunciaba lo siguiente: «como madre monoparental y perteneciente a una familia numerosa de categoría especial, apenas puedo costear las necesidades de mi hijo, lo que hace que esta espera haya sido aún más perjudicial».

Son numerosas las quejas que tramita esta institución por los graves retrasos en resolver las ayudas a la dependencia. Cuando las personas afectadas son menores de edad, estas demoras suman un mayor perjuicio si cabe, pues perjudica directamente su desarrollo inmediato y futuro.

Consulta el contenido íntegro de la resolución en este asunto.