La queja de un paciente ante el Síndic por la imposibilidad del Hospital General de Elche de acceder a la historia clínica de un paciente del Hospital del Vinalopó destapa la descoordinación entre los centros
El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado a la Conselleria de Sanidad que garantice el acceso a las historias clínicas electrónicas de los pacientes entre los centros que componen el Sistema Valenciano de Salud (ya sean de gestión pública o privada). Todo ello al objeto de evitar demoras innecesarias en la prestación de la asistencia sanitaria de los usuarios.
La intervención del defensor del pueblo valenciano se inició tras la queja de un paciente del Hospital del Vinalopó (centro público de gestión privada) al que se le aprobó el traslado de especialista (Traumatología) al Hospital General Universitario de Elche. Al acudir a su cita descubrió con sorpresa que los facultativos del Hospital General de Elche no podían acceder a su historia clínica. Una descoordinación que se tradujo en una demora en la asistencia sanitaria del interesado.
Tras solicitar información, la administración sanitaria comunicó al Síndic que la empresa Ribera Salud -que gestiona el Hospital Universitario del Vinalopó- utiliza programas de gestión diferentes a los utilizados en los hospitales de gestión pública, lo que hace imposible acceder a las historias clínicas de los pacientes atendidos por dicho hospital.
La única opción disponible para estos pacientes es solicitar su historia clínica mediante un formulario que es tramitado por el Servicio de Documentación Clínica y que finalmente le es entregado al paciente; un procedimiento que (según el interesado) viene a tardar unos 30 días.
El Síndic considera fundamental la coordinación y el acceso a los datos de la historia clínica electrónica en todos los centros que componen el Sistema Valenciano de Salud. Solo de esta forma, los profesionales sanitarios podrán tener un pleno conocimiento de la situación clínica actualizada de los pacientes, además de reducir los tiempos de espera para establecer los diagnósticos y tratamientos, así como evitar la repetición de pruebas médicas.
Por último, Luna también recuerda en su resolución que los datos contenidos en la historia clínica del paciente tienen un alto componente de intimidad. «Se trata de unos datos sensibles por lo que merecen una protección reforzada y sólo se podrán tratar bajo ciertas condiciones, límites y con determinadas garantías» ha matizado el defensor.
Aquí puedes consultar el contenido íntegro de nuestra resolución: 11992733.pdf (elsindic.com)