El Síndic de Greuges urge al Ayuntamiento de Alicante a poner en marcha el órgano de participación del Plan de Inclusión Social

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, insta al Ayuntamiento de Alicante a poner en marcha «de manera urgente» la Comisión Municipal de Inclusión y Derechos Sociales, órgano que garantiza la participación democrática de las entidades sociales en la gestión y el seguimiento del Plan de Inclusión.

La intervención del Síndic en este asunto se ha producido tras la queja que presentó la Plataforma contra la Pobreza, la Exclusión y la Desigualdad Social en Alicante ante esta institución. En ella denunciaba que dicha Comisión «ni se había convocado ni se había configurado». La Plataforma consideraba que, en la práctica, el plan estaba bloqueado y provocaba «una forma de actuar del ayuntamiento al margen de su propia normativa» desde hace más de un año.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alicante aprobó, el 22 de diciembre de 2020 el  I Plan Municipal de Inclusión Social de la ciudad, donde se proponía la creación de una Comisión Municipal de Inclusión y Derechos Sociales, cuya composición prevé, además del nivel político, técnico y socio económico, tres niveles de carácter social: entidades del tercer sector, consejos consultivos y vecinal.

Dos años después de su aprobación, el Ayuntamiento de Alicante sigue sin haber creado y puesto en marcha la citada comisión. Según el consistorio, esta situación se debe a que el Plan de Inclusión es uno de los planes estratégicos contemplados en la Agenda Urbana de Alicante 2030 y hasta que esta no se apruebe no se desarrollarán las diferentes comisiones de seguimiento de los Planes estratégicos de la ciudad.

Asimismo, el Ayuntamiento no considera que creación de la Comisión de Inclusión sea vinculante, puesto que se trata de una propuesta que no fue recogida en la parte dispositiva del acuerdo, sino que se anotó en el texto del Plan en forma de proposición y no como un deber taxativo de constitución.

Sin embargo, el Síndic entiende que «la creación de este Consejo en el l Plan de Inclusión es un órgano básico y esencial para la gestión y participación democrática del mismo y, por tanto, la demora en su creación no puede basarse en criterios formales que contravienen principios esenciales de la Constitución española, del Estatut de Autonomía, de la Ley de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana y del propio Plan de Inclusión.»

Ademas, Luna recuerda que el reciente Decreto 217/2022, de 16 de diciembre, del Consell viene a establecer la obligatoriedad que tienen los Ayuntamientos de crear consejos locales de inclusión y derechos sociales en aquellas ciudades de más de 20.000 habitantes.

Consulta nuestra resolución: 11917858.pdf (elsindic.com)

 

Sanidad acepta la recomendación del Síndic y sacará a la UCA del Hospital Provincial de Castellón de los barracones

La Conselleria de Sanidad ha aceptado las recomendaciones del Síndic de Greuges y trasladará la Unidad de Conductas Adictivas (UCA) del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón (UCA) -tras16 años en barracones- al edificio nuevo de Salud Mental y Urgencias.

A principios de diciembre de este año, el defensor del pueblo valenciano emitió una resolución en la que urgía a acelerar las actuaciones para eliminar las instalaciones provisionales del citado servicio y así prestar una asistencia sanitaria digna y adecuada a sus usuarios, garantizando el acceso a las prestaciones sanitarias durante todo el año.

La intervención del Síndic en este asunto se originó tras una queja presentada por el sindicato CCOO que denunciaba la situación de provisionalidad de la UCA por llevar «16 años funcionando en barracones». El escrito de queja también manifestaba que dichas instalaciones prefabricadas no contaban con los medios y espacios necesarios para garantizar los derechos de privacidad e intimidad de los usuarios, ni las condiciones laborales de los profesionales.

La Conselleria, por su parte, ha contestado al Síndic que acepta sus recomendaciones y le ha comunicado que, como parte de la futura remodelación del servicio de Urgencias, van a trasladar la UCA «al edificio nuevo de Salud Mental y Urgencias donde se encuentran las Urgencias Hospitalarias Generales actuales». Según el informe remitido, «dicha reforma incluirá la readaptación de los dos circuitos de urgencias, uno de urgencias general y otro de salud mental y manteniendo habitaciones de contención, aislamiento y aislamiento inverso. Por su parte, la UCA ocuparía parte de las habitaciones y despachos que se liberaran tras dicha remodelación al final del pasillo de Urgencias Generales».

Ahora bien, Ángel Luna no quiere que la aceptación de sus recomendaciones quede en papel mojado, y ha advertido al sindicato de que, si en tres meses la administración sanitaria no inicia las actuaciones referidas en su informe, puede dirigirse de nuevo a esta institución.

Consulta nuestra actuación:

11913147.pdf (elsindic.com)

11917216.pdf (elsindic.com)

El Síndic insta a garantizar la igualdad en el acceso a las Unidades de Lactancia Materna

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha recomendado a la Conselleria de Sanidad que impulse la creación de una Unidad de referencia de Lactancia Materna para atender a aquellas patologías que, por sus características, precisan de cuidados de elevado nivel de especialización y tecnología para garantizar tanto la calidad como la seguridad y la eficacia asistencial sanitaria.

Esta es una de las recomendaciones del Síndic tras La queja presentada por una persona que denunciaba que su bebé, de mes y medio, no había podido ser atendido en la Unidad de Lactancia del Hospital Peset por pertenecer a otro departamento de salud, concretamente a La Fe, que no cuenta con esa unidad de especialización. Consideraba que su hija estaba siendo discriminada y que se estaban vulnerando sus derechos como paciente.

La Conselleria de Sanidad confirmó al defensor del pueblo valenciano que, en la actualidad, solo existe la Unidad de Lactancia Materna del Departamento Valencia- Hospital Peset, y que ésta no es una unidad de referencia, sino de carácter departamental; es decir, destinada a atender solo a aquellas personas que pertenecen a dicho departamento de salud.

El Síndic considera necesario la creación tanto de unidades de referencia como departamentales, a fin de garantizar la equidad en el acceso a este servicio sanitario. Por ello, recomienda que, mientras que se realicen las gestiones para crear dichas unidades, se dote a la existente en el Hospital Doctor Peset de los medios personales y materiales necesarios para permitir la atención de aquellos lactantes, que previamente valorados por atención primaria, requieran de sus servicios.

Consulta nuestra actuación: 11908631.pdf (elsindic.com)

El Síndic urge a Ferrocarrils a garantizar la plena accesibilidad en todos sus servicios

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha apremiado a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) a adaptar todos los andenes y acceso a sus servicios para garantizar la plena accesibilidad de los usuarios. Además, le pide que consigne las dotaciones presupuestarias suficientes para llevar a cabo dichas actuaciones.

Hasta que se ejecuten las obras y se consiga la completa accesibilidad de las instalaciones, Luna insta a tomar medidas “eficaces y rápidas” para atender las constantes incidencias que se producen en el servicio y que dificultan o imposibilitan la autonomía personal, así como la participación en la vida social, profesional y educativa de todas aquellas personas que tienen problemas de movilidad.

De esta forma se ha pronunciado el defensor del pueblo valenciano ante la queja presentada por la madre de un usuario de la localidad valenciana de Meliana, que denunciaba los graves inconvenientes que soportaban los usuarios que se desplazan con sillas de rueda y, en particular, su hijo, que necesita coger el metro a diario para asistir a clases en la Universidad.

El informe que FGV remitió al Síndic hacía referencia a diferentes órdenes, protocolos y circulares que, a juicio de esta institución, no consiguen hacer efectivo el derecho a la accesibilidad universal en los andenes y estaciones. De hecho, y en relación al anunciado Proyecto “Plataformes PMR”, FGV comunicaba que “está pendiente de licitar la ejecución de los trabajos” pero que no hay presupuesto para dicho fin, por lo que no saben cuándo iniciarán los mismos. Asimismo, respecto al Protocolo de uso de las plataformas portátiles, recuerda que es necesario avisar con 120 minutos de antelación.

En su resolución, el Síndic concluye que Ferrocarrils de la Generalitat no logra la accesibilidad de sus instalaciones para todas las personas, en especial para las que padecen una movilidad reducida. Tampoco consigue atender de manera efectiva las demandas de apoyo requeridas por las personas que necesitan ayudas puntuales cuando los mecanismos previstos para lograr la accesibilidad no funcionan.

Luna insiste en la lentitud con la que avanzan los derechos de las personas con movilidad reducida en cuanto transporte público y considera que la entidad Ferrocarrils de la Generalitat debe involucrarse de una manera plena en garantizar la libre circulación y plena accesibilidad de las personas con alguna discapacidad.

“La accesibilidad en todos los ámbitos de la vida, y en especial en el transporte, facilita que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Por tanto, la adopción de medidas que identifiquen y eliminen los obstáculos y las barreras de acceso son fundamentales” concluye el defensor.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto: 11909676.pdf (elsindic.com)

El Síndic insta a Presidencia de la Generalitat a concretar a qué entidad compete la gestión y el pago del bono social térmico

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, reclama a Presidencia de la Generalitat que determine, sin dejar lugar a duda, la entidad u organismo competente para hacer frente a la gestión y abono del Bono Social Térmico correspondiente al año 2020 y a los sucesivos a partir del 2021; puesto que esta es la única anualidad que sí se ha encomendado gestionar al IVACE, según ha informado a esta institución la Conselleria de Vivienda.  

Durante el año 2021 y el 2022 han sido numerosas las quejas  que ha recibido el Síndic sobre la no tramitación y pago del Bono Social Térmico (BST) correspondiente al año 2020. Las más de 161.000 personas beneficiarias  de esta ayuda esperaron a lo largo de todo el año 2020 su abono; pero al no producirse empezaron a reclamarlo a las distintas consellerias, pues desconocían a quién correspondía la tramitación de los fondos ministeriales destinados a ese fin. 

El BST de 2019 lo gestionó y tramitó el propio Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO), pero el BST 2020 ya correspondía hacerlo a las Comunidades Autónomas. 

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en julio de 2021, cuando ya se debería estar abonando el BST 2020, respondió al Síndic que todavía no se había designado el órgano competente para la gestión y pago de este bono.  

Asimismo, la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, en un informe del 12/11/2021, comunicó al Síndic que dicha tarea le correspondería a la futura Agencia Valenciana de la Energía, que habría de crear la Conselleria de Economía. Dos meses más tarde, Vivienda notificó al defensor que, finalmente, era el Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial (IVACE) quien asumía la gestión del BST.  

Asimismo, con fecha 28/02/2022, la Conselleria de Economía Sostenible manifestó al Síndic que “el encargo que recibió el IVACE en diciembre de 2021 se circunscribe exclusivamente a la gestión y pago del Bono Social Térmico con cargo al presupuesto del año 2021”. 

Cabe destacar que el 8/07/2022 Presidencia de la Generalitat informó a esta institución que “el IVACE ha asumido la gestión y pago del bono social térmico correspondiente al ejercicio 2020”. Sin embargo, en 7/11/2022, cuatro meses después, La Conselleria de Economía Sostenible comunica al Síndic, en respuesta a una información solicitada, que “hoy por hoy, IVACE no ha recibido ningún mandato expreso para llevar a cabo la gestión del BST-2020, ni tampoco transferencia alguna procedente del Ministerio…) 

Luna, preocupado por la falta de gestión del BST 2020, requirió informe de Presidencia, quien indicó a esta institución que “no corresponde a la Presidencia de la Generalitat adoptar o controlar las disposiciones por las que se haya podido asignar al IVACE las funciones de gestión y pago del Bono Social Térmico, ni tiene conocimiento de cuál es el órgano competente para la tramitación y pago del Bono de 2020”. 

Por otra parte, la Conselleria de Hacienda, a través de la dirección General de Presupuestos, confirmó al defensor “que dichos ingresos para las ayudas del Bono Social Térmico de 2020 no se recibieron en las cuentas de la Administración de la Generalitat, y por tanto no se comunicaron a ningún departamento o Conselleria de la Generalitat. (…)” 

Dado que, según otro informe recibido de Economía Sostenible, al IVACE no le consta que el Ministerio haya realizado ninguna transferencia para efectuar el pago del Bono Social Térmico-2020 en la Comunitat Valenciana, el Síndic concluye que la Generalitat Valenciana no lo ha gestionado, a pesar de la existencia de subvenciones directas para este fin. Del mismo modo, en ningún informe se hace referencia a la gestión y tramitación del BST 2022, que debería estar abonándose ya. 

Así las cosas, como todas las administraciones públicas actúan bajo el principio de personalidad jurídica única, el Síndic se dirige a Presidencia de la Generalitat como cabeza de la institución. El defensor considera que Presidencia es la responsable de resolver los conflictos que han podido surgir en la gestión de las ayudas del bono social térmico para el 2020, que siguen sin recibir sus beneficiarios, entre otros motivos, por la indefinición de las atribuciones competenciales entre las distintas Consellerias. 

Ver resolución completa:  

https://www.elsindic.com/Resoluciones/expedientes/2022/202202056/11909067.pdf 

VII Jornada del Síndic de Greuges sobre Protección a la Infancia y Adolescencia

El 22 de noviembre celebramos la VII Jornada del Síndic de Greuges dedicada a los derechos de las personas menores de edad. El evento ha tenido lugar en el Salón de Actos de la Facultad de Edcación de la Universidad de Alicante y lo inauguró el síndic, Ángel Luna, junto a la rectora, Amparo Navarro. 

Este año, y con motivo del 40 aniversario de Estatuto de Autonomía, la institución ha dedicado la primera sesión del encuentro a analizar la evolución en los recursos que prestan atención a niños, niñas y adolescentes (NNA): desde los servicios sociales, pasando por el movimiento asociativo, hasta el acogimiento tanto familiar como residencial. En el coloquio han participado:  

  • José Conrado Moya Mira, técnico del Síndic de Greuges 
  • Empar López Agües, técnica jurídica de los servicios sociales del Ayuntamiento de Aldaia  
  • Adolf Montoliu i Peris, director de la Asociación Periferia  
  • Javier Romeu Soriano, técnico en protección a la infancia y familia educadora 
  • Miguel Ángel Segura Palomares, exdirector del Centro Nazaret y expresidente de APIME  

En la segunda sesión de trabajo, se ha presentado el informe preliminar del Síndic sobre la atención a niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo. En esta segunda mesa han participado:  

  • Carlos Castillo Márquez, adjunto segundo del Síndic de Greuges. 
  • José Conrado Moya Mira, técnico del Síndic de Greuges 
  • Ana Rosser Limiñana, técnica del Síndic de Greuges 
  • José Guerrero Oliva, coordinador del área de familia e infancia del Ayuntamiento de Alcoi. 
  • Pablo de Gracia Soriano, profesor de la Universidad de Alicante. Departamento de Sociología I.  

Este informe recoge las conclusiones preliminares de la queja de oficio que abrió el Síndic con el objeto de conocer las actuaciones desarrolladas por los servicios sociales municipales respecto a la situación de riesgo de los menores de edad.  Se trata de la primera investigación que lleva a cabo el defensor del pueblo valenciano sobre este asunto.  

En la Comunidad Valenciana, la competencia para detectar, valorar, intervenir, declarar y determinar el cese de la situación de riesgo corresponde al ayuntamiento donde resida la persona protegida. En las situaciones de riesgo prenatal será competente la entidad local de residencia de la mujer embarazada.  De ahí que el Síndic haya recabado información de un total de 190 municipios a través de los cuestionarios remitidos.  

 

El Síndic apremia a El Campello a adecuar la red de evacuación y saneamiento para evitar más vertidos en la Playa de la Almadraba

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha dirigido al Ayuntamiento de El Campello una resolución que pretende solucionar el problema de los vertidos de aguas fecales en la Playa de la Almadraba.  Para ello, el defensor valenciano ha instada a impulsar, con la mayor diligencia y brevedad, la tramitación del proyecto de adecuación de los sistemas de evacuación y saneamiento, así como el posterior mantenimiento de esta red municipal. Asimismo, el defensor ha requerido que se le informe mensualmente sobre el estado de tramitación del procedimiento de aprobación del referido proyecto.

Esta institución inició su investigación tras la queja presentada por los vecinos de las urbanizaciones colindantes en la que denunciaban la inactividad del consistorio ante la avería de la estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) de L’Almadrava. De acuerdo con la misma, a consecuencia de la avería se produjo una cascada de vertidos de aguas fecales en la playa y zonas verdes. Los vecinos también insisten en que esta situación es habitual tras las lluvias o fallos del sistema de impulsión.

En su resolución, el Síndic recapitula las diferentes normas que atribuyen a las corporaciones locales la competencia y la responsabilidad legal en materia de tratamiento y evacuación de aguas residuales. Atendiendo a las mismas, Luna advierte que corresponde a estas administraciones «el control de vertidos a las redes municipales de alcantarillado, incluyendo la adopción de medidas correctoras cuando sean necesarias». En este sentido, el Ayuntamiento de El Campello tiene el deber y la obligación de paliar las deficiencias detectadas que, según se desprende del propio informe municipal remitido a esta institución, radican fundamentalmente en «el elevado caudal que entra en poco tiempo en situaciones de fuertes lluvias, al estar conectada la red de pluviales y fecales”; una circunstancia que está afectando de manera evidente y directa a los derechos constitucionales a la salud y a un medio ambiente adecuado de los vecinos de la zona.

Además, el Sindic considera que el problema no acaba con la creación de la infraestructura, sino que es necesario establecer un sistema de gestión que garantice su mantenimiento.

Consulta la resolución de consideraciones sobre este asunto.

El Síndic insta a eliminar la brecha digital en las ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Angel Luna, ha vuelto a pedir a la Conselleria de Vivienda que garantice el derecho de las personas a elegir en todo momento si se comunican o no con las administraciones públicas por medios electrónicos. Esta vez lo hace en relación a las convocatorias de ayudas al alquiler de vivienda para personas menores de 35 años.  

La actuación del defensor del pueblo valenciano se inició tras la queja presentada por una ciudadana que solicitó la concesión de esta ayuda y le fue denegada al no haberla presentado electrónicamente; un requisito imprescindible según las bases de la convocatoria.  

La Conselleria intentó notificar a la interesada ese defecto por correo electrónico, pero ésta nunca lo recibió porque cometió un error al escribir su dirección de correo en el formulario de solicitud. No obstante, según la interesada, en el mismo formulario sí constaba su número de teléfono, al que la administración podría haber recurrido al constatar que los correos electrónicos enviados no se habían entregado.  De ahí que el Síndic también haya pedido revisar la denegación de la ayuda solicitada por esta persona. 

No es la primera vez que el Síndic aborda el problema de la brecha digital; una forma de discriminación y exclusión social, ya que priva precisamente a las personas más necesitadas del acceso a las ayudas que tienen reconocidas por ley.  «Los recursos públicos deben llegar a quienes de verdad los necesitan y no, necesariamente, a quienes sepan cómo encontrarlos, porque a menudo a las necesidades de las personas se suma su falta de capacidad para relacionarse con la Administración o con el manejo de las nuevas tecnologías» concluye Luna. 

En esta ocasión, el Síndic pone el foco en las personas menores de 35 años a las que van dirigidas estas ayudas a la vivienda. Ser joven no siempre es sinónimo de tener competencias digitales. Hay personas en esta horquilla de edad que no han tenido las mismas posibilidades de acceso a las nuevas tecnologías y, por tanto, no tienen las destrezas necesarias para desenvolverse y aprovechar el potencial de las mismas.  

Consulta nuestra actuación:  11869837.pdf (elsindic.com)

El Síndic investiga a Igualdad por denegar la RVI a personas que, cumpliendo los requisitos, han trabajado durante un corto tiempo

El síndic de Greuges, Ángel Luna, ha abierto una investigación de oficio a la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas al considerar que su actuación al denegar la renta valenciana de inclusión (RVI) a personas que, durante un corto periodo de tiempo, han estado trabajando no solo es una “injusticia” sino que puede “vulnerar sus derechos”.  

La decisión del Luna se debe a las reiteradas y numerosas quejas de personas que han acudido a esta institución denunciando que habían solicitado la RVI cumpliendo todos los requisitos para que se la concedieran, pero se les denegaba porque en el momento de la resolución -emitida fuera del plazo máximo previsto-  habían estado empleadas por un corto espacio de tiempo. 

Ni la ley ni el decreto que la desarrolla hacen ninguna referencia a la denegación de esta ayuda económica cuando en el momento de su resolución la persona interesada se encuentre percibiendo ingresos si durante los meses anteriores, desde que se realizó la solicitud, no disponía de los mismos.  

Al denegar esta prestación económica, la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ignora el derecho que la persona tenía a la renta valenciana de inclusión durante los meses en los que no percibía ingreso alguno; es más, si  la Conselleria hubiera resuelto la ayuda en el plazo máximo legal fijado de 6 meses, la persona solicitante la hubiera cobrado. 

La administración no puede ignorar el periodo de tiempo en el que una familia ha sufrido, especialmente, meses en los que ha dejado de pagar facturas o ha contraído préstamos que ha de devolver posteriormente. Además, como el defensor valenciano viene señalando: “Nos preocupa el efecto desmotivador en la consecución de empleo por parte de solicitantes de esta ayuda, en especial cuando intuyen que la resolución de la RVI puede estar próxima”. 

Por todo ello, el Síndic ha solicitado a la Conselleria que le remita, en el plazo máximo de un mes, un informe en el que responda, entre otras, a las siguientes cuestiones:  

  • ¿Qué apartado legislativo determina que las solicitudes de RVI realizadas cuando la persona interesada cumple todos los requisitos para ser beneficiaria se denieguen, más de seis meses después, cuando en el momento de la resolución la persona está trabajando?  
  • ¿Valora la Conselleria que con dichas resoluciones está negando una ayuda a la que tenía derecho la persona solicitante? 
  • ¿Comprende que si hubieran resuelto en el plazo fijado legislativamente dicha persona hubiera percibido la ayuda solicitada?  
  • ¿Por qué no cumple el mandato legal y aprueba resoluciones favorables, con una suspensión posterior de la ayuda y reactivándola cuando sea el caso? 

Ver Resolución de Inicio de Queja de Oficio completa: 11902046.pdf (elsindic.com) 

 

XXXIII Jornadas de Coordinación de Defensores: la prestación del servicio público de salud en el medio rural

El síndic de greuges, Ángel Luna y sus adjuntos, Concha Bru y Carlos Castillo, han participado durante los días 20 y 21 de octubre en las XXXV Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo, organizadas este año por el Procurador del Común de Castilla y León en la capital leonesa.

En esta edición, el tema central de debate ha sido «La prestación del servicio público de salud en el medio rural». Además del Síndic y de la oficina anfitriona -el Procurador del Común de Castilla y León- han participado representantes del: Valedor do Pobo, Ararteko, Defensor del Pueblo Andaluz, Defensor del Pueblo Navarro, Síndic de Greuges de Catalunya, Diputado del Común de Canarias, y el Defensor del Pueblo estatal.

Entre las principales conclusiones acordadas sobre este asunto, los defensores han reclamado a las administraciones competentes «la total recuperación de las consultas en los centros de salud de las zonas rurales» y que se prime la atención presencial de los pacientes frente a la telemedicina.

Además, los defensores han insistido en que las personas que residen en el medio rural deben ser atendidas mediante un sistema sanitario público «fundado en los principios de equidad, calidad, proximidad y presencialidad, constituido por personal sanitario estable y dotado de medios suficientes. Dicho sistema sanitario debe garantizar la atención médica primaria, la atención continuada, unos servicios de urgencias efectivos y suficientes en tiempos razonables y el acceso a la atención especializada de forma adecuada», precisa el texto.

Aquí puedes consultar el contenido íntegro del documento.