El Síndic recomienda al Ayuntamiento de Finestrat que inspeccione una planta de residuos de construcción

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, se ha dirigido al Ayuntamiento de Finestrat para instarle a comprobar la denuncia de la Asociación de Afectados por la Planta de Residuos de la Construcción en el Bulevar Comercial de Finestrat. Este colectivo, según la queja remitida al Síndic, lleva años reclamando al Ayuntamiento, sin éxito, que adopte medidas de control y vigilancia de la mercantil que explota la Planta de Residuos y añade que dicha instalación no cumple con las medidas correctoras para evitar las nubes de polvo y la contaminación atmosférica que vienen establecidas en la licencia medioambiental concedida en su día.

El Ayuntamiento de Finestrat no ha contestado a la petición del informe del defensor del pueblo valenciano, por lo que esta institución no ha podido contrastar los hechos denunciados por la asociación y, por lo tanto, parte de la veracidad de los mismos y de la pasividad municipal a la hora de resolver las solicitudes presentadas.

En su resolución, Luna recuerda la obligación legal del Ayuntamiento de contestar a los vecinos “en plazo, de forma expresa y motivada”, así como el deber legal de colaborar con el Síndic de Greuges, facilitando la información solicitada y contestando a las recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales efectuados.

El Síndic también indica en su resolución que la obtención de la licencia ambiental para el ejercicio de una actividad no puede ser entendida como una autorización genérica para realizar la actividad sin someterse a ulteriores obligaciones. Dicha licencia impone al titular de la actividad la obligación de ejercer la misma acatando plenamente las condiciones y obligaciones legales establecidas.

Por último, el Síndic advierte al Ayuntamiento que para evitar las molestias causadas injustamente a los vecinos afectados, la ley establece que, previa audiencia al interesado, se podrá declarar la clausura y cierre del local, así como requerir la adopción de medidas correctoras que eviten las molestias. Y le recomienda que, llegado el caso, adopte las medidas oportunas para que se cumplan las condiciones de otorgamiento de la licencia ambiental concedida.

Consulta nuestra actuación: 11997711.pdf (elsindic.com)

El Síndic pide actualizar la Ordenanza sobre protección de ruidos de Alicante del año 1991

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Angel Luna, ha solicitado al Ayuntamiento de Alicante que modifique, con carácter urgente, la Ordenanza Municipal sobre protección de ruidos y vibraciones del año 1991 y la adapte a la actual normativa autonómica sobre contaminación acústica. Además, le apremia a adoptar todas las medidas inspectoras, preventivas y sancionadoras que sean necesarias para eliminar la contaminación acústica existente en la zona del casco antiguo.

Así de contundente ha sido la respuesta del Síndic a la denuncia presentada por una asociación de vecinos, que se quejaban de la falta de respuesta e inactividad del Ayuntamiento ante las molestias que vienen sufriendo como consecuencia del  funcionamiento de los establecimientos de ocio ubicados en su zona.

Precisamente, en la presentación del Informe Anual, Luna fue especialmente duro con la falta de respuesta de las Administraciones, calificándola de «comportamiento inaceptable» y de «ninguneo» a la ciudadanía; una práctica que conduce al descrédito de las instituciones. En este caso, el defensor ha advertido al Ayuntamiento que tiene la obligación legal de dar respuesta a todos los escritos presentados por los ciudadanos con celeridad, agilidad y eficacia, notificándoles las actuaciones realizadas o las que prevea realizar.

En la resolución, el Síndic critica que en el informe municipal no conste la realización de inspecciones efectuadas en los establecimientos para comprobar el cumplimiento de las condiciones de la ambientación musical y que tampoco figure la realización de mediciones sonométricas para comprobar los niveles de ruido procedente de los distintos locales.

Por todo ello, el defensor considera necesario que el ayuntamiento revise las licencias o autorizaciones con las que cuentan los establecimientos de la zona, y que compruebe si corresponden con la actividad que los locales vienen ejerciendo. Insiste en que estas actuaciones deben ir acompañadas de la adopción de medidas preventivas y sancionadoras; lo que implica la realización de inspecciones sobre el  funcionamiento de los establecimientos y la medición de los niveles sonoros de los equipos de sonido, así como el control estricto del cumplimiento de los horarios de cierre de los locales.

El Síndic concluye su resolución proponiendo al consistorio que valore la posibilidad de declarar la zona acústicamente saturada.

Consulta la resolución del Síndic: 11948641.pdf (elsindic.com)

Democratizar la protección al medio ambiente: acceso a la información y participación ciudadana

De acuerdo con la Constitución española, todas las personas tienen el derecho a exigir a los poderes públicos que adopten las medidas necesarias para garantizar la adecuada protección del medio ambiente y para disfrutar del derecho a vivir en un medio ambiente sano.

Desde el Síndic venimos declarando de forma reiterada que, para que la ciudadanía pueda participar en esa tarea de protección de forma real y efectiva, ésta debe tener acceso a la información medioambiental relevante y deben poder participar en los procesos de toma de decisiones. No cabe duda de que la participación garantiza el funcionamiento democrático de las sociedades e introduce mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos.

Sobre esta materia, hemos dictado recientemente una resolución para que faciliten toda la información ambiental solicitada por un vecino en relación con la instalación de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR).

Aquí puedes consultar nuestra actuación en este asunto reciente:11843335.pdf (elsindic.com)

Urgimos al Ayuntamiento de Alicante a actuar ante la denuncia de un vertedero ilegal en el camino de Alcoraya.

Una vecina de Alicante presentó queja ante el Síndic en la que denunciaba el funcionamiento ilegal de un vertedero en el camino de Alcoraya. Antes de acudir a esta institución, lo había comunicado al Ayuntamiento, sin que hasta el momento éste hubiese realizado ninguna actuación.

Admitimos la queja a trámite y, en octubre de este año, solicitamos un informe al Ayuntamiento de Alicante para saber si había comprobado los hechos denunciados y, en su caso, si había adoptado las medidas oportunas en relación con el funcionamiento sin licencia de dicho vertedero.

Hasta el momento, el Ayuntamiento de Alicante no ha remitido a esta institución la información requerida, incumpliéndose el plazo legal máximo de un mes. Por ello, carecemos de información suficiente para determinar el órgano competente en materia de inspección, dado que no disponemos de información específica de las características de la actividad objeto de la queja.

En cualquier caso, y dado que la denuncia de la interesada se dirigió al Ayuntamiento de Alicante, desde el Síndic hemos instado al Ayuntamiento a realizar una visita de inspección para comprobar los hechos denunciados y, en su caso, a clausurar la actividad sin perjuicio de las sanciones que procedan. Es más, en caso de que la actividad requiriera de autorización ambiental integrada, el ayuntamiento deberá remitir la denuncia y el resultado de la inspección a la Conselleria competente en materia de medio ambiente, para que ésta lleve a cabo las actuaciones que procedan.

Igualmente, el Síndic ha recordado al consistorio su obligación legal de facilitar a esta institución los expedientes, los datos, los informes y cuanta documentación les sea solicitada para el esclarecimiento de los hechos sobre los que se está indagando.

Consulta nuestra actuación sobre este asunto.

 

El Campello se compromete con el Síndic a solucionar las molestias por la tenencia de animales en una comunidad de vecinos

La tenencia de animales de compañía puede llegar a ser una fuente de conflictos entre vecinos en las comunidades de propietarios. El ladrido de perros es una de las causas más comunes de molestias, sobre todo en horario de descanso.

Precisamente, esta es la situación que denunció un vecino de El Campello cuando presentó una queja –en nombre de la comunidad de propietarios- ante el Síndic de Greuges por las continuas molestias que venían padeciendo a causa de los ladridos, así como la suciedad y los malos olores en los elementos comunes  -zaguán, escalera y rellanos- del edificio donde residen. De acuerdo con su escrito de queja, estas molestias venían ocasionadas por la tenencia de más de ocho perros y diez gatos, además de la alimentación a pájaros mediante comederos y bebederos instalados en su terraza.

A la petición de informe del Síndic, el ayuntamiento contestó que la policía local había realizado una visita de inspección informando de que en la vivienda convivían seis perros, seis gatos y un ave y que estos animales tenían su documentación en regla.

En su resolución, el defensor del pueblo valenciano recuerda que la tenencia de animales de compañía en las comunidades de propietarios viene regulada en la correspondiente ordenanza municipal de El Campello y que, en su artículo 7.2, establece que  “la tenencia de animales de compañía en viviendas urbanas queda condicionada a un alojamiento adecuado, a no atentar contra la higiene y la salud pública y a que no causen molestias a los vecinos, sin que el número de animales pueda servir de causa o justificación”.

Asimismo, el apartado 3 de este artículo dispone que “cuando el número de animales sobrepase el límite que fija la Alcaldía, será necesaria la previa autorización municipal para poseerlos”. Pues bien, según el informe remitido por el Ayuntamiento, hasta el momento, no hay una Resolución de Alcaldía estableciendo el número máximo de animales que pueden ser albergados en viviendas urbanas sin autorización municipal.

Por todo ello, el Síndic recomendaba al consistorio que adoptase las medidas correctoras necesarias para lograr la solución de la situación descrita, garantizando la protección de los derechos de los vecinos afectados. También le instaba a concretar el número máximo de animales que pueden ser albergados en viviendas urbanas sin autorización municipal.

Esta semana, el Ayuntamiento de El Campello ha aceptado las recomendaciones del Síndic y ha dado traslado de las mismas al departamento correspondiente “para el estudio de la viabilidad de la modificación de la ordenanza” en lo referente al número máximo de animales en viviendas urbanas.

No obstante, el Síndic ha comunicado al interesado que si en tres meses la administración no adopta estas recomendaciones, puede ponerlo de nuevo en conocimiento del defensor para que intervenga de nuevo.

Ver el contenido de la resolución de recomendaciones sobre este asunto.

Instamos a reconocer a Ecologistas en Acción como “interesado” en proyecto de ampliación del vertedero de Xixona y a contestar sus alegaciones

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Angel Luna, acaba de hacer pública una resolución en la que recomienda a la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a reconocer la condición de interesada en el procedimiento de “Proyecto y Estudio de Impacto Ambiental para la ampliación del vertedero de Xixona” a la Federación Ecologistas en Acción del País Valenciano.

El defensor del pueblo valenciano también insta a que, en su condición de interesada, se le notifique a esta asociación ecologista la estimación o no de sus alegaciones, así como de las resoluciones que se adopten a lo largo del procedimiento.

El Síndic recuerda en su recomendación que, según la normativa que regula los derechos de acceso a la información en materia de medio ambiente, se considerarán personas interesadas aquellas que:

    1. a) Tengan entre los fines acreditados en sus estatutos la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular.
    2. b) Se hubieran constituido legalmente al menos dos años antes del ejercicio de la acción y que vengan ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos.
    3. c) Según sus estatutos desarrollen su actividad en un ámbito territorial que resulte afectado por la actuación, o en su caso, omisión administrativa.

Consulta nuestra resolución sobre asunto.

Recomendamos a la Conselleria que facilite la información medioambiental solicitada sobre unas obras en el litoral de Oropesa del Mar

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a que facilite a una ciudadana la información medioambiental que había solicitado sobre las obras que se están realizando en el Sector Sur de Torre Bellver; una zona que se encuentre en el litoral de Oropesa del Mar y que pertenece a la red Natura 2000.

De esta forma, el defensor del pueblo valenciano respalda la reclamación de esta ciudadana que acudió al Síndic tras no recibir contestación a sus solicitudes de información sobre esta materia.

La base legal de la resolución del Síndic es la Ley 27/2006, de 18 de julio. Esta norma reconoce el derecho de todas las personas a acceder a la información ambiental que obre en poder de las autoridades públicas, sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado. Con carácter general, esta norma da un plazo máximo de un mes para resolver dichas solicitudes de información.

Desde el Síndic de Greuges seguimos insistiendo en que el derecho de acceso a la información ambiental desempeña un papel esencial en la concienciación y educación ambiental de la sociedad. Además, constituye un instrumento indispensable para poder intervenir con conocimiento de causa en los asuntos públicos.

Consulta el contenido de esta resolución:  11712619.pdf (elsindic.com)

El Síndic de Greuges investiga los planes locales de prevención de incendios forestales y de parques naturales

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido esta semana a las administraciones públicas valencianas en materia de prevención de incendios forestales para conocer las actuaciones que están desarrollando en este ámbito.

El conjunto de terrenos forestales de la Comunidad Valenciana presenta un alto riesgo de incendios como consecuencia de su estructura vegetativa, climatología, orografía y el alto nivel de ocupación y actividad antrópica que soportan. Por esta razón, la entonces Conselleria de Territorio y Vivienda, en julio de 2005, ya declaró como zona de alto riesgo de incendio al conjunto de los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.

Durante los dos últimos años, el defensor valenciano ha llevado a cabo tres investigaciones de oficio destinadas a supervisar la actuación de las administraciones valencianas en materia de prevención de incendios; una sobre la limpieza de montes públicos en la Comunidad Valenciana, otra sobre los planes de prevención de incendios en parques naturales y una última sobre los planes locales de prevención de incendios forestales.

Fruto de estas investigaciones, en noviembre de 2017, Cholbi instó a la entonces Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural a aprobar con urgencia el plan de prevención del parque natural Penyagolosa y a revisar los respectivos planes de prevención de incendios que habían expirado de otros 17 parques naturales de esta comunidad.

Igualmente, en diciembre de 2018, tras comprobar que de los 542 municipios de la Comunidad Valenciana con superficies forestales y por tanto obligados a tener planes antiincendios, sólo 61 lo tenían, Cholbi instó a la Conselleria a exigir a los consistorios restantes la redacción y aprobación de este documento.

Ahora el Síndic quiere saber en qué han quedado estas recomendaciones que fueron aceptadas en su día. Con ese objetivo, se ha dirigido esta semana a la nueva Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, a las tres diputaciones provinciales y a la Federación Valenciana de Municipios y Provincias solicitando información actualizada al respecto.

Reclamamos mayor participación en las Juntas Rectoras de los Parques Naturales

El síndic de greuges de la Comunitat valenciana, José Cholbi, ha recomendado a la Conselleria de Medio Ambiente que adopte las medidas necesarias para garantizar la participación de un representante de las asociaciones de usuarios de bicicletas de montaña con sede en la Comunitat Valenciana como miembro de las Juntas Rectoras de los Parques Naturales.

De esta forma resuelve el defensor del pueblo valenciano la queja presentada por una asociación de ciclistas de montaña que ponía de manifiesto las “serias dificultades” que encontraba esta entidad para asistir a las juntas rectoras de los parques naturales de la Comunitat Valenciana.

A la petición de información solicitada por el Síndic, la Conselleria argumentaba que la composición de cada una de estas juntas rectoras viene establecida por la Ley de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana y que la incorporación de este colectivo debería llevarse a cabo mediante modificación de la misma, al no estar previstos inicialmente en ella. Asimismo, la Administración entendía que no existía un derecho permanente y específico de esta asociación a participar de manera general en todas las reuniones, comprometiéndose a facilitar la participación de la misma cuando se tratasen temas relacionados con los objetivos de la asociación.

Un planteamiento que no ha sido compartido por el Síndic, que no se cansa de repetir que el derecho de acceso a la información y a la participación medioambiental desempeña un papel esencial en la concienciación y educación ambiental de la sociedad, “se trata de un instrumento indispensable para poder intervenir con conocimiento de causa en los asuntos públicos”.

Además, el Síndic discrepa de la interpretación que hace la Conselleria de la citada ley. Cholbi  razona que esta asociación de ciclismo de montaña podría formar parte de las Juntas Rectoras al amparo de la misma, al incluir colectivos de intereses sociales, grupos cuyos fines fundacionales coincidan con la finalidad del espacio natural protegido y/o entidades que colaboren en la conservación de los valores naturales.

Ver el contenido de la resolución del Síndic: https://www.elsindic.com/Resoluciones/11024772.pdf

La Conselleria de Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Utiel se comprometen con el Síndic a lograr la total retirada de los plásticos del vertedero ilegal de Utiel

El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recibido esta semana los informes tanto al Ayuntamiento de Utiel como a la Conselleria de Agricultura,  Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural aceptando la recomendación que el defensor les dirigió el pasado mes de marzo. En ella, Cholbi les instaba a trabajar de forma coordinada para “lograr la retirada de todo el plástico almacenado, su entrega a gestores autorizados, la limpieza de las parcelas a su estado anterior a las infracciones cometidas, la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores incoados y el cobro de las cantidades invertidas en la ejecución subsidiaria a costa del obligado.”

El defensor del pueblo valenciano abrió esta investigación a raíz de las noticias publicadas en varios medios de comunicación que denunciaban la existencia de un vertedero ilegal con toneladas de residuos de plásticos en el municipio de Utiel. Unas instalaciones que suponían un grave problema medioambiental y que además constituían un serio peligro y una amenaza para la integridad y la salud de las personas.

El informe remitido por la Conselleria indica que, además del procedimiento sancionador en curso, el pasado 28 de enero se iniciaron los trabajos de retirada de los residuos de plástico. Unas labores que están siendo supervisadas por el Ayuntamiento de Utiel y la Policía de la Generalitat, “comprobando los datos necesarios para conocer el destino de los residuos”. Hasta la fecha del informe, se tiene constancia de la retirada de 6 toneladas de plásticos.

Por su parte, en la contestación remitida por el Ayuntamiento de Utiel al Síndic, el consistorio se compromete a continuar con la tramitación del expediente municipal contra la mercantil en cuestión y a dar cumplimiento a la recomendación del Síndic.

Desde esta institución, se seguirá de cerca las actuaciones efectuadas por las administraciones con el objetivo de constatar la consecución de los compromisos adquiridos.

Adjuntamos la resolución del Síndic sobre este asunto.