El Síndic pide al Defensor del Pueblo que acuda al Constitucional en defensa de la autonomía de la AVL

Luna considera que la Generalitat ha desvirtuado el papel estatutario de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, por la vía de la Ley de Presupuestos

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha pedido formalmente al Defensor del Pueblo que presente un recurso de inconstitucionalidad contra el apartado de los presupuestos de la Generalitat Valenciana de 2025 que afecta directamente a la Acadèmia Valenciana de la Llengua.  Luna considera que, mediante una drástica reducción y redistribución arbitraria de fondos, se ha vulnerado la autonomía de la AVL y se ha puesto en riesgo su función como garante de los derechos lingüísticos en la Comunitat.

La AVL ha solicitado amparo al Síndic tras ver cómo el Gobierno valenciano modificaba de forma unilateral el anteproyecto de presupuesto que había remitido, recortando un 25% su dotación global y alterando profundamente la distribución de los fondos. El informe remitido por la presidencia de la Acadèmia denuncia que esta actuación no solo infringe la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, sino que también vulnera el Estatuto de Autonomía y la propia ley de creación de la AVL.

El Síndic, tras analizar el informe, ha concluido que “por la vía de la Ley de Presupuestos, se desvirtúa la función y el diseño estatutario de la Acadèmia”, y ha decidido trasladar el caso al Defensor del Pueblo para que lo lleve ante el Tribunal Constitucional.

Entre los cambios más graves, y que suponen un ataque directo a la independencia de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, destaca el establecimiento de líneas de subvención concretas para ayuntamientos concretos, identificados en el presupuesto, dirigidas a realizar jornadas sobre el Reino de València y la cultura valenciana, sin que la AVL haya participado de esta decisión. Del mismo modo, la agresión a la autonomía de la institución estatutaria se evidencia de forma palmaria en el Capítulo 7 destinado a la rehabilitación de la sede de Lo Rat Penat, una entidad que no respeta la normativa oficial.

En el informe que la Acadèmia ha remitido al Síndic, también consta la supresión total del Capítulo de Inversiones Reales, la reducción del 94% en los gastos de funcionamiento y la eliminación de las líneas de subvención propias de la institución.

El Síndic de Greuges entiende que esta situación compromete seriamente la operatividad de la Academia y su función dentro del entramado institucional de la Comunitat Valenciana. Una institución de autogobierno, como es la Academia, cuya ley de regulación requiere para su aprobación de una mayoría cualificada en Les Corts, no puede ver condicionada su función esencial por una ley presupuestaria aprobada por mayoría simple en la Cámara.

Con esta iniciativa, el Síndic de Greuges se posiciona como garante de los derechos y libertades reconocidos en el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana y del necesario equilibrio institucional que el propio Estatut establece.

 

El Síndic advierte del riesgo de exclusión digital en las ayudas al alquiler

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha emitido una resolución en la que advierte sobre las consecuencias que puede acarrear la exigencia de tramitación exclusivamente electrónica en convocatorias de ayudas dirigidas a colectivos vulnerables, como las del alquiler.

La resolución parte de la queja de una persona que fue excluida de la convocatoria de 2024 por no haber completado el procedimiento de forma telemática, tal como establecían las bases. Si bien la actuación de la Conselleria se ajustó a la normativa vigente, el Síndic pone el acento en el impacto que este tipo de procedimientos puede tener sobre quienes no dominan los medios digitales o carecen de los recursos tecnológicos necesarios.

En este sentido, el defensor advierte de que la brecha digital puede convertirse en un nuevo factor de discriminación, especialmente para las personas mayores o en situación de vulnerabilidad, y reclama una revisión del modelo actual.

En sus recomendaciones a la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, el Síndic propone evaluar y, llegado el caso, modificar el sistema en futuras convocatorias o, al menos, reforzar las medidas de apoyo para garantizar la accesibilidad de todas las personas a estas ayudas.

Consulta nuestra actuación en este asunto.

El Síndic reprende al Ayuntamiento de Valencia por desatender a las personas sin hogar

La institución denuncia la falta de plazas municipales y exige medidas urgentes y coordinadas para garantizar el derecho a un techo digno

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, reprocha al Ayuntamiento de València su falta de respuesta ante la crisis del sinhogarismo en la ciudad y reclama al Ayuntamiento que adopte medidas urgentes para garantizar el derecho a un alojamiento digno a las personas sintecho. La investigación revela una grave carencia de plazas en albergues municipales, una situación agravada por el cierre de varios centros, la falta de alternativas habitacionales y de planificación efectiva para atender a un colectivo en creciente vulnerabilidad.

Esta institución abrió una queja de oficio al tener conocimiento de que las listas de espera para acceder a una plaza en los albergues municipales superaban los cuatro meses. La situación se ha visto agravada por el cierre de centros clave como el Casal d’Esplai de Rocafort, el albergue del barrio de El Carmen y el CAUS de la calle Santa Cruz de Tenerife, este último sólo operativo en episodios de emergencia climática.

Tras recibir respuesta a los informes requeridos, el Síndic ha constatado que Valencia no dispone de suficientes plazas ni de una red de atención adecuada para abordar el sinhogarismo, considerado la forma más extrema de exclusión social. Además, el defensor critica que el consistorio no haya ofrecido información clara sobre las alternativas para quienes se ven obligados a vivir en la calle o en asentamientos informales.

Entre las recomendaciones dirigidas al consistorio, el Síndic exige habilitar de forma urgente recursos suficientes y adecuados, fortalecer la red de atención con participación de todas las entidades implicadas, iniciar un nuevo procedimiento de contratación para ampliar plazas de alojamiento de urgencia, realizar un censo actualizado de personas sin hogar y garantizar refugios ante inclemencias climáticas. También insiste en que la atención debe contemplar la creciente presencia de mujeres y familias en situación de calle, incorporando una perspectiva de género.

Asimismo, el defensor autonómico recuerda que el servicio de atención a personas sin hogar es un derecho garantizado por ley, y que no debe condicionarse al empadronamiento.

La resolución subraya que la buena administración no se limita al cumplimiento formal de las normas, sino que exige empatía, diligencia y sensibilidad social por parte de las instituciones. En este sentido, el Síndic reclama al Ayuntamiento de Valencia una respuesta inmediata y efectiva que priorice la dignidad y los derechos de las personas más vulnerables.

Consulta la resolución del Síndic sobre este expediente.

El Síndic pide a Educación que fiscalice el cobro de cuotas en la concertada por vulnerar el derecho a la gratuidad

La institución reclama más inspecciones y transparencia ante prácticas que perpetúan la segregación escolar por motivos económicos

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha reclamado a la Conselleria de Educación que garantice la gratuidad de la enseñanza en los centros concertados, de forma real y efectiva. Así lo recoge una resolución derivada de una investigación de oficio, tras haber detectado prácticas generalizadas de cobro de cuotas que suponen una barrera de acceso para el alumnado en situación de vulnerabilidad económica.

La actuación del Síndic se inició tras recibir múltiples quejas ciudadanas que alertaban de pagos exigidos en centros concertados, ya fuera en forma de actividades complementarias, extraescolares o donaciones supuestamente voluntarias. Estas prácticas, extendidas tanto en centros de enseñanza laicos como en aquellos gestionados por congregaciones religiosas, se justifican habitualmente por la necesidad de cubrir gastos no financiados por la Administración. Sin embargo, el defensor considera que estas cuotas vulneran el principio de gratuidad de la enseñanza básica, recogido en la Constitución y en la Ley Orgánica de Educación.

La resolución también advierte de que la aplicación del Decreto 48/2024, que regula el proceso de admisión escolar bajo el modelo de distrito único y libertad de elección de centro, puede agravar la situación. Según el Síndic, este modelo favorece la concentración del alumnado con mayores recursos en determinados centros, lo que profundiza la brecha socioeconómica y perpetúa la segregación escolar. “La gratuidad en la educación no es una opción: es un derecho fundamental que debe garantizarse sin excepciones”, ha señalado Luna.

En el informe que ha enviado la Conselleria al Síndic durante la investigación, resulta llamativo el bajo número de denuncias registradas oficialmente, pese a la magnitud del problema. En los últimos cuatro cursos escolares, la Inspección Educativa ha contabilizado únicamente ocho reclamaciones en la provincia de Valencia, otras ocho en Alicante —incluyendo un caso especialmente conflictivo con 67 quejas relacionadas con el cobro de servicios de comunicación y comedor escolar— y ninguna en Castellón. Estos datos contrastan con la realidad de una red concertada que escolariza a más de 152.000 alumnos en 375 centros de toda la Comunitat Valenciana, lo que, a juicio del Síndic, evidencia una falta de fiscalización de oficio por parte de la Administración.

En su resolución, el Síndic denuncia que las actuaciones de la Conselleria se han limitado a gestiones administrativas habituales, sin una supervisión proactiva ni medidas específicas para garantizar el cumplimiento del principio de gratuidad. Por ello, recomienda intensificar las inspecciones educativas, intervenir ante cualquier práctica contraria al régimen de conciertos, adoptar estrategias para eliminar la segregación derivada de las cuotas y garantizar la transparencia en la autorización y justificación de los cobros realizados por los centros.

Consulta la resolución del Síndic sobre este tema.

Una mujer tarda cuatro años en poder devolver 5.000 euros que le ingresaron de la Renta Valenciana de Inclusión sin corresponderle

El Síndic denuncia la inseguridad jurídica y el abandono institucional sufrido por una ciudadana en situación de vulnerabilidad por un error administrativo

La interesada no solicitó la renovación de la ayuda económica por miedo a seguir acumulando más deudas

Una ciudadana ha tardado cuatro años en poder devolver más de 5.000 euros que la Administración le ingresó indebidamente por error. El dinero, procedente de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), se solapó con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), generando un cobro indebido que la afectada intentó devolver desde el primer momento. Sin embargo, la falta de un procedimiento claro, la descoordinación entre administraciones y el silencio prolongado de la Conselleria de Servicios Sociales, que no le respondía dónde podía devolver ese dinero, la dejaron en un limbo legal y económico.

Tras cuatro años de reclamaciones y tras la intervención del Síndic de Greuges por dos veces en este mismo asunto, la ciudadana ha conseguido finalmente devolver los más de 5.000 euros que percibió por duplicado.

Durante todo este tiempo, la ciudadana ha vivido con la angustia de tener en su cuenta un dinero que no le pertenecía, sin saber cómo devolverlo y temiendo que afectara a su declaración de la renta o a la renovación de su ayuda. Y así fue, puesto que cuando por fin recibió la carta con la resolución de pago ya era demasiado tarde. El plazo para renovar su RVI había expirado tres días antes y por miedo a seguir acumulando deudas, no solicitó la renovación.

“Finalmente, al haber llegado tarde su respuesta no he podido renovar mi RVI. No la renové por miedo a seguir generando más indebidos y tener que devolver más dinero”, explicó la afectada en su comunicación al Síndic.

El defensor del pueblo valenciano, Ángel Luna, ha sido tajante: “No cabe mayor inseguridad jurídica para las personas que se encuentran atrapadas en esta situación, circunstancia que se suma a la de su vulnerabilidad socioeconómica”.

El caso no es aislado. Otras personas han denunciado situaciones similares, en las que la administración reconoce el pago indebido pero no ofrece una vía efectiva para solucionarlo. En este caso, ni siquiera se facilitó un número de cuenta para realizar el ingreso hasta que se inició formalmente el procedimiento de reintegro, años después de la primera queja.

El Síndic ha recordado a la Administración que debe ser consciente de que sus demoras tienen consecuencias reales, especialmente graves para quienes dependen de estas ayudas para subsistir. “Confiemos en que estas incidencias se resuelvan con mayor agilidad a partir de ahora, evitando perjuicios y trámites innecesarios a las personas afectadas”, concluye Luna.

El origen del problema radica en la falta de un procedimiento claro y ágil para que las personas beneficiarias puedan devolver voluntariamente los importes cobrados de más. A pesar de que la Conselleria de Servicios Sociales reconocía desde 2022 que se trataba de ingresos indebidos, no ofrecía una vía efectiva para su devolución. Ni siquiera facilitó un número de cuenta para realizar el ingreso, lo que dejó a la afectada —y a muchas otras personas en su misma situación— atrapadas en una incertidumbre legal y económica.

Aunque la Conselleria ha iniciado recientemente un procedimiento formal de reintegro y ha creado un servicio específico para su gestión, la solución llegó tarde para esta ciudadana.

El caso, cerrado ahora por el Síndic, evidencia la necesidad urgente de mejorar la coordinación entre la administración autonómica y la estatal, así como de garantizar procedimientos claros, rápidos y comprensibles para las personas afectadas, destaca el defensor.

Consulta la resolución del Síndic sobre este asunto.

El Síndic urge al Ayuntamiento de El Campello a responder a las quejas vecinales y reparar los servicios públicos deficientes

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha exigido al Ayuntamiento de El Campello que ofrezca una respuesta inmediata, clara y por escrito a las quejas presentadas por una comunidad de vecinos afectada por la falta de reparación de un socavón y por la retirada de una farola que aún no ha sido repuesta junto a una plaza de aparcamiento para personas con discapacidad. En su resolución, la institución recomienda además que se realicen inspecciones técnicas y, en caso de detectarse deficiencias, se adopten las medidas correctoras necesarias, incluida la restitución del alumbrado en la calle Samuel Riquelme.

Estas recomendaciones del Síndic se producen tras una queja presentada por los vecinos afectados en abril de 2025. En ella, denunciaban que habían registrado en el Ayuntamiento de El Campello hasta cuatro reclamaciones entre octubre de 2023 y noviembre de 2024, sin obtener ninguna respuesta. El Ayuntamiento no solo ignoró las reclamaciones vecinales, sino que tampoco respondió al requerimiento formal de información del Síndic, obstaculizando la investigación e incumpliendo con su deber legal de colaboración.

En su resolución, Luna advierte que tanto el mantenimiento del pavimento como la prestación del alumbrado público son servicios básicos y obligatorios que los ayuntamientos deben garantizar, con independencia de sus recursos económicos.

Consulta el contenido íntegro de la resolución del consideraciones del Síndic.

 

 

El Síndic insta a Ferrocarrils de la Generalitat a actuar con urgencia frente al ruido ferroviario en Burjassot

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha instado a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) y a la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio a adoptar medidas urgentes para resolver los graves problemas de contaminación acústica que afectan desde hace años a los vecinos de Burjassot. Esta actuación se ha iniciado tras la queja presentada por el alcalde del municipio, en representación del vecindario afectado.

La queja denuncia los ruidos generados por el paso de trenes entre las paradas de Empalme y Burjassot, especialmente en el tramo de entrada y salida del túnel construido para el soterramiento parcial de la línea 1. Pese a más de cinco años de reclamaciones vecinales, ni FGV ni la Conselleria han adoptado medidas efectivas para mitigar el impacto acústico.

En su resolución, el Síndic solicita la realización inmediata de mediciones acústicas en la zona afectada y, en caso de superarse los valores límite establecidos, la aplicación de medidas provisionales como la instalación de pantallas acústicas. Asimismo, recomienda la elaboración de un Plan de Mejora de la Calidad Acústica que incorpore las mejores tecnologías disponibles para reducir los niveles sonoros y garantizar el derecho al descanso.

Tras su investigación, el Síndic concluye que la inacción administrativa ha vulnerado derechos fundamentales de la ciudadanía, como el derecho a la salud, al descanso, a la intimidad personal y familiar, y a un medio ambiente adecuado. También subraya la falta de colaboración por parte de la administración autonómica, una circunstancia especialmente grave que podría derivar en responsabilidades patrimoniales o en la exigencia del cumplimiento efectivo de sus obligaciones.

Consulta la resolución completa del Síndic sobre este asunto.

El Síndic insta a Servicios Sociales a mejorar la gestión de los Hogares de Emancipación priorizando la protección y cuidado de los jóvenes

Esta petición surge tras una investigación de oficio que ha revelado graves irregularidades cometidas en el centro de Torrent

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna González, ha reclamado a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que mejore la gestión de los Hogares de Emancipación. Esta resolución surge a raíz de una queja de oficio abierta por el defensor para investigar una serie de incidencias que se detectaron en el Hogar de Emancipación Ramón y Cajal de Torrent y podrían haber vulnerado los derechos de los jóvenes y menores atendidos.

El problema principal identificado por el Síndic era la gestión precipitada y sin cumplir el debido protocolo de los traslados de jóvenes y menores en el Hogar de Emancipación. Según la investigación, basada en la información aportada por la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, los traslados se realizaron «por razones de optimización de recursos» y no en función del interés superior de los menores y jóvenes. Además, se detectaron irregularidades en la documentación y en la comunicación de los motivos de los traslados a los afectados.

Del resultado de esta investigación, el Síndic ha concluido una serie de recomendaciones a la Conselleria. Entre las principales se destaca priorizar el interés superior de los menores y jóvenes en todas las decisiones relacionadas con su protección y cuidado, garantizar la participación de los jóvenes en su plan de protección, asegurando que sean informados y escuchados, y elaborar itinerarios de emancipación individualizados para cada joven atendido en los Hogares de Emancipación.

Además, el síndic también recomienda realizar informes motivados antes de cualquier traslado, incluso si los jóvenes ya han alcanzado la mayoría de edad, asegurar la continuidad biográfica de estos, evitando rupturas innecesarias en su entorno y proyectos vitales, y revisar y planificar adecuadamente el sistema de acogimiento residencial para que cada menor, adolescente o joven reciba la atención más adecuada a sus necesidades.

Consulta el contenido íntegro de la resolución.

El Síndic insta al Ayuntamiento de Mutxamel a garantizar el acceso electrónico completo a los expedientes administrativos

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Ángel Luna, ha emitido una resolución en la que amonesta al Ayuntamiento de Mutxamel por la vulneración de derechos de una ciudadana al no facilitarle el acceso electrónico completo a un expediente administrativo en el que está implicada.

Tras la fase de investigación de la queja, el Síndic concluye que el Ayuntamiento ha vulnerado el derecho a una buena administración y el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración Pública, ambos reconocidos en la legislación vigente. Pese a que parte de la documentación estaba disponible online, el Ayuntamiento exigió a la interesada su comparecencia presencial para consultar documentos no digitalizados y planteó el posible cobro de tasas por copias de los mismos.

El Síndic recuerda que la Ley 39/2015 y el Real Decreto 203/2021 obligan a las administraciones a gestionar electrónicamente los expedientes y a ponerlos a disposición de los interesados de manera inmediata o, como máximo, en un plazo de diez días hábiles. La comparecencia presencial solo puede exigirse en casos legalmente previstos.

Entre las medidas recomendadas al Ayuntamiento, el Síndic insta a:

  • Implantar plenamente la administración electrónica, digitalizando los expedientes.
  • Facilitar el acceso electrónico completo a los documentos solicitados.
  • Evitar exigir comparecencias presenciales injustificadas.
  • Abstenerse de cobrar tasas por copias si el acceso electrónico no ha sido garantizado.
  • Emitir instrucciones internas para proteger de forma efectiva los derechos de las personas interesadas.

Consulta el contenido de la  resolución completa del Síndic sobre este asunto .

El Síndic insta a la Conselleria de Vivienda a revisar la denegación de una ayuda al alquiler debido a cambios en el sistema de justificación de pagos

Luna pide que las bases de las convocatorias se publiquen antes del inicio del periodo subvencionado

El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Àngel Luna, ha recomendado a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que revise la denegación de una ayuda al alquiler a una ciudadana, debido a los cambios en el sistema de justificación de pago que fueron implementados ocho meses después del inicio del año subvencionado. Luna considera que esta modificación vulnera el principio de confianza legítima y el derecho a una buena administración, por lo que pide a la administración autonómica que adopte las medidas necesarias para revertir esta situación.

El defensor del pueblo valenciano inició su investigación tras la queja presentada por una ciudadana a quien se le desestimó su solicitud de ayuda al alquiler de vivienda de la convocatoria 2024. Al igual que en años anteriores, la solicitante, miembro de una familia monoparental y perceptora del ingreso mínimo vital y la renta valenciana de inclusión, abonaba el alquiler en efectivo y presentaba a la administración el justificante que el arrendador le facilitaba. Sin embargo, en la convocatoria de 2024, y a diferencia de los años anteriores, los beneficiarios de la ayuda únicamente podían justificar el pago mediante transferencia o recibo bancario. La Administración introdujo este cambio tras la publicación de las bases en agosto de 2024, cuando ya habían transcurrido ocho meses del año subvencionado, y la solicitante ya había estado pagando su alquiler en efectivo, tal como había hecho en los años previos que percibió la ayuda.

El Síndic considera que este cambio de las reglas de juego a mitad del partido vulneró el principio de confianza legítima, pues dejó a la interesada sin margen de maniobra para adaptarse al nuevo sistema durante los meses de enero a agosto de 2024. Al no poder presentar la documentación exigida, se le impidió el acceso a las ayudas, pese a cumplir con los requisitos materiales.

Como señala la interesada, si hubiese sabido antes del mes de enero de 2024 que el único sistema admitido para justificar el pago de la mensualidad iba a ser la documentación bancaria, habría realizado los pagos por medio de transferencia y hubiera podido acreditar sin mayor problema el pago según lo requerido.

En su resolución, Luna concluye que «si la Administración consideró necesario realizar un cambio en un elemento tan relevante como es el sistema de acreditación de los pagos de la renta mensual, las más elementales reglas de justicia requieren que estos sean conocidos por la ciudadanía con carácter previo al comienzo del periodo de tiempo en el que ha de ser aplicado». En este sentido, ha recomendado a la Conselleria que garantice la publicación de las convocatorias de las ayudas al alquiler de vivienda antes del inicio del ejercicio al que se refieren, para que los posibles destinatarios puedan conocerlas y adaptarse a los nuevos requisitos.

Consulta la resolución del Síndic.