Recomendamos al Ayuntamiento de Dénia a eliminar las molestias acústicas generadas por un bar en la playa de Les Deveses

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana se ha dirigido al Ayuntamiento de Dénia para instarle que “resuelva cuando antes los expedientes y procedimientos en tramitación, adoptando todas las medidas legales que sean necesarias para eliminar definitivamente las molestias acústicas que injustamente están soportando durante tantos años las autoras de la queja y para lograr la demolición de las obras ilegales”.

De esta forma resuelve el defensor del pueblo valenciano la queja presentada por dos ciudadanas que manifestaban “pasividad municipal” frente al ejercicio ilegal de una actividad de un bar colindante con su vivienda. Las interesadas denunciaban incumplimiento del horario de cierre y del aforo (20 personas); actuaciones musicales en directo; superación del límite máximo de decibelios; denegación del acceso a la información obrante en los expedientes municipales; y falta de ejecución de la resolución del concejal de Disciplina urbanística de 7 de noviembre de 2013.

Los informes técnicos municipales remitidos al Síndic venían a confirmar la existencia de las infracciones denunciadas por las interesadas. Según los mismos, el aforo se incumple, llegando en ocasiones a las 80-100 personas; la actividad origina ruidos por encima del límite legal establecido y el establecimiento no tiene licencia para espectáculo, etc.

En relación a esta cuestión, el Síndic recuerda que los tribunales de justicia vienen declarando con reiteración que la contaminación acústica por encima de los límites legales incide perniciosamente sobre el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna, por lo que resulta ineludible su firme protección por parte de los poderes públicos. También la Organización Mundial de la Salud pone de manifiesto las consecuencias que la exposición prolongada a un nivel elevado de ruidos tiene sobre la salud de las personas, así como sobre su conducta social.

El Síndic, por su parte, recuerda que la legislación vigente sobre contaminación acústica y calidad ambiental establece una serie de medidas que podrán adoptar los ayuntamientos para eliminar las molestias acústicas que padecen injustamente los vecinos afectados, tales como la clausura y cierre del local o la adopción de medidas correctoras.

Con respecto a la falta de demolición de las obras ilegales, el Síndic apela también a ley de aplicación para este caso en concreto que considera una competencia irrenunciable y de inexcusable ejercicio de la administración actuante la adopción de medidas de restauración del orden urbanístico infringido.

Aquí puede consultar el contenido íntegro de la resolución del Síndic sobre este asunto

El Síndic prepara un informe especial a las Cortes sobre la red de atención integral a la violencia de género en la Comunidad Valenciana

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana se ha dirigido a todas las Consellerias, a las tres diputaciones provinciales y a los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de la Comunidad Valenciana para solicitarle datos detallados sobre los dispositivos de atención a las mujeres víctimas de maltrato y a sus hijas e hijos. 

Asimismo, en el ámbito de la investigación, esta institución ha solicitado la colaboración de los agentes sociales y asociaciones de mujeres, profesionales de los equipos de atención, así como mujeres usuarias que trabajan en la Comunidad Valenciana en la protección de las víctimas y erradicación de la violencia de género.

La información recabada servirá para que el defensor del pueblo valenciano pueda evaluar la respuesta que las distintas administraciones públicas vienen prestando para la atención, protección y/o inserción de las víctimas de la violencia de género. Los resultados de esta investigación, así como las conclusiones y recomendaciones correspondientes serán presentados a las Cortes Valencianas a modo de informe especial para que éstas tengan un conocimiento pormenorizado de esta realidad y puedan hacer uso del mismo en su actividad parlamentaria.

En el año 2005, el Síndic de Greuges hizo público el primer informe en el que se analizaba esta problemática, ofreciendo una serie de recomendaciones a las carencias detectadas. Durante este periodo de tiempo, ha habido avances tanto en el marco normativo como en la creación de mecanismos y dispositivos de atención a las víctimas de violencia de género y en las actuaciones dirigidas a sensibilizar y concienciar a la sociedad.

Sin embargo, las cifras en general y el número de víctimas en particular obligan a seguir trabando con firmeza para acabar con esta lacra social que sigue cercenando la vida de tantas mujeres. La persistencia de esta violencia es un escollo grave para la protección de los derechos humanos más elementales. Los poderes públicos no pueden rehuir su responsabilidad a la hora de garantizar la integridad física y moral de las mujeres y sus hijos/as víctimas de esa violencia. 

Los ayuntamientos deben reaccionar con rapidez ante las infracciones urbanísticas

En el Síndic tramitamos con frecuencia quejas de ciudadanas y ciudadanos que denuncian la inactividad municipal ante sus denuncias de obras sin licencia, usos de suelos sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en la misma. En ocasiones, esta pasividad permite que algunas de estas infracciones urbanísticas acaben perpetuándose.

Por eso, desde el defensor del pueblo valenciano recordamos a la administración local que tiene la obligación de restablecer la legalidad urbanística vulnerada con prontitud, ya que de lo contrario, las obras terminan por consolidarse sin poder ordenar el derribo de las mismas.

La ley 5/2014, de 25 de julio de la Generalitat,(LOTUP) introdujo un cambio importante en el plazo de caducidad de la acción de restauración de la legalidad urbanística, que pasa a ser de quince años (antes eran cuatro).

Esta institución considera que la disciplina urbanística trasciende más allá de lo que pudiera considerarse un puro problema de construcciones y licencias. En el urbanismo se encierra, nada más ni nada menos que el equilibrio de las ciudades y del territorio en general. Por eso, es un acto muy grave que las normas que se han establecido pensando en la justicia, en la certeza y en el bien común, después, mediante actos injustos terminen por incumplirse. 

Reunión con los representantes de asociaciones usuarias del Hotel de Entidades de Alicante. 

El adjunto primero del Síndic, Ángel Luna, ha mantenido hoy un encuentro con representantes de Alicante Accesible, Adopta2, Asociación Ciudadana de Alicante por el VIH y la Asociación de Voluntarios Enferser, todas ellas usuarias del Hotel de Entidades del Ayuntamiento de Alicante, un espacio que ha servido durante años como sede social a más de 40 entidades sociales que carecen de un local propio. Los representantes de estas asociaciones han trasladado al defensor del pueblo valenciano su inquietud y malestar por el traslado de las dependencias de este servicio a un local de la calle Serrano que es “totalmente inaccesible” para las personas con movilidad reducida y que además no reúne las necesidades de los usuarios, que además de reuniones organizan allí talleres y otras actividades.

Las personas afectadas han pedido la mediación del Síndic para que se mantenga provisionalmente el Hotel de Entidades en su ubicación anterior, en la calle Hércules, hasta que se disponga de un local accesible y que cuente con las mismas prestaciones y servicios.

 

Animamos a Educación a actualizar la normativa sobre educación especial

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recomendado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que revise los medios materiales y humanos y organizativos que sean necesarios para garantizar una adecuada escolarización a los alumnos de los centros específicos de educación especial. Asimismo, insta a que se dé cobertura sanitaria al alumnado de estos centros durante toda la jornada lectiva y en el propio colegio.

De esta manera, ha animado a la Conselleria a que actualice la normativa sobre educación especial y, en concreto, en lo referente a la sustitución del personal docente, la aplicación de las jornadas de logopedia, fisioterapia, prestaciones individuales de sesiones de audición y lenguaje y adaptación de puestos de trabajo de las personas que trabajan en los centros específicos de educación especial. 

Esta ha sido la respuesta del defensor del pueblo valenciano a las quejas presentadas por más de diez AMPA de distintos centros específicos de educación especial de la comunidad valenciana que mostraban su malestar y preocupación por los “insuficientes” recursos materiales y humanos con los que cuentan actualmente dichos centros.

Esta institución considera que el alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial presenta unas necesidades educativas especiales y permanentes graves, asociadas en la mayoría de los casos a diversas patologías, por lo que la regulación, organización y dotación de los recursos debe ser una prioridad para los poderes públicos.

De acuerdo con las quejas recibidas, las AMPA se lamentan de la lentitud en sustituir las bajas de los profesionales, del número insuficiente de sesiones que reciben las/os alumnas/os de logopedia y fisioterapia, así como la falta de regulación sobre la adaptación al puesto de trabajo.

Respecto a la lentitud en sustituir las bajas, la Conselleria comunicaba al Síndic que el nombramiento de funcionario interino por sustitución transitoria de los profesores titulares se produce al transcurrir diez días lectivos desde la situación de da origen a dicho nombramiento, por lo que el propio centro docente debe atender el periodo previo al nombramiento del interino.

En lo referente al número de sesiones de los alumnos, a juicio de los padres y madres de estos escolares, las sesiones que tienen asignadas por ley para atender a los alumnos de centros específicos resultan insuficientes para las necesidades reales. Por ejemplo, a los trastornos graves de comunicación debidos a la deficiencia intelectual se les asigna tan sólo una sesión semanal, cuando según los interesados sería necesaria 5 sesiones de 30 a 45 minutos cada una. Del mismo modo, señalan que el servicio de fisioterapia está colapsado ante la ausencia de normativa sobre ratios, y afirman que actualmente se “contabiliza igual a un alumno con parálisis cerebral autónomo que a otro que precise silla de rueda”.

Además, las AMPA echan en falta una regulación de las adaptaciones al puesto de trabajo por problemas de salud o discapacidad, lo que en la actualidad se traduce en una sobrecarga en las tareas del resto de trabajadores del colegio.

El síndic hace hincapié en la situación en la que, desgraciadamente, a menudo se encuentran los niños con discapacidad y diversas patologías graves asociadas a la misma, y que a la hora de acceder a la escuela carecen de las imprescindibles dotaciones de educadores y profesionales de apoyo (fisioterapeutas, logopedas, pedagogos terapeutas en educación y lenguaje, educador especial y de apoyo, así como personal de enfermería) para facilitar su integración. Atención que, según el Síndic, se debe prestar con arreglo a los principios de no discriminación y normalización educativa y que, obviamente, debe pasar por la dotación a los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos de personal especializado y de los recursos necesarios para garantizar su plena escolarización.

Resolución del Síndic sobre este asunto.

Tras nuestra mediación el Ayuntamiento de Ador soluciona los problemas de aguas residuales  en una urbanización

Una ciudadana presentó recientemente una queja ante el Síndic en la que manifestaba que desde hacía años venía padeciendo las consecuencias de la rotura de una tubería de aguas residuales, lo que comunicó a su ayuntamiento en varias ocasiones sin que el problema se hubiese solucionado.

Desde el Síndic recordamos que, según la normativa vigente, los municipios están obligados a prestar, entre otros, el servicio de alcantarillado y que los vecinos, por su parte, tienen derecho a exigir esa prestación. El alcantarillado es un servicio de prestación obligatoria y no puede prolongarse en el tiempo su dotación a las viviendas afectadas. Por lo que recomendamos al Ayuntamiento de Ador que proporcionara dicho servicio a la urbanización La Ermita “en ejercicio de sus competencias obligatorias”.

Hace unos días, el Ayuntamiento de Ador nos comunicaba que acepta nuestra recomendación y que ya ha adjudicado la obra de renovación de la red de alcantarillado, con lo que esperan solucionar el problema definitivamente.

Ver el contenido de la resolución del Síndic sobre este asunto

Instamos a Sanidad a que resuelva sobre el uso de un medicamento en un paciente oncológico

Hace unos meses, recibimos la queja de un ciudadano que denunciaba que le habían denegado en un periodo breve de tiempo los tratamientos prescritos por el oncólogo y el urólogo para el cáncer de próstata que padece, lo que había provocado un empeoramiento de su patología.

Tras pedirle información a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, ésta comunicaba al defensor del pueblo valenciano que, efectivamente, desde el Hospital de Elda se trasladó una solicitud de tratamiento de Abiraterona el 28 de mayo de 2015. A los pocos días, el 2 de junio, se reunió el Subcomité de Evaluación de Medicamentos de Alto Impacto (órgano encargado de valorar las solicitudes de autorización de los tratamientos farmacológicos de alto impacto sanitario y/o económico), y solicitó una ampliación de información a dicho centro hospitalario, lo que “hasta la fecha no se ha recibido”, argumentaba la Administración.

En su resolución, el Síndic de Greuges recuerda que, de acuerdo con la legislación vigente, la actuación de las administraciones públicas sanitarias debe estar orientada a garantizar la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de salud; actuaciones que, además, deberán estar presididas por los principios de eficacia y celeridad. Según el defensor del pueblo valenciano, las demoras en la asistencia sanitaria, en la realización de las pruebas necesarias, en la entrega de resultados de las pruebas clínicas, así como en la aplicación de tratamientos hace que los pacientes afectados vean obstaculizado el acceso efectivo a las prestaciones, con la carga de soportar un importante desfase entre el diagnóstico y el posible tratamiento.

Por todo lo expuesto, el Síndic ha solicitado a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que emita resolución a la solicitud del Hospital de Elda de tratamiento con Abiraterona del día 28 de mayo de 2015, con el fin de ofrecer al autor de la queja la mejor opción de tratamiento. Asimismo, le pide que extreme al máximo la diligencia en sus actuaciones de los centros sanitarios, en pro de garantizar una protección integral de la salud y que adopte las medidas organizativas oportunas para así cumplir con los principios de eficacia y celeridad.

La resolución del Síndic se puede consultar en esta página web.

Pedimos a Educación que solucione las deficiencias de climatización en el comedor del CP Rodríguez Fornós de Valencia

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha recomendado a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que “proceda, sin mayor dilación, a la adecuación, mejora y reforma de la climatización del comedor escolar del C.P. Rodríguez Fornós de Valencia, a fin de que estén concluidas al finalizar las vacaciones navideñas”.

La falta de calefacción en el citado centro, especialmente en el comedor, ya fue denunciada por esta institución a finales del 2014, recomendando a la Administración que llevase a cabo los trabajos de adecuación durante las vacaciones estivales de forma que las instalaciones estuvieran a punto para el inicio del curso 2015-16. Según el informe técnico municipal, los techos del comedor son de chapa y se encuentran a una altura superior a los 10 metros, por lo que es difícil que el aire caliente baje hasta el suelo. Además, los ventanales del comedor son de metacrilato y posee unas oberturas que en ocasiones son de más de 4 cm por lo que no aíslan correctamente del frio. Según la promotora de la queja, estas deficiencias obligan a los niños a soportar bajas temperaturas y a “comer con el abrigo”.

Como viene declarando esta institución en reiteradas y continuas recomendaciones, contenidas en los diferentes informes anuales presentados a les Corts Valencianes, una educación de calidad exige, en primer lugar, que los centros docentes dispongan de los equipamientos necesarios de acuerdo con sus características y circunstancias específicas. No puede obviarse, en este sentido, que la puesta en marcha de acciones educativas que favorezcan la formación integral del alumnado y el éxito de las mismas pasa, en muchas ocasiones, por la dotación adecuada a los centros de los medios materiales que resulten oportunos (biblioteca, aulas de apoyo, aulas de informática, gimnasio, comedor, etc.).

Ver las dos resoluciones del Síndic sobre este asunto:

Abrimos queja de oficio sobre la actuación municipal en la zona del cementerio de Alicante

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha abierto una queja de oficio para conocer y analizar las actuaciones en curso y las que tiene previstas realizar el Ayuntamiento de Alicante para garantizar la atención integral de las personas que residen en la zona del cementerio de esta localidad.

La intervención del defensor del pueblo valenciano se produce tras tener constancias por los medios de comunicación y a través de denuncias vecinales de las condiciones de marginación en las que se encuentran los/as ciudadanos/as que viven en esta área del municipio alicantino.

Las informaciones recabadas describen un escenario de extrema pobreza, falta de condiciones mínimas de salubridad y habitabilidad, inseguridad física al existir edificios en un estado de ruina y de un número de menores en situación de riesgo. Asimismo, el Síndic también ha tenido conocimiento de las dificultades de las personas que viven en la zona para un acceso normalizado a recursos de salud, escolares, sociales e incluso de transporte público a determinadas horas del día.

Por todo ello, el Síndic se ha dirigido al Ayuntamiento de Alicante solicitando información sobre esta realidad, sobre la intervención municipal actual, así como las actuaciones que tiene previstas llevar a cabo para dar respuesta a las necesidades de las vecinas y vecinos de esta zona.

Elche acepta la recomendación del Síndic sobre la conservación del pantano y la Acequia Mayor

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recibido con satisfacción la aceptación por parte del Ayuntamiento de Elche a su recomendación en la que instaba al consistorio a comandar los trabajos de conservación y mantenimiento del Pantano de Elche y la Acequia Mayor. 

La actuación del Síndic se originó al recibir una queja del representante de la Comunidad de la Acequia Mayor del Pantano de Elche en la que denunciaba la situación de “abandono y deterioro” que sufría la presa, y comunicaba sus numerosos e infructuosos intentos de mantener reuniones con las autoridades municipales ilicitanas para atajar esta situación.

De acuerdo con la información aportada por el interesado, la comunidad de esta acequia firmó convenios con el Ayuntamiento de Elche y con la Confederación Hidrográfica del Júcar en 2004 y 2006 respectivamente y por un periodo de 30 años. A través de los mismos se había canalizado y obtenido las subvenciones destinadas al mantenimiento de la Acequia Mayor. Sin embargo, y a pesar de la vigencia del acuerdo, los interesados se lamentaban del cese de colaboración del entonces consistorio ilicitano tanto a la hora de abonar la mencionada subvención como a la hora de contribuir al mantenimiento y promoción cultural de estos bienes de la ciudad de Elche.

Tras un estudio detallado de toda la documentación aportada por ambas partes, el defensor del pueblo valenciano instó al Ayuntamiento de Elche a mantener reuniones de trabajo precisas para determinar las medidas a adoptar y a emprender las actuaciones necesarias para la adecuada conservación del Pantano de Elche y su entorno. 

Por su parte, el Ayuntamiento de Elche ha comunicado recientemente al Síndic que ya han mantenido dichas encuentros tanto con los técnicos municipales y los de la Conselleria como con los representantes de las acequias para tratar los problemas de mantenimiento tanto del Pantano como de la Acequia Mayor y el Canal de Desvío. En este nuevo contexto de colaboración, ambas partes se han comprometido a trabajar y participar activamente en la protección y conservación de estos bienes patrimoniales.

Consultar la recomendación del Síndic sobre este asunto.